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MINVIVIENDA - Resolución 0348 de 2023

Ministerio de Vivienda

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Título
MINVIVIENDA - Resolución 0348 de 2023
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2023

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO (0348) 26 MAYO 2023 "Por medio de la cual se modifican parcialmente las Resoluciones No. 2469, 3804 de 2021, 0213, 0355, 0449 y 1895 de 2022, por medio de las cuales se asignan Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, a hogares beneficiarios en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase 11 en el proyecto Urbanización Romansa del municipio de Aguachica en el Departamento de Cesar'' LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1537 de 2012 y el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8° del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones." Que se expidió la Ley 1537 de 2012, "Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda", cuyo objeto es "señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a

"señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda". Que en el articulo 12 de la referida Ley, se determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno Nacional, se podrán asignar a título de Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (601) 3905666 W\V'>V.minvivicnda.gov.co

Versión: 6.fi

Fecha: 17/03/2021

Código: GDC-PL-11

Página 1 de 6Resolución No. 0348 del 26 MAYO 2023 Hoja No. 2 "Por medio de la cual se modifican parcialmente las Resoluciones No. 2469, 3804 de 2021, 0213, 0355, 0449 y 1895 de 2022, por medio de las cuales se asignan Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, a hogares beneficiarios en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase 11 en el proyecto Urbanización Remansa del municipio de Aguachica en el Departamento de Cesar" subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno Nacional. Que en el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 de 2015 establece que el Fondo Nacional de Vivienda expedirá acto administrativo de asignación del subsidio

priorización y focalización que establezca el Gobierno Nacional. Que en el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 de 2015 establece que el Fondo Nacional de Vivienda expedirá acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda en especie, a los beneficiarios señalados en la resolución emitida por Prosperidad Social. Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley 1537 de 2012 el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda celebró con Consorcio Alianza - Colpatria el contrato de fiducia mercantil No. 325 de 2015, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado FideicomisoPrograma De Vivienda Gratuita 11, por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda de interés social prioritaria urbana, destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y las normas que la modifiquen, adicionen, subroguen o reglamenten, conforme a las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, a través de los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo Matriz (PAM). Que el Fondo Nacional de Vivienda expidió las Resoluciones No. 2469, 3804 de 2021, 0213, 0355, 0449 y 1895 de 2022, por medio de las cuales se asignan Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, a hogares beneficiarios seleccionados de forma directa y por sorteo por Prosperidad Social, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización Remansa del

Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, a hogares beneficiarios seleccionados de forma directa y por sorteo por Prosperidad Social, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización Remansa del municipio de Aguachica en el Departamento de Cesar. Que el Fondo Nacional de Vivienda expidió los mencionados actos administrativos en el que se asignaron un total de cien (100) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, a hogares beneficiarios, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el proyecto Urbanización Romansa del municipio de Aguachica en el Departamento de Cesar. Que en la parte considerativa y resolutiva de los mencionados actos administrativos se establecieron los valores totales de los recursos asignados como Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, destinados a la solución de vivienda de los hogares que cumplieron los requisitos en el proyecto Urbanización Remansa del municipio de Aguachica en el Departamento de Cesar, establecidos en la sección 2.1.1.2.1. del Decreto 1077 de 2015, los cuales ascienden a la suma de cinco mil ochocientos dos millones ciento veintitrés mil cien pesos m/cte. ($5.802.123.100,00). Que de conformidad con el artículo 2.1.1.2.1.4.9. del Decreto 1077 de 2015, seis (6) hogares fueron beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en dinero, asignado por Fonvivienda con anterioridad a la expedición de la Ley 1537 de 2012, que no habían realizado el proceso de cobro antes de la postulación, y que Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (601) 3905666 www.minvivicnda.gov.co

que no habían realizado el proceso de cobro antes de la postulación, y que Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (601) 3905666 www.minvivicnda.gov.co

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Fecha: 17/03/202fi

Código: GDC-PL-11

Página 2 de 6Resolución No. 0348 del 26 MAYO 2023 Hoja No. 3 "Por medio de la cual se modifican parcialmente las Resoluciones No. 2469, 3804 de 2021, 0213, 0355, 0449 y 1895 de 2022, por medio de las cuales se asignan Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, a hogares beneficiarios en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización Romansa del municipio de Aguachica en el Departamento de Cesar" resultaron beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en especie, quienes deberán aportar el subsidio asignado en dinero, al patrimonio autónomo que les indique la entidad otorgante por valor total de setenta y nueve millones ciento cincuenta y siete mil pesos, ($79.157.000,00). Resolución Valor Asignación Valor Subsidio Fonvivienda Fecha Asignación SFVE Anterior 2469 03 de septiembre de 2021 223.857.005,00 70.207.000,00 3804 3 de diciembre de 2021 49.862.801,00 8.950.000,00

