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MINVIVIENDA - Resolución 0194 de 2023

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0194 de 2023
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2023

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO (0194) 11 ABRIL 2023 "Por la cual se da cumplimiento a unas sentencias judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan Trece (13) Subsidio Familiares de Vivienda Rural en el municipio de Tierralta, Montería y Valencia en el departamento de Córdoba en la modalidad de vivienda nueva en especie rural" LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8° del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones." Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 el Fondo Nacional de Vivienda administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda

estableció que a partir del año 2020 el Fondo Nacional de Vivienda administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012. Que en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 de 2015 establece que el Fondo Nacional de Vivienda es la entidad encargada del otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural. Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda celebró con La Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. - Fiduagraria S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado FideicomisoPrograma de Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que, en general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de la3s actividades en materia de vivienda rural, Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313

Versión: 6.0. fi

Fecha: 17/03/2021 "Y{'\Resolución No. 0194 Del 11 ABRIL 2023 Hoja No. 2 "Por la cual se da cumplimiento a una sentencia judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan Trece (13) Subsidio Familiar de Vivienda Rural en el Municipio

"Por la cual se da cumplimiento a una sentencia judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan Trece (13) Subsidio Familiar de Vivienda Rural en el Municipio de T1erralta, Montería y Valencia departamento de Córdoba en la modalidad de vivienda nueva en especie rural" destinada a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo. Que, el Decreto 1077 de 2015, para la asignación de un subsidio familiar de vivienda, en cumplimiento a sentencias de restitución de tierras, conforme a lo estipulado en el artículo 2.1.10.1.1.4.6. del Decreto 1077 de 2015, establece que: "La Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas o quien haga sus veces, enviará periódicamente al Fondo Nacional de Vivienda el listado de las personas a favor de las cuales se haya emitido sentencia ejecutoriada de restitución de tierras con orden de asignación de subsidio de vivienda rural. "(. . .) Para efectos de lo anterior, los listados contendrán cómo mínimo:

1. La identificación del hogar postulado al subsidio familiar de vivienda rural.

2. La identificación del predio sobre el cual se aplicará el subsidio familiar de vivienda rural y la modalidad del subsidio por beneficiario.

3. La constatación de que el hogar postulado cuente con el ánimo de asentamiento sobre el predio en el que se aplicará el subsidio familiar de vivienda rural.

y la modalidad del subsidio por beneficiario.

3. La constatación de que el hogar postulado cuente con el ánimo de asentamiento sobre el predio en el que se aplicará el subsidio familiar de vivienda rural.

Recibidos los listados de postulados, el Fondo Nacional de Vivienda iniciará el proceso de otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural.". Que los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación del subsidio familiar de vivienda rural. Que la Resolución 00536 de 2020 en su artículo 66 establece que "en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.1.10.1.1.4.6 del Decreto 1077 de 2015, establézcase como única ruta de atención para hogares restituidos, el listado de personas a favor de las cuales se haya emitido sentencia ejecutoriada de restitución de tierras con orden de asignación de subsidio de vivienda rural, enviado por la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. Recibidos los listados de postulados, el Fondo Nacional de Vivienda iniciará el proceso de otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural.". Que el Fondo Nacional de Vivienda suscribió convenio interadministrativo con la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras, para la atención al cumplimiento de los órdenes de jueces y magistrados de restitución de tierras el día 1 de octubre de 2021 - Convenio interadministrativo de intercambio de información No 4137 de 2021.

cumplimiento de los órdenes de jueces y magistrados de restitución de tierras el día 1 de octubre de 2021 - Convenio interadministrativo de intercambio de información No 4137 de 2021. Que la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras priorizó a los siguientes hogares objeto de atención y cumplimiento de sentencias por parte de la jurisdicción de Restitución de Tierras. Que Fiduagraria S.A., actuando como Vocera y Administradora del Patrimonio Autónomo­ Fideicomiso Programa de Promoción de Vivienda Rural, y en cumplimiento del objeto Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313 www.minvivienda.oov.co

