MINTRANSPORTE - Resolución 20253040044775 de 2025
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Resolución 20253040044775 de 2025
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2025
Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040044775 "Por la cual se prorroga de la modalidad de teletrabajo a unos servidores públicos de la planta de personal del Ministerio de Transporte” LA SUBDIRECTORA DEL TALENTO HUMANO ENCARGADA DEL EMPLEO DE SECRETARIA GENERAL En ejercicio de sus facultades legales y en especial la conferida en el numeral 4 del Artículo 11 del Titulo V de la Resolución del Ministerio de Transporte No, 2492 del 12 de julio de 2017, modificado por el artículo 3° de la Resolución del Ministerio de Transporte No. 333 del 06 de febrero de 2018, CONSIDERANDO: Que el artículo 25 de la Constitución Política establece que: “El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.” Que el Congreso de la República profirió la Ley 1221 de 2008 "Por /a cual se establecen normas para promover y regular el Teletrabajo y se dictan otras disposiciones”, con el objetivo de promover y regular el Teletrabajo como un instrumento de generación de empleo y autoempleo mediante la utilización de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones (TIC). Que el artículo 20 de la Ley 1221 de 2008, define el Teletrabajo como: "(..) una forma de organización laboral, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas o prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo'
actividades remuneradas o prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo' Que igualmente la Ley 1221 de 2008, establece como tipos de teletrabajo, el autónomo, móvil y suplementario. Que en el artículo 5 del Decreto Nacional 1072 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 1227 de 2022, establece las condiciones laborales especiales del teletrabajo que rigen las relaciones entre empleadores y teletrabajadores en el sector público y privado en relación de dependencia, de conformidad con lo previsto en la Ley 1221 de 2008. Que el Decreto No. 1227 de 2022, buscó acoger la modalidad de teletrabajo como estrategia para la flexibilización laboral en materia de modelos híbridos de trabajo, con el propósito de incorporarse de forma ágil y efectiva de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, determinando la eliminación de barreras para la puesta en marcha del Teletrabajo "(...) tales como exigencia de visitas previas al puesto de trabajo, exigencias de sistemas de información para realizar el seguimiento a actividades del teletrabajo, entre otros (...)”.Y) Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040044775 “Por la cual se prorroga de la modalidad de teletrabajo a unos servidores públicos de la planta de personal del Ministerio de Transporte” Que mediante la Resolución MT No. 20233040036345 del 25 de agosto de 2023, se adoptó la Política Interna de Teletrabajo en el Ministerio de Transporte y se derogó la
públicos de la planta de personal del Ministerio de Transporte” Que mediante la Resolución MT No. 20233040036345 del 25 de agosto de 2023, se adoptó la Política Interna de Teletrabajo en el Ministerio de Transporte y se derogó la Resolución No. 5512 del 12 de noviembre de 2019 "Por la cual se imparten lineamientos para implementar el Plan Piloto de Teletrabajo Suplementario en el Ministerio de Transporte", la cual fue modificada por la Resolución No. 20243040052135 del 25 de octubre de 2024 “Por la cual se modifica la Resolución No 20233040036345 de 2023 y Anexo Técnico del Teletrabajo adoptado porla Resolución número 20233040036345 de 2023”. Que el Ministerio de Transporte actualmente adoptó las modalidades de teletrabajo Autónomo y Suplementario. Que el artículo 47 de la Resolución MT No. 20233040036345 del 25 de agosto de 2023, establece que la vigencia del acto administrativo de autorización del teletrabajo será por un periodo no superior a un (1) año para trabajar en la modalidad de teletrabajo. Que el artículo 52 de la anterior Resolución, determina la prórroga de la modalidad de teletrabajo a: “ARTÍCULO 52. - PRÓRROGAEn caso de que el servidor público desee continuar desempeñando sus funciones bajo esta modalidad, deberá comunicarlo por escrito a su jefe inmediato, con mínimo cuarenta y cinco (45) días hábiles de antelación, contados a partir de la fecha de cumplimiento del plazo inicial otorgado para desempeñar sus funciones en la modalidad suplementaria de Teletrabajo. El jefe inmediato del teletrabajador deberá informar por escrito a la
contados a partir de la fecha de cumplimiento del plazo inicial otorgado para desempeñar sus funciones en la modalidad suplementaria de Teletrabajo. El jefe inmediato del teletrabajador deberá informar por escrito a la Subdirección del Talento Humano su decisión para que sea autorizada la prórroga del teletrabajador con treinta (30) días hábiles de antelación a la fecha de terminación del Teletrabajo, quien pondrá a consideración dicha solicitud y aprobación de la Subdirección del Talento Humano. La prórroga será conferida por el término de un (1) año, y podrá ser prorrogada cuantas veces sea solicitada y autorizada PARÁGRAFO: Corresponde al jefe inmediato analizar la solicitud de la prórroga en la modalidad de teletrabajo si se cumplen las siguientes condiciones: . Que el servidor público haya cumplido a cabalidad con las actividades asignadas. ji. Quel servidor público no haya presentado ausencias injustificadas para desempeñar las funciones en teletrabajo y en la entidad. iii, Que el servidor público haya cumplido a cabalidad con su jornada laboral. iv. Que el servidor público no haya disminuido su rendimiento.