TOTAL SFVE ASIGNACIÓN .. 273. 719.806,00 79.157.000,00

Que teniendo en cuenta que el Consorcio Alianza - Colpatria mediante correo electrónico del 05 de mayo de 2023 del usuario

TOTAL SFVE ASIGNACIÓN .. 273. 719.806,00 79.157.000,00

Que teniendo en cuenta que el Consorcio Alianza - Colpatria mediante correo electrónico del 05 de mayo de 2023 del usuario <cbernal@programadeviviendagratuita2.com> pone en conocimiento que se debe aclarar y modificar las resoluciones de asignación mencionadas para el proyecto Urbanización Romansa del municipio de Aguachica departamento del Cesar, indicando que de conformidad con la Cláusula Primera del Otrosí No. 5 del 20 de mayo de 2022 al Contrato de Diseño y Construcción No. 5-018 suscrita entre El FIDEICOMISO PROGRAMA DE VIVIENDA GRATUITA II y Consorcio Aguachica 2019, basada en el considerando Decimo Tercero, se describe que en el Comité Fiduciario realizado el 16 de mayo de 2022 en su sesión 114 siguiendo lo establecido en el Procedimiento de Revisión de Solicitudes de Modificación de Forma de Pago respecto al año del SMMLV de pago de las viviendas debido a causas no imputables al promitente vendedor, autorizó la modificación de la Clausula Sexta del citado contrato, en el sentido de incluir que el año del SMMLV para el cálculo del valor de las viviendas será la vigencia dos mil veintidós (2022), para las cien (100) viviendas del proyecto Urbanización Romansa. Que teniendo en cuenta que se modificarán los valores de 100 subsidios familiares de vivienda que componen el proyecto Urbanización Romansa del programa de Vivienda Gratuita en el municipio de Aguachica departamento del Cesar respecto del valor de cada una a 67 SMLMV a pesos de la vigencia 2022; Fonvivienda

de vivienda que componen el proyecto Urbanización Romansa del programa de Vivienda Gratuita en el municipio de Aguachica departamento del Cesar respecto del valor de cada una a 67 SMLMV a pesos de la vigencia 2022; Fonvivienda determina, razón por la que se modifique mediante el presente acto administrativo que el valor de cada subsidio será a SMMLV de la vigencia 2022. Que con base en lo anterior se hace necesario modificar parcialmente la parte considerativa y resolutiva de las Resoluciones No. 2469, 3804 de 2021, 0213, 0355, 0449 y 1895 de 2022, aclarando que el valor total de los recursos asignados como Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, destinados a las cien (100) soluciones de vivienda de los hogares que cumplieron los requisitos establecidos en la sección 2.1.1.2.1 del Decreto 1077 de 2015, conforme a la suscripción del Otrosí No. 5 del 20 de mayo de 2022, corresponde a la suma seis mil seiscientos veinte millones ochocientos cuarenta y tres mil pesos mc/cte. ($6.620.843.000,00) calculados con base en el valor del Salario Mínimo Mensual Legal Vigencia 2022. Calle 17 No. 936 Bogotá, Colombia Conmutador (601) 3905666 www.minvivienda.gov.co

Versión: 6.

Fecha: 17/03/2021

Código: GDC-PL-11

Página 3 de 6Resolución No. 0348 del 26 MAYO 2023 Hoja No. 4 "Por medio de la cual se modifican parcialmente las Resoluciones No. 2469, 3804 de 2021, 0213,