Versión: 6.0

Fecha: 17/03/2021"fi

Códioo: GDC-PL-11 fi

V \Resolución No. 0194 Del 11 ABRIL 2023 Hoja No. 3 "Por la cual se da cumplimiento a una sentencia judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan Trece (13) Subsidio Familiar de Vivienda Rural en el Municipio de Tierralta, Montería y Valencia departamento de Córdoba en la modalidad de vivienda nueva en especie rural" contractual del Contrato de Fiducia Mercantil No. 027-2020, adelantó el proceso de selección, de acuerdo con el Manual Operativo, aprobado por el Comité Fiduciario, con el fin de contratar la "lnterventoría técnica, administrativa, financiera, contable, económica, jurídica, de riesgos y seguros para el diagnóstico, estudios y diseños y construcción

fin de contratar la "lnterventoría técnica, administrativa, financiera, contable, económica, jurídica, de riesgos y seguros para el diagnóstico, estudios y diseños y construcción necesaria para la ejecución de los subsidios familiar de vivienda rural de confonnidad con las especificaciones establecidas en el presente documento, para la ejecución del PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA RURAL", en atención a lo establecido en los numerales 10 y 11 del punto 8.3. 1. Que en virtud de lo anteriormente expuesto se suscribió el CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE INTERVENTORiA No. 004F-2021 SUSCRITO ENTRE FIDUAGRARIA S.A., COMO VOCERA Y ADMINISTRADORA DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO - PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA RURAL Y LA EMPRESA

NACIONAL PROMOTORA DE DESARROLLO TERRITORIAL, ENTERRITORIO (221014).

Que de acuerdo con el artículo 30 de la resolución 536 de 2020 Fonvivienda verificó la información del cumplimiento de requisitos de los hogares postulantes. Que el contratista ylo funcionario del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargado de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, mediante correo electrónico de 22 de diciembre de 2021 y 25 de mayo de 2022. Que el citado proceso contó con el respectivo control de calidad realizado para los procesos sistematizados de creación de ambiente, validaciones y cruces, según correo electrónico de 22 de diciembre de 2021 y 25 de mayo de 2022, emitido por el ingeniero de sistemas

Que el citado proceso contó con el respectivo control de calidad realizado para los procesos sistematizados de creación de ambiente, validaciones y cruces, según correo electrónico de 22 de diciembre de 2021 y 25 de mayo de 2022, emitido por el ingeniero de sistemas del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que se suscribió contrato de Obra Nro. 029F-2022 entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural y UNIÓN TEMPORAL DONSA 545. Que mediante Acta de inicio suscrita entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso -Programa de Promoción de Vivienda Rural el Ejecutor y la lnterventoría se consignó como fecha de inicio 29 de julio de 2022. Que en consideración al artículo 33 de la Resolución 536 de 2020, previo al proceso de asignación del SFVR bajo la modalidad de vivienda nueva por parte de FONVIVIENDA, se realizó por parte del contratista ejecutor la etapa de pre-construcción de los hogares habilitados y se presentó, el resultado del diagnóstico y verificación de las condiciones del predio objeto de intervención y los estudios, diseños y presupuesto de la solución de vivienda planteada. Que las actividades de pre-construcción se ejecutaron mediante los mecanismos establecidos en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, el interventor mediante correo electrónico de fecha 05 de abril de 2023, informó sobre la aprobación del resultado de las actividades desarrolladas respecto al diagnóstico integral, detallando el valor, objeto

correo electrónico de fecha 05 de abril de 2023, informó sobre la aprobación del resultado de las actividades desarrolladas respecto al diagnóstico integral, detallando el valor, objeto de la asignación, y los hogares que requieren un mayor valor relacionado con el rubro de Calle 17 No. 936 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313

Versión: 6.0

Fecha: 17/03/2021Resolución No. 0194 Del 11 ABRIL 2023 Hoja No. 4 "Por la cual se da cumplimiento a una sentencia judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan Trece (13) Subsidio Familiar de Vivienda Rural en el Municipio­ de Tierralta, Montería y Valencia departamento de Córdoba en la modalidad de vivienda nueva en especie rural" transporte de materiales a zonas rurales dispersas, teniendo en cuenta la distancia y las condiciones de las vías de acceso, a saber: No. NOMBRE CONSECUTIVO DOCUMENTO DE NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO PROYECTO IDENTIDAD RT•SENTENCIA ALEJANDRO ANAYA 1 CARIBE-029F121594 6876754 CESAR CUBILLOS CORDOBA TIERRALTA

