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MINVIVIENDA - Resolución 0099 de 2025

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0099 de 2025
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2025

v Fonvivienda RESOLUCIÓN NÚMERO 0099 DE 04 ABRIL 2025 “Por la cual se Adopta el Manual Operativo de Autogestión Construcción Delegada en el marco de la Política de Vivienda Nueva de Interés Social Rural” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 89 del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 FONVIVIENDA administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012. El Gobierno nacional expidió el Decreto 1341 de 2020, por medio del cual se adicionó el Título 10 a la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, respecto a la Política

El Gobierno nacional expidió el Decreto 1341 de 2020, por medio del cual se adicionó el Título 10 a la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, respecto a la Política Pública de Vivienda Rural. Mediante Resolución 536 de 2020, expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, fue adoptada la Política Pública de Vivienda de Interés Social Rural y la metodología de focalización de beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda Rural. Asimismo, se reglamentó el Subsidio Familiar de Vivienda Rural en las modalidades de Vivienda Nueva de Interés Social Rural y Mejoramiento de Vivienda Rural y, el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural para la población restituida. El artículo 25 de la Resolución 725 de 2023, el cual adicionó el Título VI a la Resolución 536 de 2020 y, dispuso en el artículo 81, la responsabilidad en cabeza del Fondo Nacional de Vivienda “Fonvivienda” de establecer mediante manual operativo, la ejecución del subsidio familiar de vivienda bajo los esquemas de autoconstrucción y autogestión. La política de vivienda y hábitat establecida en el Plan Nacional de Desarrollo 20222026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, adoptado mediante la Ley 2294 de 2023, está centrada en garantizar el acceso a una vivienda adecuada, digna y asequible para la población colombiana mediante estrategias que involucren procesos de autogestión de vivienda en colaboración con organizaciones sociales y comunitarias, tanto en suelo urbano como en suelo rural. En ese orden, el Manual Operativo es un documento que desarrolla lo dispuesto en

de autogestión de vivienda en colaboración con organizaciones sociales y comunitarias, tanto en suelo urbano como en suelo rural. En ese orden, el Manual Operativo es un documento que desarrolla lo dispuesto en Fondo Nacional de Vivienda Versión: 9 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 09/07/2024

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11 Página 1 de 3e Fonvivienda Resolución No. 0099 del 04 ABRIL 2025 “Por la cual se Adopta el Manual Operativo de Autogestión Construcción Delegada en el marco de la Política de Vivienda Nueva de Interés Social Rural” Resolución 0725 de 2023, en lo que respecta a la modalidad de autogestión por construcción delegada para el desarrollo de proyectos de vivienda nueva en suelo rural.

Este Manual también busca materializar los propósitos establecidos en la Ley 2294 de 2023, teniendo en cuenta que la autogestión tiene por finalidad: Y Empoderar a las comunidades en desarrollo de soluciones habitacionales. Y Garantizar su participación activa en la gestión y desarrollo de las soluciones habitacionales, de acuerdo con los principios de la economía popular comunitaria (EPC) y solidaria. Y Promover la participación directa de las comunidades en la planeación, construcción, mantenimiento y sostenibilidad de sus viviendas, así como, la transparencia y eficiencia en el uso de los recursos. Y Establecer otras formas de desarrollo de soluciones habitacionales, diferentes a los procesos de adquisición por oferta y demanda. Es necesario indicar en este Manual, que la autogestión por construcción delegada se enmarca en los procesos de diálogo adelantados por el Gobierno nacional,