Página 3 de 6Resolución No. 0348 del 26 MAYO 2023 Hoja No. 4 "Por medio de la cual se modifican parcialmente las Resoluciones No. 2469, 3804 de 2021, 0213, 0355, 0449 y 1895 de 2022, por medio de las cuales se asignan Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, a hogares beneficiarios en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización Remansa del municipio de Aguachica en el Departamento de Cesar" Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1.- Modificar parcialmente la parte considerativa y resolutiva de las Resoluciones No. 2469, 3804 de 2021, 0213, 0355, 0449 y 1895 de 2022, por los motivos expuestos en las consideraciones del presente acto administrativo, en el sentido de liquidar a pesos del SMMLV de la vigencia 2022 el valor total de los recursos asignados como Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, en el proyecto Urbanización Remansa del municipio de Aguachica en el departamento de Cesar destinados a la solución de vivienda de cien (100) hogares que cumplieron los requisitos establecidos en la sección 2.1.1.2.1 del Decreto 1077 de 2015, , el cual asciende a la suma total de seis mil seiscientos veinte millones ochocientos cuarenta y tres mil pesos mc/cte. ($6.620.843.000,00) distribuidos así:

DEPARTAMENTO:CESAR

MUNICIPIO: AGUACHICA

PROYECTO: URBANIZACIÓN ROMANSA

No. CEDUL:A NOMBRES 1 77180496 VICTOR MANUEL

WILFREDO

DEPARTAMENTO:CESAR

MUNICIPIO: AGUACHICA

PROYECTO: URBANIZACIÓN ROMANSA

No. CEDUL: A NOMBRES 1 77180496 VICTOR MANUEL WILFREDO 2 19588309 ENRIQUE 3 18929299 DAVID 4 1065871264 ANGELA MARIA 5 22832984 ABIGAIL 6 1064706316 YANEY 7 1090380987 WILMAR 8 5030527 HERIBERTO 9 49667696 HANYI ELENA 10 4982309 OMAR 11 49665549 EDILMA 12 49673368 BRICEIDA 13 49673114 HUBRELEESE 14 5031447 ABEL 15 26766470 OTILIA 16 1065868490 EDUIN JAVIER 17 49671861 EDITH 18 1065862061 ALCIDES 19 1065875210 ADRIANA PATRICIA 20 9691163 OSCAR EMILIO 21 1065872373 YANDRI YINETH 22 18928766 RIGOBERTO 23 49663221 MARINA 24 49755735 EDILIA 25 49672773 YULEIDI 26 77140174 DELFERIVAN 27 39019836 YOLEIDIS 28 91425868 LUIS EDUARDO 29 26863882 MAGALLY 30 88026173 OSCAR EMILIO 31 25768709 MARTHA CECILIA 32 5031453 ALVARO JESUS

Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (601) 3905666 www.minvivicnda.gov.co í\PElil!IDOS

MARTINEZ RAMOS

MERCADO BALLESTA

ASCANIO TORRES

MARTINEZ RAMOS

MONROYTORO

Conmutador (601) 3905666 www.minvivicnda.gov.co í\PElil!IDOS

MARTINEZ RAMOS

MERCADO BALLESTA

ASCANIO TORRES

MARTINEZ RAMOS

MONROYTORO

CAMARGO GELVES

CAMPOS SUAREZ

GALAN QUINTERO

SANCHEZ IBANEZ

TORRES

LOPEZ MUNOZ

GALVIS CONTRERAS

SANCHEZ DURAN

HERRERA MUNOZ

DIAZ SALAZAR

PINZON DURAN

LOPEZ MUNOZ

RAMIREZ LOPEZ

CRESPO BUSTOS

SANJUAN ANGARITA

TOBIO RAINZAR

FORERO ALVERNIA

TRILLOS

PABON GUERRERO

CARDENAS

CHINCHILLA

DIAZ ZULETA

GARCIA OVIEDO

SALCEDO BARRIGA

GARCIA CHACON

MARTINEZ MEDINA

TORDECILLA OSPINO

BOHORQUEZ

QUINTERO

VAl!ORSEVE

AfiUSTADO- '

$ 51.550.000 $ 51.550.000 $ 52.093.000 $ 51.550.000 $ 58.050.000 S 67.000.000 S 67.000.000 S 67.000.000 $ 67.000.000 S 67.000.000 $ 67.000.000 S 67.000.000 $ 67.000.000 S 67.000.000 S 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 S 67.000.000

S 67.000.000 S 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 S 67.000.000 S 67.000.000 $ 67.000.000 S 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 S 67.000.000 S 67.000.000 S 67.000.000 S 67.000.000

VR.SFV ANTERl8R $ 15.450.000 00 $ 15.450.000,00 $ 14.907.000 00

$ 15.450.000,00 $ 8.950.000,00 $ - $ - $ - s - $ - $ - $ - $ - $ - ss - ss - $ - $ - s - $ - $ - ss - $ - $ - ss - s - $ - $ -

