MINTRANSPORTE - Resolución 20243040064985 de 2024
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Resolución 20243040064985 de 2024
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2024
nsporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20243040064985 de 30-12-2024 I IIIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIII IIII "Por la cual se modifican los artículos 42, 44 y 63 de la Resolución No. 20243040004605 del 08 de febrero de 2024 y se dictan otras disposiciones". LA MINISTRA DE TRANSPORTE En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 6 y el literal c) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto 087 de 2011, articulo 2.2.22.3.8 del Decreto 1083 de 2015, y CONSIDERANDO Que, la Resolución No. 20243040004605 del 08 de febrero de 2024, "Por la cual se constituye el Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del Sector Transporte y el Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Transporte, sus subcomités, se derogan las Resoluciones No. 0006610 de 2019, 20203040025005 de 2020, 20213040047795 de 2021 y 20233040026625 de 2023 y se dictan otras disposiciones" establece en el título IV, capítulo I, los niveles de responsabilidad e instancias del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -
(MIPG).
Que, en virtud del artículo 2.2.22.3.2 del Decreto 1083 de 2015, "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública", sustituido por el artículo 1 del
(MIPG).
Que, en virtud del artículo 2.2.22.3.2 del Decreto 1083 de 2015, "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública", sustituido por el artículo 1 del Decreto 1499 de 2017, se establece que "El Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), es un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio". Que, el numeral 17 del artículo 2.2.22.2.1 del Decreto 1083 de 2015, numeral adicionado por el artículo 2 del Decreto 1299 del 2018, establece la Política de Mejora Normativa como política de gestión y desempeño institucional, formulada por el Departamento Administrativo de la Función Pública. Que, el objetivo de la Política de Mejora Normativa (PMN) según el Departamento Administrativo de la Función Pública y el Departamento Nacional de Planeación, es la de promover el uso de herramientas y buenas prácticas en la emisión de normas, con el fin de lograr que las autoridades encargadas de expedirlas, tengan en cuenta los parámetros de calidad técnica y jurídica y resulten eficaces, eficientes, transparentes, coherentes y simples, en aras de fortalecer la seguridad jurídica y un marco regulatorio que facilite el emprendimiento, la competencia, la productividad, el desarrollo económico y el bienestar social. Que, mediante el documento conpes 3816 "Mejora Normativa: Análisis de Impacto", se
en aras de fortalecer la seguridad jurídica y un marco regulatorio que facilite el emprendimiento, la competencia, la productividad, el desarrollo económico y el bienestar social. Que, mediante el documento conpes 3816 "Mejora Normativa: Análisis de Impacto", se determinó como primer pilar de la iniciativa de Mejora Normativa, avanzar en la adopción y adaptación de herramientas, el desarrollo de la institucionalidad, y la generación de capacidades a partir de las cuales sea posible asegurar la calidad de las normas que expide la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, como Herramienta dirigida a fortalecer la confianza, efectividad y transparencia de la normatividad, en el mediano y largo plazo. Que dentro de las herramientas más comunes de la política de Mejora Normativa, se encuentra el Análisis de Impacto Normativo (AIN), que implica el análisis de la posibilidad de implementar otros instrumentos que permitan solucionar la problemática que enfrenta el regulador; igualmente se encuentra la evaluación ex post, la cual examina la relevancia, efectividad, el impacto de las decisiones normativas, resultados inesperados, fallas y factores de éxito, y adicionalmente, proporciona una fuente de información útil para construir la agenda normativa. Que, los responsables del procedimiento para realizar evaluaciones Ex ante y Ex post, para actos administrativos expedidos por el Ministerio de Transporte y Decretos, son los Vi ceministerios de Infraestructura y de Transporte, según el "Procedimiento para realizar evaluaciones Expost para actos administrativos expedidos - PTI-P-()02" del proceso "Formulación, Evaluación y Seguimiento de Políticas, Regulaciones Técnicas y Económicas en transporte, tránsito e infraestructura" publicado en el aplicativo de Da ruma.
