MINVIVIENDA - Protocolo de Bioseguridad (enero de 2022)
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Protocolo de Bioseguridad (enero de 2022)
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2022
La vivienda y el agua | Minvivienda son de todos
MINISTERIO DE VIVIENDA CIUDAD Y TERRITORIO
PROTOCOLO DE BIOSEGURIDAD PARA MITIGACIÓN Y CONTROL DE
RIESGO BIOLOGICO POR COVID 19
APLICADO PARA LAS SIGUIENTES SEDES DEL MINISTERIO:
PALMA, SEDE ADMINISTRATIVA EDIFICIO COLSEGUROS, FRAGUA,
BOTICACASA IMPRENTA, SEDE TEMPORAL GUAJIRA
ENERO DE 2022
SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
SECRETARÍA GENERAL - GRUPO DE TALENTO HUMANO SISTEMA DE
GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOSUBDIRECCIÓN DE
SERVICIOS ADMINISTRATIVOS — GRUPO DE RECURSOS FISICOSTABLA DE CONTENIDO
CAPITULO 1. GENERALIDADES
1.1. JUSTIFICACIÓN
1.2. 1.3. 1.4. 1.5. 1.6. 1.7. 1.8. 2.2 USO DE GEL ANTIBACTERIAL 2.3 DISTANCIAMIENTO SOCIAL — DISTANCIAMIENTO SOCIAL RESPONSABLE 3.1 CONDICIONES DE BIOSEGURIDAD PARA LAS ACTIVIDADES DE LIMPIEZAPERSONAL DE LIMPIEZA 32 CONDICIONES DE BIOSEGURIDAD PARA LA ATENCIÓN AL USUARIO . 3.4 PROTECCIÓN DE BIOSEGURIDAD — VEHÍCULOS. 3.4.1 Actividades antes de ingresar al vehículo. ..... 34.2 Durante el uso del vehículo.. 3.4.3 Acciones al terminar el servicio...
CAPÍTULO 4. REGRESO AL TRABAJO PRESENCIAL
5.1 DESPLAZAMIENTO
52 INGRESO A LAS SEDES
34.2 Durante el uso del vehículo.. 3.4.3 Acciones al terminar el servicio...
CAPÍTULO 4. REGRESO AL TRABAJO PRESENCIAL
5.1 DESPLAZAMIENTO
52 INGRESO A LAS SEDES 53 PERMANENCIA EN LAS SEDES. 54 SEGUIMIENTO DE IDENTIFICACIÓN DE CONDICIONES DE SALUD ........................- 32 5.5 SEGUIMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO PSICOSOCIAL .....................00000000 33 5.6 5.7
CAPÍTULO 6. FLUJOGRAMA
6.1 6.2vaFORMATO DEL DOCUMENTO Tipo de documento Protocolo Objeto Conjunto de normas y lineamientos que deben seguir los funcionarios, contratistas, pasantes y visitantes del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para lograr el regreso gradual por ciclos al trabajo presencial en condiciones de bioseguridad para disminuir el riesgo de transmisión del virus
COVID -19.
Material Documental Conformado por documentos y protocolos anteriores de la entidad, protocolos de entidades públicas como el Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Trabajo, apartes de la Resolución 223 de Febrero de 2021 y la Resolución 777 de 2021 y las normas que la adicionen, modifiquen o deroguen y ARL Positiva Compañía de Seguros. Documentos de lineamientos emitidos por organismos nacionales y distritales.
Elaborado por: Yina Patricia Lominett Padilla — Profesional Grupo de Talento
Humano.
Actualizado por: Yina Patricia Lominett Padilla - Claudia Carolina AmayaProfesional Grupo de Talento Humano.
Iván Narváez Forero — Asesor Secretaria GeneralCAPITULO 1. GENERALIDADES
Humano.
Actualizado por: Yina Patricia Lominett Padilla - Claudia Carolina AmayaProfesional Grupo de Talento Humano.
