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MINVIVIENDA - Resolución 0093 de 2020

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0093 de 2020
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2020

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio República de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 Q3 > 13565. Por la cual se designa el representante de los constructores para integrar el Consejo Superior de Vivienda EL MINISTRO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en desarrollo del artículo 6 de la Ley 546 de 1999 y el numeral 8 del artículo 2.1.7.2 del Decreto 1077 de 2015, y CONSIDERANDO: Que mediante el artículo 6% de la Ley 546 de 1999 se creó el Consejo Superior de Vivienda como un organismo asesor del Gobierno Nacional en materia de vivienda y, entre sus integrantes, de acuerdo con lo establecido en el numeral 9, se encuentra un representante de los constructores. Que el numeral 8 del artículo 2.1.7.2 del Decreto 1077 de 2015 “Por medio del cual se expide el decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”, dispone que el representante de los costructores para integrar el Consejo Superior de Vivienda será escogido por el Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, de las agremiaciones de este tipo legalmente constituidas y que se inscriban para este propósito ante la Secretaría Técnica del mencionado Consejo. Que la Dirección del Sistema Habitacional como Secretaría Técnica del Consejo Superior de Vivienda realizó invitación a las agremiaciones de Constructores, entre otras, para que entre los días 18 de diciembre de 2019 y el 15 de enero de 2020 se inscribieran como representantes del gremio. en el mencionado Consejo, recibiendo las siguientes

postulaciones:Resolución No. 0 0 9 3 Del 13 FEB. 2020 Hoja No. 2 “Por la cual se designa el representante de los constructores para integrar el Consejo NN Superior de Vivienda” i) El día 14 de enero de 2020 la postulación de la doctora Sandra Consuelo Forero Ramírez, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.780.922 de Bogotá, en su calidad de Presidenta Ejecutiva de la Cámara Colombiana de la Construcción - CAMACOL, postulación que cumple íntegramente con los requisitos de ley, reglamentarios y de la convocatoria; ii) El día 15 de enero de 2020 la postulación de la doctora Diana María Ulloa Gómez, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.030.569.970 de Bogotá, en su calidad de representante legal de CONSUCASA SAS, postulación que no llena a cabalidad los requisitos de ley, reglamentarios y de la convocatoria, debido a que dicha entidad no es una agremiación que represente el sector constructor, de conformidad con la información que reposa en el certificado de existencia y representación legal allegado al momento de la postulación. Que la Cámara Colombiana de la Construcción - Camacol, es una asociación gremial de carácter nacional que reúne a empresas y personas naturales relacionadas con la cadena de valor de la construcción. Que teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 2.1.7.2. del Decreto 1077 de 2015, en atención a la postulación presentada y la previa participación de Camacol en el Consejo Superior de Vivienda, se designará a la Presidenta Ejecutiva de la referida entidad, como

1077 de 2015, en atención a la postulación presentada y la previa participación de Camacol en el Consejo Superior de Vivienda, se designará a la Presidenta Ejecutiva de la referida entidad, como “representante de los constructores ante el mencionado Consejo. Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE: ARTÍCULO 1. Designase a la doctora Sandra Consuelo Forero Ramírez, identificada con la cédula de ciudadanía 51.780.922 de Bogotá, en su calidad de Presidenta Ejecutiva de la Cámara Colombiana de la Construcción - CAMACOL, como representante de los Constructores ante

el Consejo Superior de Vivienda. Parágrafo 1. De acuerdo con lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 2.1.7.2 del Decreto 1077 de 2015, el periodo de designación será de dos (2) años contados a partir de la fecha de expedición de la presente resolución. Parágrafo 2. La presente designación es ad honorem, por lo cual las gestiones realizadas en razón de ésta no serán remuneradas de manera alguna.Resolucién No. 0 A 4 Del 13 FEB. 2077 Hoja No. 3 a 4§ > us “Por la cual se designa el representante de los constructores para integrar el Consejo O Superior de Vivienda” ARTÍCULO 29, Comuníquese el presente acto administrativo a la doctora Sandra Consuelo Forero Ramírez. ARTÍCULO 3”. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C.,alos 13 FEB. 2020

ARTÍCULO 3”. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C.,alos 13 FEB. 2020 EN “e JONATHAN TYBALT MALAGÓN GONZÁLEZ inistro de Vivienda, Ciudad y Territorio Proyectó: Hector Alexander Torres Morales - DSH Revisó: — Leonidas Lara Anaya - Jefe Oficina Asesora Jurigipp UA Carlos Felipe Reyes Forero - Director DS Aprobó: — Judith Millán Durán - Secretaria General Carlos Alberto Ruíz Martínez - Viceministro de Vivienda y

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