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Página 4 de 6 f 1-i' lfil - r /"""\., -Resolución No. 0348 del 26 MAYO 2023 Hoja No. 5 "Por medio de la cual se modifican parcialmente las Resoluciones No. 2469, 3804 de 2021, 0213, 0355, 0449 y 1895 de 2022, por medio de las cuales se asignan Subsidios Familiares de Vivienda

"Por medio de la cual se modifican parcialmente las Resoluciones No. 2469, 3804 de 2021, 0213, 0355, 0449 y 1895 de 2022, por medio de las cuales se asignan Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, a hogares beneficiarios en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización Romansa del municipio de Aguachica en el Departamento de Cesar'' No. CEDUhA NOMBRES 33 37441524 YOLANDA 34 231 52060 AMPARO LAUDID DEL 35 26883326 CARMEN 36 19874621 FERNELY 37 5031724 JORGE JAVIER 38 1049020315 RUBIELA 39 36726325 NUNCIANED 40 26823563 MANUELA 41 39024048 YULADYS 42 49664987 AMELIA 43 12569105 JOSE LUIS 44 1064710404 JAVIER ENRIQUE 45 63310581 DORA 46 49671406 RUBIELA MARIA YEINE 47 22822357 TORCO ROMA 48 8828858 YOVANI 49 37338438 ELIANA MINERVA 50 12502545 EDGAR JESUS 51 49659901 MARIA LILIANA 52 6054957 HONORIO 53 12717869 MIGUEL ANGEL 54 1066083777 ANA ISABEL 55 49656930 YANID 56 49782971 GLEDYS AMPARO 57 49655744 MARIA DEL CAMEN 58 40422869 YAQUELINE 59 13269368 FRANCISCO 60 36515168 LAURA EMILCE 61 77179869 SAMIR ALFONSO 62 49666616 ALEIDA

57 49655744 MARIA DEL CAMEN 58 40422869 YAQUELINE 59 13269368 FRANCISCO 60 36515168 LAURA EMILCE 61 77179869 SAMIR ALFONSO 62 49666616 ALEIDA 63 49660641 MIRIAM YANIRA 64 57425191 MARLENE 65 771314 04 HENRY 66 36457533 ARELIS 67 37686372 SUGENIS 68 77178874 JAIRO 69 12501430 BELLAMIN 70 26676718 CLEOTILDE 71 49669122 LUZ STELLA 72 37325371 VIRGELINA 73 1065896800 LEIDY YESENIA 74 1065872512 CAROLINA 75 1065883471 MAYEISY 76 18910462 JOSE DEL CARMEN 77 30504250 ALEJANDRINA 78 1065864312 VIANED 79 1065892761 DEIMER 80 1090475202 KELIN YOJANA 81 49673321 ELISA FERNANDA MILENA DEL 82 60412970 CARMEN 83 1065907030 YUL Y VANESSA 84 1007424882 MARIA ALEJANDRA 85 1065893942 GERALDINE 86 1065867790 YOLEIDA 87 49660071 ANA GRACIADA 88 49663021 HAYDEE 89 1007193748 VALENTINA 90 1002256391 YADYS 91 36455507 GLORIA 92 88143149 RAFAEL ANTONIO Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (601) 3905666 www.minvivicnda.gov.co

J Al?El!.IJJDOS

GARCIA ROPERO

ORTIZ BELENO

ASCANIO PARADA

Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (601) 3905666 www.minvivicnda.gov.co

