MINVIVIENDA - Circular 0004 de 2013
Ministerio de Vivienda
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Circular 0004 de 2013
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2013
Bogotá o.e. O 2 ABR. 2013
CIRCULAR Nº 0 0 0 4 FONVIVll::NDA
PARA: UNIÓN TEMPORAL DE CAJAS DE COMPENSACIÓN
FAMILIAR PARA SUBSIDIO DE VIVIENDA DE INTERÉS
SOCIAL CAVIS-UT.
Asunto: Notificación a hogares beneficiarios del programa de vivienda gratuita que no comparecen a la entrega de la solución habitacional.
Con la presente circular se informan los lineamientos que deben ser tenidos en cuenta para la notificación de la asignación del subsidio famil'lar de vivienda cien por ciento en especie para aquellos hogares que no comparecen al reconocimiento de vivienda en el marco del "Programa de Vivienda Gratuita" que se encuentra adelantando el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda, lo anterior, con el fin de garantizar el derecho al debido proceso de los hogares. Los presentes lineamientos se establecen de acuerdo con lo previsto en el actual Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, a saber:
1. La Caja de Compensación Familiar que adelantó la postulación del hogar, remitirá a CAVIS-UT y ésta a su vez informará al Fondo Nacional de Vivienda, el listado de los hogares que no comparecieron a la entrega de vivienda en el respectivo municipio.
2. El Fondo Nacional de Vivienda a través de Servicios Postales Nacionales, enviará una citación a la dirección que aparece registrada en el formulario de postulación del hogar beneficiario del subsidio familiar de vivienda en especie, para que éste comparezca a la diligencia de notificación personal, la cual será
enviará una citación a la dirección que aparece registrada en el formulario de postulación del hogar beneficiario del subsidio familiar de vivienda en especie, para que éste comparezca a la diligencia de notificación personal, la cual será efectuada en la Caja de Compensación Familiar donde se surtió la postulación. En dicha citación se informará que la notificación tendrá por objeto la entrega y suscripción del Acta de Reconocimiento -Programa de Vivienda Gratuita y los documentos para continuar con el proceso de escrituración y entrega de la vivienda 100% subsidiada, (De ser aceptada la vivienda por parte del hogar) o la entrega y suscripción del Acta de No conformidad y renuncia a la vivienda así como, los demás documentos que se requieran (En caso de no ser aceptada la •1vivienda por parte del hogar beneficiario) Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 1043 www .minvivienda.gov .co Página 1 de S,?, PROSPERIDAD
IPARATODOS FONVIVIENDA
3. Servicios Postales Nacionales indicará al Fondo Nacional de Vivienda el resultado de la citación de los hogares, con el fin de que éste sea remitido a CAVIS-UT y conocido por parte de la Caja de Compensación Familiar.
4. Si se desconoce la información sobre la ubicación del hogar, Fonvivienda se lo informará a CAVIS-UT, a efectos de que la citación sea publicada mediante Aviso en la página web de la respectiva Caja de Compensación Familiar y en la de CAVIS-UT, el Fondo igualmente publicará la citación, mediante un Aviso en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, dicho documento
Aviso en la página web de la respectiva Caja de Compensación Familiar y en la de CAVIS-UT, el Fondo igualmente publicará la citación, mediante un Aviso en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, dicho documento deberá ser publicado por el término de cinco (5) días.
5. Con el resultado de la citación, se pueden presentar 2 circunstancias: 5.1. LOS HOGARES COMPARECEN A LA NOTIFICACIÓN: Cuando los hogares citados se acerquen a la Caja de Compensación Familiar ésta deberá entregarle al hogar los siguientes documentos: 5.1.1 El primero, acredita al hogar como beneficiario del subsidio familiar de vivienda en especie, lo cual implica que el hogar debe firmar: Acta de Reconocimiento de la vivienda, poder especial ante Notaría a favor de la Fiduciaria Bogotá como vocera del patrimonio autónomo mediante el cual le autoriza la constitución de patrimonio de familia, carta de aceptación a favor de la Fiduciaria, así como, los demás documentos que se requieran.