- Que la prestación del servicio no se vea afectado.” Que los servidores públicos del Ministerio de Transporte que se relacionan aTransporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040044775 de 04-11-2025 i "Por la cual se prorroga de la modalidad de teletrabajo a unos servidores públicos de la planta de personal del Ministerio de Transporte” continuación han solicitado a través de memorando que se les prorrogue la modalidad de teletrabajo Suplementario y Autónomo, toda vez que, los jefes inmediatos han
públicos de la planta de personal del Ministerio de Transporte” continuación han solicitado a través de memorando que se les prorrogue la modalidad de teletrabajo Suplementario y Autónomo, toda vez que, los jefes inmediatos han conceptuado favorablemente que continúen prestando el servicio a través de la modalidad de teletrabajo: RESOLUCIÓN CÉDULA DE QUE OTORGA TIPO DENOMBRE crupapanía CARGO FA MODALIDAD — MODALIDAD TELETRABAJO MARIA CRISTINA ‘ SUPLEMENTARIOTÉCNICO 2024304051585SALDARRIAGA — 51.770.142 ATERNATIVAAMEOA! ADMINISTRATIVO DEL 22-10-2024 — ATERNATI SANDRA MILENA ‘ SUPLEMENTARIOTÉCNICO 2024304051555PERDOMO 52.275.331 ALTERNATIVACES ADMINISTRATIVO DEL 22-10-2024 ALTERNAT
SUPLEMENTARIOAMPARO HOMEZ PROFESIONAL — 20243040051595
RAMIREZ 39-701.601 ESPECIALIZADO — DEL 22-10-2024 ALTERNATIVA
SUPLEMENTARIOJOSE MISAEL PROFESIONAL — 2024304052355
DIAZ GONZALEZ 9712:20% — UNIVERSITARIO (E) ‘DEL 25-10-2024 ALTERNATIVA Que una vez analizada la solicitud de prórroga, realizada por los jefes inmediatos, se evidenció que los servidores anteriormente descritos pueden continuar con la modalidad de teletrabajo, por acreditar todos y cada uno de los requisitos de postulación establecidos en el artículo 42 del anexo técnico de la Resolución MT No. 2023040036345 del 25 de agosto de 2023, modificado por la Resolución MT No.
modalidad de teletrabajo, por acreditar todos y cada uno de los requisitos de postulación establecidos en el artículo 42 del anexo técnico de la Resolución MT No. 2023040036345 del 25 de agosto de 2023, modificado por la Resolución MT No. 20243040052135 del 25 de octubre de 2024. Que el Grupo de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Grupo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Ministerio de Transporte y la ARL POSITIVA, previa visita domiciliaria a la dirección indicada por los servidores públicos para la prestación del servicio bajo la modalidad de teletrabajo; verificó y conceptuó favorablemente sobre las condiciones del lugar y puesto de trabajo de los servidores postulados; con el fin de garantizar la salud de los teletrabajadores durante la prestación del servicio. Que a través del acta No. 016 de fecha 14 de octubre de 2025, el Equipo Técnico de Apoyo al Teletrabajo aprobó la solicitud de prórroga de los servidores, en la modalidad de teletrabajo Suplementario y Autónomo, por haber cumplido los requisitos para ello, establecidos en la Resolución MT No, 20233040036345 del 25 de agosto de 2023, su anexo técnico y Resolución MT No. 20243040052135 del 25 de octubre de 2024.O Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040044775 “Por la cual se prorroga de la modalidad de teletrabajo a unos servidores públicos de la planta de personal del Ministerio de Transporte” Que teniendo en cuenta lo anterior, se procede a otorgar la prórroga de la modalidad
“Por la cual se prorroga de la modalidad de teletrabajo a unos servidores públicos de la planta de personal del Ministerio de Transporte” Que teniendo en cuenta lo anterior, se procede a otorgar la prórroga de la modalidad de Teletrabajo Suplementario y Autónomo respectivamente, a los servidores públicos previamente relacionados, por el término de un (1) año, manteniendo las condiciones establecidas en las resoluciones mencionadas anteriormente y su anexo técnico.
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Prorrogar la modalidad de Teletrabajo a los servidores que a continuación se relacionan, por el término de un (1) año, toda vez que cumplen con las condiciones establecidas en la Resolución MT No. 20233040036345 del 25 de agosto de 2023, su anexo técnico y Resolución MT No. 20243040052135 del 25 de octubre de 2024.
