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MINTRANSPORTE - Concepto 20261340636341 de 2026

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20261340636341 de 2026
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2026

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20261340636341

20261340636341 07-05-2026 Bogotá, D.C.; Señor

HAROLD PALACIOS

hpalacios94@gmail.com Bogotá, D.C.

Asunto: Solicitud de concepto.

Transporte – PLANILLA UNICA DE VIAJE OCASIONAL.

Radicado No. 20253032004092 del 14 de diciembre de 2025. Respetado señor Palacio, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento radicado con el No. 20253032004092 del 14 de diciembre de 2025, mediante el cual formula la siguiente: CONSUL TA “EN ATENCIÓN A LO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN 2433 DE 2018 DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE, PARTICULARMENTE EN LO REFERENTE A QUE: “CUANDO EL VEHÍCULO SE MOVILICE SIN PASAJEROS FUERA DE SU RADIO DE ACCIÓN AUTORIZADO, REQUERIRÁ EN TODO CASO HABER DILIGENCIADO LA PLANILLA ÚNICA DE VIAJE OCASIONAL PARA SU DESPLAZAMIENTO”, SOLICITO ACLARACIÓN SOBRE LOS SIGUIENTES PUNTOS: ¿EL CONCEPTO DE “RADIO DE ACCIÓN” DEBE ENTENDERSE COMO EL ÁMBITO DE OPERACIÓN

ASIGNADO A LA EMPRESA EN SUS RUTAS AUTORIZADAS POR LA AUTORIDAD COMPETENTE, O PUEDE INTERPRETARSE QUE DICHO RADIO CORRESPONDE A CADA VEHÍCULO AFILIADO DE

MANERA INDIVIDUAL?

ENTENDIENDO QUE CADA EMPRESA INTERNAMENTE CREA SUS RUTAS Y A CADA VEHÍCULO LO LOGEA COMO CALI, BUGA, PALMIRA EN EL FRENTE DE SU PANORÁMICO Y EN LA PARTE DE ATRÁS DE LOS BUSES. EN OTRAS PALABRAS, EL RADIO DE ACCIÓN ES INSTITUCIONAL, PERO PODRÍA GENERAR CONTRAVENCIÓN UN VEHÍCULO QUE ESTE LOGEADO COMO BUGA Y HAGA RECORRIDO CALIPALMIRA. 2)EN EL CASO DE UNA EMPRESA CUYO RADIO DE ACCIÓN AUTORIZADO COMPRENDE, POR EJEMPLO, BUGA, PALMIRA Y CALI, SI UN VEHÍCULO AFILIADO DEBE DESPLAZARSE SIN PASAJEROS HACIA JAMUNDÍ, FLORIDA O CANDELARIA CON EL ÚNICO PROPÓSITO DE REALIZAR MANTENIMIENTO O SERVICIOS TÉCNICOS, ¿SE CONSIDERA QUE DICHO DESPLAZAMIENTO CONSTITUYE UNA SALIDA DEL RADIO DE ACCIÓN, LO CUAL OBLIGA A DILIGENCIAR LA PLANILLA ÚNICA DE VIAJE OCASIONAL CONFORME A LA RESOLUCIÓN 2433 DE 2018? Y, ADICIONALMENTE: EN CASO DE NO PORTAR DICHA PLANILLA EN ESTOS DESPLAZAMIENTOS, ¿EL VEHÍCULO SE ENCUENTRA SUJETO A

CONFORME A LA RESOLUCIÓN 2433 DE 2018? Y, ADICIONALMENTE: EN CASO DE NO PORTAR DICHA PLANILLA EN ESTOS DESPLAZAMIENTOS, ¿EL VEHÍCULO SE ENCUENTRA SUJETO A

INFRACCIONES O SANCIONES POR PARTE DE LAS AUTORIDADES DE TRÁNSITO?”.

CONSIDERACIONES 1 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20261340636341

20261340636341 07-05-2026 En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio: “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.

7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen

  • Planilla única de viaje ocasional: es el documento que debe portar todo conductor de vehículo de servicio público de esta modalidad para la realización de un viaje ocasional. • Radio de acción: es el ámbito de operación autorizado a una empresa dentro del perímetro de los servicios asignados. (…) • Viaje ocasional: es aquel que excepcionalmente autoriza el Ministerio de Transporte a empresas de transporte habilitadas en esta modalidad para transportar, dentro o fuera de sus rutas autorizadas, un grupo homogéneo de pasajeros, por el precio que libremente determinen, sin sujeción a tiempo o al cumplimiento de horarios específicos.

