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MINVIVIENDA - Resolución 0018 de 2025

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0018 de 2025
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2025

— Fonvivienda RESOLUCION NUMERO 0018 19 FEBRERO 2025 “Por la cual se fija fecha de apertura de convocatoria para la postulación al Subsidio Familiar de Vivienda urbana, para hogares afectados por situación de calamidad pública en el municipio de Corinto (Cauca)”. EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8% del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la sección 2.1.1.1.8 del Decreto 1077 de 2015, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 89 del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. ” Que la sección 8 del Capítulo 1 del Título 1 de la Parte 1 del Libro 1 del Decreto 1077 de 2015 reglamenta los procesos de postulación, asignación y aplicación del subsidio familiar de vivienda urbano que otorga el Fondo Nacional de Vivienda, para la atención de hogares que han perdido la vivienda o esta ha sido afectada como consecuencia de una situación de desastre, calamidad pública o emergencia Que en el marco de las normativas que rigen la atención de eventos del país, Ley 1523 de 2012, por medio de la cual se establece la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y de manera complementaria según los Decretos de Calamidad Pública No. 059 del 8 de noviembre de 2017 del Municipio de Corinto de manera

1523 de 2012, por medio de la cual se establece la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y de manera complementaria según los Decretos de Calamidad Pública No. 059 del 8 de noviembre de 2017 del Municipio de Corinto de manera conjunta con la normatividad vigente que rige la asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Urbana, se ratificó el marco de actuación requerido para la identificación de los beneficiarios que podrán acceder a soluciones habitacionales urbanas en el municipio de Corinto (Cauca). Que en desarrollo del convenio No. 9677-PPAL001-859-2017 celebrado entre el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres-Fiduprevisora y el Fondo Nacional de Vivienda-FONVIVIENDA, suscrito para aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros para implementar y ejecutar la rehabilitación, reconstrucción y/o construcción de viviendas, en el marco de la declaratoria de situación de calamidad pública del municipio de Corinto-Cauca de conformidad con el Decreto Municipal 059 del 8 de noviembre de 2017, se hace necesario abrir convocatoria para la postulación de los hogares. Que podrán participar en esta convocatoria aquellos hogares que se encuentren debidamente registrados en el Registro Único de Damnificados (RUD) y que cumplan con los demás requisitos legales establecidos para la asignación del subsidio familiar de vivienda urbana. Que en cumplimiento de lo dispuesto por el parágrafo 2.1.1.1.8.1.1. del Decreto 1077 de 2015, la entidad territorial en conjunto con la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres - UNGRD y el Fondo Nacional de Vivienda

1077 de 2015, la entidad territorial en conjunto con la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres - UNGRD y el Fondo Nacional de Vivienda formularon el siguiente proyecto de vivienda de interés social urbana: Fondo Nacional de Vivienda Versión: 9 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 09/07/2024

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11 Página 1 de 3v — Fonvivienda Resolución No. 0018 DE 19 FEBRERO 2025 or la cual se fija fecha de apertura de la convocatoria para la postulación al Subsidio Familiar de Vivienda urbana, pa hogares afectados por situación de calamidad pública en el municipio de Corinto (Cauca)”.

Departamento unicipio Proyecto No. Viviendas Putumayo Mocoa Villa Paz 101 Que mediante la Resolución No. 0643 del 30 de marzo de 2020, Por la cual se asignan noventa (90) subsidios familiares de Vivienda urbana, para hogares afectados por situación de calamidad pública en el municipio de Corinto en el departamento del Cauca”, quedando once (11) cupos por asignar. Que con las resoluciones No. 2233 del 20 de agosto de 2021 Fonvivienda acepto la renuncia voluntaria de un (01) subsidio, con la resolución No. 904 del 20 de mayo de 2022, Fonvivienda aceptó la renuncia voluntaria de seis (06) subsidios familiares de vivienda, con la resolución No. 1188 del 30 de junio de 2022, Fonvivienda aceptó la renuncia voluntaria de dos (02) subsidios, con la resolución 1458 del 18 de