Si el hogar suscribe los documentos señalados anteriormente, la Fiduciaria Bogotá en coordinación con la respectiva notaría, continuarán con el proceso de escrituración y legalización del subsidio familiar de vivienda en especie y entrega al hogar de la respectiva escritura pública y las llaves de la vivienda 100% subsidiada. 5.1.2 El segundo. un Acta de No Conformidad y Renuncia a la Vivienda, donde el hogar manifiesta su intención no aceptar la vivienda y por ello renuncia al subsidio familiar de vivienda en especie asignado, la cual debe firmar junto con los demás documentos que se requieran.
hogar manifiesta su intención no aceptar la vivienda y por ello renuncia al subsidio familiar de vivienda en especie asignado, la cual debe firmar junto con los demás documentos que se requieran. Si el hogar firma los documentos de no conformidad y renuncia estos servirán de soporte para la aplicación de la renuncia al subsidio familiar de vivienda en especie. La Caja de Compensación Familiar tramitará la respectiva novedad a través del MCIC de acuerdo al procedimiento establecido para la renuncia al subsidio en el Reglamento Interno del contrato de encargo de gestión suscrito entre CAVIS-UT y FONVIVIENDA. Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 1043 www.minvivienda.gov.co Página 2 de 5,, PROSPERIDAD IPARATODOS FONVIVIENDA 5.1.3 El tercero es la notificación personal la cual se encentra en el anexo 30 del Contrato de Encargo de Gestión suscrito entre CAVIS-UT y FONVIVIENDA. 5.1.4 El cuarto un documento donde el hogar manifiesta su voluntad de desistir de la presentación de recurso reposición. Si el hogar se abstiene de firmar los documentos previstos en los numerales 5.1.1, 5.1.2 y 5.1 .4, la Caja de Compensación Familiar una vez se encuentre diligenciada la notificación personal, le entregará al hogar copia íntegra de la resolución de asignación del subsidio familiar de vivienda en especie e informará que contra el acto administrativo de asignación del subsidio en especie procede el recurso de reposición el cual deberá presentarse ante la Caja y ser dirigido al Fondo Nacional
asignación del subsidio familiar de vivienda en especie e informará que contra el acto administrativo de asignación del subsidio en especie procede el recurso de reposición el cual deberá presentarse ante la Caja y ser dirigido al Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda. El recurso deberá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal o dentro de los diez (1 O) días siguientes a ella. De presentarse recurso de reposición este deberá contener los siguientes requisitos: (Art. 77 del CPA y CA.)
1. Interponerse dentro del plazo legal, por el interesado o su representante o apoderado debidamente constituido.
2. Sustentarse con expresión concreta de los motivos de inconformidad.
3. Solicitar y aportar las pruebas que se pretende hacer valer.
4. Indicar el nombre y la dirección del recurrente, así como la dirección electrónica si desea ser notificado por este medio.
5. Sólo los abogados en ejercicio podrán ser apoderados. Si el recurrente obra como agente oficioso, deberá acreditar la calidad de abogado en ejercicio, y prestar la caución que se le señale para garantizar que la persona por quien obra ratificará su actuación dentro del término de dos (2) meses. 5.2. SI NO PUDIERE HACERSE LA NOTIFICACIÓN PERSONAL AL CABO DE LOS CINCO (5) DÍAS DEL ENVÍO DE LA CITACIÓN: De presentarse esta circunstancia la notificación se realizará por medio de aviso que se remitirá a la dirección que aparece registrada en el formulario de postulación del hogar beneficiario del subsidio familiar de vivienda en especie del Programa de Vivienda
Gratuita
El aviso deberá indicar:
1. La fecha y la resolución que se notifica.
dirección que aparece registrada en el formulario de postulación del hogar beneficiario del subsidio familiar de vivienda en especie del Programa de Vivienda Gratuita
El aviso deberá indicar:
1. La fecha y la resolución que se notifica.
2. El nombre y el cargo del Director Ejecutivo de Fonvivienda.
3. La indicación de los recursos que legalmente proceden.
Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 1043 www .minvivienda.gov .ca Página 3 de 5fi PROSPERIDAD
,PARA TODOS FONVIVIENOA
4. La autoridad ante quien se debe interponer, junto con los términos para la interposición.
5. La advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del aviso en el lugar de destino.
Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra de la resolución de asignación del subsidio familiar de vivienda en especie, se publicará en la página web de la respectiva Caja de Compensación Familiar y en la de CAVIS-UT, el Fondo igualmente publicará el aviso en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso.
