MINVIVIENDA - Resolución 0458 de 2023
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0458 de 2023
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2023
fi COLOMBIA fifi•ViDA e Vivienda '>:fi,' Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia
RESOLUCIÓN NÚMERO
(0458) 05/06/2023 "Por la cual se asignan Nueve (9) Subsidios Familiares de Vivienda Rurales en el municipio de Cumaribo en el departamento de Vichada en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Programa de Mi Casa en el Campo." LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2. 1. 10.1.1.2.1. del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones." Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio-de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 el Fondo Nacional de Vivienda administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en
Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 el Fondo Nacional de Vivienda administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012. Que en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 de 2015 establece que el Fondo Nacional de Vivienda es la entidad encargada del otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural. Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda celebró con la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. - Fiduagraria S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que, en general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda rural, destinada a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo. Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 2142
Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo. Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 2142 www.minvivienda.gov.co
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Fecha: 17/03/2021 ¿{'
Código: GDC-PL-11
Página 1 de 7Resolución No. 0458 Del OS JUNIO 2023 fi COLOMBIA fifiViDA Hoja No. 2 fi Vivienda fill· "Por la cual se asignan Nueve (9) Subsidios Familiares de Vivienda Rurales en el municipio de Cumaribo en el departamento de Vichada en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Proqrama de Mi Casa en el Campo." Que en atención a lo dispuesto en el artículo 2.1.10.1.1.1.1 del Decreto 1077 de 2015 el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Resolución No. 0624 del 24 de noviembre de 2020 "Por la cual se adoptan reglas para la identificación y priorización de los municipios y distritos del país en los cuales se asignará el subsidio familiar de vivienda rural, bajo la modalidad de vivienda nueva en especiepara la vigencia 2021", programa que se denominó "Vivienda Social para el Campo". Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Circular No. 2020EE0099772 del 24 de noviembre de 2020, cuyo asunto estableció "CONVOCATORIA PARA IDENTIFICAR Y PRIORIZAR LOS MUNICIPIOS Y DISTRITOS DEL PAÍS EN DONDE SE ASIGNARÁ EL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA RURAL,
"CONVOCATORIA PARA IDENTIFICAR Y PRIORIZAR LOS MUNICIPIOS Y DISTRITOS DEL PAÍS EN DONDE SE ASIGNARÁ EL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA RURAL, BAJO LA MODALIDAD DE VIVIENDA NUEVA EN ESPECIEPARA LA VIGENCIA 2021", fijándose el plazo para recibir propuestas del 24 de noviembre al 30 de noviembre de 2020 y previo el cumplimiento de requisitos. Que en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución 0624 de 2020 modificada por la Resolución 0012 de 2021 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y considerando las propuestas recibidas y el cupo de recursos del presupuesto con el que cuenta el Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA, se distribuyen los cupos de recursos en atención a la calificación definidas en estas Resoluciones, en mandato de ello, se expidieron las resoluciones 1301 y 1365 del Fondo Nacional deVivienda mediante las cuales se efectuó la distribución de recursos antes señalada. Que los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación del subsidio familiar de vivienda rural. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la resolución 0536 del 19 de octubre de 2020, por la cual se reglamentan los artículos 2.1.10.1.1.1.1;
familiar de vivienda rural. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la resolución 0536 del 19 de octubre de 2020, por la cual se reglamentan los artículos 2.1.10.1.1.1.1; 2.1.10.1.1.4.3; 2.1.10.1.1.4.6 y 2.1.10.1.1.5.1 del Título 10 de la Parte 1 del Libro 2del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015. De conformidad con las etapas señaladas en la Resolución 0536 del 19 de octubre de 2020, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio priorizó los posibles hogares beneficiarios y las autoridades locales validaron la información. De acuerdo con lo anterior, la Dirección de Vivienda Rural mediante correo electrónico de fecha 23 y 28 de diciembre de 2021, remitió listado definitivo de hogares potenciales beneficiarios de los SFVR de los reseñados municipios. Que el Fondo Nacional de Vivienda suscribió Convenio No. 055 de 2021, con el municipio de Cumaribo. Que en virtud de lo establecido en dichos convenios existen obligaciones reciprocas entre Fonvivienda y los municipios para postular y habilitar hogares en el marco del programa de Vivienda Social para el Campo. Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 2142 www.minvivienda.qov.co
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Página 2 de 7 1 1Resolución No. 0458 Del 05 JUNIO 2023 fi COLOMBIA LfiViDA Hoja No. 3 ft Vivienda "Por la cual se asignan Nueve (9) Subsidios Familiares de Vivienda Rurales en el municipio de Cumaribo en el departamento de Vichada en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Proqrama de Mi Casa en el Campo." Que mediante Resolución No. 4276 del 30 de diciembre de 2021 del Fondo Nacional de Vivienda, se realizó apertura de la convocatoria de postulación en los aludidos entes territoriales Que Fiduagraria S.A., actuando como Vocera y Administradora del Patrimonio AutónomoFideicomiso Programa de Promoción de Vivienda Rural, y en cumplimiento del objeto contractual del Contrato de Fiducia Mercantil No. 027-2020, adelantó el proceso de selección, de acuerdo con el Manual Operativo, aprobado por el Comité Fiduciario, con el fin de contratar la "Interventoría técnica, administrativa, financiera, contable, económica, jurídica, de riesgos y seguros para el diagnóstico, estudios y diseños y construcción necesaria para la ejecución de los subsidios familiar de vivienda rural de conformidad con las especificaciones establecidas en el presente documento, para la ejecución del PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA RURAL': en atención a lo establecido en los numerales 10 y 11 del punto 8.3.1.
