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MINVIVIENDA - Resolución 0051 de 2020

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0051 de 2020
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2020

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio República de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO ( 0 0 h 1 ) 30 ENE. 7070 “Por la cual se realiza la incorporación restante de recursos destinados al funcionamiento del Sistema General de Regalías asignados al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para el bienio 2019-2020” EL MINISTRO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial la prevista en los artículos 208 de la Constitución Nacional, numeral 5 del artículo 6 del Decreto Ley 3571 de 2011 y el artículo 2.2.4.1.2.2.13 del Decreto 1082 de 2015, y CONSIDERANDO Que el parágrafo 1° del artículo 361 de la Constitución Política, establece que los recursos del Sistema General de Regalías no harán parte del Presupuesto General de la Nación, ni del Sistema General de Participaciones. El Sistema General de Regalías tendrá su propio sistema presupuestal que se regirá por las normas contenidas en la ley a que se refiere el inciso 2° del artículo citado. En todo caso, el Congreso de la Republica expedirá el presupuesto del Sistema General de Regalías. Que la Ley 1530 de 2012 “Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías” dispuso, en el inciso segundo del artículo 78, que cada uno de los órganos que integran el Sistema General de Regalías a que hace mención el inciso citado, dispondrá de una sección presupuestal a través de la cual se incorporarán las apropiaciones para el ejercicio de las funciones que este ejerza en el marco del sistema, acorde con la asignación adelantada por la constitución y la presente ley.

Que el artículo 2.2.4.1.2.2.13 del Decreto 1082 de 2015, “Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector administrativo de planeación nacional” establece que: “Incorporación en los presupuestos de las entidades públicas. Mediante arto adminictratiun dal inf AI Lemaa 1-1 e EResouucin{) h 1 Del 0 £NE 707) de Hoja No. 2 “Por la cual se realiza la incorporación restante de recursos destinados al funcionamiento del Sistema General de Regalías asignados al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para el bienio 2019-2020" administración y decisión, y mediante decreto del Gobemador o Alcalde para las entidades territoriales que reciban recursos de funcionamiento del sistema y designadas como ejecutoras de proyectos por los órganos colegiados de administración y decisión, se incorporará el respectivo presupuesto con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías. Dicha incorporación se adelantará en un capítulo independiente del presupuesto del respectivo órgano o entidad, una vez se asignen los recursos con cargo al porcentaje destinado para el funcionamiento del sistema y cuando se acepte la designación como ejecutor de proyecto, designación que será adelantada por el órgano colegiado de administración y decisión”. Que el artículo 11 de la Ley 1530 de 2012, señala que la administración del porcentaje de los recursos asignados para el funcionamiento del Sistema General de Regalías está a cargo de la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías. Que el artículo 5° de la Resolución No.443 del 20 de febrero de 2019 asigna al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio recursos por valor de MIL

TRESCIENTOS TREINTA MILLONES CIENTO VEINTIÚN: MIL NOVECIENTOS

Que el artículo 5° de la Resolución No.443 del 20 de febrero de 2019 asigna al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio recursos por valor de MIL TRESCIENTOS TREINTA MILLONES CIENTO VEINTIÚN: MIL NOVECIENTOS CINCUENTA PESOS ($1.330.121.950), para el cumplimiento de las funciones relacionadas con el Sistema General de Regalías, en el bienio 2019-2020. Que el artículo 7 de la Resolución No.443 del 20 de febrero de 2019 estableció que los ministerios beneficiarios de los recursos de funcionamiento sólo podrán comprometer hasta el 50% de la apropiación. El 50% restante podrá ser utilizado una vez la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías revise los indicadores de gestión en el mes de noviembre de 2019. Que mediante Resolución No.170 del 28 de marzo de 2019, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio incorporó la suma de SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES SESENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS ($665.060.975.00), para dar cumplimiento de las funciones relacionadas con el Sistema General de Regalías. Que la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías, mediante Resolución No.4088 del 30 diciembre de 2019, efectúa el levantamiento parcial del límite de ordenación del gasto contenida en las Resoluciones No. 443, 750, 1560 de 2019 de distribución y asignación de los recursos de funcionamiento del Sistema General de Regalías para el bienio 2019-2020. Que el artículo 1 de la Resolución No. 4088 de 30 diciembre de 2019 asigna al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio recursos con límite de ordenación del

General de Regalías para el bienio 2019-2020. Que el artículo 1 de la Resolución No. 4088 de 30 diciembre de 2019 asigna al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio recursos con límite de ordenación del gasto por valor de SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES SESENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS ($665.060.975.00), para dar cumplimiento de las funciones relacionadas con el Sistema General de Regalías. Que, en consideración a lo expuesto:L ResoluciénQ. 0 5 | Del 30 ENE. 7070 de Hoja No. 3 “Por la cual se realiza la incorporación restante de recursos destinados al ÓN funcionamiento del Sistema General de Regalías asignados al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para el bienio 2019-2020" RESUELVE: Artículo Primero: Incorporar SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES SESENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS ($665.060.975.00), como incorporación restante de los recursos del bienio 2019-2020, destinados al funcionamiento del Sistema General de Regalías asignados al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio; Sección Presupuestal 40-01-00.

Artículo Segundo: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 3 0 ENE. 7070 JE JONATHAN TYBALT MALAGÓN GONZÁLEZ (7 Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 3 0 ENE. 7070 JE JONATHAN TYBALT MALAGÓN GONZÁLEZ (7 Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio Elaboró: Carlos Julio Arias Guzmán — Profesional Especializado OAP ” Revisó: Gloria Patricia Martinez Castaño Profesional Especializado SEP Q VB.: Leonidas Lara Anaya — Jefe Oficina Asesora Jurídica, y4— Sara Giovanna Piñeros Castaño — Jefe Oficina Asesora de Planeación,” Jorge Alberto Moreno Villarreal — Subdirector de Finanzas y Presupuesio/7 Carlos Javier Bolaños CoralAsesor Despacho del Ministro Í Iván Narváez ForeroAsesor Secretaria General 7 . A

Aprobó: Judith Millán Durán — Secretaria General

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