Iván Narváez Forero — Asesor Secretaria GeneralCAPITULO 1. GENERALIDADES 1.1. JUSTIFICACION Actualmente y en aras de dar cumplimiento a la reactivación económica progresiva por ciclos, desde las áreas correspondientes de la entidad continuaremos en la fase denominada retorno laboral con distanciamiento individual responsable, con una mayor reactivación y recuperación de la vida productiva, para procurar retornar de manera gradual y progresiva la prestación presencial, considerando los lineamientos normativos y atendiendo unos porcentajes máximos para el trabajo presencial a través de la Directiva Presidencial 04 de 2021 con sujeción a los protocolos de Bioseguridad expedidos para tal fin (Resolución 777 de 2021 del Ministerio de Salud y Protección Social modificada por la Resolución 1687de 25 octubre de 2021), así como las condición de control de riesgos desde nuestro Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo conforme lo establecido en el decreto 1072 de 2015. Por lo anterior, resulta necesario actualizar y adecuar el Protocolo de Bioseguridad del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio conforme la normatividad vigente en la materia, generando condiciones de seguridad que correspondan la fase de retorno laboral distanciamiento individual responsable, atendiendo las dinámicas que entorno al manejo del COVD -19 se han generado en el marco del retorno gradual que vienen desarrollando funcionarios, contratistas, pasantes y visitantes del Ministerio, sin perjuicio de lo anterior también se regulará la aplicación de este protocolo a quienes permanezcan realizando sus actividades y compromisos laborales desde trabajo en casa o similar, cuando corresponda.
gradual que vienen desarrollando funcionarios, contratistas, pasantes y visitantes del Ministerio, sin perjuicio de lo anterior también se regulará la aplicación de este protocolo a quienes permanezcan realizando sus actividades y compromisos laborales desde trabajo en casa o similar, cuando corresponda. Es preciso indicar que este Protocolo de Bioseguridad se convierte en un instrumento de cumplimiento obligatorio para los funcionarios, contratistas, pasantes y visitantes del Ministerio y tiene por finalidad minimizar los factores que pueden generar la transmisión de la enfermedad COVID-19. Sin embargo, se advierte que para lograr dicha finalidad los destinatarios de este protocolo deben actuar con criterios de autorresponsabilidad, autocuidado, distanciamiento individual, disciplina social, atendiendo los lineamientos, normas y protocolos que en materia de bioseguridad disponga el Gobierno Nacional. Si bien es cierto dentro de la entidad, atendiendo el marco legal vigente se han adoptado, atendido y promovido los Protocolos de Bioseguridad pertinentes y las normas que se han dispuesto para afrontar la pandemia causada por el COVID-19, la materialización de principios de autocuidado y corresponsabilidad por parte de todos los colaboradores son indispensables en su debida materialización. 1.2. OBJETIVO Establecer el Protocolo de Bioseguridad del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para los parámetros de reactivación económica , incorporando las sedes actuales de la entidad, en el marco de la Reactivación Económica prependiendo el trabajo en casa para la población con alto grado de vulnerabilidad para covid 19 con situación de salud puntual, mientras se supera la emergencia sanitaria en el país, convirtiéndolo en un instrumento de cumplimiento OBLIGATORIO como mecanismo
trabajo en casa para la población con alto grado de vulnerabilidad para covid 19 con situación de salud puntual, mientras se supera la emergencia sanitaria en el país, convirtiéndolo en un instrumento de cumplimiento OBLIGATORIO como mecanismo para realizar un proceso seguro de retorno al trabajo para la funcionarios,contratistas, pasantes y visitantes del Ministerio mientras persista la emergencia sanitaria y se finalice el esquena de inmunización del país o se logre la inmunización de rebaño, causada por la pandemia COVID-19 o se encuentren vigentes normas que determinen su obligatorio cumplimiento, en el marco del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo incluyendo las medidas necesarias y específicas para manejo o de la pandemia por COVID-19 lo que exige garantizar espacios de trabajo seguros y saludable en sus diferentes sedes. 