J Al?El!.IJJDOS

GARCIA ROPERO

ORTIZ BELENO

ASCANIO PARADA

VARGAS VILLANUEVA

FLOREZ MORENO

GONZALEZ GAMBOA

GUILLEN GRISALES

OROZCO CABALLERO

JIMENEZ CHACON

CHAVEZ PEREZ

CONTRERAS DIAZ

RAMIREZ LOPEZ

RIOS RODRIGUEZ

ARRIETA CASTELLAR

GARCIA HERRERA

ARIZA CORONEL

MARTINEZ RODRIGUEZ

GELVIS

TRIANA CHICHILLA

GARRIDO DURAN

CONTRERAS

GELVEZ FELIZZOLA

TELLEZ CONTRERAS

LEON PINTO

NAVARRO JACOME

LEON MERCHAN

DELGADO DURAN

CASTELLANOS GOMEZ

OSPINO NAVARRO

VEGA QUINTERO

SALAZAR ARIZA

LUNAPABA

ORTEGA MUlilOZ

MERCADO MOLINA

OROZCO ZAPATA

GALINDO PAEZ

SALAZAR

GAITAN GONZALEZ

ONATE CHOGO

RIVERA LOZANO

-GARCIA GOMEZ

BARBOSA

SANCHEZ ROJAS

PEREZ BALLENA

GONZALEZ BADILLO

NORIEGA SANCHEZ

TORO SANCHEZ

SERRANO MEZA

CANGREJO

SALGADO SAYONA

MOJICA RODRIGUEZ

BECERRA RODRIGUEZ

VANEGAS GONZALEZ

SALCEDO BONILLA

TORO SANCHEZ

SERRANO MEZA

CANGREJO

SALGADO SAYONA

MOJICA RODRIGUEZ

BECERRA RODRIGUEZ

VANEGAS GONZALEZ

SALCEDO BONILLA

MACHADO TRILLOS

CASADIEGOS PARRA

RANGEL PORTILLO

PENUELA MENDOZA

GONZALEZ

CARRILLO

1 VAl!O R-SFVE

' AfiUSTADO

$ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 58.050.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 S 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67,000.000 $ 67.000.000

$ 67.000.000 $ 67.000.000 S 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67,000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000 $ 67.000.000

VR SfV

ANTERIOR

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Fecha: 17/03/2021 fi

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Fecha: 17/03/2021 fi

Código: GDC-PL-11

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1 ' 1 1 1 ' J ' 1 .... 1 1 1 1 rResolución No. 0348 del 26 MAYO 2023 Hoja No. 6 "Por medio de la cual se modifican parcialmente las Resoluciones No. 2469, 3804 de 2021, 0213, 0355, 0449 y 1895 de 2022, por medio de las cuales se asignan Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, a hogares beneficiarios en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización Romansa del municipio de Aguachica en el Departamento de Cesar"

Nofi CEDUlA: NO MBRES APEllWDOS VALO RSFVE VR.SFV k.lUSTADO ANTERIOR DE LAS AGUAS 93 77022257 IVANJESUS CONTRERAS $ 67.000.000 $ - 94 5901933 CARLOS CAMILO ROJAS $ 67.000.000 $ .

k.lUSTADO ANTERIOR DE LAS AGUAS 93 77022257 IVANJESUS CONTRERAS $ 67.000.000 $ - 94 5901933 CARLOS CAMILO ROJAS $ 67.000.000 $ . 95 26675511 MARIA ANTONIA LOBO $ 67.000.000 $ . 96 77175930 MANUEL PATERNINA BARROSO $ 67.000.000 $ . 97 1003247579 ANA AIDEE MONTILVA HERRERA $ 67.000.000 $ . 98 1062874782 ALEXIS VILLAREAL CARVAJAL $ 67.000.000 $ .

CARVAJALINO 99 1065906860 YESICA TATIANA VELASQUEZ $ 67.000.000 $ . 100 1065884221 ABEL CARDENAS PABON $ 67.000.000 $ .

VAll.QR 1",9TAI,. DE 1:.0S SIM: AfifiNAD0S $6:620.fi.fi!),00 $ 79.157.000,00 Artículo 2Los demás acápites y apartes de las Resoluciones No. 2469, 3804 de 2021, 0213, 0355, 0449 y 1895 de 2022, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. Artículo 3.- Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Matriz, Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita Fase 11, de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia mercantil No. 325 de 2015 suscrito con el Consorcio Alianza - Colpatria y publíquese en el Diario Oficial, conforme lo dispuesto en el artículo 2.1.1.2.1.4.1. del Decreto 1077 de 2015.

Consorcio Alianza - Colpatria y publíquese en el Diario Oficial, conforme lo dispuesto en el artículo 2.1.1.2.1.4.1. del Decreto 1077 de 2015. Artículo 4.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBL IQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPL ASE Dada en Bogotá, o.e. a los 26 MAYO 2023 Directora Ejecutiva de Fonvivienda Pmyedóc fl. Meye< - Cootratisla

Revisó: Roció Pena - Contratista j

Aprobó: Marcela Rey H -Subdirectora SFV M

Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (601) 3905666 www.minvivienda.gov.co

Versión: 6.0

Fecha: 1 7/03/202

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