de vivienda, con la resolución No. 1188 del 30 de junio de 2022, Fonvivienda aceptó la renuncia voluntaria de dos (02) subsidios, con la resolución 1458 del 18 de agosto de 2022, Fonvivienda aceptó la renuncia voluntaria de un (01) subsidio y con la resolución, para un total de diez (10) renuncias, dejando el proyecto con un cupo por asignar de veintiún (21) subsidios familiares de vivienda. Que mediante las resoluciones No. 765 y 766 del 27 de julio de 2023, 697 del 11 de julio de 2023, 577 del 30 de junio de 2023, 1004 del 6 de junio de 2022, por medio de las cuales Fonvivienda resuelve cinco (05) solicitudes de revocatoria directa parcial sobre las renuncias aceptadas, quedando de esta forma el total de renuncias en 5 y los cupos por asignar en el proyecto ascienden a veinte (16). Que mediante la Resolución No. 1295 del 23 de noviembre de 2023, “por la cual se asignan once (11) subsidios familiares de vivienda urbana, para hogares afectados por situación de calamidad pública en el municipio de Corinto, departamento del Cauca”, quedando los cupos por asignar en cinco (05). Que mediante la Resolución No. 0606 del 17 de septiembre de 2024, se asignaron los cinco (05) cupos restantes del proyecto de vivienda Villa Paz, sin embargo, dos (02) de los hogares asignados presentaron renuncia al subsidio familiar de vivienda y estas fueron aceptadas mediante los actos administrativos números 1025 del 10 de diciembre de 2024 y 950 del 26 de noviembre de 2024.

(02) de los hogares asignados presentaron renuncia al subsidio familiar de vivienda y estas fueron aceptadas mediante los actos administrativos números 1025 del 10 de diciembre de 2024 y 950 del 26 de noviembre de 2024. Que teniendo en cuenta, que las viviendas se encuentran terminadas y existen dos (02) cupos en el proyecto por asignar, se hace necesario fijar las fechas de apertura y cierre de convocatoria para la postulación al subsidio familiar de vivienda urbano, para hogares afectados por situación de calamidad pública en el municipio de Corinto (Cauca). Que en mérito de lo expuesto RESUELVE: ARTÍCULO 1. Convocar a los hogares afectados por situación de calamidad pública en el municipio de Corinto-Cauca, debidamente registrados en el Registro Único de Damnificados-RUD de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, para que presenten sus postulaciones en la alcaldía municipal - secretaria de PlaneaciónGestión del Riesgo de Desastres, a partir del 12 de febrero de 2025 en el siguiente proyecto: Fondo Nacional de Vivienda Versión: 9 Calle 17 4 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/07/2024 PBX: (601) 914 21 74 Código; GDC-PL-11 Página 2 de 3— Fonvivienda Resolución No.0018 DE 19 FEBRERO 2025 or la cual se fija fecha de apertura de la convocatoria para la postulación al Subsidio Familiar de Vivienda urbana, pa hogares afectados por situación de calamidad pública en el municipio de Corinto (Cauca)”. Departamento Municipio Proyecto No. Viviendas Cauca Corinto Villa Paz 02

hogares afectados por situación de calamidad pública en el municipio de Corinto (Cauca)”. Departamento Municipio Proyecto No. Viviendas Cauca Corinto Villa Paz 02 ARTÍCULO 2. La fecha de cierre para el proyecto se establecerá mediante posterior acto administrativo expedido por Fonvivienda, de acuerdo con el comportamiento de las postulaciones de los hogares potencialmente beneficiarios, cuando éstas alcancen por lo menos el 150% en relación con las viviendas disponibles en el proyecto. ARTÍCULO 3. Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Matriz FNGRD-Fiduprevisora y a la alcaldía municipal de Corinto en el departamento del Cauca. ARTÍCULO 4. Que los hogares que se postulen al subsidio familia de vivienda en la modalidad de Compra de Vivienda Nueva en el proyecto Villa Paz del municipio de Corinto-Cauca y sean beneficiarios del subsidio, previa entrega del inmueble obtenido como subsidio familiar de vivienda, deberán devolver al municipio el inmueble siniestrado, tal como lo establece el Decreto 1077 de 2015 en el parágrafo 1 del artículo 2.1.1.1.8.1.4. Requisitos y documentos para la postulación, que a la letra dice: Parágrafo 1%. En caso de reubicación, para efectos del desembolso del subsidio familiar de vivienda, el hogar deberá demostrar la transferencia del derecho de dominio o posesión del inmueble desalojado a la respectiva entidad territorial mediante certificación expedida por esta. ARTÍCULO 5. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de resrero de 2025.

mediante certificación expedida por esta. ARTÍCULO 5. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de resrero de 2025.

PUBLÍQUES y. Y CÚMPLASE

ALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fongo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA Proyectó: Revisó: Aprobó: Francisco Figueroa O. María Victoria García Rangel Luis Roberto Cruz Gonzalez Contratista .. Subdirectorf SSFV ({¢ Director ( E) SSFV DIVIS _, _ Tatiana Montoya Polanco Contratist

SSFV Mm )

Juan Diego Díaz 7 > Abogado contratista C-400 DIVIS - Fonvivienda Fondo Nacional de Vivienda Versión: 9 Calle 17 4 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/07/2024

PBX: (601) 914 21 74 Código; GDC-PL-11 Página 3 de 3

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