1.3. ALCANCE El presente Protocolo de Bioseguridad aplica para todos los funcionarios, contratistas, pasantes del Ministerio que deberán retornar a sus actividades laborales en modalidad presencial de manera progresiva y gradual de acuerdo a los parámetros establecidos por el Ministerio de Salud en medio de la pandemia por COVID-19 y demás lineamientos Nacionales que se vayan estableciendo en la duración de la misma. Lo anterior sin perjuicio del conocimiento que se recomienda tener a cada uno de los destinatarios de este Protocolo de Bioseguridad y de las normas que se han dispuesto para atender la emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia COVID — 19 y demás variantes. 1.4. ACTUALIZACIÓN Y VALIDACIÓN DEL PROTOCOLO DE BIOSEGURIDAD Este documento se ajustará de manera permanente conforme los lineamientos y necesidades de prevención y control de riesgo de contagio de COVID-19 y que se
— 19 y demás variantes. 1.4. ACTUALIZACIÓN Y VALIDACIÓN DEL PROTOCOLO DE BIOSEGURIDAD Este documento se ajustará de manera permanente conforme los lineamientos y necesidades de prevención y control de riesgo de contagio de COVID-19 y que se requiera desde el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, atendiendo las disposiciones de las autoridades nacionales, locales y demás entidades autorizadas para impartir medidas preventivas, así como las situaciones particulares que puedan surgir en la aplicación del protocolo y control del mismo al interior de la entidad durante el trabajo presencial. 1.5. DEFINICIONES = Autocuidado: El autocuidado de acuerdo con la definición de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en 1998 - comprende todo lo que hacemos por nosotros mismos para establecer y mantener la salud, prevenir y manejar la enfermedad. Es un concepto amplio que incluye la higiene (general y personal), la nutrición (tipo y calidad de los alimentos), el estilo de vida (actividades deportivas y recreativas), los factores ambientales (condiciones de la vivienda, hábitos sociales), factores socio económicos (ingreso, cultura) y la automedicación. = Bioseguridad: La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la bioseguridad como aquellas normas, técnicas y prácticas aplicadas por el personal con el fin de evitar la exposición no intencional a patógenos y toxinas, o su liberación accidental, pudiendo estos incidir en la salud de los trabajadores. = Comorbilidades: Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la comorbilidad es la ocurrencia simultánea de dos o más enfermedades en una misma persona.Elemento de Protección Personal o individual — EPE: Según el Ministerio de
= Comorbilidades: Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la comorbilidad es la ocurrencia simultánea de dos o más enfermedades en una misma persona.Elemento de Protección Personal o individual — EPE: Según el Ministerio de Salud y Protección Social, es cualquier equipo o dispositivo destinado para ser utilizado o sujetado por el trabajador, para protegerlo de uno o varios riesgos y aumentar su seguridad o su salud en el trabajo. Las ventajas que se obtienen a partir del uso de los elementos de protección personal (EPP) son las siguientes: Proporcionar una barrera entre un determinado riesgo y la persona, Mejorar el resguardo de la integridad física del trabajador y; Disminuir la gravedad de las consecuencias de un posible accidente sufrido por el trabajador.
Emergencia Sanitaria: La Organización Mundial de la Salud (OMS) como el brote de una enfermedad que afecta a más de un país y se requiere una estrategia coordinada internacionalmente para enfrentarlo. Además, debe tener un impacto serio en la salud pública y ser "inusual" e "inesperado".
Pandemia: La Organización Mundial de la Salud (OMS) define pandemia como la propagación mundial de una nueva enfermedad.
Prevención: El Decreto 1072 de 2015 define la prevención como la medida, acción o disposición que se toma de manera anticipada para evitar que materialice un riesgo o peligro.
Riesgo: El Decreto 1072 de 2015 Posibilidad de que ocurra un(os) eventos(os) o sucesos(s) de exposición (es) peligrosa(s), y la severidad de lesión o enfermedad, que puede ser causada por el (los) evento(s) o la exposición.
Seguridad y Salud en el Trabajo: El Ministerio de Trabajo la define como la
o sucesos(s) de exposición (es) peligrosa(s), y la severidad de lesión o enfermedad, que puede ser causada por el (los) evento(s) o la exposición.
Seguridad y Salud en el Trabajo: El Ministerio de Trabajo la define como la disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones.
Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST): El Ministerio de Trabajo lo define como un Sistema que consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.