Y Establecer otras formas de desarrollo de soluciones habitacionales, diferentes a los procesos de adquisición por oferta y demanda. Es necesario indicar en este Manual, que la autogestión por construcción delegada se enmarca en los procesos de diálogo adelantados por el Gobierno nacional, representado por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT). Este proceso se realizó con organizaciones comunitarias a través de instancias étnicas, comunidades o resguardos indígenas, consejos comunitarios de negros, afrocolombianos, raizales y palenqueros, asociaciones populares, asociaciones público populares, juntas de acción comunal, organizaciones no gubernamentales, agremiaciones, organizaciones populares de vivienda, organizaciones de mujeres, entre otros, legalmente constituidas, derivados de los escenarios de concertación del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, procesos de consulta previa, decisiones judiciales, compromisos e iniciativas de proyectos o proyectos estructurados de vivienda con avances técnicos y financieros. Por estas razones el propósito del presente Manual es establecer los mecanismos operativos y de acompañamiento integral necesarios para materializar los procesos de manera coordinada con las organizaciones comunitarias interesadas, la postulación de los hogares que conforman la organización, asignar los subsidios y desarrollar mediante la modalidad de autogestión por construcción delegada la ejecución de las viviendas. Para lograr este propósito, el Manual describe los criterios que deben cumplir los interesados en el esquema con el objetivo de dar confianza a los miembros de la organización. En ese orden, los procesos que se realizarán en la planificación, ejecución y seguimiento de los proyectos de vivienda de interés social rural, están encaminados a lograr el propósito de brindar una solución habitacional.

organización. En ese orden, los procesos que se realizarán en la planificación, ejecución y seguimiento de los proyectos de vivienda de interés social rural, están encaminados a lograr el propósito de brindar una solución habitacional. El Manual determina la forma cómo se utilizarán las herramientas técnicas desarrolladas por el MVCT en el marco de la política de vivienda en Colombia, al considerar que la vivienda es un medio para alcanzar el desarrollo territorial equilibrado, sostenible y equitativo, y no un producto en el que la vivienda es entendida como el fin último o una simple mercancía. Fondo Nacional de Vivienda Versión: 9 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/07/2024 PBX: (601) 914 21 74 Código; GDC-PL-11 Página 2 de 3Fonvivienda Resolucion No. 0099 del 04 ABRIL 2025 “Por la cual se Adopta el Manual Operativo de Autogestión Construcción Delegada en el marco de la Política de Vivienda Nueva de Interés Social Rural” En esencia el Manual es una forma de incorporar el proceso de diálogo y participación en todo el ciclo de gestión de las soluciones habitacionales, en estas instancias o a través de otros mecanismos de convocatoria que defina el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. La presente resolución tiene por objeto adoptar el Manual Operativo de Autogestión Construcción Delegada Vivienda Nueva de Interés Social Rural de fecha 28 de marzo de 2025 formulado por el Fondo Nacional De Vivienda - FONVIVIENDA como una herramienta operativa para su

objeto adoptar el Manual Operativo de Autogestión Construcción Delegada Vivienda Nueva de Interés Social Rural de fecha 28 de marzo de 2025 formulado por el Fondo Nacional De Vivienda - FONVIVIENDA como una herramienta operativa para su implementación en el marco del Decreto 1077 de 2015 y la Resolución 0725 de 2023 por medio de la cual se establecen Mecanismos operativos y de acompañamiento integral necesarios para materializar el Subsidio Familiar de Vivienda Rural (SFVR) nueva en especie.

Artículo 2. IMPLEMENTACIÓN, MONITOREO, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.

Corresponde al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, realizar la implementación, monitoreo, seguimiento y evaluación del Manual Operativo de Autogestión Construcción Delegada Vivienda Nueva de Interés Social Rural. Artículo 3. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación Dada en Bogotá, D.C. a los Director E | de Vivienda

Elaboró:

Carolina Monroy Contratista Fondo Nacional de Vivienda Versión: 9 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/07/2024

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Página 3 de 3Fonvivienda

MANUAL OPERATIVO

AUTOGESTION CONSTRUCCION DELEGADAVivienda Nueva de Interés Social Rural, a los 28 de marzo de 2025 Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda Resolución 0725 de 2023 Mecanismos operativos y de acompañamiento integral necesarios para materializar el Subsidio Familiar de