(…) 2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20261340636341

20261340636341 07-05-2026 Artículo 2.2.1.4.3.3. Requisitos. Para obtener habilitación en la modalidad de Transporte Público Terrestre Automotor de Pasajeros por Carretera, las empresas deberán acreditar los

(…) 3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20261340636341

20261340636341 07-05-2026 Artículo 5°. Responsabilidad. Las empresas de transporte serán responsables del uso, del control de las planillas únicas de viaje ocasional, del transporte que se realice con ellas y de la veracidad de la información consignada en el sistema HQRUNT.

El sistema HQ-RUNT asumirá la responsabilidad de la generación de las planillas únicas de viaje ocasional para los vehículos que cumplan con las condiciones establecidas en la normatividad legal aplicable vigente, para lo cual deberá implementar las validaciones y controles establecidos en la norma para asegurar la consistencia de la información de acuerdo con lo reportado. (…) Conclusión En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente al requerimiento elevado, se da respuesta en los siguientes términos: En el entendido que su petición hace referencia a la modalidad de servicio público de

Transporte. A su vez, los viajes ocasionales son aquellos que excepcionalmente autoriza el Ministerio de Transporte a empresas de transporte habilitadas en esta modalidad para transportar, dentro o fuera de sus rutas autorizadas, o radio de acción, con vehículos vinculados a su parque automotor, un grupo homogéneo de pasajeros, por el precio que libremente determinen, sin sujeción a tiempo o al cumplimiento de horarios específicos, en ese orden, radio de acción se predica de los servicios autorizados a las empresas de transporte. Ahora, cuando un vehículo en la modalidad de servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera hace tránsito vacío (Con el solo conductor), por una 4 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20261340636341

20261340636341 07-05-2026 vía distinta de aquella o aquellas sobre las cuales la empresa a la que se encuentra

“6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.

7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”.

Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene dentro de sus funciones resolver casos de carácter particular y concreto presentados a la administración. Marco Normativo El Decreto 1079 de 2015, “por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte.”, en relación con la Planilla Única de Viaje Ocasional, refiere: “Artículo 2.2.1.4.3. Servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera. Es aquel que se presta bajo la responsabilidad de una empresa de transporte legalmente constituida y debidamente habilitada en ésta modalidad, a través de un contrato celebrado entre la empresa y cada una de las personas que han de utilizar el vehículo de servicio público a esta vinculado, para su traslado en una ruta legalmente autorizada. Artículo 2.2.1.4.4. Definiciones. Para la interpretación y aplicación del presente Capítulo, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones específicas: (…)

  • Planilla única de viaje ocasional: es el documento que debe portar todo conductor de vehículo de servicio público de esta modalidad para la realización de un viaje ocasional. • Radio de acción: es el ámbito de operación autorizado a una empresa dentro del perímetro de los servicios asignados.

(…)

20261340636341 07-05-2026 Artículo 2.2.1.4.3.3. Requisitos. Para obtener habilitación en la modalidad de Transporte Público Terrestre Automotor de Pasajeros por Carretera, las empresas deberán acreditar los siguientes requisitos, que aseguren el cumplimiento del objetivo definido en el artículo 2.2.1.4.1 del presente decreto:

(…)

7. Descripción y diseño de los colores y distintivos de la empresa. (…) Artículo 2.2.1.4.5.3. Otorgamiento del permiso. La prestación del servicio público de transporte de pasajeros por carretera, será regulada y requiere de permiso, el cual se otorgará como resultado de un concurso en el que se garantizará la libre concurrencia y la iniciativa privada para la creación de nuevas empresas.

Artículo 2.2.1.4.5.1. Radio de acción. El radio de acción en esta modalidad será de carácter nacional. Incluye los perímetros departamental y nacional.

El perímetro del transporte departamental comprende el territorio del departamento. El servicio departamental está constituido por el conjunto de rutas cuyo origen y destino están contenidos dentro del perímetro departamental.