Aislamiento: Separación de una persona o grupo de personas que se sabe o se cree que están infectadas con una enfermedad transmisible y potencialmente infecciosa de aquellos que no están infectados, para prevenir la propagación de COVID-19. El aislamiento para fines de salud pública puede ser voluntario u obligado por orden de la autoridad sanitaria.
Aislamiento respiratorio: Se aplica cuando se prevea la presencia de gotas de origen respiratorio con bajo rango de difusión (hasta 1 metro).
Aislamiento por gotas: se refiere a las medidas para controlar las infecciones por virus respiratorios y otros agentes transmitidos por gotas (> 5 micras)
de origen respiratorio con bajo rango de difusión (hasta 1 metro).
Aislamiento por gotas: se refiere a las medidas para controlar las infecciones por virus respiratorios y otros agentes transmitidos por gotas (> 5 micras) impulsadas a corta distancia a través del aire y que pueden ingresar a través de los ojos, la mucosa nasal, la boca o la piel no intacta de la persona que está en contacto con el paciente.= Aislamiento por contacto: Se refiere a las medidas para controlar el contacto directo cuando se produce en el traspaso de sangre o fluidos corporales desde un paciente hacia otro individuo susceptible. El contacto puede hacerse en piel, mucosas o lesiones; así mismo por inóculos directos a torrente sanguíneo, e indirecto cuando el huésped susceptible entra en contacto con el microorganismo infectante a través de un intermediario inanimado (ropas, fémites, superficies de la habitación) o animado (personal de salud, otro paciente) que estuvo inicialmente en contacto con ese microorganismo. En este caso se utiliza bata desechable anti fluidos o traje de polietileno, este último para alto riesgo biológico. = Asepsia: Ausencia de microorganismos que pueden causar enfermedad. Este concepto incluye la preparación del equipo, la instrumentación y el cambio de operaciones mediante los mecanismos de esterilización y desinfección. = Autocuidado: Según la definición de la Organización Mundial de la Salud, "el autocuidado comprende todo foto que hacemos por nosotros mismos para establecer y mantener la salud, prevenir y manejar la enfermedad”. (OM S, 1998). En el contexto de la Ley Estatutaria de Salud, el primer deber de la persona con el servicio de salud es "propender por su autocuidado, el de su
establecer y mantener la salud, prevenir y manejar la enfermedad”. (OM S, 1998). En el contexto de la Ley Estatutaria de Salud, el primer deber de la persona con el servicio de salud es "propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad '. El autocuidado comprende las capacidades, decisiones y acciones que el individuo toma para proteger su salud la de su familia, aplicando prácticas como el autoaislamiento, monitoreo de signos vitales como la temperatura, o, tensión arterial. = Aglomeración: Se entiende par aglomeración toda concurrencia de personas en espacios cerrados y abiertos en los cuales no se pueda guardar el distanciamiento físico de mínimo 1 metro entre persona y persona, también se considera que existe aglomeración cuando la disposición arquitectónica del espacio y la distribución de muebles y enseres dificulte o impida dicho distanciamiento. = Bioseguridad: Conjunto de medidas preventivas que tienen por objeto mitigar o minimizar el factor de riesgo biológico que pueda llegar a afectar la salud, el medio ambiente o la vida de las personas, asegurando que el desarrollo o producto final de dichos procedimientos no atenten contra la salud y seguridad de los trabajadores. = Clientes o usuarios: toda persona natural o jurídica, entidad e institución, que use o consuma bienes y servicios. = Eventos públicos y privados: Congregación planeada de personas, reunidas en un lugar con la capacidad o infraestructura para ese fin, con el objetivo de participar en actividades reguladas en su propósito, tiempo, contenido y condiciones de ingreso y salida, bajo la responsabilidad de una organización que aplica medidas de bioseguridad, con el control y soporte necesario para su realización y bajo el permiso y supervisión de entidades u organismos con
