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MINVIVIENDA - Resolución 0242 de 2023

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0242 de 2023
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2023

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO (0242) 02 MAYO 2023 "Por la cual se asignan veintinueve (29) subsidios familiares de vivienda con requisito de ahorro a hogares beneficiarios del Programa Semillero de Propietarios -Ahorradores para la adquisición de vivienda de interés social nueva" EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9º del artículo 3º del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el capítulo 9, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 9º del artículo 3º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda "(. .. ) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional. (. .. )". Que en el capítulo 9, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No. 1077 de 2015 se incorporó el Programa de Vivienda "Semillero de Propietarios -Ahorradores", destinado a promover la adquisición de vivienda a través del ahorro y el acceso al crédito hipotecario y el leasing habitacional como mecanismos de financiación, entre la población con ingresos de hasta dos (2) salarios

a través del ahorro y el acceso al crédito hipotecario y el leasing habitacional como mecanismos de financiación, entre la población con ingresos de hasta dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes para que sea complementario al otorgado en el marco del Programa de Adquisición de Vivienda "Mi Casa Ya" Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1.1.9.2 del Decreto No. 1077 de 2015, el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda, suscribió con la Sociedad Fiduciaria BBVA ASSET Management Sociedad Fiduciaria S.A. el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No. 006 del 16 de Julio de 2020 en la radicación interna de Fonvivienda, por medio del cual se realizará la administración de los recursos para la ejecución de las actividades en materia de vivienda de interés social prioritaria urbana, destinadas a la atención de hogares en el marco del Programa Semillero de Propietarios - Ahorradores Que el artículo 2.1.1.9.4. del Decreto 1077 de 2015 establece que "el valor del subsidio familiar de vivienda de que trata el presente capítulo, será de hasta seis (6) salarios mínimos Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 www.minvivienda.gov.co

Versión: 6.0

Fecha: 17/03/2021

Código: GDC-PL-11 fi Página 1 de 4 fiResolución No. 0242 Del 02 MAYO 2023 Hoja No. 2 "Por la cual se asignan veintinueve (29) subsidios familiares de vivienda con requisito de ahorro a hogares beneficiarios del Programa Semillero de Propietarios - Ahorradores para la

"Por la cual se asignan veintinueve (29) subsidios familiares de vivienda con requisito de ahorro a hogares beneficiarios del Programa Semillero de Propietarios - Ahorradores para la adquisición de vivienda de interés social nueva" legales mensuales vigentes al momento de la expedición del acto administrativo de cumplimiento de las condiciones para la aplicación efectiva del mismo." Que el artículo 2.1.1.9.5 y siguientes del Decreto 1077 de 2015 determina los requisitos y condiciones que deben cumplir los hogares para ser beneficiarios del Programa Semillero de Propietarios - Ahorradores, entre las cuales se encuentra el de completar un monto mínimo de 4.5 salarios mínimos legales mensuales vigentes en un producto financiero de ahorro y contar con carta de aprobación de crédito hipotecario o una operación de leasing habitacional. Que los establecimientos de crédito, en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 2.1.1.9.9. del Decreto 1077 de 2015, previa verificación del cumplimiento de los requisitos descritos en el artículo 2.1.1.9.8 y las condiciones establecidas en el articulo 2.1.1.9.5 ibídem, solicitó la expedición del acto administrativo de asignación de los subsidios familiares de vivienda, en el marco del Programa de Vivienda Semillero de PropietariosAhorradores. Que mediante correo electrónico de fecha 02 de mayo del 2023, el Ingeniero de sistemas de la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda, informó sobre los hogares que se encuentran en estado "Habilitado con requisito Ahorro", los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del Programa de Vivienda Semillero de Propietarios -Ahorradores y Mi Casa Ya.