Rural, a los 28 de marzo de 2025 Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda Resolución 0725 de 2023 Mecanismos operativos y de acompañamiento integral necesarios para materializar el Subsidio Familiar de Vivienda Rural (SFVR) nueva en especie 2025U Fonvivienda Tabla de Contenido

1. Introducción..................eeeeeeeeeee eee eee 4 3. (0]-)[-11) PN 7 3.1 Objetivo general ... et e e e 7 3.2. Objetivos específicos ............................i0e000eiir RR RD 7

4. Alcanos ...........enenccaononenaza ennaanecenaneca s i e s ennaanecaneneca ounnan ana envaancceanneca ono 8 5 Definiciones ....................eeeeeeeeee0e0ecere DDD 9

6. Actores y roles ..t e e e et et e 11 6.1 Hogar Postulado..........................eeeeeeeeeeeree eee 12 6.2 Hogar beneficiario ..........................eeemeeeneeene e e 12 6.3 Organización comunitaria ........................e000m0 0000 AA 13 6.4. [e 14 6.5. Interventor ..o 15

7. Estrategia de Acompañamiento Integral (EAI) .....................--..=.e.e...... 16

8. Fases y etapas operativas del esquema de autogestión por construcción

[TF] PPN 18 8.1.1. Caracterización de la organización comunitaria................................. 20 8.1.2. Focalización diferencial ...................... 2.2220 00000000000 20 8.1.3. Revisión de potenciales beneficiarios .........................=.... 000... 21

8.1.1. Caracterización de la organización comunitaria................................. 20 8.1.2. Focalización diferencial ...................... 2.2220 00000000000 20 8.1.3. Revisión de potenciales beneficiarios .........................=.... 000... 21 8.1.4. Presentación y aprobación del ejecutor ........................ 2.2.0... 22 8.1.5. Resolución de asignación de Cupos ........................eee0ee 2000000 22 8.1.6. Construcción del Plan de Gestión Sociocultural ................................ 22 8.1.7. Diseño participativo y concertación tipología de vivienda ................... 23

9. Fase de Ejecución ................... 2.0... e et et RR Renee 23 9.1. Etapa de preconstrucción ..................eeeee22ee00e0eiie it e ee e e e ee e 23 9.1.1. Postulación y habilitación de hogares beneficiarios del SFVISR............ 23 9.1.2. Elaboración de diagnóstico y estructuración técnica del proyecto de VISR 24 9.1.3. Construcción y presentación de matriz de riesgos... .. 24

Página 1 de 28U Fonvivienda 9.1.4. Aval del interventor al proyecto de VISR ......................e=eeeeeeeeeeemeeee. 25 9.1.5. Resolución de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural ..................ee.eeeeeeeeeeeece eee cce ee eee eee 25 9.2. Etapa de construcción .......................eeeeeeieeeeere ir A 25 9.2.1. Acta de inicio ...................22eveeereeeeeceeeee eee RA 25 9.2.2. Ejecución de obra.......................eee.e0200eeemeii e e e 25 9.2.3. Seguimiento ... 25

9.2.1. Acta de inicio ...................22eveeereeeeeceeeee eee RA 25 9.2.2. Ejecución de obra.......................eee.e0200eeemeii e e e 25 9.2.3. Seguimiento ... 25

10. Fase de Cierre.....................ieeieeieecceeeece e 26 10.1. Recibo a satisfacción.......................ee 220000 eee ree crecer 26 10.2. Certificación de existencia y habitabilidad......................................... 26 10.3. Legalización y pago del SFVISR ...........................0 000000000 26

Página 2 de 28Y Fonvivienda Tabla de Ilustración Ilustración 1. Tope del Subsidio familiar de Vivienda de Interés Social Rural Ilustración 2. Mapa de Actores Ilustración 3. Diagrama momentos de la EAI . Ilustración 4. Flujograma esquema de Autogestión por Construcción delegada .... Página 3 de 28&) Fonvivienda

1. Introduccién El Decreto 555 de 2003, creó el Fondo Nacional de Vivienda «Fonvivienda» como un fondo con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía presupuestal y financiera, sin estructura administrativa ni planta de personal propia; sometido a las normas presupuestales y fiscales del orden nacional, adscrito al Ministerio de

Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Son funciones del Fondo Nacional de Vivienda «Fonvivienda» de conformidad con el artículo 3° del Decreto 555 de 2003, entre otras, apoyar al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en la formulación de las políticas de vivienda a través del Sistema Nacional de Información de Vivienda y, asignar subsidios de vivienda de interés social

Ciudad y Territorio en la formulación de las políticas de vivienda a través del Sistema Nacional de Información de Vivienda y, asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normativa vigente sobre la materia y las condiciones definidas por el Gobierno nacional. El artículo 255 de la Ley 1955 de 2019, dispuso que a partir del año 2020 el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, a través del Fondo Nacional de Vivienda “Fonvivienda”, administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural, en los términos del artículo 60 de la Ley 1537 de 2012 o la norma que lo modifique, sustituya o complemente, así como los recursos que se apropien para la formulación, organización, promoción, desarrollo, mantenimiento y consolidación del Sistema Nacional de Información de Vivienda, tanto urbana como rural. El Gobierno nacional expidió el Decreto 1341 de 2020, por medio del cual se adicionó el Título 10 a la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, respecto a la Política Pública de Vivienda Rural. Mediante Resolución 536 de 2020, expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, fue adoptada la Política Pública de Vivienda de Interés Social Rural y la metodología de focalización de beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda Rural. Asimismo, se reglamentó el Subsidio Familiar de Vivienda Rural en las modalidades de Vivienda Nueva de Interés Social Rural y Mejoramiento de Vivienda Rural y, el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural para la población restituida.

Asimismo, se reglamentó el Subsidio Familiar de Vivienda Rural en las modalidades de Vivienda Nueva de Interés Social Rural y Mejoramiento de Vivienda Rural y, el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural para la población restituida. El artículo 25 de la Resolución 725 de 2023, el cual adicionó el Título VI a la Resolución 536 de 2020 y, dispuso en el artículo 81, la responsabilidad en cabeza del Fondo Nacional de Vivienda “Fonvivienda” de establecer mediante manual operativo, la ejecución del subsidio familiar de vivienda bajo los esquemas de autoconstrucción y autogestión. La política de vivienda y hábitat establecida en el Plan Nacional de Desarrollo 20222026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, adoptado mediante la Ley 2294 de 2023, está centrada en garantizar el acceso a una vivienda adecuada, digna y asequible para la población colombiana mediante estrategias que involucren procesos Página 4 de 28&) Fonvivienda de autogestión de vivienda en colaboración con organizaciones sociales y comunitarias, tanto en suelo urbano como en suelo rural. En ese orden, el Manual Operativo es un documento que desarrolla lo dispuesto en la Resolución 0725 de 2023, en lo que respecta a la modalidad de autogestión por construcción delegada para el desarrollo de proyectos de vivienda nueva en suelo rural. Este Manual también busca materializar los propósitos establecidos en la Ley 2294 de 2023, teniendo en cuenta que la autogestión tiene por finalidad: - Empoderar a las comunidades en desarrollo de soluciones habitacionales. - Garantizar su participación activa en la gestión y desarrollo de las soluciones

