MINVIVIENDA - Resolución 0141 de 2023
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0141 de 2023
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2023
Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3300 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 1 de 3
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia
RESOLUCIÓN NÚMERO
(0141)
22 DE MARZO DE 2023
“Por la cual se fija fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural de Mi Casa en el Campo, ubicado en el departamento de Meta en el municipio Mapiripán en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie”.
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.4.3 del Decreto 1077 de 2015, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”
Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del
Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”
Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio-de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 el Fondo Nacional de Vivienda administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupu esto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012.
Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 el Fondo Nacional de Viviend a – Fonvivienda celebró con La Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. – Fiduagraria S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 20 20, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso – Programa de Promoción de Vi vienda Rural , por me dio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que, enResolución No.0141 Del 22 DE MARZO 2023 Hoja No. 2
“Por la cual se fija fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural del Programa Vivienda Social para el Campo, ubicado en el departamento de Meta en el municipio de Mapiripán, en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie”.
de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural del Programa Vivienda Social para el Campo, ubicado en el departamento de Meta en el municipio de Mapiripán, en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie”.
Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3300 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 2 de 3
general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda rural, destinada a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo.
Que los artí culos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las r estricciones para la postulación y posterior asignación del subsidio familiar de vivienda rural.
Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la resolución 0536 del 19 de octubre de 2020, por la cual se reglamentan los artículos 2.1.10.1.1.1.1;
2.1.10.1.1.4.3; 2.1.10.1.1.4.6 y 2.1.10.1.1.5.1 del Título 10 de la Par te 1 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, Decr eto 1077 del 26 de mayo de 2015.
Que mediante Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 0 78 de 2021 en virtud de lo establecido en el literal B, de la clá usula quinta, suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda, el Departamento de Caquetá y el Municipio de Solita es adelantar el proceso de recolección y verificación de la información de los hogares focalizados como potencialmente beneficiari os, de acuerdo con l os listados emitidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, con el fin de registrar la información requerida por FONVIVIENDA para iniciar el proceso de postulación al SFVR en la modalidad de vivienda nueva en especie.
De conformidad con el artículo 18 y 26 del Resolución No. 0536 del 19 de octubre de 2020, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio priorizará los posibles hogares beneficiarios y las autoridades locales validarán la información.
De acuerdo con lo anteri or, la Subdirección de Política y Apoyo Técnico de la Dirección de Vivienda Rural mediante correo electrónico de fecha 30 de noviembre de 2022, remitió listado s definitivos de hogares potenciales beneficiarios de los SFVR, para la asignación y ejecución de los subsidios familiares de vivienda rural.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
SFVR, para la asignación y ejecución de los subsidios familiares de vivienda rural.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Convocar a los hogares potenciales beneficiarios relacionados en el listado remitido por la Subdirección de Política y Apoyo Técnico de la Dirección de Vivienda Rur al de fecha 30 de noviembre de 202 2, para que presenten sus postulaciones al subsidio familiar de vivienda rural, ante las respectivas entidades territoriales, a partir de la siguiente fecha:Resolución No.0141 Del 22 DE MARZO 2023 Hoja No. 3
“Por la cual se fija fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural del Programa Vivienda Social para el Campo, ubicado en el departamento de Meta en el municipio de Mapiripán, en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie”.
Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3300 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 3 de 3
Apertura: jueves 23 de marzo de 2023
ARTÍCULO SEGUNDO. El Mu nicipio de Mapiripán –Meta realizará el proceso de postulación de los hogares potencialmente beneficiarios en atención al Convenio interadministrativo No. 078 de 2021 suscrito con el Fondo Nacional de Vivienda.
ARTÍCULO TERCERO. Comunicar la presente res olución al Patrimonio Autónomo
postulación de los hogares potencialmente beneficiarios en atención al Convenio interadministrativo No. 078 de 2021 suscrito con el Fondo Nacional de Vivienda.
ARTÍCULO TERCERO. Comunicar la presente res olución al Patrimonio Autónomo Fideicomiso Fiduagraria S.A. y a las entidades territoriales.
ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial, conforme lo dispuesto en los artículos 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 de 2015.
ARTÍCULO QUINTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a los 22 DE MARZO 2023
José Andrés Ríos Vega Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda
Proyectó: Nubia Yineth Molina Cabrera
Revisó: Andréi Alexander Suárez Moreno
Aprobó: David Ricardo Ochoa Yepes