MINVIVIENDA - Resolución 0249 de 2021
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0249 de 2021
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2021
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio República de Colombia Fondo Nacional de Vivienda RESOLUCIÓN NÚMERO ( 0249 ) 27 MAY 2021 “Por la cual se adopta el Programa de Gestión Documental — PGD del Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio y del Fondo Nacional de Vivienda “ EL MINISTRO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el Decreto único reglamentario 1080 de 2015 expedido por el Sector Cultura y CONSIDERANDO Que el artículo 21 de la Ley 594 del 14 de julio del año 2000, “Por la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones, establece que las entidades públicas deberán elaborar Programas de Gestión de Documentos, pudiendo contemplar el uso de nuevas tecnologías y soportes, en cuya aplicación deberán observarse los principios y procesos archivísticos. Que el artículo 15 de la Ley 1712 de 2014 “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho del Acceso ala Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”, señala que los sujetos obligados deberán adoptar un Programa de Gestión Documental en el cual se establezcan los procedimientos y lineamientos necesarios para la producción, distribución, organización, consulta y conservación de los documentos públicos. Que el artículo 17 de la Ley 1712 de 2014 establece que para asegurar que los sistemas de información electrónica sean efectivamente una herramienta para promover el acceso a la información pública, los sujetos obligados deben asegurar
los documentos públicos. Que el artículo 17 de la Ley 1712 de 2014 establece que para asegurar que los sistemas de información electrónica sean efectivamente una herramienta para promover el acceso a la información pública, los sujetos obligados deben asegurar que estos ...a) Se encuentren alineados con los distintos procedimientos y articulados con los lineamientos establecidos en el Programa de Gestión Documental de la entidad, entre otros Calle 17 No. 9 — 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 3001 Fecha: 17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-10 Página 1 de 3Resolución No. 0249 Del 27 MAY de 2021 HojaNo.2 “Por la cual se adopta el Programa de Gestión Documental — PGD del Ministerio de vivienda ciudad y territorio y del Fondo Nacional de Vivienda” Que el artículo 2.8.2.5.10 del Decreto 1080 de 2015, establece que todas las entidades del Estado deben formular un Programa Gestión Documental (PGD), a corto, mediano y largo plazo, como parte del Plan Estratégico Institucional y del Plan de Acción Anual. Que el artículo 2.8.2.5.11 del Decreto 1080 de 2015, determina que el Programa de Gestión Documental (PGD) debe ser aprobado por el Comité de Desarrollo Administrativo conformado en cada una de las entidades del orden nacional, así mismo que la implementación y seguimiento del PGD es responsabilidad del área de archivo de la Entidad en coordinación con la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces. Que el artículo 2.8.5.4.1 del Decreto 1080 de 2015, determina el Concepto del
archivo de la Entidad en coordinación con la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces. Que el artículo 2.8.5.4.1 del Decreto 1080 de 2015, determina el Concepto del Programa de Gestión Documental. Indica que en desarrollo de la Ley 1712 de 2014 se entenderá por Programa de Gestión Documental el plan elaborado por cada sujeto obligado para facilitar la identificación, gestión, clasificación, organización, conservación y disposición de la información pública, desde su creación hasta su disposición final, con fines de conservación permanente o eliminación. Que el artículo 2.8.5.2. del Decreto 1080 de 2015, establece que el Programa de Gestión Documental, deben ser adoptado y actualizado por medio de acto administrativo o documento equivalente de acuerdo con el régimen legal al sujeto obligado. Que el artículo 1° del Decreto 555 de 2003, creó el Fondo Nacional de ViviendaFONVIVIENDA, como un fondo con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía presupuestal y financiera, sin estructura administrativa ni planta de personal propia; sometido a las normas presupuestales y fiscales del orden nacional, adscrito al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que respecto al Fondo Nacional de Vivienda, el artículo 14 del Decreto-Ley 555 de 2003 establece que: Las funciones técnicas y administrativas para el desarrollo de las actividades propias del Fondo Nacional de Vivienda, Fonvivienda, serán realizadas a través del personal de planta del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
2003 establece que: Las funciones técnicas y administrativas para el desarrollo de las actividades propias del Fondo Nacional de Vivienda, Fonvivienda, serán realizadas a través del personal de planta del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Que el artículo 3 del Decreto-Ley 3571 de 2011 establece la integración del Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio, señalando al Fondo Nacional de Vivienda como Establecimiento Público Adscrito al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, hoy Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que el Comité Institucional de Gestión y Desempeño en comité extraordinario aprobó mediante Acta No 8 del 14 diciembre de 2020, el Programa de Gestión Documental del Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio. Que, en mérito de lo expuesto, Calle 17 No. 9 — 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 3001 Fecha: 17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-10 Página 2 de 3Resolución No. 0249 Del 27 MAY de 2021 HojaNo.3 “Por la cual se adopta el Programa de Gestión Documental — PGD del Ministerio de vivienda ciudad y territorio y del Fondo Nacional de Vivienda” RESUELVE: Artículo Primero. Adopción: Adóptese el programa de gestión documental -PGD como instrumento archivístico para el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio y el Fondo Nacional de Vivienda, aprobado por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño mediante Acta No. 08 del 14 de diciembre de 2020.
como instrumento archivístico para el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio y el Fondo Nacional de Vivienda, aprobado por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño mediante Acta No. 08 del 14 de diciembre de 2020. Artículo Segundo. Implementación: El programa de gestión documental — PGD será implementado a todas las dependencias del Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio y en el Fondo Nacional de Vivienda; siendo de obligatoria observancia y aplicación.
Artículo Tercero. Actualización: La Subdirección de Servicios Administrativos y el Grupo de Atención al Usuario y Archivo, serán las áreas responsables de realizar y presentar al comité institucional de gestión y desempeño las propuestas de actualización al programa de gestión documental — PGD, que de acuerdo con el desarrollo de las funciones propias de la entidad y de los cambios en el marco normativo puedan presentarse.
Artículo Cuarto. Vigencia: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C.,a los 27 MAY 2021
JONATHAN TYBALT MALAGÓN GONZÁLEZ
Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio
¡A ERLES E. ESPINOSA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda
Elaboró: Albert Mendez Arévalo, Adriana Bonilla Marquínez - GAUA
Revisó: Jorge Cañaveral Rojas — Coordinador GAUA
Revisó: Iván Narváez Forero — Asesor Secretaria General
Revisó Juliana Ocampo Quintero — DIVIS Calle 17 No. 9 — 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 3001 Fecha: 17/03/2021
Revisó Juliana Ocampo Quintero — DIVIS Calle 17 No. 9 — 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 3001 Fecha: 17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-10 Página 3 de 3