de 2023, teniendo en cuenta que la autogestión tiene por finalidad: - Empoderar a las comunidades en desarrollo de soluciones habitacionales. - Garantizar su participación activa en la gestión y desarrollo de las soluciones habitacionales, de acuerdo con los principios de la economía popular comunitaria (EPC) y solidaria. - Promover la participación directa de las comunidades en la planeación, construcción, mantenimiento y sostenibilidad de sus viviendas, así como, la transparencia y eficiencia en el uso de los recursos. - Establecer otras formas de desarrollo de soluciones habitacionales, diferentes a los procesos de adquisición por oferta y demanda. Es necesario indicar en este Manual, que la autogestión por construcción delegada se enmarca en los procesos de diálogo adelantados por el Gobierno nacional, representado por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT). Este proceso se realizó con organizaciones comunitarias a través de instancias étnicas, comunidades o resguardos indígenas, consejos comunitarios de negros, afrocolombianos, raizales y palenqueros, asociaciones populares, asociaciones público populares, juntas de acción comunal, organizaciones no gubernamentales, agremiaciones, organizaciones populares de vivienda, organizaciones de mujeres, entre otros, legalmente constituidas, derivados de los escenarios de concertación del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, procesos de consulta previa, decisiones judiciales, compromisos e iniciativas de proyectos o proyectos estructurados de vivienda con avances técnicos y financieros. Por estas razones el propósito del presente Manual es establecer los mecanismos operativos y de acompañamiento integral necesarios para materializar los procesos de manera coordinada con las organizaciones comunitarias interesadas, la

vivienda con avances técnicos y financieros. Por estas razones el propósito del presente Manual es establecer los mecanismos operativos y de acompañamiento integral necesarios para materializar los procesos de manera coordinada con las organizaciones comunitarias interesadas, la postulación de los hogares que conforman la organización, asignar los subsidios y desarrollar mediante la modalidad de autogestión por construcción delegada la ejecución de las viviendas. Página 5 de 28U Fonvivienda Para lograr este propósito, el Manual describe los criterios que deben cumplir los interesados en el esquema con el objetivo de dar confianza a los miembros de la organización. En ese orden, los procesos que se realizarán en la planificación, ejecución y seguimiento de los proyectos de vivienda de interés social rural, están encaminados a lograr el propósito de brindar una solución habitacional. El Manual determina la forma cómo se utilizarán las herramientas técnicas desarrolladas por el MVCT en el marco de la política de vivienda en Colombia, al considerar que la vivienda es un medio para alcanzar el desarrollo territorial equilibrado, sostenible y equitativo, y no un producto en el que la vivienda es entendida como el fin último o una simple mercancía. En esencia el Manual es una forma de incorporar el proceso de diálogo y participación en todo el ciclo de gestión de las soluciones habitacionales, en estas instancias o a través de otros mecanismos de convocatoria que defina el MVCT. Página 6 de 28&) Fonvivienda

2. Abreviaturas

DVR: Dirección de Vivienda Rural

EPC: Economía Popular y Comunitaria EAI: Estrategia de Acompañamiento Integral FIC: Fondo para la Industria de la Construcción

Fonvivienda

2. Abreviaturas

DVR: Dirección de Vivienda Rural

EPC: Economía Popular y Comunitaria EAI: Estrategia de Acompañamiento Integral FIC: Fondo para la Industria de la Construcción

MVCT: Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio

ORIP: Oficina de Registro e Instrumentos Públicos

PGSC: Plan de Gestión Sociocultural

RUT: Registro Único Tributario

SAE: Subdirección de Acompañamiento y Evaluación

SFVISR: Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural

SPAT: Subdirección de Política y Apoyo Técnico

VISR: Vivienda de Interés Social Rural

3. Objetivos 3.1. Objetivo general Establecer un marco operativo, metodológico y de acompañamiento integral para la implementación del esquema de autogestión por construcción delegada en la ejecución del SFVISR, en su modalidad de vivienda nueva en especie, en suelo rural, dirigido a las organizaciones comunitarias, ejecutores, interventoría, Fonvivienda y el MVCT. 3.2. Objetivos específicos e Establecer las etapas, actores, responsabilidades, actividades y condiciones del esquema de autogestión por construcción delegada. Adoptar la Estrategia de Acompañamiento Integral (EAI) como mecanismo de apoyo y seguimiento para fortalecer a las organizaciones comunitarias, garantizando su participación, el uso eficiente de los recursos y la sostenibilidad de los proyectos, adecuados a las necesidades locales y territoriales, respetando las realidades socioculturales y ambientales. e Describir el desarrollo del esquema de autogestión por construcción delegada para la ejecución operativa del SFVISR en la modalidad de vivienda nueva en

respetando las realidades socioculturales y ambientales. e Describir el desarrollo del esquema de autogestión por construcción delegada para la ejecución operativa del SFVISR en la modalidad de vivienda nueva en especie y las definiciones asociadas. Informar a las organizaciones comunitarias el valor del SFVISR y el valor adicional destinado al transporte, los cuales determinan el valor de la solución Página 7 de 28&) Fonvivienda que se entregará. El diseño de la solución habitacional será el resultado del análisis de las condiciones particulares de cada territorio.

