🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINTRANSPORTE - Resolución 20253040015375 de 2025

Ministerio de Transporte

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Resolución 20253040015375 de 2025
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2025

e Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040015375 de 28-04-2025 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 "Por la cual se modifica la Resolución No. 20253040012415 del 2 de abril de 2025, en el sentido de adicionar dos representantes de la mesa de negociación sindical, para la negociación Colectiva del Pliego de peticiones vigencia 20252027" LA MINISTRA DE TRANSPORTE En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 61 de la Ley 489 de 1998, el Decreto 087 de 2011, el Decreto 243 de 2024, por el cual se modifica el Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, y, CONSIDERANDO: Que el artículo 39 de la Constitución Política de Colombia, señala: "Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos y asociaciones, sin intervención del Estado. Su reconocimiento jurídico se producirá con la simple inscripción del acta de constitución." Que el artículo 53 de la Constitución Política de Colombia, ordena la incorporación a la legislación interna, de los Convenios Internacionales del Trabajo debidamente ratificados y el artículo 55 de la misma norma superior, garantiza el derecho de negociación colectiva para regular las relaciones laborales. Que mediante Ley 26 de 1976 el Estado Colombia aprobó el Convenio número 087 de la OIT relativo a la Libertad Sindical y a la Protección del Derecho de Sindicación adoptado por la Trigésima primera Reunión de la Conferencia

laborales. Que mediante Ley 26 de 1976 el Estado Colombia aprobó el Convenio número 087 de la OIT relativo a la Libertad Sindical y a la Protección del Derecho de Sindicación adoptado por la Trigésima primera Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo (Ginebra 1948). Que el artículo 2 del Convenio 087 dispone que: "Los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas." Que el Convenio 151 "sobre las relaciones de trabajo en la administr ación pública" de la Organización Internacional del Trabajo fue aprobado por la Ley 411 de 1997 en cuyo artículo 7 prevé la necesidad de que se adopten, así: "( ... ) medidas adecuadas a las condiciones nacionales para estimular y fomentar el pleno desarrollo y utilización de procedimientos de negociación entre las autoridades públicas competentes y las-Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040015375 de 28-04-2025 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 "Por la cual se modifica la Resolución No. 20253040012415 del 2 de abril de 2025, en el sentido de adicionar dos representantes de la mesa de negociación sindical, para la negociación Colectiva del Pliego de peticiones vigencia 20252027" organizaciones de empleados públicos ( ... ) ". Que, el artículo 8 del Convenio 151 dispone que en la solución de las

sindical, para la negociación Colectiva del Pliego de peticiones vigencia 20252027" organizaciones de empleados públicos ( ... ) ". Que, el artículo 8 del Convenio 151 dispone que en la solución de las controversias relacionadas con las condiciones del empleo: "( ... ) se deberá tratar de lograr, de manera apropiada a las condiciones nacionales, por medio de la negociación entre las partes o mediante procedimientos independientes e imparciales, tales como la mediación, la conciliación y el arbitraje ( ... )" Que en materia de reglamentación de la Ley 411 de 1997, aprobatoria del Convenio 151 de la Organización Internacional del Trabajo, se expidió el Decreto 160 de 2014, compilado en el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo 1072 de 2015, en los artículos 2.2.2.4.1 a 2.2.2.4.15 del capítulo 4 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, con el objeto de "( ... ) regular el procedimiento para la negociación exclusivamente de las condiciones de empleo entre las entidades y autoridades públicas competentes y las organizaciones sindicales de empleados públicos." Que mediante El Decreto 243 de 2024 se modifica el Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo en lo relativo a los procedimientos de negociación y solución de controversias con las organizaciones de empleados públicos. Que mediante resolución MT No. 20253040012415 del 2 de abril de 2025, se designaron los miembros de la comisión negociadora del Ministerio de

de controversias con las organizaciones de empleados públicos. Que mediante resolución MT No. 20253040012415 del 2 de abril de 2025, se designaron los miembros de la comisión negociadora del Ministerio de Transporte, para la negociación Colectiva del Pliego de Peticiones vigencia 2025 - 2027, así:

CALIDAD CARGO

1 Principal Subdirectora del Talento Humano 2 Principal Subdirectora Administrativa y Financiera 3 Principal Jefe de Oficina Asesora jurídica 4 Suplente Coordinador de Grupo Interno de Trabajo "Grupo Control Disciplinario Interno" de la 2-Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040015375 de 28-04-2025 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 "Por la cual se modifica la Resolución No. 20253040012415 del 2 de abril de 2025, en el sentido de adicionar dos representantes de la mesa de negociación sindical, para la negociación Colectiva del Pliego de peticiones vigencia 20252027" 1 Secretaría General Que, se hace necesario designar a dos servidores públicos de la administración en calidad de negociadores, adicionales, para que también representen al Ministerio de Transporte durante la negociación colectiva del pliego de peticiones vigencia 2025 - 2027, en todas sus etapas y hasta finalizar el proceso de negociación en mención, siendo estos los siguientes: CALIDAD CARGO Principal SUBDIRECTOR OPERATIVO, CODIGO 0150, GRADO 18 de la Subdirección de Transito del Ministerio de Transporte.

