MINTRANSPORTE - Concepto 20261341375291 de 2026
Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20261341375291 de 2026
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2026
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20261341375291
20261341375291 21-09-2026 Bogotá, D.C.; Señora
SANDRA MARÍA MONTOYA MOLINA
Coordinadora Jurídica EMTRASUR info@emtrasur.com.co Bogotá, D.C.
Asunto: Solicitud de concepto TRÁNSITO – REGISTRO MAQUINARIA – Improntas Radicado No. 20253031602232 del 15 de septiembre de 2025
Respetada señora Sandra, reciban un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta al requerimiento contenido en el documento radicado con el No. 20253031602232 del 15 de septiembre de 2025, mediante el cual formula la siguiente: CONSUL TA “1. Para realizar la matricula inicial y la maquinaría al momento de constatar que la misma se encuentra ubicada en zona portuaria con limitación material y de difícil acceso, lo cual impide la realización del procedimiento de improntas exigido por la normatividad legal vigente, es procedente para la autoridad de tránsito aplicar mecanismos sustitutivos de validación técnica y documental?, tales como aceptar fotos, adhesivos, códigos QR u otro formato documental como medio de validación para poder realizar la matricula inicial?
2. Para matricula inicial y traspasos de maquinarias que se encuentren en zonas de conflicto y con presencia de grupos armados que dificulten el ingreso y la toma de
inicial?
2. Para matricula inicial y traspasos de maquinarias que se encuentren en zonas de conflicto y con presencia de grupos armados que dificulten el ingreso y la toma de improntas de la maquinaria ¿Puede el organismo de tránsito aceptar fotos, adhesivos, códigos QR u otro formato documental como medio de validación para poder realizar la matricula inicial y/o el traspaso?
3. Al momento de realizar una matrícula inicial de maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada, si es de difícil acceso las improntas de la máquina, ¿Puede el organismo de tránsito aceptar fotos, adhesivos, códigos QR u otro formato documental como medio de validación para poder realizar dicha matricula inicial?”.
CONSIDERACIONES 1 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
1 / 5Para contestar cite:
Radicado MT No.: 20261341375291
20261341375291 21-09-2026 En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio: “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.
7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”.
Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene dentro de sus funciones resolver casos de carácter particular y concreto presentados a la administración. Marco Normativo La Resolución 20223040045295 de 2022 “Por medio del cual se expide la Resolución Única Compilatoria en materia de Tránsito del Ministerio de Transporte.”, consagra: “Artículo 4.7.2.1. Objeto . La presente sección tiene por objeto reglamentar el registro y trámites de la Maquinaria Agrícola, Industrial y de Construcción Autopropulsada, incluida la maquinaria que pertenece a las subpartidas 8429.11.00.00, 8429.19.00.00,
trámites de la Maquinaria Agrícola, Industrial y de Construcción Autopropulsada, incluida la maquinaria que pertenece a las subpartidas 8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00 y 8905.10.00.00, delegar en los Organismos de Tránsito la realización de los trámites, y determinar las condiciones para el traslado o movilización de la unidad, sus partes, los horarios, las vías terrestres, fluviales y marítimas. Igualmente, define el procedimiento y requisitos para llevar a cabo la expedición de la Guía de movilización o tránsito de la maquinaria perteneciente a las subpartidas 8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00 y 8905.10.00.00. (…) Artículo 5.4.1. Modificado por el art. 3, Resolución 20243040056195 de 2024. Registro de la maquinaria en el Sistema RUNT. Para llevar a cabo el registro de la Maquinaria Agrícola, Industrial y de Construcción Autopropulsada en el Registro Nacional de Maquinaria Agrícola y de Construcción Autopropulsada del sistema RUNT, ingresada al país a través de las subpartidas arancelarias diferentes a las señaladas en el artículo 5.4.2. del presente Capítulo, se deberán acreditar los siguientes requisitos: 2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte
de las subpartidas arancelarias diferentes a las señaladas en el artículo 5.4.2. del presente Capítulo, se deberán acreditar los siguientes requisitos: 2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
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Radicado MT No.: 20261341375291
20261341375291 21-09-2026
1. Para efectuar el registro de la maquinaria existente en el país con anterioridad al 10 de enero de 2012, fecha de entrada en vigencia del Decreto Ley 019 de 2012 en el Sistema RUNT , el propietario o poseedor, deberá presentar ante el Organismo de Tránsito, los siguientes documentos:
(…) e. Anexar improntas de los guarismos de identificación del número de motor, serie o chasis o VIN/Número de Identificación del Producto (PIN). f. Acreditación del pago de los derechos que se causen por el trámite.
(…) e. Anexar improntas de los guarismos de identificación del número de motor, serie o chasis o VIN/Número de Identificación del Producto (PIN). f. Acreditación del pago de los derechos que se causen por el trámite. En este caso, el cargue de la información del detalle al Sistema RUNT y registro de la maquinaria, podrá surtirse en un mismo momento a través del Organismo de Tránsito. Para este cargue las personas naturales y/o jurídicas que ostenten la calidad de propietarios o poseedores de la maquinaria, deberán hacerlo inscribiéndose en el sistema RUNT como importadores ocasionales.
