MINVIVIENDA - Resolución 0132 de 2023
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0132 de 2023
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2023
Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 1 de 5
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia
RESOLUCIÓN NÚMERO
(0132) 15 MARZO 2023
“Por la cual se asignan cinco (5) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares con selección por sorteo, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización Villas del Rosal del municipio de Boavita en el Departamento de Boyacá.”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1537 de 2012 y el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”
Que se expidió la Ley 1537 de 2012, “Por la cual se dictan normas tendientes a
Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”
Que se expidió la Ley 1537 de 2012, “Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda”, cuyo objeto es “señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda”.
Que en el artículo 12 de la referida Ley, se determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno Nacional, se podrán asignar a título de subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno Nacional.Resolución No. 0132 del 15 MARZO 2023 Hoja No. 2
“Por la cual se asignan cinco (5) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares con selección por sorteo , en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización Villas del Rosal del municipio de Boavita en el Departamento de Boyacá.”
Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 2 de 5
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Que en el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 de 2015 esta blece que el Fondo Nacional de Vivienda expedirá acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda en especie, a los beneficiarios señalados en la resolución emitida por Prosperidad Social.
Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6 ° de la Ley 1537 de 2012 el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda celebró con Consorcio Alianza - Colpatria el contrato de fiducia mercantil No. 325 de 2015, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso– Programa De Vivienda Gratuita II, por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda de interés social prioritaria urba na, destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y las normas que la modifiquen, adicionen, subroguen o reglamenten, conforme a las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, a través de los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo Matriz (PAM).
Que a través de la s Resoluciones No. 0660 del 08 de abril de 2021 , el Fondo Nacional de Vivienda fijó fecha de apertura de convocatoria el 12 de abril de 2021,
del Patrimonio Autónomo Matriz (PAM).
Que a través de la s Resoluciones No. 0660 del 08 de abril de 2021 , el Fondo Nacional de Vivienda fijó fecha de apertura de convocatoria el 12 de abril de 2021, para postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda en Especie para siete (7) proyectos, entre los cuales se encuentra el proyecto Urbanización Villas del Rosal ubicado en el municipio de Boavita del Departamento de Boyacá.
Que mediante Resolución No. 0843 del 23 de abril de 2021 , el Fondo Nacional de Vivienda estableció como fecha de cierre el día 29 de abril de 2021, para seis (6) proyectos, entre los cuales se encuentra el proyecto Urbanización Villas del Rosal ubicado en el municipio de Boavita del Departamento de Boyacá.
Que en cumplimiento de lo establecido al Contrato de Encargo de Gestión suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar – CAVIS UT, se realizó la entrega de las postulaciones para el proyecto Urbanización Villas del Rosal , del municipio de Boavita en el Departamento de Boyacá, mediante Acta Cavis UT 668 del 14 de mayo de 2021 , cuya captura la realizó la Caja de Compensación Familiar de Boyacá - Comfaboy en el software en línea dispuesto por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio – Fonvivienda, para tal fin.
Que el contratista del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargado de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistema tizada, informó el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos,
Que el contratista del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargado de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistema tizada, informó el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, mediante correo electrónico del día 02 de diciembre de 2021.
Que el citado proceso contó con el respectivo control de calidad realizado para los procesos sistematizados de creación de ambiente, validaciones y cruces, según correo electrónico del 01 de diciembre de 2021, emitido por el ingeniero de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, que lo realizó.Resolución No. 0132 del 15 MARZO 2023 Hoja No. 3
“Por la cual se asignan cinco (5) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares con selección por sorteo , en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización Villas del Rosal del municipio de Boavita en el Departamento de Boyacá.”
Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 3 de 5
Que en cumplimiento del artículo 2.1.1.2.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda hizo entrega a Prosperidad Social de hogares postulantes que cumplen y no cumplen requisitos para ser beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, según comunicación del 03 de diciembre de 2021, radicada con el No. 2021EE0139380.
y no cumplen requisitos para ser beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, según comunicación del 03 de diciembre de 2021, radicada con el No. 2021EE0139380.