El perímetro del transporte nacional comprende el territorio de la Nación. El servicio nacional está constituido por el conjunto de rutas cuyo origen y destino están localizados en

diferentes departamentos dentro del perímetro nacional. Artículo 2.2.1.4.6.5. Viajes ocasionales. Para la realización de viajes ocasionales las empresas acreditarán el cumplimiento de los requisitos que para este efecto señale el Ministerio de Transporte, quien igualmente establecerá la ficha técnica para la elaboración del formato de la planilla única de viaje ocasional y los mecanismos de control correspondientes.” Por su parte, l a Resolución 2433 de 2018 “Por la cual se reglamenta el procedimiento para la expedición, control y registro en línea de la Planilla Única de Viaje Ocasional para los vehículos de Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en Vehículos Taxi, de Pasajeros por Carretera y Mixto, se incorpora el trámite con su respectiva tarifa en el Registro Nacional Automotor (RNA) del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y se dictan otras disposiciones.”, dispone: “Artículo 1°. Objeto. Se reglamenta el procedimiento para la expedición, control y registro en línea de la Planilla Única de Viaje Ocasional a través del Sistema RUNT, para los vehículos de Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en Vehículos Taxi, de Pasajeros por Carretera y Mixto y se incorpora el trámite con su respectiva tarifa en el Registro Nacional Automotor (RNA) del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT). (…) 3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950

acuerdo con lo reportado. (…) Conclusión En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente al requerimiento elevado, se da respuesta en los siguientes términos: En el entendido que su petición hace referencia a la modalidad de servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera, el artículo 2.2.1.4.4 y 2.2.1.4.6.5, del Decreto 1079 de 2015, establece que las empresas habilitadas en ésta modalidad pueden realizar viajes ocasionales como servicio de transporte expreso, en un radio de acción diferente al autorizado, esto en referencia a las rutas autorizadas, siempre y cuando se porte la planilla de viaje ocasional como documento que sustenta la operación de los vehículos. Cabe resaltar, que los viajes ocasionales no están sujetos a rutas y horarios, pues como ya se indicó, estos se realizan en un radio de acción diferente al autorizado y está sujeto a las condiciones pactadas entre el usuario que requiere el servicio y la empresa de transporte contratista, en consecuencia, no se requiere el porte de planilla de despacho, ni hacer uso de las terminales de transporte de aquellas ciudades que se encuentran en tránsito por la ruta que se pactó en el contrato de transporte. Las Planillas Únicas de Viaje Ocasional deben ser diligenciadas por las empresas de transporte a través del sistema HQ-RUNT para su respectiva expedición, cumpliendo los requisitos exigidos en la Resolución 2433 de 2018 expedida por el Ministerio de Transporte. A su vez, los viajes ocasionales son aquellos que excepcionalmente autoriza el Ministerio de Transporte a empresas de transporte habilitadas en esta modalidad para transportar,

Radicado MT No.: 20261340636341

20261340636341 07-05-2026 vía distinta de aquella o aquellas sobre las cuales la empresa a la que se encuentra vinculado tiene rutas autorizadas, no incurre en ninguna infracción a las normas de transporte, salvo que no tenga tarjeta de operación vigente. Finalmente debemos señalar que, en la modalidad de servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera, las rutas se autorizan por concurso público en los términos establecidos en el artículo 2.2.1.4.5.3 de Decreto 1079 de 2015, y en cuanto a los logos que refiere, los vehículos deben portar los colores y distintivos de la empresa, en atención a lo dispuesto en el artículo 2.2.1.4.3.3 ibídem. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en consecuencia no es de obligatorio cumplimiento, ni tiene efectos vinculantes, pues se trata de “… orientaciones, puntos de vista, consejos y cumplen tanto una función didáctica como una función de comunicación fluida y transparente”, conforme al pronunciamiento de la Corte Constitucional mediante Sentencia C-542 de 2005. Cordialmente.

AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ

Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Proyectó: Ana Paola Rodríguez Castro – Contratista - Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ.

Revisó: Pedro Nel Salinas Hernández – Contratista – Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ. 5 ________________________________________________________________________

Ministerio de Transporte

Ministerio de Transporte Proyectó: Ana Paola Rodríguez Castro – Contratista - Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ.

Revisó: Pedro Nel Salinas Hernández – Contratista – Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ. 5 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.

Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

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