participar en actividades reguladas en su propósito, tiempo, contenido y condiciones de ingreso y salida, bajo la responsabilidad de una organización que aplica medidas de bioseguridad, con el control y soporte necesario para su realización y bajo el permiso y supervisión de entidades u organismos con jurisdicción sobre ella.1.6. MARCO CONCEPTUAL EL COVID-19 es la enfermedad infecciosa' causada por el coronavirus que se ha descubierto recientemente. Tanto este nuevo virus como la enfermedad que provoca eran desconocidos antes de que estallara el brote en Wuhan (China) en diciembre de 2019. Actualmente la COVID-19 es una pandemia que afecta a muchos países de todo el mundo. La principal forma de propagación de la COVID-19 es a través de las gotículas respiratorias expelidas por alguien que tose o que tiene otros síntomas como fiebre, cefalea, flujo nasal, dolor de garganta, pérdida de olfato y gusto, dolor muscular o articular, cansancio. Muchas personas con COVID-19 presentan solo síntomas leves. Esto es particularmente cierto en las primeras etapas de la enfermedad. Las fuente para tener contacto con SARS-CoV-2 mejor conocido como COVID-19 donde pueden estar expuestos los trabajadores son muy amplias, es importante recordar que estamos hablando de una condición de salud pública, es decir es para todos sin distinción alguna, es claro también que a mayor exposición el riesgo de contraer también es mayor, sin embargo el 80% de los casos cursa asintomático por ello es importante incluir en la cultura de seguridad y salud de las personas al interior de la entidad, fomentando hábitos higiénicos como: el lavado de manos frecuente, el distanciamiento social (por lo menos un metro entre personas) uso de
por ello es importante incluir en la cultura de seguridad y salud de las personas al interior de la entidad, fomentando hábitos higiénicos como: el lavado de manos frecuente, el distanciamiento social (por lo menos un metro entre personas) uso de tapabocas de tipo quirúrgico convencional , monogafas o careta facial al interior de la entidad y en lugares públicos, evitar tocarse la cara, la boca o los ojos y adoptar el protocolo respiratorio para toser y estornudar (cubrirse nariz y boca al toser y estornudar), lo anterior teniendo en cuenta que el público en general, clientes y compañeros de trabajo, visitantes, contratistas proveedores representan un riesgo de infección. Las medidas que se han adoptado hasta el momento se pueden clasificar en tres fuentes primordiales, ¿a saber, medidas sanitarias y de emergencia sanitaria, medidas de emergencia social, económica y ecológica y medidas de orden público incluidas las de carácter ordinario. Una de las principales medidas que nos concierne como funcionarios y contratistas del sector público es la relacionada con las medidas sanitarias, por tal razón en la situación actual de la emergencia sanitaria COVID-19, es obligación de todo colaborador dar estricto cumplimiento de las normas de Bioseguridad impartidas, autocuidado y corresponsabilidad, a fin de garantizar un trabajo seguro y prevenir posibles contagios, lo anterior en el marco de la Directiva Presidencial 04 de 2021 y demás lineamientos Nacionales.
Medidas generales recomendadas: Lavado de manos, uso de tapabocas, cuidado de salud mental, distanciamiento físico, limpieza y desinfección, ventilación adecuada y manejo de residuos. Estas medidas corresponden a las demostradas
Medidas generales recomendadas: Lavado de manos, uso de tapabocas, cuidado de salud mental, distanciamiento físico, limpieza y desinfección, ventilación adecuada y manejo de residuos. Estas medidas corresponden a las demostradas de mayor eficacia frente a la prevención del COVID-19. Tales medidas son de 1 Definición tomada de la OMS: https://www.who.int/es/emergencies/diseases/novel-coronavirus2019/advice-for-public/g-a-coronaviruses~ obligatorio cumplimiento y cualquier otra será complementaria a estas y no podrá funcionar aisladamente. 1.7. MARCO LEGAL APLICABLE A continuación, se observa el marco normativo que soporta el presente protocolo de bioseguridad O Decreto 1072 de 2015 Libro 2, Parte 2, Título 4, Capítulo 6. por la cual se Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, específicamente en lo que concierne a los Artículos 2.2.4.6.23. Gestión de los peligros y riesgos. Y Artículo 2.2.4.6.24. Medidas de prevención y control.
