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MINVIVIENDA - Resolución 0185 de 2023

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0185 de 2023
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2023

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO (0185) 5 de abril de 2023 "Por la cual se fija fecha de apertura en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio de Mejoramiento de Vivienda Rural, en el marco del proyecto de Vivienda Resiliente e Incluyente en Colombia - Programa Cambia Mí Casa, financiado por el Banco Mundial" LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8° del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones." Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 el Fondo Nacional de Vivienda administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda

estableció que a partir del año 2020 el Fondo Nacional de Vivienda administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012. Que en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 de 2015 establece que el Fondo Nacional de Vivienda es la entidad encargada del otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural. Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda celebró con La Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. - Fiduagraria S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado FideicomisoPrograma de Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que, en general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda rural, destinada a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313 www.minvivienda.gov.co

Versión: 6.0

Fecha: 17/03/2021,fifi Código:GDC-PL-11 fi Página 1 de 4

Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313 www.minvivienda.gov.co

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-Resolución No. 0185 Del 5 de abril de 2023 Hoja No. 2 "Por la cual se fija fecha de apertura en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio de Mejoramiento de Vivienda Rural, en el marco del proyecto de Vivienda Resiliente e Incluyente en Colombia - Programa Cambia Mi Casa, financiado por el Banco Mundial" instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo. Que los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación del subsidio familiar de vivienda rural. Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1.10.1.1.1.1 del Decreto 1077 de 2015 y atendiendo a lo consagrado en los artículos 2.2.1.2, 2.2.1.6., 2.2.1.2.1.1. y 2.2.1.2.1.2. del Decreto 1068 de 2015, se sometió a consideración del Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES), mediante documento 4027 de 2021, el concepto favorable de la Nación para contratar un empréstito externo con la banca multilateral, destinado a

Económica y Social (CONPES), mediante documento 4027 de 2021, el concepto favorable de la Nación para contratar un empréstito externo con la banca multilateral, destinado a financiar el Proyecto "Vivienda Resiliente e Incluyente en Colombia", con el objetivo de financiar esquemas de subsidios para el mejoramiento de viviendas, el mejoramiento de entornos y el fortalecimiento institucional para mejorar la capacidad del estado de implementar la 'política habitacional, el cual tendrá una duración de 6 años, iniciando a partir de la vigencia 2021. Que para la financiación del Proyecto "Vivienda Resiliente e Incluyente en Colombia" la República de Colombia y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (SIR-Banco Mundial) celebraron el contrato de crédito BIRF 9646-CO. Que en el Manual Operativo del Proyecto "Vivienda Resiliente e Incluyente en Colombia" se estipula que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA serán las entidades ejecutoras del mismo, y se definen de manera general los procedimientos, lineamientos y criterios de elegibilidad para los aspectos técnicos, de gestión ambiental, social y operativos, los cuales se aplicarán a las intervenciones del Componente 1. Mejoramiento de viviendas y barrios de las familias de bajos ingresos" Que la ejecución de los recursos que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio destinará para el cumplimiento del objeto del proyecto "Vivienda Resiliente e Incluyente en Colombia" se regirá conforme a las normas de selección y contratación del Banco Mundial, y su ejecución se llevará a cabo de conformidad con el Contrato de Fiducia Mercantil de

para el cumplimiento del objeto del proyecto "Vivienda Resiliente e Incluyente en Colombia" se regirá conforme a las normas de selección y contratación del Banco Mundial, y su ejecución se llevará a cabo de conformidad con el Contrato de Fiducia Mercantil de Administración y Pagos No. 027 de 2020, constituido entre el Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA y la Sociedad Anónima de economía mixta - FIDUAGRARIA S.A., denominado "PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA RURAL", o en el esquema fiduciario que se destine ara tal fin. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Circular No. 2022EE0018067 del 28 de febrero de 2022, en la cual se establecieron los "CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE LOS MUNICIPIOS Y DISTRITOS DEL PAIS DONDE SE ASIGNARÁ EL

SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA RURAL, BAJO LA MODALIDAD DE

MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN EL MARCO DEL PROYECTO "VIVIENDA RESILIENTE E INCLUYENTE EN COLOMBIA" Que posteriormente, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Circular No. 2022EE0029992 del 28 de marzo de 2022, mediante la cual se comunicaron los "RESULTADOS DE LA CONVOCATORIA: SELECCIÓN DE LOS MUNICIPIOS Y DISTRITOS DEL PAIS DONDE SE ASIGNARÁ EL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313 www.minvivienda.gov.co

