MINTRANSPORTE - Resolución 20263040027785 de 2026
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Resolución 20263040027785 de 2026
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2026
St, yA Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO 20263040027785 e 21-07-2026 EA "Por la cual se da por finalizada la modalidad de teletrabajo a la servidora pública ALIX INGER PINZÓN CARVALHO de Ministerio de Transporte” LA SUBDIRECTORA DEL TALENTO HUMANO ENCARGADA DEL EMPLEO DE SECRETARIA GENERAL En ejercicio de sus facultades legales y, en especial, las conferidas en el numeral 11 del artículo 11 del Título V de la Resolución No. 2492 del 12 de julio de 2017, modificado por el numeral 10 del artículo 3° de la Resolución No. 333 del 06 de febrero de 2018 y, el Decreto 0582 de mayo 2025, y, CONSIDERANDO: Que el Congreso de la República profirió la Ley 1221 de 2008, "Por fa cual se establecen normes para promover y regular el Teletrabajo y se dictan otras disposiciones”, con el objetivo de promover y regular el Teletrabajo como un instrumento de generación de empleo y autoempleo mediante la utilización de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TICs). Que el artículo 2° de la Ley 1221 de 2008, define el Teletrabajo como: “(...) una forma de organización laboral, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas o prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo". Que, la Ley 1221 de 2008, establece como tipos de teletrabajo: el autónomo, móvil y suplementario.
contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo". Que, la Ley 1221 de 2008, establece como tipos de teletrabajo: el autónomo, móvil y suplementario. Que, mediante la Resolución No. 20233040036345 del 25 de agosto de 2023, se adoptó la Política Interna de Teletrabajo en el Ministerio de Transporte y se derogó la Resolución No. 5512 del 12 de noviembre de 2019, “Por la cual se imparten lineamientos para implementar el Plan Piloto de Teletrabajo Suplementario en el Ministerio de Transporte", que a su vez fue modificada por la Resolución No. 20243040052135 del 25 de octubre de 2024 “Por la cual se modifica la Resolución No 20233040036345 de 2023 y Anexo Técnico del Teletrabajo adoptado por la Resolución número 20233040036345 de 2023”, normas que establecen los requisitos para su adopción, prórroga y terminación, así como las obligaciones de la teletrabajadora y del jefe inmediato. Que el artículo 56 de la Resolución No. 20233040036345 del 25 agosto de 2023, determina la reversibilidad de la modalidad de teletrabajo así: "ARTÍCULO 56. - REVERSIBILIDAD: (...) El teletrabajador podrá solicitar la reversibilidad de la modalidad de Teletrabajo, para lo cual deberá enviar comunicación a la Subdirección del Talento Humano con una antelación de quince (15) días hábiles a la fecha enTransporte RESOLUCION NUMERO 20263040027785 de 21-07-2026 JOR A “Por la cual se da por finalizada la modalidad de teletrabajo a la servidora
RESOLUCION NUMERO 20263040027785 de 21-07-2026
JOR A “Por la cual se da por finalizada la modalidad de teletrabajo a la servidora pública ALIX INGER PINZÓN CARVALHO de Ministerio de Transporte” la cual pretende retornar a la modalidad presencial, para que dicha dependencia adelante el trámite a que haya lugar”. Que la servidora pública ALIX INGER PINZÓN CARVALHO, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.873.150, quien ocupa el empleo PROFESIONAL ESPECIALIZADO, CÓDIGO 2028, GRADO 22 (E), le fue otorgada la modalidad de Teletrabajo Suplementario 2 mediante la Resolución No. 20253040009795 del 21 de marzo del 2025, toda vez que cumplió con los requisitos establecidos en la Resolución No. 20233040036345 del 25 de agosto de 2023, desempeñando sus funciones tres (3) días en las instalaciones físicas del Ministerio de Transporte y dos (2) en casa, asignando los días martes y viernes para teletrabajar, en el horario establecido por el Ministerio de Transporte. Que, de acuerdo con lo establecido en el parágrafo del artículo 4 de la citada resolución y la politica interna de teletrabajo adoptada por ta Entidad, se reconoce la reversibilidad como un principio aplicable a esta modalidad, en virtud del cual cualquiera de las partes puede solicitar el retorno a las condiciones iniciales de trabajo presencial. Que a través de radicado No. 20263031028042 del 03 de junio de 2026 la servidora pública informó a la entidad que no le resulta posible dar continuidad al ejercicio de sus funciones bajo la modalidad de Teletrabajo, razón por la que solicitó la aplicación
