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MINVIVIENDA - Resolución 0407 de 2020

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0407 de 2020
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2020

OMT, UT Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia

RESOLUCIÓN NÚMERO

(p807) 09 MAR 200 “Por la cual se fija fecha de apertura y cierre de convocatoria en cumplimiento de un fallo de tutela para la postulación del hogar al Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita para el proyecto Urbanización Casas de Llano Verde en la ciudad de Cali - departamento de Valle del Cauca” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8% del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.2.1.2.5 del Decreto 1077 de 2015, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 89 del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda — FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que se expidió la Ley 1537 de 2012, “Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda”, cuyo objeto es "señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de

confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda”. Que en el artículo 12 de la referida Ley, se determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno Nacional, se podrán asignar a título de subsidio en especie a AResolución No. 0 4 97 Del 0 5 MAR 2020 de Hoja No. 2 “Por la cual se fija fecha de apertura y cierre de convocatoria en cumplimiento de un fallo de tutela para la postulación del hogar al Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita para el proyecto Urbanización Casas de Llano Verde en la ciudad de Cali - departamento de Valle del Cauca” los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno Nacional. Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6% de la Ley 1537 de 2012 el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda celebró con Fiduciaria Bogotá el contrato de fiducia mercantil Nro. 302 de 2012, con el objeto de constituir el patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISOPROGRAMA DE VIVIENDA GRATUITA, por medio del cual se realizará la administración de los recursos y otros bienes, para la ejecución de actividades en materia de vivienda de interés prioritario destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y la

administración de los recursos y otros bienes, para la ejecución de actividades en materia de vivienda de interés prioritario destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y la sección 2.1.1.2.1 del decreto 1077 de 2015 y las normas que modifiquen, sustituyan, adicionen o reglamenten, y que para todos los efectos legales se tendrá como un Patrimonio Autónomo Matriz (PAM). Que mediante Resolución No. 0604 del 25 de Julio de 2012, el Fondo Nacional de Vivienda, en cumplimiento del artículo 5° de la Ley 1537 de 2012, realizó la distribución de cupos de recursos, para la asignación de subsidios familiares de vivienda en especie, con base en los criterios de distribución establecidos en la Resolución No. 0502 de 2012, modificada por la Resolución 0120 de 2013 expedidas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que mediante Resoluciones Nos. 0013, 0103, 0114, 0532, 0880 de 2013 y 1336 de 2014 el Fondo Nacional de Vivienda efectuó redistribución de cupos de recursos, para la asignación de subsidios familiares de vivienda en especie, con base en los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que los artículos 2.1.1.2.1.2.5 y 2.1.1.2.1.2.6 del Decreto 1077 de 2015, establecen que la postulación de hogares al subsidio familiar de vivienda se realizará a través del operador designado. Que en virtud de lo establecido en el Contrato de Encargo de Gestión

2015, establecen que la postulación de hogares al subsidio familiar de vivienda se realizará a través del operador designado. Que en virtud de lo establecido en el Contrato de Encargo de Gestión suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar - CAVIS UT, se incluyó la operación del Programa de Vivienda Gratuita para que ésta se realizara a través de las Cajas de Compensación Familiar del país. Que en atención al Juzgado Trece Civil Del Circuito Cali Valle, ordenó: “al Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda y al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - PROSPERIDAD SOCIAL, que en termino de cuarenta y ocho (48) horas después de notificado la presente decisión y de acuerdo a sus competencias, inicie los trámites pertinentes para que priorice en la selección de hogares beneficiarios del Subsidio Familiar 100% de Vivienda en Especie - SFVE al hogar delResolución No. 4 ) 7 Del 05 MAR 2020 de Hoja No. 3 /& N “Por la cual se fija fecha de apertura y cierre de convocatoria en cumplimiento de un fallo de tutela para la postulacién del hogar al Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita para el proyecto Urbanización Casas de Llano Verde en la ciudad de Cali - departamento de Valle del Cauca” señor Fabio Torres teniendo en cuenta su condición de CALIFICADO, además deberá orientarlo, acompañarlo y brindarle la asesoría que llegue a necesitar en todo el tramite administrativo (...)” Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

señor Fabio Torres teniendo en cuenta su condición de CALIFICADO, además deberá orientarlo, acompañarlo y brindarle la asesoría que llegue a necesitar en todo el tramite administrativo (...)” Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Convocar al hogar del señor FABIO TORRES identificado con cedula de ciudadanía No. 6.504.939 que se encuentra habilitado para que presente su postulación al subsidio familiar de vivienda en especie, ante la Caja de Compensación Familiar del municipio donde reside y para el proyecto que se relaciona a continuación, en las siguientes fechas: Apertura: Viernes, 06 de marzo de 2020.

Cierre: Miércoles, 11 de marzo de 2020.

DEPARTAMENTO MUNICIPIO PROYECTO VALLE DEL CAUCA CALI URBANIZACIÓN CASAS DEL LLANO VERDE ARTÍCULO SEGUNDO.- Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Matriz, Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita, de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia mercantil No.302 de 2012 suscrito con Fiduciaria Bogotá. ARTÍCULO TERCERO.- La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial, conforme lo dispuesto en los artículos 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 de 2015. ARTÍCULO CUARTO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. alos U 5 MAR 2020

ERLES E. ESPINOSA

Director Ejecutivo d E

Proyectó: Rocio NX

de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. alos U 5 MAR 2020

ERLES E. ESPINOSA

Director Ejecutivo d E

Proyectó: Rocio NX

Aprobó: Daniel e Nu e

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