Versión: 6.0

Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313 www.minvivienda.gov.co

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Fecha: 17/03/2021

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íResolución No. 0185 Del 5 de abril de 2023 Hoja No. 3 "Por la cual se fija fecha de apertura en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio de Mejoramiento de Vivienda Rural, en el marco del proyecto de Vivienda Resiliente e Incluyente en Colombia - Programa Cambia Mi Casa, financiado por el Banco Mundial" RURAL, BAJO LA MODALIDAD DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA, EN EL MARCO DE PROGRAMA "VIVIENDA RESILIENTE E INCLUYENTE EN COLOMBIA" Que mediante Resolución 0120 del 16 de febrero de 2023, se definieron los criterios de distribución de los cupos en el marco del proyecto "Vivienda Resiliente e Incluyente en Colombia" - Programa Cambia Mi Casa, financiado por el Banco Mundial, para la asignación de los subsidios familiares de vivienda rural en la modalidad de mejoramiento Que el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda expidió la Resolución No. 0081 del 22 de febrero de 2023 en la cual se estableció el número de cupos para diez (1 O) municipios "Por la cual se crea la Bolsa de Mejoramientos Rural en el marco del proyecto "Vivienda Resiliente e Incluyente en Colombia", financiado por el Banco Mundial y se distribuyen los cupos de recursos de conformidad con la resolución Nº 120 de 2023 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio."

Resiliente e Incluyente en Colombia", financiado por el Banco Mundial y se distribuyen los cupos de recursos de conformidad con la resolución Nº 120 de 2023 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio." Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, se suscribieron memorandos de entendimiento entre el Fondo Nacional de Vivienda-FONVIVIENDA y los diez (10) municipios, que permitan el desarrollo del proyecto de Vivienda Resiliente e Incluyente en ColombiaPrograma Cambia Mi Casa, financiado por el Banco Mundial. No. Departamento Municipio 1 La Guajira Riohacha 2 La Guajira Maicao 3 Sucre Sincelejo 4 Bolívar Cartaaena 5 Norte de Santander Cúcuta 6 Norte de Santander Villa del Rosario 7 Santander Bucaramanaa 8 Risaralda Pereira 9 Valle del Cauca Cali 10 Santander Florida blanca Que las entidades territoriales adelantaron el proceso de pnonzación de los hogares potencialmente beneficiarios, sobre la base del listado de potenciales beneficiarios remitido por la Dirección de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que los municipios antes anotados, adelantarán el proceso de recolección y verificación de la información, y procederán a cargar y registrar la información de los hogares potenciales beneficiarios, en el sistema de información de postulación destinado por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Convocar a los hogares potenciales beneficiarios para que presenten sus postulaciones al subsidio familiar de vivienda rural en la modalidad de mejoramiento, ante las respectivas entidades territoriales, a partir de la siguiente fecha:

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Convocar a los hogares potenciales beneficiarios para que presenten sus postulaciones al subsidio familiar de vivienda rural en la modalidad de mejoramiento, ante las respectivas entidades territoriales, a partir de la siguiente fecha:

Calle 17 No. 936 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313 www.minvivienda.gov.co

Versión: 6.0

Fecha: 17/03/2021

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Página 3 de 4 fi 'Resolución No. 0185 Del 5 de abril de 2023 Hoja No. 4 "Por la cual se fija fecha de apertura en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio de Mejoramiento de Vivienda Rural, en el marco del proyecto de Vivienda Resiliente e Incluyente en Colombia - Programa Cambia Mi Casa, financiado por el Banco Mundial" Apertura: lunes 10 de abril de 2023 ARTÍCULO SEGUNDO. Los Municipios de Riohacha, Maicao, Sincelejo, Cartagena Cúcuta, Villa del Rosario, Bucaramanga, Pereira, Cali y Floridablanca realizarán el proceso de postulación de los hogares potencialmente beneficiarios en atención con los memorandos de entendimiento suscritos con el Fondo Nacional de Vivienda. ARTÍCULO TERCERO. Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Fideicomiso Fiduagraria S.A. y a las entidades territoriales. ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá o.e., el 5 de abril de 2023

ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá o.e., el 5 de abril de 2023 Norma Janeth Gómez Cáceres Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivie.nda -Fonvivienda

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David Ricardo Ochoa Yepes -f Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313 www.minvivienda.gov.co

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