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MINVIVIENDA - Resolución 0252 de 2023

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0252 de 2023
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2023

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO (0252) 08 MAYO 2023 "Por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, por lista en espera, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización San José en el municipio de Puerres del departamento de Nariño y se modifica parcialmente la Resolución No.1075 del 16 de agosto de 2019" EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1537 de 2012 y el artículo 2.1.1.2.1.4.1.del Decreto 1077 de 2015 y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8° del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones." Que se expidió la Ley 1537 de 2012, "Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda", cuyo objeto es "señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el

territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda". Que en el artículo 12 de la referida Ley, se determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno Nacional se podrán asignar a título de subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno Nacional. Que el artículo 2.1.1.2.1.4.1. del Decreto 1077 de 2015, establece que el Fondo Nacional de Vivienda expedirá acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda en especie, a los beneficiarios señalados en la resolución emitida por Prosperidad Social. Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3313 www.minvivienda.gov.co

Versión: 6.0

Fecha: 17/03/2021

Código: GDC-PL-11

Página 1 de s':J!) ra \:J:IResolución No. 0252 Del 08 MAYO 2023 Hoja No. 2 "Por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, por lista en espera, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización San José en el municipio de Puerres del departamento de Nariño y se modifica parcialmente la Resolución No. 1075 del 16 de agosto de 2019".

del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización San José en el municipio de Puerres del departamento de Nariño y se modifica parcialmente la Resolución No. 1075 del 16 de agosto de 2019". Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley 1537 de 2012 el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda celebró con Consorcio Alianza - Colpatria el contrato de fiducia mercantil No. 325 de 2015, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado FideicomisoPrograma De Vivienda Gratuita 11, por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda de interés social prioritaria urbana, destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y las normas que la modifiquen, adicionen, subroguen o reglamenten, conforme a las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, a través de los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo Matriz (PAM). Que Fonvivienda expidió la Resolución No. 1075 del 16 de agosto de 2019 "Por la cual se asignan veintiocho (28) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares con selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización San José del municipio de Puerres en el departamento de Nariño"dentro de los cuales se incluyó el hogar de ROSA ELVIRA QUISTANCHALA MUESES identificada con la cédula No. 29557 498, quien fue beneficiario en el

proyecto Urbanización San José del municipio de Puerres en el departamento de Nariño"dentro de los cuales se incluyó el hogar de ROSA ELVIRA QUISTANCHALA MUESES identificada con la cédula No. 29557 498, quien fue beneficiario en el proyecto Urbanización San José del municipio de Puerres en el departamento de Nariño. Que con posterioridad a dicha asignación al hogar de ROSA ELVIRA QUISTANCHALA MUESES identificada con la cédula No. 29557498, se le revocó el subsidio familiar de vivienda en especie mediante procedimiento Administrativo Sancionatorio adelantado por Fonvivienda mediante la Resolución No. 3669 de 2020 emitida por el Fondo Nacional de Vivienda. Que la vivienda disponible y objeto de asignación en el presente acto administrativo, corresponde al cupo liberado por la revocatoria del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie otorgado al hogar de ROSA ELVIRA QUISTANCHALA MUESES identificada con la cédula No. 29557 498 en el proyecto Urbanización San José del municipio de Puerres en el departamento de Nariño. Que el parágrafo 1º del Artículo 2.1.1.2.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 establece que Prosperidad Social, podrá sortear en los términos del artículo 2.1.1.2.1.3.2 del citado decreto, un porcentaje adicional del 5% al número de viviendas disponibles para cada orden de priorización, para conformar una lista de espera que permita sustituir hogares postulados y seleccionados y el orden en que los hogares que componen dicho listado de espera, pueden ser beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en especie, siguiendo la secuencia numérica, iniciando por el primero.

postulados y seleccionados y el orden en que los hogares que componen dicho listado de espera, pueden ser beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en especie, siguiendo la secuencia numérica, iniciando por el primero. Que el artículo 2.1.1.2.1.4.8 del Decreto 1077 de 2015, establece el procedimiento para sustitución de hogares del subsidio familiar de vivienda, en el inciso segundo, establece: "Para definir los hogares sustitutos, se recurrirá a los hogares que se encuentran incluidos en los listados de espera, de acuerdo con lo establecido en el parágrafo 1 º del artículo 2 .1.1.2.1.3.1 de la presente sección ( ... )" ¡Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia 1conmutador (601 )3905666 ¡www.minvivienda.gov.co

Versión: 6.0

Fecha: 17/03/2021

Código: GDC-PL-11

Página 2 de 5Resolución No. 0252 Del 08 MAYO 2023 Hoja No. 3 "Por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, por lista en espera, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización San José en el municipio de Puerres del departamento de Nariño y se modifica parcialmente la Resolución No. 1075 del 16 de agosto de 2019". Que se hace necesario completar el cupo del proyecto y sustituir el hogar que presento renuncia voluntaria al subsidio familiar de vivienda en especie en el proyecto Urbanización San José del municipio de Puerres en el departamento de Nariño, para lo cual se toma de la lista de espera antes mencionada, los postulantes que

