MINVIVIENDA - Circular 0005 de 2019
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Circular 0005 de 2019
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2019
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO ( 0005 l l 7 ENE. 2019 "Por la cual se modifica la Resolución 2295 del 30 de diciembre de 2014" EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y en desarrollo de los artículos 2.1.3.1.1 y 2.1.3.1.2 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y CONSIDERANDO Que el Gobierno Nacional reglamentó el artículo 123 de la Ley 1450 de 2011 mediante el Decreto 1190 de 2012, incorporado en el capítulo 2.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, estableciendo en el artícUlo 2.1.3.1.1 que a través del Fondo de Reserva para la Estabilización de Cartera Hipotecaria (FRECH), administrado por el Banco de la República, puede ofrecer coberturas de tasa de interés qué faciliten la financiación de vivienda de interés soéial nueva para áreas urbanas, a través de créditos para la compra de vivienda y contratos de leasing habitaci.onal. Que el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDA-, en una primera fase der programa definió en el artículo 8º dé la resolución 535 de 2012, modificada p.or las resoluciones 567 y 698 de 2012, 246, 499 y 1007 de 2013, 330 de 2014, 0995 de 2017 y 2060 de 2018, el número de
modificada p.or las resoluciones 567 y 698 de 2012, 246, 499 y 1007 de 2013, 330 de 2014, 0995 de 2017 y 2060 de 2018, el número de coberturas disponibles. Que debido al agotamiento de dichas coberturas, y en razón al éxito del programa, el Gobierno Nacional consideró necesario continuar apoyando el acceso a financiación de tos hogares de bajos ingresos compradores de viviendas nuevas VIP y VIS manteniendo la oferta de coberturas de tasa de interés a través del inicio de una nueva fase del programa. Que el Gobierno Nacional mediante el numeral 2A del artículo 2.1.3.1.4 del Decreto 1077 de. 2015, facultó a FONVIVIENDA a establecer la nuevaResolución No. O O O 5 Del , 1 7 ENE. 2019 de Hoja No. 2 "Por la cual se modifica la Resolución 2·295 del 30 de diciembre de 2014" fase del programa para créditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que se inicien a partir del 14 de agosto de 2014 y hasta el agotamiento del número de. coberturas o las fechas que establezca FONVIVIENDA. Que en consideración a lo anterior, FONVIVIENDA expidió las Resolución 1429 del 15 de agosto de 2014 modificada por la Resolución 0995 de 2017 y 2060 de 2018, establece en su artículo 1º la adición en once mil (11.000) el número de coberturas disponibles a partir del 14 de agosto de 2014 y hasta el 31 de diciembre del mismo año. Que posterior a la Resolución 1425 de 2014, FONVIVIENDA expide la
(11.000) el número de coberturas disponibles a partir del 14 de agosto de 2014 y hasta el 31 de diciembre del mismo año. Que posterior a la Resolución 1425 de 2014, FONVIVIENDA expide la Resolución 2295 del 30 de diciembre de 2014, modificada por las resoluciones 1223 y 2987 de 2015, 3675 de 2016, 0995 de 2017 y 2060 de 2018, esta.bleciendo en su artículo 1º la adición en ciento diecisiete mil ochocientds setenta y cinco (117,875) el número de coberturas disponibles en la nueva fase del programa, así: " a) Para viviendas cuyo valor, de acuerdo con el avalúo del establecimiento de crédito, sea de hasta setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), se asignará un total de 23.398 coberturas para los créditos y contratos de leasing habitacional que al cumplir con las condiciones exigidas, se desembolsen o inicien de acuerdo con las fechas de desembolso de la nueva fase del programa previstas en el artículo 2 ° de la presente Resolución, b)Para viviendas cuyo valor, de acuerdo con el avalúo del establecimiento de crédito, sea mayor a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) y hasta ciento treinta y cinco (135) salarios mínimos lega/es mensuales legales vigentes (SMLMV), se asignará un total de 94,477 coberturas para los créditos y contratos de leasing habitacional que al cumplir con las condiciones exigidas, se desembolsen o inicien de acuerdo con las fechas .de desembolso de la nueva fase de programa previstas en el artículo 2° de la presente Resolución.
