MINVIVIENDA - Resolución 0158 del 27 de marzo de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0158 del 27 de marzo de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
“a [ ¥ rm Vivienda ey RESOLUCION Nl’:MERoO 1 h Be 27 MAR 205 “Por la cual se reanuda el giro del subsidio comunitario en la prestación del servicio público de acueducto de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1697 de 2023 y se desasignan los recursos asignados en las Resoluciones MVCT 0519 y 0595 de 2024 a la Junta Administradora De Acueducto Y Alcantarillado Vereda El Rosario” EL SECRETARIO GENERAL (E) DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confiere el Decreto 319 de 19 de marzo de 2025 y el artículo 2 de la Resolución 213 del 11 de abril de 2024, y CONSIDERANDO: Que, el artículo 2.8.1.7.5 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el artículo 14 del Decreto 412 de 2018, establece que “el registro de la ejecución del presupuesto de rentas y recursos de capital y del presupuesto de gastos del Presupuesto General de la Nación, en el Sistema Integrado de Información Financiera-SIIF Nación, deberá hacerse de conformidad con el Catálogo de Clasificación Presupuestal-CCP que establezca la Dirección General del Presupuesto Público Nacional, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y en los tiempos que permitan conocer la situación de las finanzas con mayor cercanía al momento de generarse el hecho económico (...)”. Que, mediante la Resolución 042 de 2019, la Dirección General de Presupuesto Público Nacional, estableció el Catálogo de Clasificación Presupuestal, por medio del cual se
generarse el hecho económico (...)”. Que, mediante la Resolución 042 de 2019, la Dirección General de Presupuesto Público Nacional, estableció el Catálogo de Clasificación Presupuestal, por medio del cual se determina cómo se registran, se presentan y se revelan los datos dentro del presupuesto a través del Sistema Integrado de Información Financiera-SIIF Nación, por concepto de ingreso y objeto de gasto. Que, en desarrollo de lo previsto en el numeral 3° del artículo 274 de la Ley 2294 de 2023, se expidió el Decreto 1697 de 2023 "Por el cual se adiciona el Capítulo 1 y 2 del Título 8 a la Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015 en lo relacionado con las condiciones, requisitos y trámite para el otorgamiento del subsidio comunitario en la prestación del servicio público de acueducto". Que, el artículo 2.3.8.2.13. del Decreto 1077 de 2015, adicionado por el Decreto 1697 de 2023, establece las causales de modificación, suspensión y revocatoria del subsidio comunitario, en este sentido, previa verificación técnica. Que, mediante la resolución 0753 de 2024, se suspendió el giro del subsidio a la Junta Administradora de Acueducto y Alcantarillado de la Vereda El Rosario, debido a inconsistencias en la aplicación del subsidio. Esta decisión se fundamentó en la información presentada por el señor Luis Olmedo Jojoa Josa, en su calidad de representante legal, mediante correo electrónico con radicado 2025ER0006736 del 24 de enero de 2025, en el que manifiesta: "(...) por medio de la presente comunicación, autorizo expresamente al
mediante correo electrónico con radicado 2025ER0006736 del 24 de enero de 2025, en el que manifiesta: "(...) por medio de la presente comunicación, autorizo expresamente al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a proceder con la revisión de los valores asignados y aplicados a nuestra organización por concepto del subsidio comunitario, del cual somos beneficiarios”. (Sic) Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 09/07/2024
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-10
Página 1 de 3e D rm Vivienda — Resolución No. 01 e) 8 del 27 MAR 2025 “Por la cual se reanuda el giro del subsidio comunitario en la prestación del servicio público de acueducto de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1697 de 2023 y se desasignan los recursos asignados en las Resoluciones MVCT 0519 y 0595 de 2024 a la Junta Administradora De Acueducto Y Alcantarillado Vereda El Rosario” Que, con base en lo anterior, este Ministerio evidenció que la aplicación del subsidio comunitario no se realizó conforme a lo estipulado en el artículo 2.3.8.2.4. del Decreto 1077 de 2015, adicionado por el Decreto 1697 de 2023 y procedió, mediante oficio MVCT 2025EE0001400 del 27 de enero de 2025, a efectuar la conciliación de diferencias entre los valores girados y los valores que le gestor comunitario señalaba como aplicados, y se reliquida el valor del subsidio comunitario otorgado en los siguientes giros.