"Formulación, Evaluación y Seguimiento de Políticas, Regulaciones Técnicas y Económicas en transporte, tránsito e infraestructura" publicado en el aplicativo de Da ruma. Que, se hace necesario involucrar a las áreas productoras de normas, en la implementación de la Política de Mejora Normativa, así como, la recolección de información y diligenciamiento para la medición de la gestión y desempeño institucional, a través del Formulario Único de Reporte y Avance de Gestión - FURAG.nsporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20243040064985 de 30-12-2024 I IIIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIII IIII "Por la cual se modifican los artículos 42, 44 y 63 de la Resolución No. 20243040004605 del 08 de febrero de 2024 y se dictan otras disposiciones". Que, por lo anterior, se hace necesario modificar la dependencia líder de la política "Mejora Normativa'fi incluyendo los despachos del Viceministro (a) de Transporte y Viceministro (a) de Infraestructura y mantener la Oficina Asesora de Jurídica, por lo que, en cumplimiento de lo establecido en el parágrafo 2º del artículo 63 de la Resolución 20243040004605 de 2024, mediante memorando 20241300162123 del 17 de diciembre de 2024 la Oficina Asesora de Jurídica solicitó a la Secretaria Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño presentar a los miembros de dicho comité la modificación referida. Que, en la sesión nro. 08 virtual ordinaria del Comité Institucional de Gestión y Desempeño se
presentar a los miembros de dicho comité la modificación referida. Que, en la sesión nro. 08 virtual ordinaria del Comité Institucional de Gestión y Desempeño se aprobó la inclusión de los responsables de la Política de Gestión y Desempeño del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, denominada Mejora Normativa, liderada por la Oficina Asesora de Jurídica, incluyendo al Viceministerio de Infraestructura y Viceministerio de Transporte como responsables de la producción normativa en el Ministerio de Transporte, con el fin de generar procesos para mejorar la calidad de las regulaciones, reglamentos o trámites, y, en esa medida, aportar elementos para mejorar la competitividad y la eficiencia del Estado Colombiano, materializando los principios de la Mejora Normativa, acorde con el ciclo de gobernanza regulatoria. Asimismo, se aprobó la modificación de la dependencia líder de Políticas de Gobierno Digital, Seguridad Digital, Transparencia, acceso a la información pública y lucha contra la corrupción y Gestión de la Información Estadística. Que, por medio de la Resolución 0000589 del 18 de marzo de 2020 se fusionaron los grupos internos de trabajo "Grupo Administración Documental" y "Grupo Archivo Central" de la Subdirección Administrativa y Financiera bajo la denominación "Grupo Gestión Documental", por lo anterior, se hace necesario modificar los artículos 42 y 44 de la Resolución 20243040004605 de 2024 en el sentido de suprimir como miembro del Subcomité Técnico de Gestión Documental a el (la) Coordinador (a) del Grupo de Archivo Central y eliminar la preposición "de" del Grupo Gestión Documental. Que, mediante la Resolución 20243040052115 del 24 de octubre de 2024 se reubicó el grupo
Gestión Documental a el (la) Coordinador (a) del Grupo de Archivo Central y eliminar la preposición "de" del Grupo Gestión Documental. Que, mediante la Resolución 20243040052115 del 24 de octubre de 2024 se reubicó el grupo interno de trabajo "Grupo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones" del Despacho del (la) Ministro (a) de Transporte a la Secretaría General del Ministerio de Transporte, por lo tanto, se hace necesario modificar el artículo 63 de la Resolución 20243040004605 de 2024 que establece la dependencia líder de las Políticas de Gobierno Digital, Seguridad Digital, Transparencia, acceso a la información pública y lucha contra la corrupción y Gestión de la Información Estadística. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1 °. Modificar el artículo 42 de la Resolución 20243040004605 del 08 de febrero de 2024, el cual quedará así: "Artículo 42. INTEGRACIÓN. El Subcomité Técnico de Gestión Documental estará integrado por:
1. El (la) Secretario (a) General, quien ejercerá la calidad de Presidente.
2. El (la) Jefe de la Oficina Asesora de Planeación o su delegado.
3. El (la) Subdirector (a) Administrativo (a) y Financiero (a).
4. El (la) Coordinador (a) del Grupo de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones.
5. El (la) Coordinador (a) del Grupo Gestión Documental.
Parágrafo 1. El Subcomité invitará a sus reuniones con carácter permanente u ocasional a él (la) Jefe de la Oficina de Control Interno y el (la) Jefe de la Oficina Asesora de Jurídica
Parágrafo 1. El Subcomité invitará a sus reuniones con carácter permanente u ocasional a él (la) Jefe de la Oficina de Control Interno y el (la) Jefe de la Oficina Asesora de Jurídica o quien estos designen por escrito, quienes participará con voz, pero sin voto y, según los temas a tratar, a los líderes temáticos, equipos de apoyo y a las personas que considere pertinentes que, por su conocimiento técnico o funcional, puedan brindar información relevante para la toma de decisiones, quienes también participarán con voz, pero sin voto. 2nsporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20243040064985 de 30-12-2024 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 "Por la cual se modifican los artículos 42, 44 y 63 de la Resolución No. 20243040004605 del 08 de febrero de 2024 y se dictan otras disposiciones". Parágrafo 2. Las delegaciones se harán por escrito". ARTÍCULO 2º . Modificar el artículo 44 de la Resolución 20243040004605 del 08 de febrero de 2024, el cual quedará así: "Artículo 44. SECRETARÍA TÉCNICA. La Secretaría Técnica del Subcomité Técnico de Gestión Documental será ejercida por el Coordinador del Grupo Gestión Documental o quien haga sus veces, y tendrá las siguientes funciones:
1. Convocar a sesiones a los integrantes del Subcomité e invitados, de acuerdo con la solicitud del Presidente del Subcomité Técnico de Gestión Documental o de sus miembros.
quien haga sus veces, y tendrá las siguientes funciones:
1. Convocar a sesiones a los integrantes del Subcomité e invitados, de acuerdo con la solicitud del Presidente del Subcomité Técnico de Gestión Documental o de sus miembros.
2. Elaborar las actas de cada sesión del Subcomité, las cuales deberán ser suscritas por el Presidente y la Secretaría Técnica del Subcomité.
3. Custodiar, conservar y controlar el archivo de las actas del Subcomité en medio electrónico, así como los demás documentos que se posean.
4. Requerir, revisar, consolidar y/o preparar la información que va a ser considerada en las reuniones del Subcomité.
S. Servir de enlace entre los integrantes del Subcomité.
6. Comunicar a los miembros, equipos de apoyo y a las personas que considere pertinentes, las decisiones adoptadas por el Subcomité.
7. Realizar seguimiento y verificación del cumplimiento de las decisiones y compromisos adoptados por el Subcomité, por lo menos una vez cada tres meses.
8. Consolidar para aprobación del Subcomité, los informes que el Comité Institucional de Gestión y Desempeño y los organismos de control requieran sobre la gestión y el desempeño de la entidad, con base en los informes remitidos por los líderes de cada una de las políticas.
9. Representar al Subcomité cuando se requiera.
10. Presentar de manera semestral a la Oficina Asesora de Planeación, Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, el informe de actividades y gestiones realizadas.
11. Las demás inherentes a la naturaleza de sus funciones y que le sean asignadas por los miembros del Subcomité".
Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, el informe de actividades y gestiones realizadas.
11. Las demás inherentes a la naturaleza de sus funciones y que le sean asignadas por los miembros del Subcomité".
ARTÍCULO 3° . Modificar el artículo 63 de la Resolución 20243040004605 del 08 de febrero de 2024, el cual quedará así: "Artículo 63. LÍDERES DE LAS POLÍTICAS. Las áreas líderes de la gestión de cada una de las políticas de Gestión y Desempeño Institucional del Ministerio de Transporte son las siguientes:
DEPENDENCIA LÍDER POLÍTICA DIMENSIÓN
Oficina Asesora de Planeación Institucional Planeación Oficina Asesora de Planeación Gestión Presupuesta/ y Direccionamiento Subdirección Administrativa y Eficiencia del Gasto Público Estratégico y Financiera Planeación Secretaría General Compras y contratación Grupo de Contratos pública Secretaría General Subdirección del Talento Humano Talento Humano Talento humano Secretaría General Subdirección de Talento Integridad Humano Oficina Asesora de Fortalecimiento Planeación organizacional y Simplificación de Procesos 3nsporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20243040064985 de 30-12-2024 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 "Por la cual se modifican los artículos 42, 44 y 63 de la Resolución No. 20243040004605 del 08 de febrero de 2024 y se dictan otras disposiciones".