créditos y contratos de leasing habitacional que al cumplir con las condiciones exigidas, se desembolsen o inicien de acuerdo con las fechas .de desembolso de la nueva fase de programa previstas en el artículo 2° de la presente Resolución. Las coberturas antes mencionadas se distribuirán según el año del desembolso del crédito o de inicio del contrato de leasing habitacional, hasta el número de coberturas establecidas por cada año, así: 1Resolución No. O O O 5 Del 1 7 ENE. 2Utfi de Hoja No. 3 "Por la cual se modifica la Resolución 2295 del 30 de diciembre de 2014" No.de Año de !jo, de coberturas desembolso coberturas Aslgnacl6n por del crédito Valor o Inicio del Valor vivienda vigencia Vigencias futuras Total Recursos contrato de vivienda mayor a (Cifras en (Cifra_s en pesos) (Cifras en pesos) leasing hasta 70 70yhasta pesos) habltaclonal SMLMV 135 SMLMV 2015 6.500 23.600 23.876.295.277 244.171.255.128 268.047.550.405 2016 7.913 25.352 26.550.406.285 305.393.402.610,82 331.943.808.$95,82 2017 3.585 24.225 21.637.599.764 303.145.919.826 324.783.519.590 2018 S.400 21.300 22.855.298.388 312.326.833.943 335.182.132.331
TOTAL 23.398 94,477 94.919.599.714 1..165.037.411.507,82 1.259.957.011,221,82
Fuente: Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ( ... )" • Que para el otorgamiento y pago de las coberturas de los créditos desembolsados y contratos de leasing habita.cional iniciados en cada vigencia, FONVIVIENDA de conformidad con el artículo 2.1.3.l.7 del Decreto 1077 de 2015, debe efectuar los tramites de apropiación, ejecución, registro y desembolso presupuestales correspondientes. Por consiguiente, FONVIVIENDA debe realizar un seguimiento de los recursos y operaciones efectuadas de acuerdo con la disponibilidad presupuesta! y vigencias futuras.
Que durante 2017 la adquisición de vivienda de interés prioritario con el beneficio de cobertura de tasa de interés presentó una contracción de más del 50% de la meta establecida para esa vigencia. Que para 2018 se observa una tendencia similar en la reducción de la adquisición de vivienda de interés social con los beneficios de este programa. Que en consideración al numeral 2A del artículo 2.1.3.1.4 del Decreto 1077 de 2015, FONVIVIENDA reprograma el número coberturas de tasas de interés para otorgar este beneficio a los créditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que inicien en 2019 y de esta forma continuar apoyando a los hogares que cumplen las condiciones de este programa. Que por lo anterior se solicitó modificación del aval fiscal del "Programa de Cobertura Condicionada para Créditos de Vivienda Segunda Generación" para garantizar los recursos para el pago y cubrimiento de
programa. Que por lo anterior se solicitó modificación del aval fiscal del "Programa de Cobertura Condicionada para Créditos de Vivienda Segunda Generación" para garantizar los recursos para el pago y cubrimiento de los desembolsos de créditos hipotecarios o inicio de contratos de leasing habitacional de los tramos 2012 a 2019. Que el Consejo Superior de Política Fiscal - CONFIS, de acuerdo con lo manifestado en la comunicación No. 2-2019-001192 del 17 de enero de 2019 suscrita por el Director General del Presupuesto Público de la Nación, en su sesión del 16 de enero de 2019 otorgó Aval Fiscal para la lResolución No. O O O 5 Del 1 7 ENE. 2019 de Hoja No. 4 "Por la cual se. modifica la Resolución 2295 del 30 dfi diciembre cf.e· 2014!' asignación de coberturas a fa tasa de interés dentro del "Programa de Cobertura Condicionada para Créditos de Vivienda Segunda Generación" Que de acuerdo a lo expuesto, se hace necesario ajustar los valores y cupos de las coberturas definidas en el artículo 1°· de la Resolución 2295 del 30 de diciembre de 2014 y ampliar el periodo establecido en el artículo 2" de la misma resolución. Que en mérito de lo anterior, RESUELVE: Artículo 1. - Modifíquese el artículo 1° de la Resolución 2295 de 2014, el cual quedará así: •• "Artículo 1, - Adicionar en ciento cuarenta y dos mil ochocientos setenta y cinco (142.875) el número de coberturas disponibles e,n la nueva fase del programa, así: a) Para vivien·das cuyo valor1 de acuerdo con el avalúo del
