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MINTRANSPORTE - Concepto 20261340400781 de 2026

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20261340400781 de 2026
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2026

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20261340400781

20261340400781 20-03-2026 Bogotá, D.C.;

Señor:

DANIEL DÍAZ RUÍZ

diazdiaz1999@gmail.com Envigado – Antioquia Asunto: Solicitud de concepto. TRÁNSITO –ESPEJOS RETROVISORES – Modificación mensaje. Radicado No. 20253031526382 del 04 de septiembre de 2025. Respetado señor Díaz, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento radicado con el No. 20253031526382 del 04 de septiembre de 2025, mediante el cual formula la siguiente: CONSUL TA “ME PERMITO ELEVAR ANTE ESA ENTIDAD LA SIGUIENTE SOLICITUD: 1. OBJETO DE LA PETICIÓN SOLICITO UN CONCEPTO JURÍDICO EN RELACIÓN CON LA NORMATIVIDAD APLICABLE A LOS

RETROVISORES DE LOS VEHÍCULOS AUTOMOTORES EN COLOMBIA, ESPECÍFICAMENTE SOBRE:

A. SI ES LEGALMENTE POSIBLE CAMBIAR O SUSTITUIR EL MENSAJE QUE HABITUALMENTE APARECE EN LOS RETROVISORES (POR EJEMPLO, LA LEYENDA “LOS OBJETOS EN EL ESPEJO

ESTÁN MÁS CERCA DE LO QUE PARECEN”) TENIENDO EN CUENTA QUE NO POR LO GENERAL

VIENE EN INGLÉS Y NO ES OBLIGATORIA SU TRADUCCIÓN.

B. QUÉ ÁREA DEL ESPEJO RETROVISOR (CENTRAL Y LATERALES) SE CONSIDERA FUNDAMENTAL PARA LA VISIBILIDAD, DE ACUERDO CON LA NORMATIVA VIGENTE O REGLAMENTACIÓN

TÉCNICA EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL.

C. EN QUÉ MEDIDA SE PERMITE O RESTRINGE LA INTERVENCIÓN GRÁFICA O VISUAL SOBRE LOS RETROVISORES (CENTRALES Y LATERALES), SIN AFECTAR LA SEGURIDAD VIAL NI EL

CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y TÉCNICAS.

2. FUNDAMENTOS DE LA PETICIÓN LA PRESENTE CONSULTA SE FORMULA CON EL FIN DE CONOCER LOS LÍMITES LEGALES Y TÉCNICOS EN LA PERSONALIZACIÓN O MODIFICACIÓN DE RETROVISORES EN VEHÍCULOS DE USO PARTICULAR, Y ASÍ EVITAR INFRACCIONES A LAS NORMAS DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE, EN ESPECIAL AQUELLAS QUE TIENEN RELACIÓN CON

SEGURIDAD ACTIVA, ELEMENTOS DE VISIBILIDAD Y HOMOLOGACIÓN DE AUTOPARTES.

3. SOLICITUD RESPETUOSAMENTE SOLICITO AL MINISTERIO DE TRANSPORTE QUE, EN

EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, EMITA UN CONCEPTO JURÍDICO EN EL CUAL SE INDIQUE: - SI EL 1 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20261340400781

20261340400781 20-03-2026 MENSAJE QUE APARECE EN LOS RETROVISORES ES OBLIGATORIO, O SI PUEDE SER MODIFICADO O REEMPLAZADO. - LA EXTENSIÓN MÍNIMA O ÁREA DEL ESPEJO RETROVISOR QUE DEBE

MANTENERSE LIBRE DE GRÁFICOS O TEXTOS PARA GARANTIZAR VISIBILIDAD”.

CONSIDERACIONES

En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio: “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.

7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”.

Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene facultades para resolver casos concretos presentados a la administración. Marco normativo El artículo 50 y siguientes de la Ley 769 de 2002, “Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones”, consagra: “Artículo 50. Condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad. Artículo modificado por el artículo 10 de la Ley 1383 de 2010. Por razones de seguridad vial y de protección al ambiente, el propietario o tenedor del vehículo de placas nacionales o extranjeras, que transite por el territorio nacional, tendrá la obligación de mantenerlo en óptimas condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad. Artículo 51. Revisión periódica de los vehículos. Artículo modificado por el artículo 201 del Decreto 19 de 2012. Salvo lo dispuesto en el artículo siguiente, todos los vehículos

mecánicas, ambientales y de seguridad. Artículo 51. Revisión periódica de los vehículos. Artículo modificado por el artículo 201 del Decreto 19 de 2012. Salvo lo dispuesto en el artículo siguiente, todos los vehículos automotores, deben someterse anualmente a revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes. La revisión estará destinada a verificar: f. El adecuado estado de la carrocería. g. Niveles de emisión de gases y elementos contaminantes acordes con la legislación vigente sobre la materia. 2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20261340400781

20261340400781 20-03-2026 h. El buen funcionamiento del sistema mecánico.

