MINTRANSPORTE - Resolución 20253040028645 de 2025
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Resolución 20253040028645 de 2025
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2025
Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040028645 "Por medio de la cual se actualiza la designación de los representantes del empleador al Comité de Convivencia Laboral del Ministerio de Transporte para el periodo 20232025" LA MINISTRA DE TRANSPORTE En ejercicio de sus facultades legales y en especial la que le confiere el Parágrafo 19, del artículo 10 de la Resolución No. 0000234 del 01 de febrero de 2013, el cuál modificó el Parágrafo 1° del artículo 20 de la Resolución No. 0012371 del 28 de diciembre de 2012 del Ministerio de Transporte, CONSIDERANDO: Que mediante la Ley 1010 del 23 de enero de 2006, “Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo" se adoptaron medidas para prevenir, corregir sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo, con el objetivo de definir, prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan sus actividades económicas en el contexto de una relación laboral privada o pública. Que mediante Ley 2466 de 2025 el Congreso de la República de Colombia introdujo cambios significativos en la lucha contra el acoso laboral, incluyendo una nueva definición de acoso y actos de discriminación, así como medidas de prevención, atención y reparación; definiendo el acoso laboral como: (...) Se entiende que será acoso o violencia en el mundo del trabajo el conjunto
definición de acoso y actos de discriminación, así como medidas de prevención, atención y reparación; definiendo el acoso laboral como: (...) Se entiende que será acoso o violencia en el mundo del trabajo el conjunto de “comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico incluyendo el acoso y la violencia por razón de género. Que el artículo 14 de la Resolución No. 2646 de 2008 del entonces Ministerio de la Protección Social, señaló las medidas preventivas y correctivas de acoso laboral, estableciendo en su numeral 1.7 la conformación del Comité de Convivencia Laboral. Que, para efectos de lo anterior, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución No. 652 del 2012 "Por medio de la cual se establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en las entidades públicas y empresas privadas y se dictan otras disposiciones". Así mismo, el Ministerio del Trabajo, mediante la Resolución 652 de 2012, modificada parcialmente por la Resolución 1356 de 2012, estableció la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas, con el fin de desarrollar las medidas preventivas y correctivas de acoso laboral, lo que promueve un excelente ambiente de convivencia laboral, fomentar relaciones sociales positivas entre todos los trabajadores de empresas e instituciones públicas, respaldar la dignidad e integridad de las personas en el trabajo; así como establecer la responsabilidad que les asiste a los empleadores. públicos y privados y a las Administradoras de Riesgos Profesionales frente al desarrollo de las medidas 1Transporte
la dignidad e integridad de las personas en el trabajo; así como establecer la responsabilidad que les asiste a los empleadores. públicos y privados y a las Administradoras de Riesgos Profesionales frente al desarrollo de las medidas 1Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040028645 "Por medio de la cual se actualiza la designación de los representantes del empleador al Comité de Convivencia Laboral del Ministerio de Transporte para el periodo 20232025" preventivas y correctivas del acoso laboral, contenidas en el artículo 14 de la Resolución número 2646 de 2008. Que en el artículo 30 de la Resolución 652 de abril de 2012, modificada parcialmente la Resolución 1356 del 18 de julio de 2012, ambas expedidas por el Ministerio del Trabajo, se estableció la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral, disponiéndose que ” (...) el Comité deberá estar conformado por dos (2) representantes del empleador y dos (2) trabajadores, con sus respectivos suplentes.” permitiendo que las entidades públicas y empresas privadas de acuerdo a su organización interna, podrán designar un número mayor de representantes. Que acorde con lo anterior, el Ministro de Transporte, mediante Resolución No 12371 del 28 de diciembre de 2012, dispuso que el Comité de Convivencia Laboral del Ministerio de Transporte, será integrado por dos representantes designados por el empleador con sus suplentes y dos (2) representantes de los empleados con sus respectivos suplentes. Que mediante Resolución No 234 del 1 de febrero de 2013, “Por la cual se modifica el parágrafo primero del artículo segundo de la Resolución No. 0012371 del 28 de diciembre de 2012" se indicó que corresponde a él (la) Ministro(a) del Ministerio de
