MINVIVIENDA - Resolución 0131 de 2023
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0131 de 2023
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2023
Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 1 de 5
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia
RESOLUCIÓN NÚMERO
(0131) 14 MARZO 2023
“Por la cual se asigna uno (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, al hogar seleccionado por sorteo, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase I en el proyecto Vip Para Población Más Vulnerable en el municipio de Guaitarilla, departamento de Nariño y se modifica parcialmente la Resolución No. 0219 de 13 de febrero 2015 Modificada con Resolución 370 de 16 de marzo 2022”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1537 de 2012 y el artículo 2.1.1.2.1.4.1.del Decreto 1077 de 2015 y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto 555 de 2003, es función del director ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”
Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto 555 de 2003, es función del director ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”
Que se expidió la Ley 1537 de 2012, “Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda”, cuyo objeto es “señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias d e menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda”.
Que en el artículo 12 de la referida Ley, se determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno Nacional se podrán asignar a título de subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno Nacional.
Que el artículo 2.1.1.2.1.4.1. del Decreto 1077 de 2015, establece que el Fondo Nacional de Vivienda expedirá acto administrativo de asignación del subsidio familiarResolución No. 0131 Del 14 MARZO 2023 Hoja No. 2
“Por la cual se asigna uno (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, al hogar seleccionado por sorteo, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase I en el proyecto Vip Para Población Más
“Por la cual se asigna uno (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, al hogar seleccionado por sorteo, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase I en el proyecto Vip Para Población Más Vulnerable en el municipio de Guaitarilla, departamento de Nari ño y se modifica parcialmente la Resolución No. 0219 de febrero 2015 Modificada con Resolución 370 de 16 de marzo 2022”.
Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (601) 3905666 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 2 de 5
de vivienda en especie, a los beneficiarios señalados en la resolución em itida por Prosperidad Social.
Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley 1537 de 2012 el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda celebró con Fiduciaria Bogotá el contrato de fiducia mercantil Nro. 302 de 2012, con el objeto de constituir el patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO – PROGRAMA DE VIVIENDA GRATUITA, por medio del cual se realizará la administración de los recursos y otros bienes, para la ejecución de actividades en materia de vivienda de interés prioritario desti nadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y la Sección 2.1.1.2.1. del decreto 1077 de 2015 y las normas que modifiquen, sustituyan, adicionen o reglamenten, y que para todos los efectos legales se tendrá como un Patrimonio Au tónomo Matriz (PAM).
1077 de 2015 y las normas que modifiquen, sustituyan, adicionen o reglamenten, y que para todos los efectos legales se tendrá como un Patrimonio Au tónomo Matriz (PAM).
Que Fonvivienda expidió las Resolución No. 0219 de 13 de febrero 2015 Modificada con Resolución 370 de 16 de marzo 2022 “Por la cual se asignan Ciento dieciséis (116) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares seleccionados por sorteo, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el proyecto Vip Para Población Más Vulnerable en el municipio de Guaitarilla, departamento de Nariño ” Modificada con Resolución 370 de 16 de marzo 2022 dentro de la cual se incluyó el hogar de DORIS AMPARO ROSERO PRADO identificada con la cédula No. 27221962, quien fue beneficiario en el proyecto Vip Para Población Más Vulnerable en el municipio de Guaitarilla, departamento de Nariño.
Que con posterioridad a dicha asignaci ón el hogar antes señalado se le decretó la Perdida de Ejecutoriedad a la asignación del subsidio familiar de vivienda en especie, mediante Resolución No. 1710 del 20 de agosto de 2020.
Que la vivienda disponible y objeto de asignación en el presente acto administrativo corresponde a l cupo liberado por el hogar que se le decretó la Perdida de Ejecutoriedad al Subsidio Familiar de Vivienda en Especie antes descrito.
Que teniendo en cuenta que aún quedan viviendas disponibles en el proyecto Colón 1 en el mun icipio de Colón del departamento de Putumayo, Fonvivienda en uso de
Ejecutoriedad al Subsidio Familiar de Vivienda en Especie antes descrito.