  1. Funcionamiento adecuado del sistema eléctrico y del conjunto óptico.

j. Eficiencia del sistema de combustión interno. k. Elementos de seguridad. l. Buen estado del sistema de frenos constatando, especialmente, en el caso en que este opere con aire, que no emita señales acústicas por encima de los niveles permitidos. m. Las llantas del vehículo. n. Del funcionamiento de los sistemas y elementos de emergencia. o. Del buen funcionamiento de los dispositivos utilizados para el cobro en Ia prestación del servicio público”. (NFT) De otro lado, el Anexo 71 “ Manual de Infracciones a las Normas de Tránsito”, adoptado por el artículo 8.5.7. de la Resolución “Por medio del cual se expide la Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito del Ministerio de Transporte”, al tenor dispone: “Funcionamiento adecuado del sistema eléctrico y del conjunto óptico:  La inexistencia de cualquiera de los dos espejos retrovisores funcionales o mal estado o fijación deficiente del(los) espejo(s) retrovisor(es).  El no funcionamiento o inexistencia de los comandos que encienden o conmutan las luces.  Mal estado, no funcionamiento de las dos luces direccionales delanteras y dos luces direccionales traseras.  Mal estado, no funcionamiento de la luz de parada o freno.  Color de luz emitido diferente o en cantidad inferior a la estipulada en las normas Técnicas Colombianas o disposiciones legales aplicables vigentes”. Por su parte, la Norma T écnica Colombiana NTC – 5375 “Revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes en vehículos automotores”, establece para la revisión técnico

Por su parte, la Norma T écnica Colombiana NTC – 5375 “Revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes en vehículos automotores”, establece para la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes de vehículos: “6. Revisión de vehículos livianos y pesados La revisión en cuanto a los defectos presentados en este numeral se debe realizar a todo tipo de vehículo. Cuando los vehículos automotores por especificaciones de equipo original, presenten diferencias con los criterios establecidos en la presente norma, se debe tener en cuenta tales especificaciones previa verificación de los manuales de fabricante correspondiente. 3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20261340400781

20261340400781 20-03-2026 6.1.4 Retrovisores Mediante inspección sensorial, se debe detectar: ”. (NFT) Conclusión En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente a los interrogantes elevados en su escrito de consulta, se precisa lo siguiente: Respuesta a los interrogantes No. 1 A, B, C, 2° y 3° Frente a los interrogantes planteados, se precisa que las disposiciones vigentes en materia de tránsito y transporte en Colombia no establecen la obligatoriedad de incluir leyendas específicas en los espejos retrovisores de los vehículos automotores, como el mensaje “Los objetos en el espejo están más cerca de lo que parecen”, ni definen parámetros técnicos para su incorporación, modificación o eliminación. Ahora bien, a título meramente informativo, dicha leyenda tiene origen en estándares técnicos internacionales, como el Code of Federal Regulations1 (CFR) de los Estados Unidos, específicamente en el Título 49, sección 571.111, numeral S5.4.2, en el cual se establece que los espejos convexos deben llevar de forma permanente e indeleble, en el borde inferior de la superficie reflectante, la advertencia “Objects in Mirror Are Closer Than They Appear”, incluyendo especificaciones sobre el tamaño de las letras. No obstante, esta disposición

corresponde a normativa extranjera, por lo cual su aplicación tiene un carácter meramente referencial o técnico. No obstante, lo anterior, en las normas de tránsito y transporte vigentes en Colombia la inclusión, modificación o supresión de dichas leyendas no se encuentra expresamente regulada ni prohibida, siempre que no se afecten las condiciones de seguridad del vehículo, en particular la visibilidad del conductor y la adecuada funcionalidad de los espejos retrovisores. Por otra parte, debe tenerse en cuenta que los espejos retrovisores constituyen un elemento de seguridad obligatorio, conforme a lo dispuesto en los artículos 50 y 51 de la Ley 769 de 1 Code of Federal Regulations (CFR), Título 49, sección 571.111, numeral S5.4.2 (Rear Visibility). Disponible en: https://www.ecfr.gov/current/title-49/subtitle-B/chapter-V/part-571/subpart-B/section-571.111 4 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20261340400781

Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20261340400781

20261340400781 20-03-2026 2002 y en la Norma T écnica Colombiana NTC 5375, la cual exige verificar, en el marco de la revisión técnico-mecánica, su correcta instalación, estado, fijación y visibilidad. En consecuencia, cualquier intervención que afecte estos aspectos, como la incorporación de elementos que obstruyan el campo visual o alteren su funcionamiento, podrá dar lugar a un resultado desfavorable en dicha revisión y, eventualmente, a la imposición de las sanciones correspondientes. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en consecuencia no es de obligatorio cumplimiento, ni tiene efectos vinculantes, pues se trata de “… orientaciones, puntos de vista, consejos y cumplen tanto una función didáctica como una función de comunicación fluida y transparente”, conforme al pronunciamiento de la Corte Constitucional mediante Sentencia C-542 de 2005. Cordialmente.

AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ

Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Proyectó: Robinson Amézquita Bustos – Profesional Universitario - Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ Revisó: Yulimar Maestre Viana – Profesional Especializado - Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ

Ministerio de Transporte Proyectó: Robinson Amézquita Bustos – Profesional Universitario - Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ Revisó: Yulimar Maestre Viana – Profesional Especializado - Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ 5 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

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