Que a través de radicado No. 20263031028042 del 03 de junio de 2026 la servidora pública informó a la entidad que no le resulta posible dar continuidad al ejercicio de sus funciones bajo la modalidad de Teletrabajo, razón por la que solicitó la aplicación de Ja figura de reversibilidad de dicha modalidad, conforme a lo dispuesto en la Resolución No. 20233040036345 de 2023, modificada por la Resolución No. 20243040052135 de 2024. Que, en atención a lo expuesto y una vez analizada la solicitud, se considera procedente acoger la reversibilidad de la modalidad de Teletrabajo a solicitud de la teletrabajadora, en los términos previstos en el artículo 56 del Anexo Técnico de la Resolución No. 20233040036345 del 25 de agosto de 2023, modificado por el artículo 17 de la Resolución No. 20243040052135 del 25 de octubre de 2024. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Dar por finalizada la modalidad de Teletrabajo a la servidora pública ALIX INGER PINZÓN CARVALHO, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.873.150, autorizada mediante la Resolución No. 20253040009795 del 21 de marzo del 2025, en aplicación de la figura de reversibilidad de la modalidad de teletrabajo, a solicitud de la servidora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del Anexo Técnico de la Resolución No. 20233040036345 del 25 de agosto de 2023, modificado por el artículo 17 de la Resolución No. 20243040052135 del 25 de octubre de 2024, ordenándose, en consecuencia, su retorno a la modalidad presencial.
2023, modificado por el artículo 17 de la Resolución No. 20243040052135 del 25 de octubre de 2024, ordenándose, en consecuencia, su retorno a la modalidad presencial. PARÁGRAFO. La servidora pública podrá presentar ante la Subdirección del Talento Humano nueva solicitud de ingreso a la modalidad de Teletrabajo en cualquier momento, siempre que cumpla con los requisitos y condiciones de postulación, 2Transporte RESOLUCION NUMERO 20263040027785 de 21-07-2026 LOO YA “Por la cual se da por finalizada la modalidad de teletrabajo a la servidora pública ALIX INGER PINZÓN CARVALHO de Ministerio de Transporte” establecidos en el artículo 42 del Anexo Técnico de la Resolución No. 20233040036345 del 25 de agosto de 2023 y demás normas complementarias. ARTÍCULO SEGUNDO. Ordenar a la servidora pública ALIX INGER PINZÓN CARVALHO, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.873.150 reintegrarse a laborar en las instalaciones de la entidad de manera presencial una vez comunicado el presente acto administrativo. ARTÍCULO TERCERO. Ordenar al grupo Notificaciones de la Secretaría General, comunicar el presente acto administrativo a la servidora público ALIX INGER PINZÓN CARVALHO al correo electrónico a apinzon@mintransporte.gov.co y a su jefe inmediato ALBA YANETH VARÓN TORRES al correo electrónico avaron@mintransporte.gov.co . ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
STEPHANIE DAYAN BRITTON NIETO
SUBDIRECTORA DEL TALENTO HUMANO
ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
STEPHANIE DAYAN BRITTON NIETO
SUBDIRECTORA DEL TALENTO HUMANO
ENCARGADA DEL EMPLEO DE SECRETARÍA GENERAL DN Eliana Gutiérrez | Contratista de la Secretaria General Yt Revisó: ER peralta Contratista de la Subdirección del Talento Humano hfe Maria del Pilar Linares Coordinadora Grupo Seguridad y Salud en el of Herrera Trabajo Proyecto: | Laura Alessandra Profesional Universitario - Grupo de Seguridad y bia Y | Cabrera Azures Salud en el Trabajo