Que teniendo en cuenta que aún quedan viviendas disponibles en el proyecto Colón 1 en el mun icipio de Colón del departamento de Putumayo, Fonvivienda en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 2.1.1.2.1.4.8. del Decreto 1077 de 2015 recurrirá a los hogares que, habiendo cumplido requisitos, participaron en el sorteo realizado por Prosperidad Social pero no fueron beneficiarios, para lo cual se solicitó el reproceso de doscientos veintisiete (227) hogares que se encuentran en la situación antes mencionada, con el fin de hacer la verificación de requisitos a la fecha.
Que el contratista del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargado de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, mediante correo electrónico del 18 de julio de 2022.Resolución No. 0131 Del 14 MARZO 2023 Hoja No. 3
“Por la cual se asigna uno (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, al hogar seleccionado por sorteo, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase I en el proyecto Vip Para Población Más Vulnerable en el municipio de Guaitarilla, departamento de Nari ño y se modifica parcialmente la Resolución No. 0219 de febrero 2015 Modificada con Resolución 370 de 16 de marzo 2022”.
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Que el citado proceso contó con el respectivo control de calidad realizado para los procesos sistematizados de creación de ambiente, validaciones y cruces, según correo electrónico del 18 de julio de 2022, emitido por el ingeniero de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, que lo realizó.
Que en cumplimiento del artículo 2.1.1.2.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda hizo entrega a Prosperidad Social del listado de hogares postulantes que cumplen y no cumpl en requisitos para ser beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, según comunicación del 16 de agosto de 20 22, radicada con el No. 2022EE0077533.
Que Prosperidad Social en cumplimiento de lo establecido en los artículos 2.1.1.2.1.3.1. y 2.1.1.2.1.3.2 del Decreto 1077 de 2015 , expidió la Resolución No. 02191 del 12 de septiembre de 20 22, mediante la cual fija el listado definitivo de hogares beneficiarios seleccionados por sorteo del componente Estrategia Unidos para el pr oyecto Vip Para Población Más Vulnerable en el municipio de Guaitarilla, departamento de Nariño.
Que de acuerdo con el contrato de diseño y construcción entre el consorcio Fiduciaria Bogotá y el Constructor , el valor individual de las viviendas en el proyecto Vip Para
departamento de Nariño.
Que de acuerdo con el contrato de diseño y construcción entre el consorcio Fiduciaria Bogotá y el Constructor , el valor individual de las viviendas en el proyecto Vip Para Población Más Vulnerable en el municipio de Guaitarilla, departamento de Nariño, es de 63,98 SMLMV, de la vigencia 2015.
Que el valor total de recursos asignados como Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, destinados a la solución de vivienda de hogares que cumplieron los requisitos establecidos en la sección 2.1.1.2.1., del Dec reto 1077 de 2015, asciende a la suma de cuarenta y un millones doscientos veinticinco mil quinientos trece pesos M/Cte. ($41.225.513,00).
Que cumpliendo lo estipulado en los artículos 6°, 7° y 8° de la Ley 1537 de 2012, el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal y no afectará los recursos depositados en el FideicomisoPrograma de Vivienda Gratuita de Fiduciaria Bogotá.
Que para efectos de la culminación del presente proceso de asignación de subsidio familiar de vivienda en especie, es beneficiario el hogar que se encuentra incluido en la Resolución N o. 02191 del 12 de septiembre de 2022 , expedida por Prosperidad Social que fueron seleccionado por sorteo, y cumplió con los requisitos establecidos en la sección 2.1.1.2.1 del Decreto 1077 de 2015.
Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.2.6.2.2 del decreto 1077 de 2015 , de revisar en cualquier momento la consistencia y
Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.2.6.2.2 del decreto 1077 de 2015 , de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por el hogar postulante y beneficiario.
Que en mérito de lo expuesto,Resolución No. 0131 Del 14 MARZO 2023 Hoja No. 4
“Por la cual se asigna uno (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, al hogar seleccionado por sorteo, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase I en el proyecto Vip Para Población Más Vulnerable en el municipio de Guaitarilla, departamento de Nari ño y se modifica parcialmente la Resolución No. 0219 de febrero 2015 Modificada con Resolución 370 de 16 de marzo 2022”.
Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (601) 3905666 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 4 de 5
RESUELVE:
Artículo 1. Asignar un (1) subsidio familiar de vivienda en especie – SFVE al hogar seleccionado por sorteo, que cumplió requisitos y se encuentra en la Resolución No. 02191 del 12 de septiembre de 2022 , expedida por Prosperidad Social, para el proyecto Vip Para Población Más Vulnerable en el municipio de Guaitarilla, departamento de Nariño, encabezado por la persona que se relaciona a continuación
DEPARTAMENTO: NARIÑO
MUNICIPIO: GUAITARILLA
proyecto Vip Para Población Más Vulnerable en el municipio de Guaitarilla, departamento de Nariño, encabezado por la persona que se relaciona a continuación
DEPARTAMENTO: NARIÑO
MUNICIPIO: GUAITARILLA
PROYECTO: PROYECTO VIP PARA POBLACIÓN MÁS VULNERABLE
No. Identificación Nombres Apellidos VALOR SFVE 1 27222135 MARIA ROSAURA VALLEJOS LOPEZ $ 41.225.513,00
TOTAL SFVE ASIGNADOS $ 41.225.513,00
Artículo 2. Los demás acápites y apartes de las Resoluciones No. 0219 de 13 de febrero 2015 Modificada con Resolución 370 de 16 de marzo 2022 , expedida por el Fondo Nacional de Vivienda, no sufre modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado.
Artículo 3. La asignación de la vivienda a l hogar beneficiario en el citado proyecto, corresponderá a la liberada por el hogar que se le decretó Perdida de Ejecutoriedad al subsidio familiar de vivienda en especie en el Proyecto Vip Para Población Más Vulnerable en el municipio de Guaitarilla, departamento de Nariño. Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.2.6.2.2 del decreto 1077 de 2015, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la i nformación suministrada por el hogar postulante y beneficiario.
Artículo 4. La transferencia del derecho de dominio de la vivienda del Proyecto Vip Para Población Más Vulnerable del municipio de Guaitarilla - Nariño a los hogares
suministrada por el hogar postulante y beneficiario.
Artículo 4. La transferencia del derecho de dominio de la vivienda del Proyecto Vip Para Población Más Vulnerable del municipio de Guaitarilla - Nariño a los hogares beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en especie relacionados en el artículo primero de la presente resolución, se realizará mediante escritura pública que deberá suscribir la Sociedad Fiduciaria Bogotá, como vocera del Patrimonio Autónomo respectivo y el beneficiario del subsidio familiar de vivienda en especie, de acuerdo con lo establecido en la Resolución No. 0119 del 25 de febrero de 2015 expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Artículo 5. El hogar relacionado en el artículo 1º de esta resolución podrá interponer en los términos y condiciones establecidos por la ley, los recursos a los que haya lugar contra el presente acto administrativo.
Artículo 6. Comunicar la presente asignación a l hogar beneficiario, a Prosperidad Social y publicar en el Diario Oficial, conforme lo dispuesto en el Artículo 2.1.1.2.1.4.1 del decreto 1077 de 2015.Resolución No. 0131 Del 14 MARZO 2023 Hoja No. 5
“Por la cual se asigna uno (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, al hogar seleccionado por sorteo, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase I en el proyecto Vip Para Población Más Vulnerable en el municipio de Guaitarilla, departamento de Nari ño y se modifica parcialmente la Resolución No. 0219 de febrero 2015 Modificada con Resolución 370 de 16 de marzo 2022”.
Vulnerable en el municipio de Guaitarilla, departamento de Nari ño y se modifica parcialmente la Resolución No. 0219 de febrero 2015 Modificada con Resolución 370 de 16 de marzo 2022”.
Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (601) 3905666 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 5 de 5
Artículo 7. Comunicar la presente Resolución al Patrimonio Autónomo Matriz, Fideicomiso – Programa de Vivienda Gratuita, de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia mercantil No.302 de 2012 suscrito con Fiduciaria Bogotá.
Artículo 8. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a los 14 MARZO 2023
JUAN ANDRÉS RIOS VEGA
Director Ejecutivo de Fonvivienda
Proyectó: Julio Camargo
Revisó: Rocio Peña
Aprobó: Marcela Rey Hernández