los valores girados y los valores que le gestor comunitario señalaba como aplicados, y se reliquida el valor del subsidio comunitario otorgado en los siguientes giros. Que, debido a lo anterior, superadas las razones que dieron origen a la suspensión, se hace necesario reanudar el giro del subsidio a partir del acto administrativo de asignación de recursos que se expida con posterioridad a la notificación de la presente decisión y que tiene efectos hacía el futuro Que, por otra parte, se constituyó reserva presupuestal por un valor de CINCUENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL PESOS M/CTE ($54.944.000) para atender los giros asignados a la Junta Administradora de Acueducto y Alcantarillado Vereda el Rosario durante la vigencia 2024, mediante las Resoluciones 0519 y 0595 de 2024, y que posteriormente fueron suspendidos mediante Resolución 0753 de 2024, por lo cual serán liberados estos valores y los desembolsos siguientes serán amparados con el presupuesto asignado para la vigencia Que, el Ministerio expidió la Resolución 0001 de 02 de enero de 2025, mediante la cual se efectúa la desagregación inicial, en los gastos del Presupuesto de Inversión del Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio-Gestión General, para la vigencia 2025, dentro del cual se encuentra la actividad "Apoyar financieramente a los usuarios de los pequeños prestadores (organizaciones comunitarias) que no reciben subsidios por parte de los municipios o distritos”, perteneciente al rubro C-4003-1400-18 “FORTALECIMIENTO A LA GESTIÓN
COMUNITARIA E IMPLEMENTACION ESQUEMAS DIFERENCIALES Y MEDIOS ALTERNOS EN
distritos”, perteneciente al rubro C-4003-1400-18 “FORTALECIMIENTO A LA GESTIÓN COMUNITARIA E IMPLEMENTACION ESQUEMAS DIFERENCIALES Y MEDIOS ALTERNOS EN ACCESO A AGUA Y SANEAMIENTO BASICO A NIVEL NACIONAL”, existen recursos disponibles por un valor de DIECIOCHO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($18.000.000.000) Que, la Subdirección de Finanzas y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 59225 del 17 de enero de 2025, por valor de DIECIOCHO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($18.000.000.000), con el fin de amparar los recursos del giro del subsidio comunitario para los gestores comunitarios que cumplan con las condiciones y requisitos establecidos en el Decreto 1697 de 2023, para la presente vigencia. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Reanudar el giro del subsidio comunitario a la Junta Administradora de Acueducto y Alcantarillado Vereda El Rosario, con NIT 800.161.176-3, con fundamento en la parte motiva del presente acto administrativo, en consecuencia, asignar los recursos para cubrir el siguiente giro del subsidio comunitario por un valor total de TRECE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE. ($13.736.000), con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal 59225 del 17 de enero de 2025. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Versión: 10
($13.736.000), con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal 59225 del 17 de enero de 2025. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/07/2024
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presente acto administrativo. Artículo 3. Notificar la presente resolución a la Junta Administradora de Acueducto y Alcantarillado Vereda El Rosario, con NIT 800.161.176-3. Artículo 4. Comunicar el contenido de la presente resolución a la Dirección de Política y Regulación, a la Subdirección de Finanzas y Presupuesto, y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para lo de su competencia y trámites correspondientes. Artículo 5. Ordenar a la Subdirección de Finanzas y Presupuesto, que expida los respectivos registros presupuestales y ejecute los desembolsos correspondientes, con el cumplimiento de las condiciones establecidas para tal efecto. Artículo 6. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, de acuerdo con lo previsto en el parágrafo 1“ del artículo 2.3.8.2.9 del Decreto 1077 de 2015, adicionado por el artículo 1° del Decreto 1697 de 2023, ante el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su fecha de notificación y deberá ser presentado en la dirección electrónica correspondencia O minvivienda.gov.co. Artículo 7. La presente Resolución rige a partir de a fecha de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 2 7 MAR 2025 = — |
'OBERTO CRUZ GONZALEZ
Secretario General (E)
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 2 7 MAR 2025 = — | 'OBERTO CRUZ GONZALEZ Secretario General (E) Elaboró: Revisó: C Andrés Felpe Agular Subrez 1. Segismundo Rodriguez Contratista > Coordinador Gruso Monitoreo SGP-APB Aorobó: Grupo de Nontoreo SEP-4PSE . ergio Rodriguez EA Bruce Ochoo . vulana Alaro “PE mo = Director de rÚhito y regulación (E) abogada Margarita GómezContratista Grupo de Montoreo SGP-AFSB DR vam Atel Otero Milan Subcirector de Finanzas y Presupuesto Santiago Velandia seo v & yiam alejandro Mor Uber Obe Má to 55 Contrario Grupo de Monitoreo SG>-4=e Co De Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/07/2024
Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-10
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