MINVIVIENDA - Circular 0011 de 2014
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Circular 0011 de 2014
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2014
1 PROSPERIDAD
PARATODOS FONVIVIENDA Bogotá, D.G. 2 9 AGO. 2014
PARA: DE:
ASUNTO:
CIRCULAR O O 1 1
CAJAS DE COMPENSACIÓN_FAMILIAR, CAVIS - UT, OFERENTES DE
PROYECTOS DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL PRIORITARIO,
FIDUCIARIAS, ASEGURADORAS Y FONADE.
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE FONVIVIENDA Disposiciones especiales para Legalización de los Subsidios Familiares de Vivienda aplicados en Proyectos en ejecución en el marco del Decreto Ley 4832 de 201 O, el Decreto 1920 de 2011 modificado por el 0430 de 2012 y la Resolución 0023 de 2012 del MVCT. Cordial Saludo. La presente circular tiene por objeto solicitar a las Cajas de Compensación Familiar en todo el Territorio Nacional, y en consecuencia a la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar para Subsidios de Vivienda de Interés Social - CAVIS - UT, que procedan a informar a todos los oferentes de proyectos de Vivienda de Interés Social Prioritaria en todo el País desarrollados en el marco del Decreto Ley 4832 de 2010 "Por el cual se dictan disposiciones en materia de vivienda para hacer frente a la emergencia económica social y ecológica nacionaf', el Decreto 1920 de 2011 "Por el cual se reglamenta el Decreto Ley 4832 de 2010" modificado por el 0430 de 2012 y la Resolución 0023 de 2012 del MVCT "Por la cual se reglamenta el Decreto 1920 de
reglamenta el Decreto Ley 4832 de 2010" modificado por el 0430 de 2012 y la Resolución 0023 de 2012 del MVCT "Por la cual se reglamenta el Decreto 1920 de 2011 y se dictan otras disposiciones", a las Aseguradoras, Fiduciarias y a FONADE, lo siguiente: Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 2026 www.minvivienda.gov.coIPROSPERIDAD
1PARATODOS FONVIVIENDA
1. SOBRE AQUELLOS OFERENTES QUE TIENEN CERTIFICADO DE
EXISTENCIA Y ESTÁ PENDIENTE EL PAGO DE RECURSOS DE LOS SUBSIDIOS FAMILIARES DE VIVIENDA: Los oferentes que antes del 31 de Diciembre de 2014, soliciten a las Cajas de Compensación Familiar el giro de los Subsidios Familiares de Vivienda asignados en el marco del Decreto Ley 4832 de 201 o, el Decreto 1920 de 201 1 modificado por el 0430 de 2012 y la Resolución 0023 de 2012 del MVCT, y alleguen con su solicitud a la Caja correspondiente el CERTIFICADO DE EXISTENCIA DE LA VIVIENDA, emitido por FONADE o por las Gerencias de los Macroproyectos (cuando aplique), ACTAS DE RECIBO A SATISFACCIÓN por parte de los beneficiarios y los CERTIFICADOS DE LIBERTAD Y TRADICIÓN de los predios, emitidos en cualquier fecha, podrán legalizar ante las Cajas de Compensación Familiar los Subsidios Familiares de Vivienda y recibir por parte del Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA, la autorización para
LIBERTAD Y TRADICIÓN de los predios, emitidos en cualquier fecha, podrán legalizar ante las Cajas de Compensación Familiar los Subsidios Familiares de Vivienda y recibir por parte del Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA, la autorización para el desembolso de los recursos pendientes, desde el Patrimonio Autónomo Matriz, sin que se exija por parte de las Cajas de Compensación Familiar el requisito de la actualización de las pólizas de cumplimiento. Para tal efecto podrán presentar ante las Cajas de Compensación Familiar tal cobro, sin que se exija el requerimiento de la actualización de las pólizas que amparan los subsidios pagados anticipadamente, siempre que cumplan con los demás requisitos establecidos en el Decreto 1920 de 2011 y su reglamentación.
2. SOBRE AQUELLOS OFERENTES QUE NO TIENEN CERTIFICADO DE
EXISTENCIA Y ESTÁ PENDIENTE EL PAGO DE RECURSOS DE LOS SUBSIDIOS FAMILIARES DE VIVIENDA: Los oferentes de proyectos de Vivienda de Interés Social Prioritaria desarrollados en el marco del Decreto Ley 4832 de 201 o, el Decreto 1920 de 2011 modificado por el 0430 de 2012 y la Resolución 0023 de 2012 del MVCT, que deseen cobrar los recursos faltantes de los subsidios de FONVIVIENDA y cuenten con: • 100% de ejecución de obras de urbanismo, • 100% de ejecución de la vivienda terminada, • Informe final de interventoría certificando la correcta ejecuc·1ón del 100% de la Vivienda terminada. (Para los recursos cobrados por anticipado).
- 100% de ejecución de la vivienda terminada, • Informe final de interventoría certificando la correcta ejecuc·1ón del 100% de la Vivienda terminada. (Para los recursos cobrados por anticipado).
A fin de solicitar la visita para CERTIFICACIÓN DE EXISTENCIA de las viviendas por parte de FONADE, sin que se exija por parte de éste el requerimiento de la Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 2026 www.minvivienda.gov.colí111PROSPERIDAD PARA TODOS FONVIVIENDA actualización de las pólizas que amparan los subsidios pagados anticipadamente, deberán presentar su solicitud a los siguientes correos electrónicos antes del 31 de diciembre de 2014, fdiaz@minvivienda.gov.co y dsanchez@fonade.gov.co. Posterior a la visita de FONADE, y una vez se obtenga el respectivo Certificado de Existencia, el oferente deberá allegar con su solicitud a la Caja de Compensación los documentos correspondientes a la legalización de los recursos faltantes de conformidad con lo establecido en el numeral 1° de la presente circular. Para tal efecto FONADE ni posterior a la certificación, las Cajas de Compensación Familiar, en cumplimiento a lo establecido en esta Circular, no podrán exigir al oferente el requisito de la actualización de las pólizas de cumplimiento.
3. APLICACIÓN Y VIGENCIA: De no acreditarse los requisitos antes descritos en los numerales 1 y 2, el oferente estará obligado a la ampliación de la vigencia de la póliza correspondiente, conforme a la normatividad vigente, y en caso de no cumplirse estos requisitos, no se aplicará lo
estará obligado a la ampliación de la vigencia de la póliza correspondiente, conforme a la normatividad vigente, y en caso de no cumplirse estos requisitos, no se aplicará lo dispuesto en esta circular. Esta circular queda vigente a partir de la fecha de expedición. Atentamente, JOR EA LEXANDERVfi MESA Direc or Ejecutivo Fondo cional de Vivienda - FONVIVIENDA.
Proye aron: Héctfctafnirez Tafia Carolina Quiroz Trivi,J'.: Revis •. Carlos Ariel Cortes Mateu\ • ·~ '\.
Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 2026 www.minvivienda.gov.co