establecidas en el presente documento, para la ejecución del PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA RURAL': en atención a lo establecido en los numerales 10 y 11 del punto 8.3.1. Que en virtud de lo anteriormente expuesto se suscribió el CONTRATO DE
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE INTERVENTORÍA No. 004F-2021 SUSCRITO ENTRE
FIDUAGRARIA S.A., COMO VOCERA Y ADMINISTRADORA DEL PATRIMONIO
AUTÓNOMO FIDEICOMISO - PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA RURAL Y
LA EMPRESA NACIONAL PROMOTORA DE DESARROLLO TERRITORIAL,
ENTERRITORIO (221014).
Que de acuerdo con el artículo 30 de la resolución 536 de 2020 Fonvivienda verificó la información del cumplimiento de requisitos de los hogares postulantes. Que el contratista y/o funcionario del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargado de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de la verificación de los hogares que cumplen yno cumplen requisitos, mediante correos electrónicos 26 de mayo, 29 de junio, 6 de julio, 3 y 10 de agosto de 2022, para los respectivos procesos de verificaciónde información. Que el citado proceso contó con el respectivo control de calidad realizado para los procesos sistematizados de creación de ambiente, validaciones y cruces, según correos electrónicos de mediante correos electrónicos de 26 de mayo, 29 de junio, 6 de julio, 3 y 10 de agosto de 2022, emitido por el ingeniero de sistemas del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para los respectivos procesos de verificación de información.
6 de julio, 3 y 10 de agosto de 2022, emitido por el ingeniero de sistemas del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para los respectivos procesos de verificación de información. Que los hogares que cumplieron requisitos respecto del cupo de asignación de SFV del Fondo Nacional de Vivienda fueron enviados al comité de supervisión del contrato con Enterritorio. Que mediante contrato de Obra 0llF-2022 suscrito entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso -Programa de Promoción de Vivienda Rural y CONSORCIO CUMARIBO VISR. Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 2142 www.minvivienda.qov.co
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Página 3 de 7Resolución No. 0458 Del 05 JUNIO 2023 fi COLOMBIA fifi•ViDA Hoja No. 4 fi Vivienda ififl>" "Por la cual se asignan Nueve (9) Subsidios Familiares de Vivienda Rurales en el municipio de Cumaribo en el departamento de Vichada en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Proqrama de Mi Casa en el Campo." Que mediante otrosí No. 3 de prórroga al contrato de obra 011 F-2022 se modificó el plazo de ejecución por cinco (5) meses más, es decir, que su fecha de finalización es hasta el diez (10) de octubre de 2023. Que mediante Acta de inicio suscrita entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y
el plazo de ejecución por cinco (5) meses más, es decir, que su fecha de finalización es hasta el diez (10) de octubre de 2023. Que mediante Acta de inicio suscrita entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso -Programa de Promoción de Vivienda Rural el Ejecutor y la Interventoría se consignó como fecha de inicio 11 de mayo de 2022 y se fijó un plazo de 12 meses de ejecución Que en consideración al artículo 33 de la Resolución 536 de 2020, se realizó la etapa de pre-construcción de los hogares habilitados y previo al proceso de asignación del SFVR bajo la modalidad de vivienda nueva por parte de Fonvivienda, en donde el Ejecutor verificó el informe técnico que contiene: i) Verificación y diagnóstico en sitio de las condiciones del predio presentado por el hogar habilitado para la construcción de vivienda nueva. ii) Estudios, diseños y presupuesto de la solución de vivienda planteada. Que las actividades de pre-construcción se ejecutaron mediante los mecanismos establecidos en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, adicionado por el artículo 1 del Decreto 1341 de 2020, el interventor mediante correo electrónico de fecha 2 de junio de 2023, informó el resultado de las actividades desarrolladas, detallando el valor del diagnóstico, objeto de la asignación. Que el artículo 18 de la Resolución 0536 de 2020 del Subsidio Familiar de Vivienda Rural establece las etapas del programa de subsidio familiar de vivienda rural para la asignación del subsidio, entre los cuales se encuentra los hogares habilitados con
Que el artículo 18 de la Resolución 0536 de 2020 del Subsidio Familiar de Vivienda Rural establece las etapas del programa de subsidio familiar de vivienda rural para la asignación del subsidio, entre los cuales se encuentra los hogares habilitados con diagnóstico efectivo, resultado de la verificación de cumplimiento de requisitos. Que la Interventoría informó que los diagnósticos cumplieron con los lineamientos establecidos en el contrato de obra antes reseñado.
