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MINTRANSPORTE - Resolución 20253040033665 de 2025

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Resolución 20253040033665 de 2025
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040033665

LL“Por la cual se transfieren recursos del presupuesto general de la nación,vigencia 2025, provenientes del fondo de subsidio de la sobretasa a la gasolinaa los departamentos de Guaviare y Chocó”

LA SUBDIRECTORA DEL TALENTO HUMANO ENCARGADADEL EMPLEO DE SECRETARIA GENERAL DELMINISTERIO DE TRANSPORTEEn uso de las facultades legales, y en especial de las conferidas en el artículo 130de la Ley 488 de 1998 y el artículo 6 de la Resolución 2492 del 12 de julio de2017, CONSIDERANDOQue el artículo 130 de la Ley 488 de 1998 señala que el Fondo de Subsidio de laSobretasa a la Gasolina será administrado por el Ministerio de Transporte, y quela distribución de los recursos de dicho fondo se realizará previa consulta a losdepartamentos interesados.Que, con el fin de optimizar los procedimientos establecidos para la administraciónde los recursos del Fondo de Subsidio de la Sobretasa a la Gasolina, el Ministeriode Transporte expidió la Resolución No. 1311 del 27 de abril de 2018, a través dela cual se adecua la reglamentación de la administración de dicho Fondo,señalando en su contenido entre otros aspectos, lo relacionado con el recaudo,destinación, distribución, transferencia, incorporación, rendimientos financieros,informes y seguimiento.Que los artículos 40 y 50 de la citada resolución señalan, respecto a la destinacióny distribución de los recursos del Fondo de Subsidio de la Sobretasa a la Gasolina,lo siguiente:“Artículo 4.- Destinación. Los recursos del Fondo de Subsidio de la Sobretasa a laGasolina se destinarán a los departamentos de Amazonas, Chocó, Guainía,Guaviare, Norte de Santander, Vaupés, Vichada y Archipiélago de San Andrés,Providencia y Santa Catalina conforme lo establece la

Ley 488 de 1998.Artículo 5.- Distribución. Conforme lo establece el artículo 130 de la Ley 488 de1998 los recursos del Fondo de Subsidio de la Sobretasa a la Gasolina serándistribuidos por el Ministerio de Transporte de manera gradual, medianteresolución de transferencia, en el marco de lo acordado por los representantes delas entidades beneficiarias del citado fondo, en la reunión que se lleve a cabo encada anualidad (...)”Que mediante el Decreto 1523 del 18 de diciembre de 2024, "Por medio del cualse decreta el Presupuesto de rentas y recursos de capital y el presupuesto degastos para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2025”, y deconformidad con lo establecido en el Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024,“Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscalde 2025, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos”, se1Transporte

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025304033665e 22-08-20a"Por la cual se transfieren recursos del presupuesto general de la nación,vigencia 2025, provenientes del fondo de subsidio de la sobretasa a la gasolinaa los departamentos de Guaviare y Chocó”incorporó al Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Transporte, parala vigencia fiscal 2025, la siguiente partida: Sección 2401 Ministerio deTransporte, aparte C. Presupuesto de inversión, por la suma general de CIENTOVEINTINUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE.($129.575.000.000).Que en el artículo 2° de la Resolución No. 20253040000315 del 8 de enero de2025, “Por medio de la cual se efectúa la desagregación del presupuesto deServicio de la Deuda Pública y Gastos de Inversión para la vigencia fiscal 2025”,el Ministerio de Transporte desagregó el detalle del anexo del Decreto deLiquidación del Presupuesto, correspondiente a los gastos de inversión para lavigencia fiscal 2025, asignando al proyecto denominado “Construcción,mejoramiento, rehabilitación y mantenimiento de la red vial - Fondo de Subsidioa la Sobretasa a la Gasolina. Ley 488 de 1998. Amazonas, Norte de Santander,Chocó, Guainía, Guaviare, Vaupés, Vichada y San Andrés y Providencia” un valorde TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES DE PESOSM/CTE. ($35.629.000.000).Que de acuerdo con lo indicado en el