4. Alcance Este manual establece los lineamientos operativos y metodológicos, para la implementación del esquema de autogestión por construcción delegada para la modalidad de Vivienda de Interés Social Rural (VISR). Su alcance se delimita en los siguientes aspectos clave: Ámbito de aplicación: se aplica exclusivamente a la VISR, bajo el esquema de autogestión por construcción delegada, en el cual, las organizaciones comunitarias son responsables de gestionar la ejecución de los proyectos, con la contratación de un ejecutor. Sujetos de aplicación: contempla hogares rurales beneficiarios del SFVISR, en condición de propietarios o poseedores del suelo donde se desarrollará la construcción, así como organizaciones comunitarias, juntas de acción comunal, asociaciones campesinas, comunidades indígenas, consejos comunitarios negros, afrodescendientes, raizales y palenqueros, y organizaciones populares de vivienda, entre otras, encargadas de liderar los proyectos habitacionales.

Asimismo, a los ejecutores con experiencia en gestión de proyectos de vivienda rural, que actuarán como responsables técnicos y administrativos en la

de vivienda, entre otras, encargadas de liderar los proyectos habitacionales. Asimismo, a los ejecutores con experiencia en gestión de proyectos de vivienda rural, que actuarán como responsables técnicos y administrativos en la ejecución de las soluciones habitacionales, la interventoría encargada de avalar el proyecto de vivienda y verificar las actividades llevadas a cabo por el ejecutor de obra y, al mismo el MVCT, como entidad rectora del SFVISR, encargada de establecer lineamientos, acompañar los proyectos. Componentes operativos: define el procedimiento completo para la gestión del subsidio en especie, incluyendo requisitos de postulación, asignación de recursos, gestión del proyecto y ejecución de obras; determina mecanismos de seguimiento y control de los proyectos para garantizar la transparencia, calidad y sostenibilidad de las soluciones habitacionales; y propende porque la ejecución del subsidio se realice en el marco de los principios de participación comunitaria y desarrollo sostenible. El presente manual actúa como una herramienta operativa para su implementación en el marco del Decreto 1077 de 2015 y la Resolución 0725 de 2023 y, no sustituye la normativa vigente. Página 8 de 28&) Fonvivienda

5. Definiciones Las definiciones incluidas en este manual tienen el propósito de brindar claridad conceptual y operativa a todos los actores involucrados en la implementación del esquema de autogestión por construcción delegada en el marco del SFVISR.

Para ello, el manual aborda conceptos clave en el marco de la resolución vigente, que deben ser comprendidos y aplicados correctamente para garantizar el cumplimiento normativo y la coherencia con la política pública de vivienda rural.t Condiciones de implementación: estas corresponden a los requisitos establecidos

deben ser comprendidos y aplicados correctamente para garantizar el cumplimiento normativo y la coherencia con la política pública de vivienda rural.t Condiciones de implementación: estas corresponden a los requisitos establecidos por el MVCT para la asignación del SFVISR, así como, la verificación de los requisitos que deben presentar las organizaciones comunitarias y los ejecutores. Todo lo anterior, con el acompañamiento integral por parte del MVCT o quien este designe.

Lineamientos técnicos: son el conjunto de condiciones mínimas y normas técnicas que deben cumplir las viviendas nuevas rurales (construcción en sitio propio y poseedores)? para ser dignas, productivas y sostenibles.