Que Prosperidad Social en cumplimiento de lo establecido en los artículos 2.1.1.2.1.3.1. y 2.1.1.2.1.3.2. del Decreto 1077 de 2015, expidió la Resolución No. 00397 del 24 de febrero de 2022 mediante la cual fija el listado definitivo de los hogares beneficiarios, seleccionados por sorteo en el componente DesplazadosEstrategia Unidos para el proyecto Urbanización Villas del Rosal del municipio de Boavita en el Departamento de Boyacá.
Que Fonvivienda, haciendo uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.2.1.2.7. del Decreto 1077 de 2015 , excluyó del proceso de asignación a cinco (5) hogares que se relacionan a continuación y que fueron mencionados en la Resolución N° 2325 del 12 de diciembre de 2022 de acuerdo a la denuncia recibida, por lo tanto, Fonvivienda inició Proceso Administrativo contra ellos de acuerdo al artículo 34 del código de Proced imiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo , por presuntamente ser propietarios de viviendas.
No. Identificación Nombres Apellidos
1 23351569 ALCIRA YOLANDA CORSO CORREA
2 1049372235 MARIA ANGELICA VARGAS DAVILA
3 1049372824 ROSANA OSORIO SEPULVEDA
4 23350291 GLORIA CECILIA VELASCO MEDINA
5 23348958 TERESA MEDINA SOTO
2 1049372235 MARIA ANGELICA VARGAS DAVILA
3 1049372824 ROSANA OSORIO SEPULVEDA
4 23350291 GLORIA CECILIA VELASCO MEDINA
5 23348958 TERESA MEDINA SOTO
Que posterior a dicha denuncia , el municipio de Boavitá - Boyacá remitió el 10 de noviembre de 2022 con radicado 2022ER0139540, certificado s expedidos por la secretaria de Planeación del Municipio, por tesorería, declaración juramentada de los hogares y certificado expedido por la Superintendencia de Registro y Notariado mediante los cuales consta que los hogares denunciados y vinculados al proceso administrativo sancionatorio no cuentan con otra propiedad.
Que por lo anterior, se consideró que los hogares antes señalados no cuentan con vivienda por ende se demuestra que no incurr ieron en las causales de incumplimiento previstas en los artículos 2.1.1.2.1.2.8 y 2.1.1.1.2.2.9 del Decreto 1077 de 2015, lo que derivó en el archivo del proceso administrativo en cuestión.
Que de acuerdo con el contrato de diseño y construcción entre el consorcio Alianza – Colpatria y el Constructor, el valor de las viviendas en el proyecto Urbanización Villas del Rosal del municipio de Boavita en el Departamento de Boyacá es de 67 SMLMV vigencia 2020.
Que el valor total de recursos asignados como Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, destinados a las soluciones de vivienda de los hogares que cumplieronResolución No. 0132 del 15 MARZO 2023 Hoja No. 4
Que el valor total de recursos asignados como Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, destinados a las soluciones de vivienda de los hogares que cumplieronResolución No. 0132 del 15 MARZO 2023 Hoja No. 4
“Por la cual se asignan cinco (5) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares con selección por sorteo , en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización Villas del Rosal del municipio de Boavita en el Departamento de Boyacá.”
Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 4 de 5
requisitos establecidos en la sección 2.1.1.2.1 del Decreto 1077 de 2015, asciende a la suma de doscientos noventa y cuatro millones sesenta y cuatro mil cinco pesos m/cte. ($294.064.005,00)
Que cumpliendo lo estipulado en los artículos 6°, 7° y 8° de la Ley 1537 de 2012, el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal y las imputaciones se harán de acuerdo a las reglas establecidas en esa normativa, afectándose los recursos depositados en el Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita Fase II del Consorcio Alianza - Colpatria.
Que, para efectos de la culminación del prese nte proceso de asignación de subsidios familiares de vivienda en especie, son beneficiarios, aquellos hogares que
Consorcio Alianza - Colpatria.