6. El acto administrativo de asignación cobrara firmeza cuando: 6.1 Desde el día siguiente a la publicación, comunicación o notificación de la decisión sobre los recursos interpuestos. 6.2Desde el día siguiente al del vencimiento del término para interponer los
6. El acto administrativo de asignación cobrara firmeza cuando: 6.1 Desde el día siguiente a la publicación, comunicación o notificación de la decisión sobre los recursos interpuestos. 6.2Desde el día siguiente al del vencimiento del término para interponer los recursos, si estos no fueron interpuestos, o se hubiere renunciado expresamente a ellos. 6.3 Desde el día siguiente al de la notificación de la aceptación del desistimiento de los recursos.
7. Revocación del acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda en especie: Si se interpuso recurso de reposición y el acto administrado de asignación fue confirmado o cuando el hogar no interpuso los recursos de ley, y no compareció a la firma de los documentos en los términos y condiciones establecidos, el Fonvivienda procederá a revocar la asignación del subsidio familiar de vivienda en especie.
Se aclara que la revocatoria es procedente en razón a los siguientes preceptos:
1. El parágrafo 1 del artículo 12 de la Ley 1537 de 2012, establece: "El Gobierno Nacional revocará la asignación del Subsidio Familiar de Vivienda a que hace referencia este artículo y restituirá su titularidad, cuando los beneficiarios incumplan las condiciones de los programas sociales del Gobierno Nacional o del reglamento que este expida en relación con las responsabilidades de los beneficiarios, y de acuerdo con el procedimiento que se establezca en el mismo."
Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 1043 www. m invivienda. gov.co Página 4 de 5fí PROSPERIDAD
IPARATODOS FONVIVIENDA
Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 1043 www. m invivienda. gov.co Página 4 de 5fí PROSPERIDAD
IPARATODOS FONVIVIENDA
2. En el formulario de postulación al subsidio familiar en especie, el cual es suscrito por todos los miembros del hogar mayores de edad, se establece: "Toda la información aquí suministrada es verfdica y se entenderá presentada bajo la gravedad de juramento con su suscripción.
Expresamos nuestro consentimiento en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Decreto que establece las obligaciones de los beneficiarios y aceptamo$ las consecuencias derivadas de su incumplimiento, previstas el parágrafo 1' del articulo 12 de la Ley 1537 de 2012, el artículo 24 del Decreto 1921 de 2012 y en las demás normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan."
3. En razón a que una de la responsabilidades a cargo de los beneficiarios es la de suscribir el acta de reconocimiento de la vivienda, al no hacerlo estaría incumpliendo las obligaciones a su cargo lo que implica que es viable la revocación de la asignación del SFVE, soportada en el consentimiento que al respecto da el hogar una vez suscribe el formulario de postulación.
8. Revocado el acto administrativo Fonvivienda procederá a: 8.1. Sustituir el hogar beneficiario de acuerdo con lo previsto en el artículo 24 del Decreto 1921 de 2012. 8.2. Realizar una nueva convocatoria para postulación de hogares, cuando no sea procedente la sustitución.
Lo anterior con el fin de que las viviendas disponibles en cada proyecto de vivienda, se cubran en su totalidad con beneficiarios del subsidio familiar de
8.2. Realizar una nueva convocatoria para postulación de hogares, cuando no sea procedente la sustitución. Lo anterior con el fin de que las viviendas disponibles en cada proyecto de vivienda, se cubran en su totalidad con beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en especie. Finalmente agradecemos su gestión en divulgación y aplicación del procedimiento antes descrito, lo cual como se indicó busca que el hogar tenga un debido proceso. Cordialmente, J R E ALEXAND§AS MESA Dire or Ejecutivo de onvivienda Proyecta fi ot: Sandra Galindo Revisare . ndrei Suárez y Rodolfo Beltrán fi Fecha: Ma o 7 de 2013 Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 1043 www.minvivienda.gov .co Página 5 de 5