Acta de Reunión ASG-F-008, el 14 defebrero de 2025, de forma presencial, en las instalaciones de la Dirección deInfraestructura del Ministerio de Transporte, se acordó con los representantes delas entidades territoriales beneficiarias de los recursos del Fondo de Subsidio dela Sobretasa a la Gasolina, en relación con la distribución, lo siguiente:e La distribución de los recursos se realizará por partes iguales a-los 8departamentos beneficiarios (Amazonas, Chocó, Norte de Santander,Guainía, Guaviare, Vaupés, Vichada y Archipiélago de San Andrés,Providencia y Santa Catalina), es decir que se transferirán recursos porvalor de cuatro mil cuatrocientos cincuenta y tres millones seiscientosveinticinco mil pesos m/cte. ($4.453.625.000), de acuerdo a lo definido enla ley de presupuesto nacional para la vigencia 20235 (sic 2025) y latransferencia se realizará de acuerdo al PAC del citado fondo, para serinvertidos en obras de Infraestructura de transporte previo cumplimientode lo establecido en la Resolución No. 1311 de 2018, “Por la cual se adecuala reglamentación de la administración del Fondo de Subsidio de laSobretasa a la Gasolina.”e El Ministerio de Transporte expedirá la resolución de transferencia de losrecursos a las entidades, en la medida y orden que los departamentoscumplan con lo establecido en la citada resolución, (emisión de conceptotécnico por parte del Ministerio de Transporte de los proyectos presentadospor las entidades territoriales, presentación de los documentos de losgobernadores y estar al día con el aporte de los recursos del 5% al citadoFondo).Que mediante memorando No. 20253280018953 de fecha 7 de febrero de 2025,expedido por la Coordinadora del Grupo de Tesorería, manifiesta: "se informa que2RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040033665

Mi"Por la cual se transfieren recursos del presupuesto general de la nación,vigencia 2025, provenientes del fondo de subsidio de la sobretasa a la gasolinaa los departamentos de Guaviare y Chocó”el valor a 31 de diciembre de 2024 de los saldos disponibles del Fondo SubsidioSobretasa a la Gasolina asciende a la suma de VEINTIUN MIL NOVECIENTOSSESENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOSTREINTA Y OCHO PESOS CON OCHENTA Y SEIS CTVOS M/CTE($21.961.572.538,86)”, recursos disponibles para ser transferidos de acuerdo conlo señalado en la ley de presupuesto y a lo definido por los departamentosbeneficiarios.Que mediante memorando No. 20253280108883 de fecha 4 de agosto de 2025,expedido por la Coordinadora del Grupo de Tesorería, manifiesta: "se informa queel valor a 30 de junio de 2025 de los saldos disponibles del Fondo SubsidioSobretasa a la Gasolina asciende a la suma de TREINTA Y NUEVE MILTRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTAY OCHO PESOS CON SETENTA Y SEIS CTVOS M/CTE ($39.337.003.898,76)”,recursos disponibles para ser transferidos de acuerdo con lo señalado en la ley depresupuesto y a lo definido por los departamentos beneficiarios.Que, en virtud de lo anterior, la Coordinadora del Grupo de Presupuesto expidióel certificado de disponibilidad presupuestal No. 125 del 19 de junio de 2025 porvalor de TREINTA Y CINCO

MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES DE PESOSM/CTE. ($35.629.000.000).Que de conformidad con lo indicado en el parágrafo primero del artículo 5:de laResolución No. 1311 del 27 de abril de 2018, “Por la cual se adecua lareglamentación de la administración del Fondo de Subsidio de la Sobretasa a laGasolina", el cual establece:

se “Parágrafo 1: Conforme las facultades que establece el artículo 130 de laLey 488 de 1998 en el marco de lo acordado por los representantes de losdepartamentos beneficiarios del citado fondo, el (los) departamento (s)que al momento de la distribución de los recursos en cada vigencia, no seencuentre(n) al día en el giro de los aportes al Fondo de Subsidio de laSobretasa a la Gasolina, no hayan presentado los proyectos en el primersemestre y los mismos no estén aprobados con corte al treinta (30) deagosto del mismo año por causas imputables al departamento, se le(s)distribuirá el 50% de los recursos asignados. Si reincide en la siguientevigencia se le distribuirá un 10% menos de los recursos con relación a lavigencia anterior y así sucesivamente hasta llegar a una distribución del10% de los recursos asignados.”Que mediante radicados Nos. 20253030399342 del 10 de marzo y20253030824382 del 15 de mayo de 2025, respectivamente, la Gobernación deldepartamento de Guaviare presentó al Ministerio de TransporteDirección deInfraestructura el proyecto denominado “Mejoramiento de la infraestructura vialen el área rural de los municipios de San José del Guaviare y el Retorno'en eldepartamento del Guaviare”, quien emitió oficio con concepto técnico de viabilidada través del Grupo Apoyo a las Regiones de la Dirección de Infraestructura según3ÉS

Transp: daa]

RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040033665

QE“Por la cual se transfieren recursos del presupuesto general de la nación,vigencia 2025, provenientes del fondo de subsidio de la sobretasa a la gasolinaa los departamentos de Guaviare y Chocó”radicado No. 20255300622981 del 20 de mayo del 2025.Que por medio del radicado No. 20255300925361 del 22 de julio de 2025, se dioalcance al oficio de concepto técnico anteriormente mencionado, en razón a queen el citado radicado del 20 de mayo de 2025 se incurrió, de manera involuntaria,en una imprecisión de digitación respecto de los radicados y fechas relacionadoscon la presentación y complementación del mencionado proyecto, corrigiéndoseen consecuencia dicha situación para efectos de brindar claridad y precisión en latrazabilidad del trámite.Que mediante radicados Nos. 20253030399342 del 10 de marzo,20253030697962 del 25 de abril, 20253030906552 del 28 de mayo y20253030950182 del 4 de junio, del año en curso, la Gobernación deldepartamento de Guaviare presentó al Ministerio de Transporte - Dirección deInfraestructura - el proyecto denominado “Mantenimiento preventivo sobre loscaminos ancestrales: 75GV61 caño raya bajo del K 0+000 al K 5+691 - BajoPotosí y 75GV09 Potosí Alto del K 0+000 al K 8+700 que conducen al resguardoindígena La Asunción en el municipio de El Retorno”, quien emitió concepto técnicode viabilidad a través del Grupo Apoyo a las Regiones de la Dirección deInfraestructura según oficio con radicado No.20255300706691 del 5 de junio de2025.

Que mediante radicados Nos. 20253030409842 y 20253030410462 del 11 demarzo del 2025, 20253030911802 de 28 de mayo del 2025, 20253030928882del 30 de mayo de 2025 y 20253031068862 del 24 de junio del 2025,respectivamente, la Gobernación del departamento del Chocó presentó alMinisterio de Transporte - Dirección de Infraestructura - el proyecto denominado“MEJORAMIENTO DE LA VÍA TERCIARIA QUE COMUNICA LOS CORREGIMIENTOSDE PAITO Y BASURU, MEDIANTE LA CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO ENCONCRETO RÍGIDO EN EL MUNICIPIO DE ISTMINADEPARTAMENTO DEL CHOCÓ- COLOMBIA”, quien emitió concepto técnico de viabilidad a través del GrupoApoyo a las Regiones de la Dirección de Infraestructura según oficio con radicadoNo. 20255300890941 del 16 de julio de 2025. jQue mediante memorando No. 20255300094853 del 10 de julio de 2025,elCoordinador encargado del Grupo Apoyo a las Regiones de la Dirección deInfraestructura solicitó al Coordinador del Grupo de Ingresos y Cartera certificarel estado a la fecha de los departamentos de Amazonas, Chocó, Guainía,Guaviare, Norte de Santander, Vaupés, Vichada y Archipiélago de San Andrés,Providencia y Santa Catalina, frente al 5% de los giros de los aportes al Fondo deSubsidio de la Sobretasa a la Gasolina.Que el Coordinador del Grupo de Ingresos y Cartera mediante

memorando No.20253290100793 del 21 de julio de 2025, certificó, entre otros, que losdepartamentos de Guaviare y Chocó se encuentran al día en los aportes del 5%,al Fondo de Subsidio Sobretasa a la Gasolina, con corte al 21 de julio de 2025.Tra nsp:

RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040033665

nonA“Por la cual se transfieren recursos del presupuesto general de la nación,vigencia 2025, provenientes del fondo de subsidio de la sobretasa a la gasolinaa los departamentos de Guaviare y Chocó”Que el departamento de Guaviare presentó, entre otros, la certificación bancariamediante radicado No. 20253030999502 del 12 de junio de 2025 y el formato deinformación del beneficiario debidamente diligenciado y firmado a través deradicado No. 20253031260682 del 23 de julio de 2025, documentos que fueronremitidos a la Coordinadora del Grupo de Presupuesto mediante memorando No.20255300082503 del 16 de junio de 2025 y No. 20255300103033 del 23 de juliode 2025 respectivamente.Que el departamento del Chocó presentó, entre otros, el formato de informacióndel beneficiario diligenciado y debidamente firmado, y la certificación bancariamediante radicado No. 20253031231352 del 18 de julio del 2025, los cualesfueron remitidos a la Coordinadora del Grupo de Presupuesto mediantememorando No. 20255300099933 del 18 de julio de 2025.Que de conformidad con lo señalado en el artículo 6 de la Resolución 2492 de2017, la Secretaría General del Ministerio de Transporte es la competente para laexpedición de los actos administrativos de distribución de los recursos obtenidosdel Fondo de Subsidio de la Sobretasa a la Gasolina, así como para realizar laordenación del gasto y pago sin límite de cuantía, de las obligaciones derivadasdel Fondo de Subsidio

de la Sobretasa a la Gasolina.Que, en consideración a lo anterior, este Despacho,RESUELVE:ARTÍCULO 1°: Se ordena el gasto y se transfiere el valor de OCHO MILNOVECIENTOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/CTE.($8.907.250.000) de los recursos provenientes del Fondo de Subsidio de laSobretasa a la Gasolina a los departamentos de Guaviare y Chocó para serdistribuidos, asi:NIT DEPARTAMENTOS __. VALOR800103196-1 GUAVIARE 54. 453.625.000, 00:891680010-3 CHOCO $4.453.625,000,00ARTÍCULO 2: El giro de los recursos se efectuará a los departamentos deGuaviare y Chocó en las cuentas bancarias que se relacionan a continuación, concargo al presupuesto de la actual vigencia, según certificado de disponibilidadpresupuestal No. 125 del rubro presupuestal C-2402-0600-3-51102A-2402105-03 TRANSF. CTES. - DOCUMENTOS DE LINEAMIENTOS TÉCNICOS -CONSTRUCCIÓN MEJORAMIENTO, REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LARED VIAL - FONDO SUBSIDIO A LA SOBRETASA A LA GASOLINA. LEY 488 DE1998 AMAZONAS, NORTE DE SANTANDER, CHOCÓ, GUAINÍA, GUAVIARE,VAUPÉS, VICHADA Y SAN ANDRÉS Y PROVIDENCIA G19 de fecha de expedicióndel 19 junio de 2025, una vez cumplidos los requisitos establecidos en laResolución No. 1311 del 27 de abril de 2018:RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040033665