Que, para efectos de la culminación del prese nte proceso de asignación de subsidios familiares de vivienda en especie, son beneficiarios, aquellos hogares que se encuentran incluidos en la Resolución No. 00397 del 24 de febrero de 2022 , expedida por Prosperidad Social que fueron seleccionados por sorteo y cumplieron con los requisitos establecidos en la sección 2.1.1.2.1 del Decreto 1077 de 2015.
Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.2.6.2.2 del Decreto 1077 de 2015, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares postulantes y beneficiarios.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Asignar cinco (5) subsidios familiares de vivienda en especie – SFVE a los hogares con selección por sorteo, que cumplieron requisitos y se encuentran en la Resolución No. 00397 del 24 de febrero de 2022 expedida por Prosperidad Social, para el proyecto Urbanización Villa s del Rosal en el municipio de Boavita en el Departamento de Boyacá, encabezados por las personas que se relacionan a continuación:
DEPARTAMENTO: BOYACÁ
MUNICIPIO: BOAVITA
PROYECTO: URBANIZACIÓN VILLAS DEL ROSAL
N° CEDULA NOMBRES APELLIDOS VALOR SFVE 1 23351569 ALCIRA YOLANDA CORSO CORREA $ 58.812.801 2 1049372235 MARIA ANGELICA VARGAS DAVILA $ 58.812.801
N° CEDULA NOMBRES APELLIDOS VALOR SFVE 1 23351569 ALCIRA YOLANDA CORSO CORREA $ 58.812.801 2 1049372235 MARIA ANGELICA VARGAS DAVILA $ 58.812.801 3 1049372824 ROSANA OSORIO SEPULVEDA $ 58.812.801 4 23350291 GLORIA CECILIA VELASCO MEDINA $ 58.812.801 5 23348958 TERESA MEDINA SOTO $ 58.812.801
VALOR TOTAL DE LOS SFVE ASIGNADOS $294.064.005
Artículo 2. La asignación de las viviendas a los hogares beneficiarios en el proyecto Urbanización Villas del Rosal , será definida mediante sorteo que realice Fonvivienda, según lo establecido en el artículo 2.1.1.2.1.4.2 del Decreto 1077 deResolución No. 0132 del 15 MARZO 2023 Hoja No. 5
“Por la cual se asignan cinco (5) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares con selección por sorteo , en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización Villas del Rosal del municipio de Boavita en el Departamento de Boyacá.”
Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 5 de 5
2015. Sin embargo, Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el
www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 5 de 5
2015. Sin embargo, Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.2.6.2.2 del Decreto 1077 de 2015, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por el hogar postulante y beneficiario.
Artículo 3. La transferencia del derecho de dominio de las viviendas del proyecto Urbanización Villas del Rosal del municipio de Boavita – Boyacá, a los hogares beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en especie relacionados en el artículo primero de la presente resolución, se realizará mediante acto administrativo expedido por la autoridad debidamente facultada para hace rlo de conformidad con lo establecido en el Artículo 43 de la Ley 1537 de 2012.
Artículo 4. Los hogares relacionados en el artículo 1º de esta resolución, así como aquellos postulados en la convocatoria mencionada en la parte considerativa para la Urbanización Villas del Rosal del municipio de Boavita – Boyacá, podrán interponer en los términos y condiciones establecidos por la ley, los recursos a los que haya lugar contra el presente acto administrativo.
Artículo 5. Comunicar la presente asignación a los hogares beneficiarios, a Prosperidad Social, y publicar en el Diario Oficial, conforme lo dispuesto en el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 de 2015.
Artículo 6. Comunicar la presente resolución al Patrimonio A utónomo Matriz, Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita Fase II, de conformidad con lo
Artículo 6. Comunicar la presente resolución al Patrimonio A utónomo Matriz, Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita Fase II, de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia mercantil No. 325 de 2015 suscrito con el Consorcio Alianza - Colpatria.
Artículo 7. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a los 15 MARZO 2023
JOSÉ ANDRÉS RÍOS VEGA
Director Ejecutivo de Fonvivienda
Proyectó: Jhon Meyer.
Revisó: Rocío Peña.
Aprobó: Marcela Rey Hernández.