encuentran en estado "Habilitado con requisito Ahorro", los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del Programa de Vivienda Semillero de Propietarios -Ahorradores y Mi Casa Ya. Que el valor total de los recursos asignados como subsidio familiar de vivienda en dinero, destinados a la solución de vivienda de los hogares que cumplieron los requisitos establecidos en los artículos 2.1.1.9.5. y 2.1.1.9.8 del Decreto 1077 del 2015 asciende a la suma de doscientos un millones ochocientos cuarenta mil pesos M/Cte. ($ 201.840.000). Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuesta! y las imputaciones presupuestales se harán de acuerdo con las reglas establecidas en la sección 2.1.1.9.1 del Decreto 1077 de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia y su manual operativo afectándose los recursos depositados en el Fideicomiso "Programa Semillero de Propietarios -Ahorradores" para la adquisición de vivienda de interés social nueva. Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.4.1.5.3 del Decreto 1077 de 2015, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Asignar veintinueve (29) Subsidios Familiares de Vivienda en el marco de Programa de Vivienda "Semillero de Propietarios - Ahorradores" para la adquisición de vivienda de interés social nueva, por un valor total de DOSCIENTOS UN MILLONES

Programa de Vivienda "Semillero de Propietarios - Ahorradores" para la adquisición de vivienda de interés social nueva, por un valor total de DOSCIENTOS UN MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL PESOS MICTE. ($ 201.840.000), a los hogares que se relacionan a continuación: Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 www.minvivienda.gov.co

Versión: 6.0

Fecha: 17/03/2021

Código: GDC-PL-11 fi Página 2 de 4 <-\

r.Resolución No. 0242 Del 02 MAYO 2023 Hoja No. 3 "Por la cual se asignan veintinueve (29) subsidios familiares de vivienda con requisito de ahorro a hogares beneficiarios del Programa Semillero de Propietarios - Ahorradores para la adquisición de vivienda de interés social nueva" No ID Hogar Documento Nombres SINDY 1 54994 1065590861 LORENA 2 57313 1040034059 LEIDY YURANY 3 63771 1193574272 JUAN JOSE 4 63869 1002368248 LIZETH GABRIELA s 63990 1040049587 MANUELA 1040041203 LUIS FERNANDO 6 64180 1052312273 MIRYAM YANETH 7 64206 1028016045 FRANKLIN ANTONIO 8 64217 75049902 HECTOR FABIO 9 64222 70854296 ANGELESAU 10 65463 43851797 NIDIA ESTELA 11 65487 9590154 JAIME

ORLANDO

1052313382 MARIELA

8 64217 75049902 HECTOR FABIO 9 64222 70854296 ANGELESAU 10 65463 43851797 NIDIA ESTELA 11 65487 9590154 JAIME

ORLANDO 1052313382 MARIELA 12 65637 1017144438 RINIVER JOHANA 13 65681 1052313278 DEYIBET 14 65704 1028120168 LI LIANA MARIA 21515868 LUZ ESTELA 15 65935 1038384163 VILMA SULY 16 65937 1020477635 JESSICA 17 65938 33994009 ENEDINA 18 67137 1035913962 LIZZETH YOLIMA 19 67316 43424851 OLGA LUCIA 20 67368 1036925769 JOSE FERNANDO 21 67404 1236438213 NILSON ENRIQUE 22 67591 1038386484 DIDIER LEONARDO 23 67592 27737544 SOL MARINA 24 67596 7562759 JOSE NELSON Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 www.minvivienda.gov.co Apellidos

MOSQUERA

MACHADO

ARIAS QUICENO

RAMIREZ ALBADAN

MORENO MORENO

POSSO BEDOYA

FLOREZ VARGAS

PINEDA MORENO

MENA RIVAS

JARAMILLO

SEPULVEDA

VERA ZULETA

GARCIA CARVAJAL

TORRES MACHUCA

BARRERA

BALAGUERA

PADILLA CASTRO

RODRIGUEZ

BALAGUERA

SOSSA RESTREPO

SOSSA RESTREPO

RESTREPO

ACEVEDO

GARCIA CARVAJAL

TORRES MACHUCA

BARRERA

BALAGUERA

PADILLA CASTRO

RODRIGUEZ

BALAGUERA

SOSSA RESTREPO

SOSSA RESTREPO

RESTREPO

ACEVEDO

VALENCIA ROJAS

GUERRERO

LONDOÑO

MARINOCHOA

PEREZ IDARRAGA

MORALES MARIN

PICO BERROCAL

CARDONA

LONDOÑO

HERNANDEZ

MENDOZA

DEVIA ARISTIZABAL

'" ValorSfv 1, $6.960.000 $6.960.000 $6.960.000 $6.960.000 $6.960.000 $6.960.000 $6.960.000 $6.960.000 $6.960.000 $6.960.000 $6.960.000 $6.960.000 $6.960.000 $6.960.000 $6,960.000 $6.960.000 $6.960.000 $6.960.000 $6.960.000 $6.960.000 $6.960.000 $6.960.000 $6.960.000 $6.960.000 Entidad·Flnanclera