2022

RT-SENTENCIA MARTINEZ 2 CARIBE-029F121534 25956944 BERTA MARIA MERCADO CORDOBA TIERRALTA

2022

RT-SENTENCIA DIONISIO 3 CARIBE-029F120745 10925068 ALBERTO NEGRETE SOTO CORDOBA MONTERIA

2022

RT-SENTENCIA GUILLERMINA HERNANDEZ 4 CARIBE-029F121480 64919743 ROSA CAUSIL CORDOBA MONTERIA

2022

2022

RT-SENTENCIA GUILLERMINA HERNANDEZ 4 CARIBE-029F121480 64919743 ROSA CAUSIL CORDOBA MONTERIA

2022

RT-SENTENCIA HERNANDO MARTINEZ 5 CARIBE-029F122019 7376702 CORDOBA MONTERIA

2022 ANTONIO DORIA

RT-SENTENCIA

6 CARIBE-029F121569 1192718574 JOSEDAVID CAUSIL GUERRA CORDOBA MONTERIA

2022

RT-SENTENCIA BLANCO 7 CARIBE-029F120788 9081529 IGNACIO ROMANI CORDOBA MONTERIA

2022

RT-SENTENCIA REYES 8 CARIBE-029F121878 50872421 ELVIAMARIA VERGARA CORDOBA MONTERIA

2022

RT-SENTENCIA DELESCAR 9 CARIBE-029F121919 15608520 ORTEGA TERAN CORDOBA TIERRALTA

2022 MANUEL

RT-SENTENCIA FERLEY CHARRASQUIEL 10 CARIBE-029F122015 71215131 CORDOBA VALENCIA 2022 ANDRES RIOS RT-SENTENCIA GILBERTO GOMEZ 11 CARIBE-029F120796 1581572 MANUEL CONTRERAS CORDOBA VALENCIA 2022

RT-SENTENCIA JORGE BEDOYA 12 CARIBE-029F196390 2823396 ANTONIO ALVAREZ CORDOBA VALENCIA

2022

RT-SENTENCIA MARGENIA 13 CARIBE-029F121994 34785140 DEL CARMEN DIAZ MORALES CORDOBA VALENCIA

2022 Que el valor total de los recursos asignados como subsidio familiar de vivienda rural,

2022

RT-SENTENCIA MARGENIA 13 CARIBE-029F121994 34785140 DEL CARMEN DIAZ MORALES CORDOBA VALENCIA

2022 Que el valor total de los recursos asignados como subsidio familiar de vivienda rural, destinados a la solución de vivienda de cada hogar que cumplió los requisitos establecidos en el artículo 65 del Resolución 0536 de 2020 está dentro de los rangos de asignación del Decreto 1077 de 2015 y la reseñada resolución. Que Igualmente, se identificaron zonas de difícil acceso que podrían requerir valores superiores a los 70 SMLMV para la ejecución de las unidades de vivienda, lo cual se incorporó en los términos de referencia como una bolsa agotable con un máximo de 90 SMLMV en concordancia con descrito en el parágrafo del artículo 11 de la resolución 536 de 2020 Que los subsidios familiares de vivienda rural asignados a los hogares relacionados en el artículo 1 º de la presente resolución se entenderá legalizado para FONVIVIENDA según lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.5.1. del Decreto 1077 de 2015 y el artículo 76 de la Resolución 0536 de 2021 con el documento que acredita la asignación del subsidio familiar Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313 www.minvivienda.oov.co

Versión: 6.0

Fecha: 17/03/2021\,fi

Códiao: GDC-PL-11 fiResolución No. 0194 Del 11 ABRIL 2023 Hoja No. 5 "Por la cual se da cumplimiento a una sentencia judiciales en el marco de la Jurisdicción de

Códiao: GDC-PL-11 fiResolución No. 0194 Del 11 ABRIL 2023 Hoja No. 5 "Por la cual se da cumplimiento a una sentencia judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan Trece (13) Subsidio Familiar de Vivienda Rural en el Municipio de Tierralta, Montería y Valencia departamento de Córdoba en la modalidad de vivienda nueva en especie rural" de vivienda y el certificado de habitabilidad y existencia de la vivienda, suscrito por el interventor y ejecutor.

Que teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda rural. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Por la cual se da cumplimiento a unas sentencias judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan Trece (13) Subsidio Familiar de Vivienda Rural en el Municipio de Tierralta, Montería y Valencia en el departamento de Córdoba en la modalidad de vivienda nueva en especie rural, el valor total de la asignación asciende a la suma de Mil Ciento Treinta y un Millones Setecientos Treinta y Seis Mil Doscientos Pesos $ 1.13 1 .736.200.oo, acorde con la siguiente información del hogar:

No. CONSECUTIVO DOCUMENTO NOMBRES DE IDENTIDAD

6876754 ALEJANDRO

CESAR

1 121594 34978121 ADILSA ISABEL 2 121534 25956944 BERTA MARIA

DIONISIO 10925068 ALBERTO

3 120745

42650126 BETILDA ROSA

6876754 ALEJANDRO

CESAR

1 121594 34978121 ADILSA ISABEL 2 121534 25956944 BERTA MARIA

DIONISIO 10925068 ALBERTO

3 120745 42650126 BETILDA ROSA 4 121480 64919743 GUILLERMI NA

ROSA Calle 17 No. 936 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313

APELLIDOS DEPARTAMENTO

ANAYA

CUBILLOS

SEDAL CORDOBA

UCONA

MARTINEZ COROOBA MERCADO

NEGRETE

SOTO

HERNANDEZ CORDOBA

VELASOUEZ

HERNANDEZ COROOBA CAUSIL

MUNICIPIO ORDEN

JUDICIAL

Juzgado Tercero Gvildel Circuito TIERRALTA Especializ adoen Restitució n de Tierras de Montería Juzgado Primero Civil del Ci rcuito TIERRALTA Especializ adoen Restitució n de Tierras de Montería Tribunal Superior de Distrito Judicial de MONTERIA Antioquia ·Sala Civil Especializ ada en Resti tució n de Tierras Tribunal Superi or de Distrito Judicial MONTERIA de Antioquia -Sala Civil Especializ ada en Restitució

RADICADO VALOR SFVR

S 83.484.800,00 2300131210 03201800090· 00 S 83.4 84 .800,00

-Sala Civil Especializ ada en Restitució

RADICADO VALOR SFVR

S 83.484.800,00 2300131210 03201800090· 00 S 83.4 84 .800,00 230013121 00120160009800 2300131210 02S 88.958.800, 00 20140004101 2300131210 012014000S601 S 88. 816.000,00 230013121 002· 201500096o

Versión: 6.0

Fecha: 17/03/2021_ IM"\Resolución No. 0194 Del 11 ABRIL 2023 Hoja No. 6 "Por la cual se da cumplimiento a una sentencia judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan Trece (13) Subsidio Familiar de Vivienda Rural en el Municipio de Tierralta, Montería y Valencia departamento de Córdoba en la modalidad de vivienda nueva en especie rural"

HERNANDO 7376702 ANTONIO

5 122019

1062677361 LUZ ELENA

1192718574 JOSE DAVID

6 121569

1068819594 UNAMARCElA

9081529 IGNACIO

7 120788 35501471 PIEDAD 8 121878 50872421 ELVIAMARIA 9 121919 15608520 DELESCAR MANUEL FERLEY 10 122015 71215131 ANDRES

Calle 17 No. 936 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313 www.rninvivienda.gov.co

MARTINEZ

DORIA

CONTRERAS COROOBA

JULIO

Calle 17 No. 936 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313 www.rninvivienda.gov.co

MARTINEZ

DORIA

CONTRERAS COROOBA

JULIO

CAUSIL

GUERRA

NARVAEZ COROOBA

MENDOZA

BLANCO

ROMANI

PEREZ COROOBA

NEGRETE

REYES

VERGARA COROOBA

ORTEGA CORDOBA TERAN

CHARRASQU IEL RJOS COROOBA n de nerras

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MONTERIA Anti oquia -Sala Civil Especializ ada en Restitució n de nerras Juzgado Segundo Ovil del Circuito MONTERJA Especializ ado en Restitució n de Tierras de Montería Tribunal Superior de Distrito Judicial de MONTERIA Antioquía -Sala Civi l Especializ ada en Restitució n de Tierras Tribunal Superior de Distrito Judicial de MONTERIA Anti oquia -Sala Civil Especiallz ada en Restitució n de Tierras Juzgado Tercero Civil del Circuito TIERRALTA Especializ ado en Rest i tució n de nerras de Montería Tribunal Superior de Distrito Judicial VALENCIA de Antioqu i a -Sala Civil Especlallz

ado en Rest i tució n de nerras de Montería Tribunal Superior de Distrito Judicial VALENCIA de Antioqu i a -Sala Civil Especlallz ada en Restitució S 86.531 .200,00 2300131210 01· 20150015801 S 92.457.400,00 230013121 00220170014000 S 88.816.000,00 2300131210 0120150011101 S 86.531.200,00 230013121 001· 20150000301 S 86.531.200,00 230013121 00320180006900 S 86.531.200,00 230013121 00220150014001

Versión: 6.0

Fecha: 17/03/2021

CódiQo: GDC-PL-11Resolución No. 0194 Del 11 ABRIL 2023 Hoja No. 7 "Por la cual se da cumplimiento a una sentencia judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan Trece (13) Subsidio Familiar de Vivienda Rural en el Municipio de Tierralta, Montería y Valencia departamento de Córdoba en la modalidad de vivienda nueva en especie rural" nde