renuncia voluntaria al subsidio familiar de vivienda en especie en el proyecto Urbanización San José del municipio de Puerres en el departamento de Nariño, para lo cual se toma de la lista de espera antes mencionada, los postulantes que participaron en el sorteo realizado por Prosperidad Social, el 25 de junio de 2019, según Acta No. 521 en la cual se identificó lista de espera con un (01) hogar, seleccionando así el hogar de EMILSEN JHURANY ALVAREZ PINCHAO identificada con la cédula No. 1085916637, quien se ubica en el primer y único lugar de la lista. Que el contratista del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargado de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada informó nuevamente el cumplimiento de requisitos de los hogares, mediante correo electrónico del 24 de abril de 2023. Que de acuerdo con el contrato de diseño y construcción entre el consorcio AlianzaColpatria y el Constructor, el valor individual de las viviendas en el proyecto Urbanización San José del municipio de Puerres en el departamento de Nariño, es de 66,99 SMLMV vigencia 2019. Que el valor total de recursos asignados como Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, destinados a la solución de vivienda de hogares que cumplieron los requisitos establecidos en la sección 2.1.1.2.1., del Decreto 1077 de 2015, asciende a la suma de cincuenta y cinco millones cuatrocientos setenta y cinco mil cuatrocientos nofienta pesos con ochenta y cuatro centavos M/Cte. ($55.475.490,84). i Quf3 cumpliendo lo fistipulado en los artículos 6º, 7° y 8º de la Ley 1537 de 2012, el

nofienta pesos con ochenta y cuatro centavos M/Cte. ($55.475.490,84). i Quf3 cumpliendo lo fistipulado en los artículos 6º, 7° y 8º de la Ley 1537 de 2012, el presente acto administrativo no genera ejecución presupuesta! y no afectará los recµrsos depositados en el Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita Fase II del Consorcio Alianza - Colpatria. Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.2.6.2.2 del, decreto 1077 de 2015, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por el hogar postulante y beneficiario. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Asignar un (1) subsidio familiar de vivienda en especie - SFVE al hogar identificado en la Lista de Espera del Acta No. 521 del 25 de junio de 2019 emitida por Prosperidad Social, para el proyecto Urbanización San José del municipio de Puerres en el departamento de Nariño, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, al hogar que se relaciona a continuación:

DEPARTAMENTO: NARIÑO

MUNICIPIO: PUERRES

Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (601 )3905666 www.minvivienda.gov.co

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Fecha: 17/03/2021

Código: GDC-PL-11

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www.minvivienda.gov.co

Versión: 6.0

Fecha: 17/03/2021

Código: GDC-PL-11

Página 3 de 5Resolución No. 0252 Del 08 MAYO 2023 Hoja No. 4 "Por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, por lista en espera, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización San José en el municipio de Puerres del departamento de Nariño y se modifica parcialmente la Resolución No. 1075 del 16 de agosto de 2019".

PROYECTO: URBANIZACIÓN SAN JOSÉ

No. Identificación Nombres 1 1.085.916.637 EMILSEN JHURANY Apellidos

ALVAREZ PINCHAO

VALOR TOTAL DEL SFVE ASIGNADO

ValorSFVE $ 55.475.490,84 $ 55.475.490,84 Artículo 2. Los demás acápites y apartes de la Resolución No. 1075 del 16 de agosto de 2019, expedida por el Fondo Nacional de Vivienda, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. Artículo 3. La asignación de la vivienda al hogar beneficiario en el citado proyecto, corresponderá a la liberada por el hogar que se le revocó el subsidio familiar de vivienda en especie en el proyecto Urbanización San José del municipio de Puerres en el departamento de Nariño. Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.2.6.2.2 del decreto 1077 de 2015, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por el hogar postulante y beneficiario.

en el artículo 2.1.1.2.6.2.2 del decreto 1077 de 2015, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por el hogar postulante y beneficiario. Artículo 4. La transferencia del derecho de dominio de la vivienda del proyecto Urbanización San José del municipio de Puerres en el departamento de Nariño, al hogar beneficiario del subsidio familiar de vivienda en especie relacionado en el artículo primero de la presente resolución, se realizará mediante acto administrativo expedido por la autoridad debidamente facultada para hacerlo de conformidad con lo establecido en el Artículo 43 de la Ley 1537 de 2012. Artículo 5. El hogar relacionado en el artículo 1 º de esta resolución podrá interponer [en los términos y condiciones establecidos por la ley, los recursos a los que haya lugar contra el presente acto administrativo. Artículo 6. Comunicar la presente asignación al hogar beneficiario, a Prosperidad [social y publicar en el Diario Oficial, conforme lo dispuesto en el Artículo 2.1.1.2.1.4.1 del decreto 1077 de 2015. ¡Artículo 7. Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Matriz, Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita Fase 11, de conformidad con lo 1 1dispuesto en el contrato de fiducia mercantil No. 325 de 2015 suscrito con el Consorcio filianza - Colpatria. fiCalle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia 1 conmutador (601)3905666 \. 1.minvivienda.gov.co

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Fecha: 17/03/2021

filianza - Colpatria. fiCalle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia 1 conmutador (601)3905666 \. 1.minvivienda.gov.co

Versión: 6.0

Fecha: 17/03/2021

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1Resolución No. 0252 Del 08 MAYO 2023 Hoja No. 5 "Por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, por lista en espera, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización San José en el municipio de Pu erres del departamento de Nariño y se modifica parcialmente la Resolución No. 1075 del 16 de agosto de 2019". Artículo 8. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Proyectó: Julio Camargoffi

·"?

Revisó: Rocio Peña li/ Dada en Bogotá, o.e. a los 08 MAYO 2023

NORMA JANETH GÓMEZ CÁCERES

Directora Ejecutiva de Fonvivienda

Aprobó: Marcela Rey Hernández ¡./\

Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (601 )3905666 wvvw.minvivienda.gov.co

Versión: 6.0

Fecha: 17/03/2021

Código: GDC-PL-11

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