el parágrafo primero del artículo segundo de la Resolución No. 0012371 del 28 de diciembre de 2012" se indicó que corresponde a él (la) Ministro(a) del Ministerio de Transporte, designar directamente a los representantes de la Administración y los servidores de la entidad elegirán los suyos a través de votación secreta y mediante escrutinio público, cuyo procedimiento se describirá en la respectiva convocatoria de la elección que para tal efecto lleve la Secretaría general, a través de la Subdirección del Talento Humano de la Entidad. Que mediante Memorando No. 20233400086433 del 18 de agosto de 2023, suscrito por la Secretaría General, se convocó a los servidores públicos del Ministerio de Transporte, para la elección de los representantes principales y suplentes de los servidores públicos ante el Comité de Convivencia Laboral de la Entidad del periodo 20232025. Que una vez adelantadas las actividades previstas en el memorando antes citado, se realizó la elección de los representantes de los servidores públicos ante el Comité de Convivencia Laboral cuyo resultado según lo dispuesto en el Acta de Escrutinio del 13 de septiembre de 2023, fue el siguiente: NOMBRE DEL SERVIDORES CÉDULA DEPENDENCIA Grupo Seguridad y Salud en elMartha Castillo Melo | 51.689.817 A Daniel Alberto Calderón — |, 919.078.479 | Oficina Asesora de PlaneaciónCancelado - 1.121.211.009 7Aen Inspección Fluvial de LeticiaTransporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040028645 de 21-07-2025 “Por medio de la cual se actualiza la designación de los representantes del empleador al Comité de Convivencia Laboral del Ministerio de Transporte para el periodo 2023RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040028645 de 21-07-2025 “Por medio de la cual se actualiza la designación de los representantes del empleador al Comité de Convivencia Laboral del Ministerio de Transporte para el periodo 20232025" Luz Marina Roa Sanabria | 1.020.722.798 | "PO de Gestión Documental Posteriormente, mediante la Resolución No. 2023304042785 del 5 de octubre de 2023, "Por la cual se designan los representantes de la entidad para integrar el Comité de Convivencia Laboral del Ministerio de Transporte para el periodo 20232025", se oficializó la designación de los representantes de los servidores públicos mencionados, así como de los representantes de la administración del Ministerio de Transporte que conformarán dicho Comité, quedando integrados de la siguiente manera:
PRINCIPALES. SUPLENTES.
Gerente de Proyectos o Funcional Código G2 Grado 09 Despacho Presidencia de la Agencia Subdirector Administrativo Nacional de InfraestructuraEn comisión para | y Financiero -Código 0150 Grado ejercer funciones en el Despacho del Ministro 18 Subdirección Financiera de Transporte Administrativa. Asesor -Código 1020 grado 08 Despacho del Viceministerio Infraestructura. AsesorCódigo 1020 grado 13 Despacho del Viceministerio de Transporte. Que mediante Resolución No. 20234030006305 de 2023, de la Agencia Nacional de Infraestructura confirió comisión de servicios por el término de un (1) año, contado a partir del 01 de junio de 2023, a CLAUDIA HELENA ÁLVAREZ SANMIGUEL, identificado(a) con la cédula de ciudadanía número 26.427.273, quien desempeña el
partir del 01 de junio de 2023, a CLAUDIA HELENA ÁLVAREZ SANMIGUEL, identificado(a) con la cédula de ciudadanía número 26.427.273, quien desempeña el empleo de Gerente de Proyectos o Funcional, Código G2, Grado 09, de la planta de personal de la Agencia Nacional de Infraestructura, para desempeñar de manera temporal el empleo del cual es titular en el Despacho del Ministerio de Transporte. Que mediante Resolución No. 20254030000985 del 5 de febrero de 2025, la Agencia Nacional de Infraestructura, resolvió dar por terminada a partir de la fecha, la comisión de servicios conferida mediante la Resolución No. 20234030006305 del 01 de junio de 2023 y prorrogada mediante Resolución 20244030006055 del 31 de mayo de 2024, a CLAUDIA HELENA ÁLVAREZ SANMIGUEL, identificado(a) con la cédula de ciudadanía número 26.427.273, quien desempeña el empleo de Gerente de Proyectos o Funcional, Código G2, Grado 09, de la planta de personal de la Agencia Nacional de Infraestructura, quien a la fecha de su desvinculación, hacía parte del Comité de Convivencia Laboral del Ministerio de Transporte en calidad de representante de la administración. Que mediante Resolución No 20253040011445 del 28 de marzo de 2025, Por la cual se acepta la renuncia y se declara una vacancia definitiva, en un empleo de Libre 3Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040028645 de 21-07-2025 "Por medio de la cual se actualiza la designación de los representantes del empleador al Comité de Convivencia Laboral del Ministerio de Transporte para el periodo 20232025" |
RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040028645 de 21-07-2025 "Por medio de la cual se actualiza la designación de los representantes del empleador al Comité de Convivencia Laboral del Ministerio de Transporte para el periodo 20232025" | Nombramiento y Remoción del Ministerio de Transporte”, resolvió aceptar, a partir del 31 de marzo de 2025, la renuncia presentada por el servidor público ANDRÉS FELIPE FERNÁNDEZ ROCHA, identificado con cédula de ciudadanía No 1.019.034.992, al empleo de Libre Nombramiento y Remoción de ASESOR, Código 1020, Grado 13, del Despacho del Viceministro de Transporte, quien a la fecha de su desvinculación, hacía parte del Comité de Convivencia Laboral del Ministerio de Transporte en calidad de representante de la administración. Que mediante Resolución No 20243040046795 del 27 de septiembre de 2024, “Por la cual se acepta una renuncia y se declara una vacancia definitiva, en un empleo de Libre Nombramiento y Remoción del Ministerio de Transporte”, resolvió aceptar, a partir del 30 de septiembre de 2024, la renuncia presentada por la servidora pública YADIRA ESTHER CIENFUEGOS SILVERA, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.140.924, al empleo de Libre Nombramiento y Remoción de ASESOR, Código 1020, Grado 8, del Despacho del Viceministerio de Infraestructura, quien, a la fecha de su desvinculación, hacía parte del Comité de Convivencia Laboral del Ministerio de Transporte en calidad de representante de la administración.
Grado 8, del Despacho del Viceministerio de Infraestructura, quien, a la fecha de su desvinculación, hacía parte del Comité de Convivencia Laboral del Ministerio de Transporte en calidad de representante de la administración. Que, con ocasión de la renuncia presentada por la servidora pública YADIRA ESTHER CIENFUEGOS SILVERA, se procedió a realizar el nombramiento de YESSICA KATHERINE PINILLA CASTELLANOS en el empleo de Asesor, Código 1020, Grado 8, del Despacho del Viceministerio de Infraestructura, mediante Resolución No. 20243040050175 del 16 de octubre de 2024. Cabe señalar que la mencionada servidora integraba el Comité de Convivencia Laboral del Ministerio de Transporte en calidad de representante de la administración, y que posteriormente presentó su renuncia, la cual fue aceptada mediante la Resolución No. 20253040015725 del 29 de abril de 2025. Que mediante Resolución No 2025304002685 del 9 de julio de 2025, "Por la cual se acepta una renuncia, se declara la vacancia definitiva y se hacen unos encargos en un empleo de Libre Nombramiento y Remoción del Ministerio de Transporte", resolvió aceptar, a partir del 09 de julio de 2025, la renuncia presentada por la servidora pública ANGELA MARÍA PANTOJA MORALES, identificada con cédula de ciudadanía No. 36.953.333, al empleo SUBDIRECTOR FINANCIERO, Código 0150, Grado 18, de la
Subdirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Transporte, quien, a la fecha de su desvinculación, hacía parte del Comité de Convivencia Laboral del Ministerio de Transporte en calidad de representante de la administración. Que los servidores públicos, anteriormente mencionados y que inicialmente fueron designados, ante el Comité de Convivencia Laboral para el periodo 2023-2025, como representantes del empleador en la actualidad no fungen en los cargos sobre los que recaía tal designación y en consecuencia se hace necesario actualizar la designación de los servidores públicos entrarán en su reemplazo. Que mediante radicado MT No. 20251000093413, del 8 de julio de 2025, la Ministra de Transporte, Doctora MARÍA FERNANDA ROJAS MANTILLA, y en virtud de la 4Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040028645 "Por medio de la cual se actualiza la designación de los representantes del empleador al Comité de Convivencia Laboral del Ministerio de Transporte para el periodo 20232025" delegación conferida mediante la Resolución No. 234 del 1 de febrero de 2013, "Por la cual se modifica el parágrafo primero del artículo segundo de la Resolución No. 0012371 del 28 de diciembre de 2012”, designó los representantes de la administración ante el Comité de Convivencia Laboral así: PRINCIPALES. - Asesor, Cédigo 1020, Grado 13, del Despacho SUPLENTES Jefe Oficina de Planeación, del Ministro, donde actualmente se encuentra Gina Paola Castro Jessen