O Decreto 039 de 2021. Por el cual imparte la instrucción en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del coronavirus COVID 19 y el mantenimiento del orden público y se decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable. E Resolución 1517 de 2020, Ministerio de Salud y Protección Social, por el cual se dicta protocolo de bioseguridad para el manejo y control de riesgo de corona virus en los sectores aeroportuarios y aeronáuticos del territorio nacional para transporte domestico de personas por vía aérea y deroga la Resolución 1054 de
dicta protocolo de bioseguridad para el manejo y control de riesgo de corona virus en los sectores aeroportuarios y aeronáuticos del territorio nacional para transporte domestico de personas por vía aérea y deroga la Resolución 1054 de 2020. O Resolución 777 del 2 de junio de 2021, define los criterios y condiciones para el desarrollo de las actividades económicas, sociales y del Estado y se adopta el protocolo de bioseguridad para la ejecución de estas, dicha resolución contempla anexos con lineamientos específicos. E Resolución 223 de febrero de 2021, por la cual se modifica el anexo técnico de la resolución 666 de 2020 O Directiva Presidencial 04, “Retorno de servidores y demás colaboradores del estado de las entidades públicas de la rama ejecutiva del orden nacional a trabajo presencial”. O Decreto Distrital 277 del 30 de julio de 2021 “Por medio del cual se adoptan medidas de reactivación económica segura con ocasión de la emergencia sanitaria producida por el SA RS-Co V-2 CO VID-] 9 en la ciudad de Bogotá D.
C. y se dictan otras disposiciones”.
O Resolución 1913 de 25 de noviembre de 2021 “Por la cual se prorroga la emergencia sanitaria por el coronavirus COVID-19, declarada mediante Resolución 385 de 2020, prorrogada por las Resoluciones 844, 1462, 2230 de 2020 y222, 738 y 1315 de 2021” O Resolución 1687de 25 octubre de 2021 “Por medio de la cual se modifica la Resolución 777 de 2021 en el sentido de incrementar el aforo permitido en lugares o eventos masivos, públicos o privados”.
O Resolución 1687de 25 octubre de 2021 “Por medio de la cual se modifica la Resolución 777 de 2021 en el sentido de incrementar el aforo permitido en lugares o eventos masivos, públicos o privados”. O Circular 0004 de 13 de enero de 2022 “Recomendaciones para a la protección laboral durante el cuarto pico de pandemia por SARS-COVID2” 1.8. OBLIGACIONES Todos los Directivos, subdirectores, jefes de área, supervisores, coordinadores. funcionarios, colaboradores que se encuentren activos la entidad deben propenderel cumplimiento de las medidas de bioseguridad establecida en el presente protocolo y lineamientos que imparta el gobierno nacional frete a la emergencia sanitaria, el autocuidado y la corresponsabilidad frente a las condiciones de exposición a riesgo biológico por Covid19, así como la notificación de cualquier situación de salud que se pueda presentar de manera oportuna. 1.9. ANTECEDENTES Y MANTENIMIENTO DE MEDIDAS TEMPORALES ADOPTADAS POR EL MINISTERIO Mediante Resolución 312 del 16 de junio de 2020, publicada en el Diario Oficial 51.348 del 17 de junio de 2020 “Porla cual se adoptan medidas de carácter temporal para garantizar la atención y la prestación de los servicios del Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada para la prevención y contención del COVID-19" se adoptó el Protocolo de Bioseguridad del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio socializado mediante la circular 20201E0004066 de 2020. Posteriormente y atendiendo la fase aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable establecida por el Decreto 1168 de 2020, mediante la
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio socializado mediante la circular 20201E0004066 de 2020. Posteriormente y atendiendo la fase aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable establecida por el Decreto 1168 de 2020, mediante la Resolución 507 del 5 de octubre de 2020, publicada en el diario oficial 51.458 del 5 de octubre “Por la cual se adoptan medidas de carácter temporal para garantizar la atención y servicios del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada para la prevención y contención del COVID-19 y el aislamiento selectivo" el Protocolo de Bioseguridad fue actualizado en aras del “Plan de Retorno Selectivo” de la entidad donde se previó el retorno de 141 colaboradores. Adicionalmente se generó la