"Artículo 1, - Adicionar en ciento cuarenta y dos mil ochocientos setenta y cinco (142.875) el número de coberturas disponibles e,n la nueva fase del programa, así: a) Para vivien·das cuyo valor1 de acuerdo con el avalúo del establecimiento de crédito, sea de hasta ·setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), se asignará un total de 27.898 coberturas para los créditos y contratos de leasing habitacional que al cumplir con las condiciones exigidas, se desembolsen o inicien de acuerdo con las fechas de desembolso de la nueva fase del programa previstas en el artículo 2° de la presente Resol.ución. b) Para viviendas cuyo valor, de acuerdo con el avalúo del establecimiento de crédito, sea mayor a setenta (70) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) y hasta .ciento treinta y cinto (135) salarios mínimos legales mensuales legales vigentes (SMlMV), se asignará 1.m total de 114.977 coberturas para los créditos y contratos de leasing habitacionaJ que al cumplir con las condiciones exigidas, se desembolsen o inicien de acuerdo con las fechas de desembolso de la nueva fase de programa previstas en el artículo 2° de la presente Resolución. Las coberturas antes mencionadas se distribuirán según el año del desembolso del crédito o de inicio del contrato de leasing habitacional, hasta el número de coberturas establecidas por cad.a año, así:• Resolución No. O O O 5 1 Del 1 7 ENE. i'.U19 de Hoja No: 5 "Por la cual se modifica la Resolución 2295 del 30 de diciembre de 2014" Allode No.de
"Por la cual se modifica la Resolución 2295 del 30 de diciembre de 2014" Allode No.de desembolso coberturas del crédito o Inicio del Valor contrato de vivienda leastng hasta 70 habltaclonal SMLMV 2015 6,500 2016 7,913 2017 3.585 2018 5.400 2019 4500
TOTAL 27,898
No.de coberturas Valor vivienda mayor a 70 y hasta l.35 SMLMV 23.600 25.352 24.225 21.300 20.500 114.977 Asignación por vigencia (Cifras en pesos) 23.876.295.277 26,550.406.285 21.637.599.764 .fi2.855.298.388 l - ,fi¡}-464,055,0_¡1
- 11;1-383.6541fi:1:7
Vigencias futuras {Cifras .en pesos) 244.171.255.128 305.393 .. 402.610,82 303.145.919.826 312.326.833.943 326.621.008.476 1.491.658.419._983,82 ,.
Fuente: Dirección de Inversiones en Vivienda !l{5-lnterés Social - MVCT
Total Recursos (Cifras en pesos) 268.047.550.405 331.943.808.895,82 324.783.519,590 335.182.132.331 346.085.063.509 1,606,042,074.730,82 o/ \\I El Banco de la República duri'ntfiJ0.'!,02.fil?fi (6) primeros días hábiles de
335.182.132.331 346.085.063.509 1,606,042,074.730,82 o/ \\I El Banco de la República duri'ntfiJ0.'!,02.fil?fi (6) primeros días hábiles de cada mes, infclrmará~-a-,JI©S>· ·e'/;tablecimientos de crédito y a FONVIVIENDA, el nún_:¡,efi·e coberturas registradas en el FRECH y las disponibles para cada uno de los segmentos de vivienda para cada año. Con funda_meñto en la declaratoria de importancia estratégica del "Programa de Cobertura Condicionada para créditos de Vivienda Segunda Generación", previo cumplimiento de los respectivos trámites presupuestales y en concordancia con el Marco de Gasto de Mediano Plazo, FONVIVIENDA solicitará autorización para comprometer vigencias futuras por intermedio de la Oficina Asesora de Planeación del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio con el objeto de financiar el otorgamiento de coberturas en la respectiva anualidad. Los recursos aportados por el Gobierno Nacional a efectos de otorgar la cobertura a la tasa de interés en los términos establecidos en el capítulo 2.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 y las normas que lo reglamenten, modifiquen, adicionen o sustituyan, y la presente resolución, se comprometerán presupuestalmente con la expedición de los actos administrativos de asignación de recursos del FRECH en los que se indicará el monto de la cobertura a otorgar en la vigencia y en el segmento de vivienda respectivo, expedidos con fundamento en la autorización para comprometer vigencias futuras antes mencionado, y se ejecutarán con su giro a dicho fondo."
indicará el monto de la cobertura a otorgar en la vigencia y en el segmento de vivienda respectivo, expedidos con fundamento en la autorización para comprometer vigencias futuras antes mencionado, y se ejecutarán con su giro a dicho fondo." . Artículo 2. - Modifíquese el artículo 2° de la Resolución 2295 de 2014, el cual quedará así: "Artículo 2. - La cobertura se aplicará a los créditos que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que se inicien desde el 1 enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2019 o hasta el agotamiento del número de coberturas establecidas por el Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA."Resolución No. O O O 5 Del 1 7 ENE. 2U/9 de Hoja No. 6 "Por la cual se modifica la Resolución 2295 del 30 de diciembre de 2014" Artículo 3. - La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica la Resolución 2295 de 2014 modificada por las resoluciones 1223 y 2987 de 2015, resolución 3675 de 2016, resolución 0995 de 2017 y 2060 de 2018.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 1 7 EN 2019
ALEJANDRO QUINTER O
Director Ejecutivo del Fondo Nacional
Elaboró: Adripna Zambra no Raserofi
Revisó: Diana Saray Manqulllo Asta1za
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