2. Para el registro de la maquinaria con posterioridad al 10 de enero de 2012, fecha de entrada en vigencia del Decreto Ley 019 de 2012 en el Sistema RUNT, el propietario debe presentar ante el Organismo de Tránsito, los siguientes
documentos: (…) d. Anexar improntas de los guarismos de identificación del número de motor, serie o chasis o VIN/Número de Identificación del Producto (PIN). (…) Artículo 5.3.1.4.1. Improntas de los vehículos. Cuando para realizar la matrícula inicial de un vehículo, sea imposible tomar las improntas del mismo debido al difícil acceso, se podrá presentar certificación expedida por el fabricante o por el ensamblador del vehículo o por el importador, donde se registren los guarismos de identificación como el número de motor, serie o chasis o VIN.
Para aquellos vehículos que cuenten con otro tipo de identificación del vehículo como adhesivos, fotoimprontas, código QR entre otros, se podrá aceptar dicha imagen en lugar de la impronta . Para los trámites diferentes a la matrícula inicial cuyas improntas sea imposible tomar debido al difícil acceso de las mismas, se podrá presentar una certificación de revisión del vehículo realizada y expedida por la Dirección de Investigación Criminal e INTEROPL “DIJIN” o por una autoridad de policía judicial que por sus facultades competencias pueda certificar tal situación. 3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
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Radicado MT No.: 20261341375291
20261341375291 21-09-2026 Parágrafo 1. La certificación de que trata el presente artículo deberá contener los guarismos de identificación y se expedirá una por cada vehículo automotor para los trámites diferentes a la matrícula inicial.
21-09-2026 Parágrafo 1. La certificación de que trata el presente artículo deberá contener los guarismos de identificación y se expedirá una por cada vehículo automotor para los trámites diferentes a la matrícula inicial. Parágrafo 2. La no exigencia de las improntas no exonera del cumplimiento de lo dispuesto en la subsección 3 del presente capítulo. Parágrafo 3. Lo dispuesto en el presente artículo no será aplicable para el trámite de traspaso unilateral de vehículos adquiridos mediante operaciones de leasing, en las cuales el locatario haya finalizado la obligación de leasing o el contrato que dio origen se encuentre terminado y/o ejercido la opción de compra”. (NFT) Conclusión En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente al requerimiento elevado, se da respuesta en los siguientes términos: El trámite de registro inicial de maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada, se encuentra reglamentado en el artículo 5.4.1 de la Resolución 20223040045295 de 2022, en el que se exige entre otros requisitos, anexar improntas de los guarismos de identificación del número de motor, serie o chasis o VIN/Número de Identificación del Producto (PIN). De otra parte, el artículo 5.3.1.4.1 del mismo acto administrativo establece, que para
realizar la matrícula inicial de un vehículo se podrá presentar certificación expedida por el fabricante o por el ensamblador del vehículo o por el importador, donde se registren los guarismos de identificación como el número de motor, serie o chasis o VIN, y que para aquellos vehículos que cuenten con otro tipo de identificación del vehículo como adhesivos, foto improntas, código QR entre otros, se podrá aceptar dicha imagen. En ese orden, se considera que, para el registro inicial de maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada igualmente procede la presentación de una certificación expedida por el fabricante o por el ensamblador del vehículo o por el importador, donde se registren los guarismos de identificación como el número de motor, serie o chasis o VIN, conforme a lo señalado en el artículo 5.3.1.4.1, en cita. El mismo artículo, establece que, para los trámites diferentes a la matrícula inicial, en este caso registro, cuyas improntas sea imposible tomar debido al difícil acceso de las mismas, se podrá presentar una certificación de revisión del vehículo realizada y expedida por la Dirección de Investigación Criminal e INTEROPL “DIJIN” o por una autoridad de policía judicial que por sus facultades y competencias pueda certificar tal situación. 4 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950
Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
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Radicado MT No.: 20261341375291
20261341375291 21-09-2026 En ese orden, en los trámites de tránsito relacionados con maquinaria, como registro inicial y traspasos, se debe cumplir con el requisito de presentar las improntas de los guarismos de identificación en las condiciones señaladas, toda vez que la norma no hace excepciones sobre el particular. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en consecuencia no es de obligatorio cumplimiento, ni tiene efectos vinculantes, pues se trata de “… orientaciones, puntos de vista, consejos y cumplen tanto una función didáctica como una función de comunicación fluida y transparente”, conforme al pronunciamiento de la Corte Constitucional mediante Sentencia C-542 de 2005. Cordialmente.
AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ
Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Proyectó: Ana María Gómez Álvarez - Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ.
AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ
Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Proyectó: Ana María Gómez Álvarez - Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ.
Revisó: Pedro Nel Salinas Hernández - Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ. 5 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.
Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
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