Suplente SUBDIRECTOR OPERATIVO, CODIGO

CALIDAD CARGO Principal SUBDIRECTOR OPERATIVO, CODIGO 0150, GRADO 18 de la Subdirección de Transito del Ministerio de Transporte. Suplente SUBDIRECTOR OPERATIVO, CODIGO 0150, GRADO 18 de la Subdirección de Transporte del Ministerio de Transporte. Que en mérito de lo expuesto, el Ministro de Transporte, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Designar, a dos miembros adicionales para que representen al Ministerio de Transporte, como miembros de la comisión negociadora del Pliego de peticiones para la vigencia 2025 - 2027, presentado por la Asociación Nacional de Servidores Públicos del Ministerio de Transporte - ANSEMITRA, en las siguientes calidades: CALIDAD CARGO Principal SUBDIRECTOR OPERATIVO, CODIGO 0150, GRADO 18 de la Subdirección de Transito del Ministerio de Transporte. Suplente SUBDIRECTOR OPERATIVO, CODIGO 0150, GRADO 18 de la Subdirección de Transporte del Ministerio de Transporte. 3-Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040015375 de 28-04-2025 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 "Por la cual se modifica la Resolución No. 20253040012415 del 2 de abril de 2025, en el sentido de adicionar dos representantes de la mesa de negociación sindical, para la negociación Colectiva del Pliego de peticiones vigencia 20252027" PARÁGRAFO PRIMERO: Sin perJu1c10 de la designación realizada, la Ministra de Transporte, podrá conformar la comisión negociadora del Pliego

sindical, para la negociación Colectiva del Pliego de peticiones vigencia 20252027" PARÁGRAFO PRIMERO: Sin perJu1c10 de la designación realizada, la Ministra de Transporte, podrá conformar la comisión negociadora del Pliego de peticiones, con la facultad y representatividad para negociar y acordar en el marco de la Constitución y la Ley.

ARTÍCULO SEGUNDO: Los miembros que conforman la com1s1on negociadora del Pliego de peticiones para la vigencia 2025 - 2027, por parte del Ministerio de Transporte, presentado por la Asociación Nacional de Servidores Públicos del Ministerio de Transporte - ANSEMITRA, son los

siguientes funcionarios:

CALIDAD CARGO

1 Principal Subdirectora del Talento Humano 2 Principal Subdirectora Administrativa y Financiera 3 Principal Jefe de Oficina Asesora jurídica 4 Principal SUBDIRECTOR OPERATIVO, CODIGO 0150, GRADO 18 de la Subdirección de Transito del Ministerio de Transporte. 5 Suplente Coordinador de Grupo Interno de Trabajo "Grupo Control Disciplinario Interno" de la Secretaría General 6 Suplente SUBDIRECTOR OPERATIVO, CODIGO 0150, GRADO 18 de la Subdirección de Transporte del Ministerio de Transporte.

PARÁGRAFO PRIMERO: Los miembros del equipo negociador podrán designar asesores para acompañar las discusiones del Pliego de peticiones, según la especialidad de los asuntos a tratar. Todas las dependencias del Ministerio de Transporte tienen la obligación de prestar apoyo necesario al equipo negociador, para los fines propios de la negociación.

ARTÍCULO TERCERO: Los negociadores designados en el presente acto

Ministerio de Transporte tienen la obligación de prestar apoyo necesario al equipo negociador, para los fines propios de la negociación.

ARTÍCULO TERCERO: Los negociadores designados en el presente acto administrativo, cuentan con la facultad y representatividad suficiente de la administración para negociar y acordar el Pliego de peticiones para la

4-Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040015375 de 28-04-2025 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 "Por la cual se modifica la Resolución No. 20253040012415 del 2 de abril de 2025, en el sentido de adicionar dos representantes de la mesa de negociación sindical, para la negociación Colectiva del Pliego de peticiones vigencia 20252027" vigencia 2025 - 2027, en el marco de la Constitución y la Ley.

ARTÍCULO CUARTO: Los demás términos de la Resolución No. 202530400 1241 5 del 2 de abril de 2025, continúan vigentes.

ARTÍCULO QUINTO: Comunicar la presente resolución a los servidores públicos designados para adelantar la negociación colectiva del Pliego de peticiones vigencia 2025 - 2027, en representación del Ministerio de

Transporte. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Ministra de Transporte Revisó Karoll García Vargas Secretaria General _e Ximena Salazar Quintero Asesora . Secretaría General 'f.fi& Stephanie Dayan Britton Nieto Subdirectora del Talento Humano ..-11 ,W,-fi

Ministra de Transporte Revisó Karoll García Vargas Secretaria General _e Ximena Salazar Quintero Asesora . Secretaría General 'f.fi& Stephanie Dayan Britton Nieto Subdirectora del Talento Humano ..-11 ,W,-fi Proyectó Karent Eliana Gutiérrez Varón Contratista Secretaría General 'fafpu,1] 5

Consultar sobre este documento ...