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MINVIVIENDA - Resolución 0156 de 2025

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0156 de 2025
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2025

v Fonvivienda RESOLUCIÓN NÚMERO 0156 28 ABRIL 2025 “Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución 2080 de 2021, por la cual se asignaron subsidios familiares de vivienda” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 89 del Decreto Ley 555 de 2003 y la sección 1, capítulo 4, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 modificado por el Decreto 729 de 2017, y CONSIDERANDO Que el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda “(...) Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional ()" Que, asimismo, de conformidad con el numeral 3 del articulo 8° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de ViviendaFONVIVIENDA "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que, mediante Resolución nro. 2080 del 9 de agosto de 2021, se asignó un subsidio familiar de vivienda en especie al hogar de la señora FANIS MARIA MOSQUERA VALENCIA, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1077424089, en el proyecto URBANIZACIÓN CIRCUNVALAR EL PIÑAL II, en Quibdó - Chocó, en el marco del

VALENCIA, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1077424089, en el proyecto URBANIZACIÓN CIRCUNVALAR EL PIÑAL II, en Quibdó - Chocó, en el marco del programa Vivienda Gratuita Fase II, sin embargo, por un error involuntario, identificado al momento de realizar acta de reconocimiento, en el acto administrativo en mención se registró el nombre FANNY MARIA MOSQUERA VALENCIA. Que la captura de información de dicha corrección fue tramitada a través del envío web 42641 para validación y aplicación en el sistema de información del subsidio familiar de vivienda. Que, una vez la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda realizó las verificaciones correspondientes, se concluye que es necesario realizar las correcciones en los datos de la beneficiaria del subsidio familiar de vivienda. Que el Artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece: “(...) Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”. Que en razón a que las inconsistencias relacionadas en los considerandos corresponden a errores formales que no inciden en el sentido de la decisión, resulta procedente corregir la Resolución 2080 de 2021. Fondo Nacional de Vivienda Versión: 9

Que en razón a que las inconsistencias relacionadas en los considerandos corresponden a errores formales que no inciden en el sentido de la decisión, resulta procedente corregir la Resolución 2080 de 2021. Fondo Nacional de Vivienda Versión: 9 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/07/2024 Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11 Página 1 de 2Fonvivienda Resolución No. 0156 del 28 ABRIL 2025 “Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución 2080 de 2021, por la cual se asignaron subsidios familiares de vivienda” Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Corregir el error formal contenido en la Resolución 2080 de 2021, respecto del nombre del beneficiario del subsidio familiar de vivienda que se relaciona a continuación, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, así: Nro. | ,Nro-de “| Fecha | Cedulade | Nombre errado Nombre correcto Bolsa Resolución | resolución | ciudadanía FANNY MARIA FANIS MARIA MOSQUERA 1 2080 | 09/08/2021 | 1077424089 | MOSQUERA VALENCIA VALENCIA PVG 2 Artículo 2. Los demás acápites y apartes de la Resolución 2080 de 2021 continúan vigentes y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. Las correcciones se realizan únicamente para efectos de aclarar la información cargada en el sistema de información del subsidio familiar de vivienda. Artículo 3. Publicar la presente resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

realizan únicamente para efectos de aclarar la información cargada en el sistema de información del subsidio familiar de vivienda. Artículo 3. Publicar la presente resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 4. Comunicar esta decisión a la personas citada en el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 5. Contra esta resolución no procede recurso alguno. Artículo 6. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación. Dada en Bogotá, D.C., 28 ABRIL 202!

PUBLÍQUESE, | COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ANDERS Al TURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda

Elaboró: Ivan Garcia 1

Contratista Contrato Nro. 721 - 2025 Subdirección SFV aria Fernanda Merlano ontratist: J, Contrato US 3 - 2025 Subdirección SFV Jackelinne Diaz Martinez Subdirectora (E) Subdirección SFV Janneth Raño Burgos % Contratista No. 0616 -2025 Fonvivienda

Aprobó: Rosa Elena Espitia

Director (E) DIVIS Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10 X/04/2025 go: GDC-PL-11

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