actualización del Protocolo de Bioseguridad y otro lineamiento mediante la Resolución 0069 25 Febrero 2021 “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 507 de 2020 y se actualiza el Protocolo de Bioseguridad del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada para la a prevención y contención del COVID-19 " teniendo en cuenta la prórroga de la emergencia sanitaria y la resolución 777 de 2021 del Ministerio de Salud. Toda vez que continuamos con el lineamiento de reactivación económica y Distanciamiento Individual Responsable, y se ha desarrollado el “Plan de Retorno Selectivo o por ciclos” por el Grupo de Talento Humano del Ministerio con el apoyo del Grupo de Recursos Físicos, resulta pertinente actualizar desde el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo el Protocolo de Bioseguridad para afrontarla de la mejor manera dicho retorno presencial conforme a los nuevos
del Grupo de Recursos Físicos, resulta pertinente actualizar desde el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo el Protocolo de Bioseguridad para afrontarla de la mejor manera dicho retorno presencial conforme a los nuevos lineamientos nacionales impartidos por el Ministerio de salud, en aras de controlar, mitigar e intervenir el riesgo biológico causado por la pandemia actual de salud pública. 1.10. PERSONAL EN RIESGO A continuación, se relacionan los colaboradores y su nivel de riesgo conforme a la matriz de identificación de peligros que hace parte integral de nuestro Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, se indica que el agente de riesgo es el posiblecontagio como consecuencia de la exposición con contacto directo con ciudadanos en general. Personal Nivel de contacto directo con ciudadanos Ponderación de riesgo de contagio Despacho del Ministro y Permanente por Alto riesgo por Viceministros alta exposición. contacto s . Permanente por Alto riesgo por upervisores de obra en campo ... alta exposicion. contacto Grupo de atención al usuario. Permanente por Alto riesgo por alta exposición. contacto Seguridad y vigilancia Permanente por Alto riesgo por alta exposición. contacto Correspondencia motorizados Permanente por Alto riesgo por alta exposición. contacto Grupo de Comunicaciones | Permanente por Alto riesgo por Estratégicas alta exposición. contacto Conductores Permanente por Alto riesgo por alta exposición. contacto Aseo, cafetería, mantenimiento Esporádico por Medio baja exposición. Trabajadores en oficinas Ocasional por baja Medio exposición Trabajadores en casa No presenta Mínimo exposición~
CAPITULO 2. MEDIDAS DE PROTECCION INDIVIDUAL - AUTOCUIDADO
baja exposición. Trabajadores en oficinas Ocasional por baja Medio exposición Trabajadores en casa No presenta Mínimo exposición~ CAPITULO 2. MEDIDAS DE PROTECCION INDIVIDUAL - AUTOCUIDADO Autocuidado y Corresponsabilidad: Esta es una época de ser consecuente con la realidad de nuestro país y la importancia de generar conciencia en el autocuidado y la corresponsabilidad que tenemos como individuo con el entorno, familia y compañeros de trabajo. Las medidas planteadas o establecidas por la Entidad serán efectivas si como seres humanos ponemos de nuestra parte pensando en comunidad, es importante destacar que la responsabilidad compartida se conoce como corresponsabilidad, esto quiere decir que las responsabilidades son una o más personas, las cuales comparten una misma obligación o compromiso. En estos momentos de pandemia y de emergencia sanitaria es corresponsabilidad del Gobierno y de toda la sociedad, cuidarnos, adoptar las medidas necesarias y respetar los lineamientos que se establezcan para controlar el riesgo de contagio, en el marco de los Decretos 1168 de 2020 (en su momento) y 039 de 2021. Atendiendo lo anterior y en el marco de las recomendaciones emitidas por la OMS, las cuales invitamos a conocer en su página web https://www.who.int/es, y las normas expedidas por el Gobierno Nacional para controlar y mitigar los efectos del virus, sobre todo su propagación, es necesario que los colaboradores del Ministerio ejecuten las siguientes actividades cuando se encuentren en la modalidad de trabajo presencial de manera obligatoria, además se recomienda adoptarlas en su vida cotidiana. 2.1 LAVADO DE MANOS El lavado de manos con agua y jabón interrumpe la cadena de trasmisión del
trabajo presencial de manera obligatoria, además se recomiend
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