🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINVIVIENDA - Circular 0005 de 2012

Ministerio de Vivienda

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINVIVIENDA - Circular 0005 de 2012
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2012

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA lihc,tnd y O,dcn República de Colombia Prosp tidad para todos Bogotá o.e., O 3 ABR. 2012 CIRCULAR

PARA: ENTIDADES ASEGURADORAS

OFERENTES DE PLANES DE VIVIENDA

DE: JORGE ALEXANDER VARGAS MESA Director del Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA ASUNTO: Requisitos para la expedición de Pólizas de Cumplimiento por parte de las aseguradoras de conformidad con la Resolución No. 22 del 27 de Enero de 2012. Cordial Saludo. La presente circular tiene por objeto informar a todas a las aseguradoras los requisitos que deben contener las pólizas de cumplimiento para garantizar los recursos familiares de vivienda que se expidan de conformidad con la Resolución No. 22 de 2012, de esta manera se establece lo siguiente:

1. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy Vivienda, Ciudad y Territorio, expidió la Resolución 1024 de 2011, "Por la cual se establecen las condiciones y el procedimiento para la asignación de recursos destinados a la promoción de oferta y demanda en cumplimiento del artículo 8º del Decreto 4911 de 2009", la cual fue modificada por la Resolución No. 22 del 27 de Enero de 2012, y dictó en relación con las pólizas de cumplimiento: "Artícu(o 2º. Modificar el artículo décimo tercero de la Resolución 1024 de 2011, el cual quedará así: "Artículo 13. Desembolso de los recursos al encargo

"Artícu(o 2º. Modificar el artículo décimo tercero de la Resolución 1024 de 2011, el cual quedará así: "Artículo 13. Desembolso de los recursos al encargo fiduciario o al patrimonio autónomo. Para proceder al giro de los recursos, el oferente del plan de vivienda debe presentar ante la entidad otorgante o el operador autorizado los siguientes documentos. ( ... )

5. Póliza de seguro de cumplimiento a favor del Fondo Nacional de ViviendaFon vivienda por el 100% de los recursos a desembolsar". "Artículo 4º. Adicionar el siguiente artículo a la Resolución 1024 de 2011.

Artículo 138. Póliza de Seguro. La póliza de seguro de cumplimiento a favor el , r N<> 12 lfi Hngotú. D. C 'I ' , 1 i,1 • ;u;, M no • 1 xtensión fifil:'.,Net-'" 1 ,, m1t,u,nle qnv co ,, .libertad y Orden Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA República de Colombia Prosperidad para todos Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda que amparará la restitución de los dineros entregados en caso de incumplimiento debe otorgarse por un monto correspondiente al cien por ciento (100%) del valor del recurso autorizado a desembolsar al encargo fiduciario o patrimonio autónomo, tendrá como beneficiario a dicho Fondo v será tomada por el oferente del respectivo plan de vivienda. En el evento en que el oferente del plan de vivienda sea un Consorcio, Unión Temporal o Convenio de Asociación, cada uno de sus integrantes será

beneficiario a dicho Fondo v será tomada por el oferente del respectivo plan de vivienda. En el evento en que el oferente del plan de vivienda sea un Consorcio, Unión Temporal o Convenio de Asociación, cada uno de sus integrantes será tomador de la respectiva póliza".

2. El Fondo Nacional de Vivienda - FONWIENDA expidió la Circular No. 003 de 2012, dónde se determinó lo siguiente: "La póliza de seguro de cumplimiento a favor del Fondo Nacional de Vivienda ampara la restitución de los dineros entregados por concepto de promoción de oferta y demanda, por un monto correspondiente al cien por ciento (100%) del valor del recurso autorizado a desembolsar al encargo fiduciario o patrimonio autónomo, para que en caso de incumplimiento sean exigidos por Fonvivienda." En el desarrollo de las normas transcritas, y con el fin de establecer los elementos sustanciales del contrato de seguro que amparan la restitución de los dineros entregados por concepto de promoción de oferta y demanda dispuesto para los proyectos que vinculan población en situación de desplazamiento, debe indicarse:

1. Las partes en el contrato de seguro son: a) Tomador: Es el Oferente. b)

Beneficiario: Es el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda.

2. Interés Asegurable: La correcta ejecución de las obras que el oferente haya solicitado financiar con los recursos de promoción de oferta, de conformidad con la estructuración financiera presentada ante la entidad evaluadora.

3. Amparos: El amparo es de cumplimiento por el 100% de los recursos desembolsados, en cada caso, de conformidad con los porcentajes señalados en el artículo 13A de la Resolución 1024 de 2011.

3. Amparos: El amparo es de cumplimiento por el 100% de los recursos desembolsados, en cada caso, de conformidad con los porcentajes señalados en el artículo 13A de la Resolución 1024 de 2011.

4. Plazo: De conformidad con lo señalado en el artículo 3 de la Resolución 19 de 2011 la vigencia de la póliza tendrá una duración de (12) meses, contados desde la fecha de su expedición que deberá ser previa a la solicitud de desembolso de los recursos otorgados por la entidad. La póliza deberá ser prorrogada por seis (6) meses hasta el desembolso del 40% final de los recursos.

5. Liberación de la póliza en relación con el interés asegurable: Cuando se acredite ante la entidad otorgante, a través de la entidad supervisora, la construcción total de las obras objeto de la financiación y la entrega física de las mismas, de conformidad con la estructuración financiera presentada ante la

Carrera 7 No. 32H3 l:logotá, D. C PBX 332 34 34 • 332 34 00 • Fxtensiór1· Directo: www rninambrente gov.co l'OHJIJ ,,'/lihc11ml y Orden Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA República de Colombia Prosfieridad para todos entidad evaluadora, con las certificaciones señaladas en el artículo 13A de la Resolución 22 de 2012. Atentamente, Ejecutiv acional de Vi en,-,-NVIVIENDAProyectó Lino R Pombo T rr s /'J' / 1, f\,,q,)lil I) l

Resolución 22 de 2012. Atentamente, Ejecutiv acional de Vi en,-,-NVIVIENDAProyectó Lino R Pombo T rr s /'J' / 1, f\,,q,)lil I) l t 1 • 11 rlfl • f x!E !llS1i'11 l 1l 1 11 () <.<

Consultar sobre este documento ...