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MINVIVIENDA - Circular 0009 de 2014

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Circular 0009 de 2014
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2014

iill PROSPERIDAD

IPARATODOS FONVIVIENDA

Bogotá, D. C. O 1 AGO. 2014

CIRCULAR O O O 9

PARA: OFERENTES DE PLANES DE VIVIENDA EN EL MARCO DEL DECRETO LEY 4832 DE 2010, EL DECRETO 1920 DE 2011 MODIFICADO POR EL 0430 DE 2012 Y LA RESOLUCIÓN 0023 DE 2012 DEL MVCT, FONADE, CAVIS-UT Y CAJAS DE

COMPENSACIÓN FAMILIAR.

DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE FONVIVIENDA ASUNTO: Alcance circular No. 008 del 27 de noviembre de 2012 de Fonvivienda - Aspectos relacionados con el segundo giro en el cobro por anticipado, de los planes de vivienda de interés social prioritario presentados en el marco del decreto Ley 4832 de 2010, el Decreto 1920 de 2011 modificado por el 0430 de 2012 y la Resolución 0023 de 2012 del MVCT. Cordial Saludo. La presente circular tiene por objeto informar a todos los oferentes de los planes de vivienda de interés social prioritario presentados en el marco del Decreto Ley 4832 de 2010, el Decreto 1920 de 2011 modificado por el 0430 de 2012 y la Resolución 0023 de 2012 del MVCT, al Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo FONADE, a CAVIS-UT y a las Cajas de Compensación Familiar en todo el país, lo siguiente, dando alcance a lo definido mediante el numeral 3° de la circular No. 008 del 27 de noviembre de 2012 de Fonvivienda:

de Desarrollo FONADE, a CAVIS-UT y a las Cajas de Compensación Familiar en todo el país, lo siguiente, dando alcance a lo definido mediante el numeral 3° de la circular No. 008 del 27 de noviembre de 2012 de Fonvivienda: PORCENTAJE MÍNIMO DE AVANCE PARA EL GIRO DE RECURSOS QUE TRATA EL NUMERAL 2.2

DEL ARTÍCULO 4° DEL DECRETO 1920 DE 2011.

Para el giro de recursos dispuesto en el numeral 2.2 del artículo 4° del Decreto 1920 de 2011 y en relación con el literal iií), se deberá presentar una de las siguientes certificaciones:

1. Certificación por parte del interventor del proyecto, verificada y avalada por la supervisión o la entidad que FONVIVIENDA determine, en la que conste la ejecución del ciento por ciento (100%) de las obras de urbanismo básico del lote donde se desarrolle el plan de vivienda, exceptuando aquellos elementos que deban ser instalados para la conexión definitiva de los servicios públicos domiciliarios. Para el caso de los Macroproyectos de Interés Social Nacional, se deberá presentar certificación por parte del interventor del proyecto, verificada y avalada por la Gerencia del Macroproyecto, en la que conste la ejecución del ciento por ciento (100%) de las obras de urbanismo básico del lote donde se desarrolle el plan de vivienda, exceptuando aquellos

Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 1100 www.minvivienda.gov.co 1 C013/5252 CO·I.J/52511 PROSPERIDAD PARA TODOS elementos que deban ser instalados para la conexión definitiva de los domiciliarios.

www.minvivienda.gov.co 1 C013/5252 CO·I.J/52511 PROSPERIDAD PARA TODOS elementos que deban ser instalados para la conexión definitiva de los domiciliarios.

2. Certificación por parte del interventor del proyecto, verificada y avalada por la supervisi • n o la entidad que FONVIVIENDA determine, en la que conste un avance de obra con eí cución Financiera igual o superior al treinta por ciento (30%) del valor total de los cupos que el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda, determinó para el proyecto. Para el caso e los Macroproyectos de Interés Social Nacional, la certificación será emitida por parte del inte entor del proyecto, verificada y avalada por la Gerencia del Macroproyecto.

Atentamente, r Ejecutivo Fondo Nac nal de Vivienda - FONVIVIENDA. f Proye :HéctorRamirez 014Z J Revisó Canos Artel Cortés Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 1100 www.minvivienda.gov.co 2

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