Tierras Juzgado Tercero Cívi l del Circuito

11 120796 1581572 GILBERTO GOMEZ COROOBA VALENCIA Especialil

S 86.531.200,00 MANUEL CONTRERAS adoen Restltució 2300131210 n de 03Tierras de 201800022·

11 120796 1581572 GILBERTO GOMEZ COROOBA VALENCIA Especialil

S 86.531.200,00 MANUEL CONTRERAS adoen Restltució 2300131210 n de 03Tierras de 201800022· Montería 00 2823396 JORGE BEOOYA Juzgado ANTONIO ALVAREZ Segundo Civil del Circuito 12 196390 COROOBA VALENCIA Especializ S 86. 531.200,00 BRIGIOA DEL JIMENEZ ado en 26220431 CARMEN CUADRADO Restitució 230013121 n de 002Tierras de 201900064Montería 00 Tribunal Superior de Distrito

Judicial MARGENIA DIAZ de 13 121994 34785140 DEL CARMEN MORALES COROOBA VALENCIA Antioquia S 86.531.200,00

-Sala Civil Especializ ada en 230013121 Restitució 002n de 201500140Tierras 01 s 1.131. 736.200,

TOTAL 00

Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda rural asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución, es de doce (12) meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de publicación de esta resolución de asignación en el Diario Oficial. Artículo 3. FONVIVIENDA podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1 .10.1.1 .5.3 "perdida y restitución del subsidio familiar de vivienda" del Decreto 10 77 de 2015, ante las causales de pérdida y restitución del subsidio, por lo que

2.1 .10.1.1 .5.3 "perdida y restitución del subsidio familiar de vivienda" del Decreto 10 77 de 2015, ante las causales de pérdida y restitución del subsidio, por lo que para ello podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información sumin istrada por los hogares beneficiarios. Artículo 4. Los hogares beneficiarios del subsidio familiar de vivienda rural, relacionados en el artículo 1 º de la presente Resolución, que incumplan con las condiciones y requisitos indicados en los artículos 2.1 .10.1 .1. 4.3 y 2.1 .10 .1 .1. 4.4. del Decreto 1077 de 2015, se les aplicará la pérdida de ejecutoriedad del acto admi nistrativo, respecto de su asignación, según lo establecido en el numeral 4 del artículo 91 de la Ley 1437 de 201 1 (Código de Procedimiento Admin istrativo y de lo Contencioso Adminis trativo), sin perjuicio de lo anterior, la asignación del beneficio estatal estará supeditada al cumplimiento técnico del predio sobre el cual se aplicará el SFVR, y en caso de que este no cumpla se resolverá el presente acto admin istrativo . Calle 17 No. 936 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313

Versión: 6.0

Fecha: 17/03/2021.M n--r-1--t--t' ---+' ---+'-+--11 __ 1 1 1 1 1 1 1 1

!Resolución No. 0194 Del 11 ABRIL 2023 Hoja No. 8 "Por la cual se da cumplimiento a una sentencia judiciales en el marco de la Jurisdicción de

1 1 1 1 1 1 1 !Resolución No. 0194 Del 11 ABRIL 2023 Hoja No. 8 "Por la cual se da cumplimiento a una sentencia judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan Trece (13) Subsidio Familiar de Vivienda Rural en el Municipio de Tierralta, Montería y Valencia departamento de Córdoba en la modalidad de vivienda nueva en especie rural" Artículo 5. La presente resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y en el Diario Oficial, comunicada al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fidufiSi.st-!P,EErfiti! de admin istración y pagos Nro. 027 de 2020 suscrito con Fiduag raria S.A y comunicada Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras. Artículo 6. El presente acto admin istrativo no genera ejecución presupuesta! y las imputaciones presupuestales se harán de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 2.1 .10.1 .1. 3.1 del Decreto 1077 de 2015 de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia y su manual operativo con cargo a los recursos disponibles en el Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural. Artículo 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá o.e., a los 11 ABRIL 2023 ./ Nor ceres Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda -Fonvivienda

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá o.e., a los 11 ABRIL 2023 ./ Nor ceres Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda -Fonvivienda Proyecto: Andrei Suarez / Uliana Perdomo ( ),fi..., 1.

Revisó: Camila Cepeda/ Sergio Mufioz fi•fi':')..,__ fi

Aprobó: David Ochoa·'t'

Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313 www.minvivienda.oov.co Versión: 6.0 fi Fecha: 17/03/2021

Códiao: GDC-PL-11

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