RESOLUCIÓN
é QUE OTORGACÉDULA DE TIPO DE
NOMBRE — crupapanía CARGO LA MODALIDAD MODALIDAD TELETRABAJO MARIA CRISTINA A SUPLEMENTARIOTECNICO 2024304051585SALDARRIAGA — 51.770.142 ATERNATIVAes ADMINISTRATIVO DEL 22-10-2024 ATERNAT!
SANDRA MILENA : SUPLEMENTARIOTÉCNICO 2024304051555PERDOMO 52.275.331 ALTERNATIVAES ADMINISTRATIVO DEL 22 -10-2024 ALTERNAN
SUPLEMENTARIOAMPARO HOMEZ PROFESIONAL 20243040051595
Ramirez 99701601 ESPECIALIZADO DEL 22-10-2024 ALTERNADIVA
SUPLEMENTARIOJOSE MISAEL PROFESIONAL 20243040052355
SUPLEMENTARIOAMPARO HOMEZ PROFESIONAL 20243040051595
Ramirez 99701601 ESPECIALIZADO DEL 22-10-2024 ALTERNADIVA
SUPLEMENTARIOJOSE MISAEL PROFESIONAL 20243040052355
DIAZ GONZALEZ 979930% — UNIVERSITARIO (E) DEL 25-10-2024 ALTERUAOIVA PARÁGRAFO. Una vez vencido el plazo, este se dará por terminado automáticamente, razón por la cual los servidores deberán reintegrarse a laborar en las instalaciones de la entidad, el día hábil siguiente, sin excepción; o en su defecto proceder con la solicitud de prorroga correspondiente. ARTÍCULO SEGUNDO. El Teletrabajador seguirá desempeñando sus funciones fuera de la entidad bajo la modalidad de Teletrabajo otorgada mediante la Resolución que inicialmente concedió dicha modalidad de Teletrabajo, manteniendo las respectivas obligaciones, derechos y deberes establecidos en el acto administrativo. PARÁGRAFO. Por necesidad en el servicio, el jefe inmediato de cada uno de los servidores públicos relacionados en el artículo primero, podrá requerir su presencia 4NE)+ Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040044775 de 04-11-2021 ' "Por la cual se prorroga de la modalidad de teletrabajo a unos servidores públicos de la planta de personal del Ministerio de Transporte” física en cualquier momento, en su lugar de trabajo, en las instalaciones del Ministerio de Transporte. ARTÍCULO TERCERO. Comunicar, el presente acto administrativo a los servidores públicos MARIA CRISTINA SALDARRIAGA GAMBOA, al correo electrónico plantal@mintransporte.gov.co y a su jefe inmediata CLARA PATRICIA OLAYA
públicos MARIA CRISTINA SALDARRIAGA GAMBOA, al correo electrónico plantal@mintransporte.gov.co y a su jefe inmediata CLARA PATRICIA OLAYA SALAS, al correo electrónico polayaQmintransporte.qov.co, a SANDRA MILENA PERDOMO SANCHEZ, al correo electrónico sperdomo@mintransporte.gov.co y a su jefe inmediato JUAN CARLOS NIÑO SANABRIA, al correo electrónico icnino@mintransporte.gov.co, a AMPARO HOMEZ RAMIREZ, a su correo electrónico ahomez@mintransporte.gov.co y a su jefe inmediata ELSA VELASCO LOPEZ al correo electrónico evelasco@mintransporte.gov.co, a JOSE MISAEL DIAZ GONZALEZ, al correo electrónico imdiaz@mintransporte.gov.co, y a su jefe inmediata LIVIA MARCELA SANCHEZ VACA, al correo electrónico isanchez@mintransporte.gov.co. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar al Grupo Notificaciones de la Secretaria General, publicar el presente acto administrativo en la página Movilnet de este Ministerio. ARTÍCULO QUINTO. La presente resolución rige a partir de su comunicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
STEP! /AYAN BRITTON NIETO
SUBDIRECTORA DEL TALENTO HUMANO
ENCARGADA DEL EMPLEO SECRETARIA GENERAL arent Ekana Gutiérrez Varin Conratita Secretaria Genera ~~ Revd: Lavra ValentinaPee Cárdenas Profesional UnverstvoSubdecién del Talento Humano era lana Marcela Arévalo Ruiz _—_Coorinadora Grupo Seguridad y Salud en Trabajo
Revd: Lavra ValentinaPee Cárdenas Profesional UnverstvoSubdecién del Talento Humano era lana Marcela Arévalo Ruiz _—_Coorinadora Grupo Seguridad y Salud en Trabajo Proyectó: Guiomar Maldonado Vera Protesional Especializado -Grupo de Segurded y Sold ene! Trabajo