DEPENDENCIA LÍDER POLÍTICA DIMENSIÓN
Secretaría General
"Por la cual se modifican los artículos 42, 44 y 63 de la Resolución No. 20243040004605 del 08 de febrero de 2024 y se dictan otras disposiciones". DEPENDENCIA LÍDER POLÍTICA DIMENSIÓN Secretaría General Grupo de Tecnologías Gobierno Digital de la Información y las Comunicaciones Secretaría General Grupo de Tecnologías Seguridad Digital de la Información y las comunicaciones Oficina Asesora de Defensa Jurídica Gestión de Valores Jurídica para resultados Oficina Asesora de Jurídica Viceministerio de Mejora Normativa Infraestructura Viceministerio de Transoorte Secretaría General Servicio al Ciudadano Oficina Asesora de Planeación Viceministerio de Racionalización de Infraestructura Trámites Viceministerio de Transoorte Oficina Asesora de Participación Ciudadana en Planeación Secretaría General la Gestión Pública Oficina Asesora de Seguimiento y evaluación Evaluación de Planeación del desempeño Resultados institucional Secretaría General Grupo de Tecnologías Transparencia, acceso a la de la Información y las información pública y lucha comunicaciones contra la corrupción Secretaria General Secretaría General Gestión Documental Información y Comunicación Secretaría General Grupo de Tecnologías de la Información y las Gestión de la información comunicaciones estadística Oficina Asesora de Planeación Subdirección del Gestión del Conocimiento y Gestión del conocimiento y la Talento Humano la Innovación innovación Oficina de Control Interno Control Interno Control Interno Oficina Asesora de Planeación
Oficina Asesora de Planeación Subdirección del Gestión del Conocimiento y Gestión del conocimiento y la Talento Humano la Innovación innovación Oficina de Control Interno Control Interno Control Interno Oficina Asesora de Planeación Parágrafo 1. El (la) Viceministro (a), el (la) Director (a), el (la) Subdirector (a), el (la) Jefe de Oficina de la dependencia líder, con oficio comunicará a la Oficina Asesora de Planeación el designado de la respectiva dependencia. Parágrafo 2. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño queda facultado para modificar la información consignada en el presente artículo de conformidad con las actualizaciones de las Políticas de Gestión y Desempeño que para el efecto profiera el Departamento Administrativo de la Función Pública. En este sentido, la secretaria técnica de dicho Comité debe realizar la certificación de la composición de las áreas líderes de la gestión de cada una de las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional del Ministerio de Transporte". 4RESOLUCIÓN NÚMERO 20243040064985 de 30-12-2024 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 "Por la cual se modifican los artículos 42, 44 y 63 de la Resolución No. 20243040004605 del 08 de febrero de 2024 y se dictan otras disposiciones". ARTÍCULO 4. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, modifica los artículos 42, 44 y 63 de la Resolución 20243040004605 del 08 de febrero de 2024. Las demás disposiciones continúan vigentes.
ARTÍCULO 4. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, modifica los artículos 42, 44 y 63 de la Resolución 20243040004605 del 08 de febrero de 2024. Las demás disposiciones continúan vigentes. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE fififij;TR-0fi------- _cf Ministra de Transporte Claudia Helena Álvarez San Miguel Asesora Despacho Ministra de Tr Aprobó Carlos Eduardo Enríquez Caicedo Jorge Enrique Ramírez Hernández Una María Rojas Ospina Marcela Andrea García Guerrero Revisó Sandra Cristina Naranjo Cadena Flavio Mauricio Mariño Melina Amparo Astrid Ramírez Cruz Proyectó Yulimar Maestre Viana Viceministro de Transporte Viceministro de Infraestructura Jefe Oficina Asesora de Planeación Contratista Oficina Asesora de Planeación Contratista Oficina Asesora de Planeación Jefe Oficina Asesora Jurídica Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Profesional Especializado Grupo Conceptos y Apoyo Le al 5