BANCO BILBAO VIZCAYA

ARGENTARIA COLOMBIA S.A. íBBVAl

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

FONDO NACIONAL DEL

AHORRO

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

FONDO NACIONAL DEL

AHORRO

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

COTRAFA COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

CONFIAR COOPERATIVA

FINANCIERA

Versión: 6.0

Fecha: 17/03/2021

Código: GDC-PL-11. j,-...

Página 3 de 4 fi •Resolución No. 0242 Del 02 MAYO 2023 Hoja No. 4 ªPor la cual se asignan veintinueve (29) subsidios familiares de vivienda con requisito de ahorro a hogares beneficiarios del Programa Semillero de Propietarios - Ahorradores para la adquisición de vivienda de interés social nueva" No ID Hogar Documento ,, Nombres Apellidos I• ValorSfv Entidad Financiera fi 'º -

ahorro a hogares beneficiarios del Programa Semillero de Propietarios - Ahorradores para la adquisición de vivienda de interés social nueva" No ID Hogar Documento ,, Nombres Apellidos I• ValorSfv Entidad Financiera fi 'º - 25 67633 43163821 DEISY LILIANA TORRES CASTAliiO $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA 26 68680 44004895 NANCY LONDOliiO LOAIZA $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA VIVIANA FINANCIERA 27 68784 43411467 BLANCA LIBIA MENESES $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA GONZALEZ FINANCIERA 28 68871 33702901 CLAUDIA RINCON $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA

MILENA FINANCIERA

29 71059 43421542 MARIA LUZ GARCIA LOPEZ $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA

ANGELA FINANCIERA VALOR TOTAL DE LOS SFV ASlfiNAQOS $201.840.000 --- - Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1 º de la presente resolución, es de seis (6) meses contados a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de esta asignación. Artículo 3. Fonvivienda podrá en cualquier momento, verificar la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios, haciendo uso de la facultad establecida en el artículo 2.1.1.4.1.5.3 del Decreto 1077 de 2015. Artículo 4. La ejecutoriedad del presente acto administrativo para cada uno de los hogares relacionados en el artículo 1. del mismo, queda sometido al cumplimiento de la obligación

Artículo 4. La ejecutoriedad del presente acto administrativo para cada uno de los hogares relacionados en el artículo 1. del mismo, queda sometido al cumplimiento de la obligación descrita en el literal a) del artículo 2.1.1.9.5. del Decreto 1077 de 2015 la cual se deberá mantener tanto en el proceso de asignación como de desembolso del Subsidio Familiar de Vivienda complementario asignado en el marco del Programa de Adquisición de Vivienda "Mi Casa Ya" y a que la entidad otorgante del crédito realice el desembolso del mismo o a que dé inicio al contrato de leasing habitacional, en los términos indicados en el artículo 2.1.1.4.1.5.2 ibídem. Artículo 5. La presente resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y comunicada al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Semillero de Propietarios - Ahorradores, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos Nos. 006 de 2020 suscrito con la BBVA ASSET Management Sociedad Fiduciaria S.A. Artículo 6. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá o.e., a los 02 MAYO 2023 NORMA JANETH GÓMEZ CÁCERES Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda Proyedó: Karina Jaimes r tÍ.t..

Aprobó: Marcela Rey Hemández -Subdirectora de SSFV N'\

Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 www.minvivienda.gov.co

Versión: 6.0

Aprobó: Marcela Rey Hemández -Subdirectora de SSFV N'\

Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 www.minvivienda.gov.co

Versión: 6.0

Fecha: 17 /0312021

Código: GDC-PL-11

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