HUE"Por la cual se transfieren recursos del presupuesto general de la nación,vigencia 2025, provenientes del fondo de subsidio de la sobretasa a la gasolinaa los departamentos de Guaviare y Chocó”DEPARTAMENTOS BANCO CLASE : NUMEROGUAVIARE Banco de Corriente 70089605-3OccidenteCHOCO Banco de Bogotá Ahorros 578687857ARTÍCULO 3°: Conforme el artículo 7 de la Resolución No. 1311 de 2018, losrecursos transferidos a través del presente acto administrativo deben serincorporados en el presupuesto de los departamentos beneficiarios como IngresosCorrientes No Tributarios y con la contrapartida como Gastos de Inversión, y sedestinarán para financiar proyectos de infraestructura de transporte técnicamenteaprobados por el Grupo Apoyo a las Regiones adscrito a la Dirección deInfraestructura del Ministerio de Transporte.PARÁGRAFO: El acto administrativo de incorporación de los recursos deberá serenviado a la Dirección de Infraestructura del Ministerio de Transporte dentro delos quince (15) días calendario siguientes a su expedición.ARTÍCULO 4°: Conforme el artículo 8 de la Resolución No. 1311 de 2018, losrendimientos financieros generados por las transferencias realizadasa losdepartamentos beneficiarios de los recursos del Fondo de Subsidio de laSobretasa a la Gasolina, al igual que los saldos no ejecutados de los proyectos,deberán ser incorporados en el presupuesto de los respectivos departamentosanualmente. ,PARÁGRAFO: Conforme el artículo 8 de la Resolución No. 1311 de 2018, losdepartamentos de Guaviare

y Chocó, deberán remitir a más tardar en el primertrimestre de cada año a la Dirección de Infraestructura del Ministerio deTransporte la información de los rendimientos financieros generados y saldos delos recursos anuales que a la fecha no se han ejecutado, discriminado por cadauna de las vigencias.ARTÍCULO 5°: La Subdirección Administrativa y Financiera a través del Grupode presupuesto, Grupo de Contabilidad y Grupo de Tesorería, adelantará elprocedimiento relacionado para el compromiso y giro de los recursos aquíseñalados de acuerdo con lo indicado en el presente acto administrativo y laautorización de giro que expida el Grupo Apoyo a las Regiones adscrito a laDirección de Infraestructura.ARTÍCULO 6: Conforme el artículo 10 de la Resolución No. 1311 de 2018, losdepartamentos de Guaviare y Chocó, deberán remitir semestralmente a laDirección de Infraestructura del Ministerio de Transporte la informaciónrelacionada con el manejo de los recursos transferidos, la cual deberá sersuministrada a más tardar, a los quince (15) días calendario siguientes alvencimiento del semestre.PARÁGRAFO: El Ministerio de Transporte podrá solicitar en cualquier momentoa los departamentos de Guaviare y Chocó, información relacionada con la6RESOLUCIÓN NÚMERO 2025304003366522-08wu"Por la cual se transfieren recursos del presupuesto general de la nación,vigencia 2025, provenientes del fondo de subsidio de la sobretasa a la gasolinaa los departamentos de Guaviare y Chocó”destinación y ejecución de los recursos transferidos del Fondo de Subsidio de laSobretasa a la Gasolina.ARTICULO 7°: El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de suexpedición.COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

sT E DAYAN BRITTON NIETOSubdirectora de Talento Humano encargada del empleo de Secretaria Generaldel Ministerio de Transporte Sandra Paola García Hernández Contratista Grupo Apoyo a las Regiones YOProyectó:Zuly Lorena Cabezas Bermeo Contratista Grupo Apoyo a las Regiones beEsperanza Ledezma Lloreda Coordinadora Grupo de Apoyo a las Regiones ÍDN +Liliana Yanneth Bohórquez Avendaño | Directora de Infraestructura tAsbleidy Inndira Rojas Uribe Contratista Dirección de Infraestructura ODAElsa Velasco Coordinadora Grupo de Tesorería °Revisó: Lina Maria Rojas Ospina Subdirectora Administrativa y Financiera (E) Al YACarlos Alberto Avellaneda Mendieta Contratista Subdirección Administrativa y Financiera yesMartha Seidel Peralta Contratista Subdirección Administrativa y Financiera YWArianna Vanessa Bobadilla Daza Contratista Secretaria General Ae

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