Construcción delegada: esquema de ejecución del SFVISR para el desarrollo de proyectos de vivienda rural que sean gestionados por la organización comunitaria, mediante su asociación con los ejecutores del proyecto por ellos seleccionados, en el que la participación y la gestión territorial son los elementos determinantes, desde la identificación de las iniciativas, la estructuración y desarrollo del proyecto, hasta su culminación.

Estrategia de Acompañamiento Integral (EAI): el acompañamiento integral es un proceso mediante el cual el MVCT o quien este designe, orienta y acompaña a las organizaciones comunitarias y a los ejecutores por ellas seleccionados, en las diferentes etapas del proyecto, incorporando un enfoque territorial con énfasis en la gestión comunitaria del hábitat. Plan de Gestión Sociocultural (PGSC): es el instrumento que incorpora múltiples dimensiones y permite un acompañamiento integral para identificar oportunidades de mejora durante las fases y etapas de la ejecución del SFVISR, así como identificar las acciones a realizar, sus objetivos, metodología, metas, responsables de la implementación de dichas acciones y tiempos. Facilita el seguimiento conjunto con la

de mejora durante las fases y etapas de la ejecución del SFVISR, así como identificar las acciones a realizar, sus objetivos, metodología, metas, responsables de la implementación de dichas acciones y tiempos. Facilita el seguimiento conjunto con la 1 Las definiciones se encuentran en el Decreto 1341 de 2020 y las resoluciones 0536 de 2020 y la 0725 de 2023 del MVCT de la política pública de vivienda rural y las demás que las adicionen, sustituyan o modifiquen. ? Resolución No. 0725 de 2023, artículo 1 modificación del artículo 6. Modalidades del SFVR. Página 9 de 28U Fonvivienda organización y el ejecutor, y permite ajustar y agregar acciones según las necesidades del proyecto de vivienda.

Vivienda nueva en especie: es la modalidad mediante la cual la entidad otorgante transfiere al beneficiario a título de subsidio en especie una vivienda nueva, entendiéndose por tal aquella que, habiendo sido terminada, no ha sido habitada.

Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural (SFVIR): Es un aporte estatal en dinero o especie entregado al beneficiario por la entidad otorgante del mismo. El SFVIR tiene establecidos unos topes o valores máximos a otorgar?, los cuales se relacionan a continuación de forma discriminada por departamentos en la ilustración Ilustración 1. Tope del Subsidio familiar de Vivienda de Interés Social Rural 1: Delta de valor Tot: Departamento o transporte Veo ¡Guaviare 70 30 100 SMLMV [Chocó 70 100 SMLMV Amazonas 70 30 100 SMLMV Vaupés 70 30 100 SMLMV ¡Guainía 70 30 100 SMLMV

¡Guaviare 70 30 100 SMLMV [Chocó 70 100 SMLMV Amazonas 70 30 100 SMLMV Vaupés 70 30 100 SMLMV ¡Guainía 70 30 100 SMLMV Putumayo 70 30 100 SMLMV Vichada 70 30 100 SMLMV Antioquia 70 20 90 SMLMV Atlántico 70 20 90 SMLMV Bogotá 70 20 90 SMLMV Bolívar 70 20 90 SMLMV Boyacá 70 20 90 SMLMV Caldas 70 20 90 SMLMV Caquetá 70 20 90 SMLMV [Cauca 70 20 90 SMLMV Cesar 70 20 90 SMLMV ¡Córdoba 70 20 90 SMLMV [Cundinamarca 70 20 90 SMLMV Huila 70 20 90 SMLMV La Guajira 70 20 90 SMLMV Magdalena 70 20 90 SMLMV Meta 70 20 90 SMLMV Nariño 70 20 90 SMLMV Santander 70 20 90 SMLMV ¡Quindío 70 20 90 SMLMV Risaralda 70 20 90 SMLMV Norte de Santander 70 20 90 SMLMV Sucre 70 20 90 SMLMV Tolima 70 20 90 SMLMV Valle del Cauca 70 20 90 SMLMV ¡Arauca 70 20 90 SMLMV

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