MINTRANSPORTE - Concepto 20261341446481 de 2026
Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20261341446481 de 2026
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2026
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20261341446481
20261341446481 02-10-2026 Bogotá D.C., Señora
SINDY PAOLA CORDERO YARCE
transito@caucasia-antioquia.gov.co Secretaria de Movilidad Humana Alcaldía de Caucasia – Antioquia Caucasia Asunto: Tránsito. Consulta procedimiento cambio de servicio de vehículo oficial a publicó. Radicado No. 20253031412482 del 19 de agosto de 2025 Estimada señora Sindy Paola, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a la solicitud contenida en el documento radicado con el No. 20253031412482 del 19 de agosto de 2025, mediante el cual formula la siguiente: CONSUL TA “1. Se nos indique si es jurídicamente y técnicamente procedente el cambio de servicio de un vehículo registrado como Oficial a Público, de acuerdo con la normatividad vigente.
2. En caso de ser viable, se precise el procedimiento administrativo y técnico que debe seguir la entidad territorial y/o el propietario del vehículo para adelantar dicho trámite ante el organismo de tránsito competente.
3. Se informe si es necesario expedir alguna reglamentación adicional, concepto técnico o acto administrativo especial para estos casos.
4. La demás información que corresponda sobre el presente tramite.” CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de
4. La demás información que corresponda sobre el presente tramite.” CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo de Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio: 1 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.
Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
1 / 3Para contestar cite:
Radicado MT No.: 20261341446481
20261341446481 02-10-2026 “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.
7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”.
7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”.
Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo de Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene dentro de sus funciones resolver casos de carácter particular y concreto presentados a la administración. En ese orden se procede a dar respuesta a sus interrogantes, así: En atención a las solicitudes formuladas, relacionadas con la procedencia del cambio de servicio de un vehículo registrado como oficial a servicio público, se precisa que, de conformidad con la normatividad vigente, debe atenderse al tratamiento expresamente establecido para los vehículos de propiedad de entidades de derecho público cuando estos dejan de pertenecer a dichas entidades. En este sentido, el artículo 2.3.4.2 del Decreto 1079 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte” , denominado “Registro de vehículos de propiedad de entidades de derecho público rematados o adjudicados”, dispone: “Todo vehículo rematado por entidades de derecho público a favor de persona natural o jurídica de derecho privado, deberá ser registrado en el servicio particular, en el organismo de tránsito competente para ello.” La disposición transcrita establece de manera expresa el tratamiento de registro que corresponde a los vehículos de propiedad de entidades de derecho público que son rematados o adjudicados a favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado,
La disposición transcrita establece de manera expresa el tratamiento de registro que corresponde a los vehículos de propiedad de entidades de derecho público que son rematados o adjudicados a favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado, determinando que estos deben ser registrados en el servicio particular. En consecuencia, cuando un vehículo registrado como oficial, por ser de propiedad de una entidad de derecho público, es objeto de remate o adjudicación a favor de una persona natural o jurídica de derecho privado, no se encuentra jurídicamente previsto que, con ocasión de dicha operación, pueda registrarse directamente como vehículo de servicio público de transporte. La disposición reglamentaria establece de manera expresa que el registro correspondiente debe efectuarse en servicio particular. Así las cosas, para el supuesto objeto de consulta, el trámite que corresponde adelantar ante el organismo de tránsito competente será el que permita formalizar el traspaso y registro del vehículo en servicio particular, de conformidad con los requisitos y procedimientos establecidos para tal efecto. 2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
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Radicado MT No.: 20261341446481
20261341446481 02-10-2026 En consecuencia, no se requiere la expedición de una reglamentación, concepto técnico o acto administrativo especial que habilite el registro en servicio público, toda vez que el Decreto 1079 de 2015 ya establece expresamente el servicio en el cual debe registrarse el vehículo cuando se presenta el supuesto previsto en el artículo 2.3.4.2. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en consecuencia no es de obligatorio cumplimiento, ni tiene efectos vinculantes, pues se trata de “… orientaciones, puntos de vista, consejos y cumplen tanto una función didáctica como una función de comunicación fluida y transparente”, conforme al pronunciamiento de la Corte Constitucional mediante Sentencia C-542 de 2005. Cordialmente,
AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ
Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Proyectó: Dionne Alexandra Cruz Arenas - Asesora Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ.
Revisó: Pedro Nel Salinas Hernández - Contratista Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ.
3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
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