Código 0150, Grado 18, donde se encuentra actualmente Lina María Rojas Ospina Asesor, Código 1020, Grado 13, del Despacho del Viceministerio de Transporte, donde actualmente se encuentra Blanca Oliva Córdoba Martínez Subdirector Operativo, Código 0150, Grado 18, donde actualmente se encuentra Douglas Andrés González Pinzón Que, en atención a lo expuesto anteriormente, se considera pertinente que la Administración designe a sus representantes ante el Comité de Convivencia Laboral del Ministerio de Transporte, con el propósito de garantizar su adecuada conformación y funcionamiento durante el periodo correspondiente. Así mismo, se indica que la designación del empleador corresponde al cargo y no a la persona. Razón por la cual, para el periodo 2023-2025, en caso de desvinculación del representante del empleador sus funciones serán asumidas por el servidor que lo reemplace en el cargo correspondiente. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: — Actualizar la designación como representantes del empleador al Comité de Convivencia Laboral del Ministerio de Transporte, para el periodo 2023-2025, a los siguientes servidores públicos:
PRINCIPALES SUPLENTES.
Asesor, Código 1020, Grado 13, del Despacho del Ministro, donde actualmente se encuentra Gina Paola Castro Jessen Jefe Oficina de Planeación, Código 0150, Grado 18, donde se encuentra actualmente Lina María Rojas Ospina Asesor, Código 1020, Grado 13, del Despacho del Viceministerio de Transporte, donde actualmente se encuentra Blanca Oliva Córdoba Martínez Subdirector Operativo, Código 0150, Grado 18, donde actualmente se encuentra Douglas Andrés González PinzónTransporte
del Viceministerio de Transporte, donde actualmente se encuentra Blanca Oliva Córdoba Martínez Subdirector Operativo, Código 0150, Grado 18, donde actualmente se encuentra Douglas Andrés González PinzónTransporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040028645 de 21-07-2025 mi "Por medio de la cual se actualiza la designación de los representantes del empleador al Comité de Convivencia Laboral del Ministerio de Transporte para el periodo 20232025" PARÁGRAFO: La actualización de los representantes de la entidad designados en este acto administrativo asumirá sus responsabilidades a partir de la fecha de comunicación de la presente Resolución y por el término restante para la finalización del periodo establecido en la Resolución No. 20233040042785 del 5 de octubre de 2023.
ARTÍCULO SEGUNDO: Los integrantes del Comité de Convivencia Laboral del Ministerio de Transporte, cumplirán las funciones señaladas en la normatividad legal vigente, el reglamento y los procedimientos internos que regulan la materia.
ARTÍCULO TERCERO: En caso de presentarse cambio o desvinculación de alguno de los miembros designados por la Entidad será asumida por el servidor público que ejerza el cargo respectivo.
ARTÍCULO CUARTO: En firme la presente resolución, enviese copia a la Dirección del Talento Humano y a los miembros del Comité Convivencia Laboral, para lo de sus respectivas competencias.
ARTÍCULO QUINTO : Vigencia y derogatorias. La presente resolución solo actualiza la designación de los representantes del empleador ante el Comité de Convivencia Laboral para el periodo 2023-2025, de la Resolución No. 2023304042785 del 5 de octubre de 2023 y no deroga las demás disposiciones previstas en la misma,
la designación de los representantes del empleador ante el Comité de Convivencia Laboral para el periodo 2023-2025, de la Resolución No. 2023304042785 del 5 de octubre de 2023 y no deroga las demás disposiciones previstas en la misma, ARTÍCULO SEXTO: Publicidad. Con el fin de dar aplicación a lo preceptuado por los numerales 2 y 4 del artículo 80 de la Ley 1437 de 2011, publíquese esta providencia en la Movilnet y página web de Ministerio de Transporte, por intermedio de la Oficina de Notificaciones. ARTÍCULO SEPTIMO, - La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
MARÍA Fi MANTILLA
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