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MINVIVIENDA - Resolución 0014 de 2020

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0014 de 2020
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2020

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO ( 00714 ) A 7 ENE. 2020 “Por la cual se constituye la caja menor de Viáticos y Gastos de Viaje Inversión FONVIVIENDA Vigencia 2020" EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el Decreto No. 1068 del 26 de mayo de 2015 emanado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y CONSIDERANDO Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante Decreto No. 1068 del 26 de mayo de 2015 en el TITULO 5, reglamentó la constitución y funcionamiento de las Cajas Menores. Que el artículo 2.2.22.3 Políticas de Desarrollo Administrativo del Decreto 1083 del 26 de mayo de 2015 en su literal d) indica “Eficiencia administrativa. Orientada a identificar, racionalizar, simplificar vy automatizar trámites, procesos, procedimientos y servicios, así como optimizar el uso de recursos, con el propósito de contar con organizaciones modernas, innovadoras, flexibles y abiertas al entorno, con capacidad de transformarse, adaptarse y responder en forma ágil y oportuna a las demandas y necesidades de la comunidad, para el logro de los objetivos del Estado. Incluye, entre otros, los temas relacionados con gestión de calidad, eficiencia administrativa y cero papeles, racionalización de trámites, modernización institucional, gestión de tecnologías de información y gestión documental.”

objetivos del Estado. Incluye, entre otros, los temas relacionados con gestión de calidad, eficiencia administrativa y cero papeles, racionalización de trámites, modernización institucional, gestión de tecnologías de información y gestión documental.” Que mediante Decreto 0019 de 10 de enero de 2012 “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública” del Departamento Administrativo de la Función Pública DAFP, en sus artículos 5 y 6. Decreta: “ARTICULO 5. ECONOMIA EN LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS. Las normas de procedimiento administrativo deben ser utilizadas para agilizar las decisiones; los procedimientos se deben adelantar en el menor tiempo y con la menor cantidad de gastos de quienes intervienen en ellos; las autoridades administrativas y los particulares que cumplen funciones administrativas no deben exigir másResolución No. 0 0 7 4 Del ¡$7 ENE 7070 de Hoja No. 2 7 “Por la cual se constituye la caja menor de Víáticos y Gastos de Viaje Inversión FONVIVIENDA Vigencia 2020" documentos y copias que los estrictamente necesarios, ni autenticaciones ni notas de presentación personal sino cuando la ley lo ordene en forma expresa, o tratándose de poderes especiales. En tal virtud, las autoridades deberán proceder con austeridad y eficiencia, optimizar el uso del tiempo y de los demás recursos, procurando el más alto nivel de calidad en sus actuaciones y la protección de los derechos de las personas. ARTICULO 6. SIMPLICIDAD DE LOS TRÁMITES. Los trámites establecidos por las autoridades deberán ser sencillos, eliminarse toda

procurando el más alto nivel de calidad en sus actuaciones y la protección de los derechos de las personas. ARTICULO 6. SIMPLICIDAD DE LOS TRÁMITES. Los trámites establecidos por las autoridades deberán ser sencillos, eliminarse toda complejidad innecesaria y los requisitos que se exijan a los particulares deberán ser racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir. Las autoridades deben estandarizar los trámites, estableciendo requisitos similares para trámites similares.” Que para la buena marcha administrativa del Fondo Nacional de Vivienda FONVIVIENDA es necesario constituir una Caja Menor para la vigencia fiscal del año 2020, cuya finalidad es la de sufragar el pago de viáticos y gastos de viaje al interior del país, de los funcionarios y contratistas que deban desempeñar sus labores fuera del lugar habitual de trabajo. Que la apertura de la Caja Menor está amparada por el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 2620 del 16 de enero de 2020, expedido por la Subdirección de Finanzas y Presupuesto. Que mediante Resolución 0040 del 31 de octubre de 2011 el funcionario ANGEL HUMBERTO ROJAS SANABRIA, identificado con cédula de ciudadanía No. 3.016.411, de Fómeque; fue incorporado a la planta de personal del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en el cargo de Profesional Especializado 2028 grado 13 de la Subdirección de Servicios Administrativos. Que dentro de las funciones del empleo de Profesional Especializado 2028 Grado 13 el numeral 4 del apartado correspondiente del manual de funciones prevé “Administrar los fondos destinados para las cajas menores aprobadas para el Ministerio”.

Que dentro de las funciones del empleo de Profesional Especializado 2028 Grado 13 el numeral 4 del apartado correspondiente del manual de funciones prevé “Administrar los fondos destinados para las cajas menores aprobadas para el Ministerio”. Que en mérito de lo expuesto RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. - Constituir una Caja Menor de viáticos y gastos de viaje de inversión para el Fondo Nacional de Vivienda FONVIVIENDA por la suma de SETENTA MILLONES PESOS Moneda Corriente. ($70.000.000), con cargo al siguiente rubro presupuestal:

SECCION 4002

FONDO NACIONAL DE VIVIENDA - FONVIVIENDA

UNIDAD 40-02-00

INVERSIONResolución No. f AF 4 Del 187 ENF de Hoja No. 3 C “Por la cual se constituye la caja menor de Viáticos y Gastos de Viaje Inversión N FONVIVIENDA Vigencia 2020” Rubro Descripción Valor

SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA C-4001-1400-5-11 NACIONAL $ 70.000.000

TOTAL $ 70.000.000

ARTICULO SEGUNDO. - Su custodia, administración y manejo estará a cargo del funcionario ANGEL HUMBERTO ROJAS SANABRIA, identificado con cédula de ciudadanía No. 3.016.411, de Fómeque; funcionario de la Subdirección de Servicios Administrativos.

PARAGRAFO: El trámite para la legalización de los gastos y el reembolso en los conceptos, rubros y cuantías generados en el mes o cuando se haya consumido el 70% de uno o más rubros se efectuará mediante acto administrativo interno.

PARAGRAFO: El trámite para la legalización de los gastos y el reembolso en los conceptos, rubros y cuantías generados en el mes o cuando se haya consumido el 70% de uno o más rubros se efectuará mediante acto administrativo interno.

ARTÍCULO TERCERO. - El funcionario encargado de su custodia, administración y manejo está debidamente afianzado por la póliza global de manejo No. 8001003606 con vigencia desde el 01 de diciembre de 2018, hasta el 02 de julio de 2020, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, expedida por

AXA COLPATRIA SEGUROS S.A.

ARTICULO CUARTO. - La Tesorería del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio realizará el correspondiente giro a la cuenta bancaria especial para el manejo de la Caja Menor del Fondo Nacional de Vivienda por el monto establecido en el artículo primero de la presente Resolución. ARTICULO QUINTO. - La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C.,alos 1 7 ENE 7070

Proyectaron: Jacky Diaz Y { Diana Saray Manquilg e

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