N• NOMBRE No. CONTRATO PROYECTO
VSC1 011 F-2022 VICHADA011 F/2022
VSC2 011F-2022 VICHADA011F/2022
VSC3 011 F-2022 VICHADA011 F/2022
VSC4 011F-2022 VICHADA011F/2022
VSC5 011F-2022 VICHADA011 F/2022
VSC6 011F-2022 VICHADA011F/2022
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DOCUMENTO
CONSECUTIVO DE
IDENTIDAD
190526 1236438071 197772 1124995432 190536 1121825464 190505 18250213 190527 86052972 197767 8191423
NOMBRES
MARIA PAULA FRANK
ARNOLDO
CINDY
SORAYA
VICTOR
MANUEL
WILLIAM
FERNANDO
TARCISIO
APELLIDOS
RENUMA
VARGAS
ROJAS
RUIZGARCIA
PINTO
COLINA
BELTRAN
SORAYA
VICTOR
MANUEL
WILLIAM
FERNANDO
TARCISIO
APELLIDOS
RENUMA
VARGAS
ROJAS
RUIZGARCIA
PINTO
COLINA
BELTRAN
GUTIERREZ
ESTRADA
ESTRADA
DEPARTAMENTO
VICHADA
VICHADA
VICHADA
VICHADA
VICHADA
VICHADA
MUNICIPIO
CUMARIBO
CUMARIBO
CUMARIBO
CUMARIBO
CUMARIBO
CUMARIBO
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Fecha: 17/03/202 1
Código: GDC-PL-11
Página 4 de 7Resolución No. 0458 Del 05 JUNIO 2023 fi COLOMBIA LfiViDA Hoja No. 5 • Vivienda "Por la cual se asignan Nueve (9) Subsidios Familiares de Vivienda Rurales en el municipio de Cumaribo en el departamento de Vichada en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Proqrama de Mi Casa en el Campo." No. 1
VSCLOZANO 7 011 F-2022 VICHAOA201282 30218844 LUZ OARY ARREPICHE VICHAOA CUMARIBO
011 F/2022
VSCJOSE VALENCIA 8 011 F-2022 VICHAOA190484 6479422 WILSON RAMIREZ VICHAOA CUMARIBO
011 F/2022
VSCGOMEZ 9 011 F-2022 VICHAOA197761 4284193 PEORO GARAVITO VICHAOA CUMARIBO
011 F/2022
011 F/2022
VSCGOMEZ 9 011 F-2022 VICHAOA197761 4284193 PEORO GARAVITO VICHAOA CUMARIBO
011 F/2022 Que el valor total de los recursos asignados como subsidio familiar de vivienda rural, destinados a la solución de vivienda de cada hogar que cumplió los requisitos establecidos en el artículo 65 del Resolución 0536 de 2020 asciende a la suma de Setenta y Cuatro Millones Quinientos Cuarenta y Un Mil Seiscientos Pesos $74.541.600.00. Que los subsidios familiares de vivienda rural asignados a los hogares relacionados en el artículo 1 ° de la presente resolución se entenderá legalizado para FONVIVIENDA según lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.5.1. del Decreto 1077 de 2015 y el artículo 76 de la Resolución 0536 de 2021 con el documento que acredita la asignación del subsidio familiar de vivienda y el certificado de existencia de la obra, suscrito por el interventor y ejecutor. Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1. 10.1. 1.5.3 perdida y restitución del subsidio familiar de vivienda" del Decreto 1077 de 2015, ante las causales de pérdida y restitución del subsidio, por lo que para ello podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Que teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda. Que, en mérito de lo expuesto,
cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Asignar Nueve (9) Subsidios Familiares de Vivienda Rurales en el municipio de Cumaribo en el departamento de Vichada en la modalidad de vivienda nueva en especie rural, por un valor por unidad de vivienda de: Setenta y Cuatro Millones Quinientos Cuarenta y Un Mil Seiscientos Pesos ($74.54 1.600.00), para un total de Seiscientos Setenta Millones Ochocientos Setenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Pesos ($6 70.874.400.00), a los hogares que se relacionan a continuación: Consecutivo Tipo de Identificación Nombres Apellidos Departamento Municipio Valor SFVR Hogar Documento 190526 ce 1236438071 MARIA PAULA RENUMA VICHADA CUMARIBO 74.541.600 Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571 ) 332 34 34 • Ext: 2142 www.minviviend a.gov.co
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Código: GDC-PL-11
Página 5 de 7 1 1 1 1 1 1 1Resolución No. 0458 Del OS JUNIO 2023 fi COLOMBIA fifi ViDA Hoja No. 6 1fflJ Vivienda "Por la cual se asignan Nueve (9) Subsidios Familiares de Vivienda Rurales en el municipio de Cumaribo en el departamento de Vichada en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del
1fflJ Vivienda "Por la cual se asignan Nueve (9) Subsidios Familiares de Vivienda Rurales en el municipio de Cumaribo en el departamento de Vichada en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Proqrama de Mi Casa en el Campo." No. Consecutivo Tipo de Identificación Nombres Apellidos Departamento Municipio ValorSFVR Hogar Documento 190526 RC 1122941021 DEICY ZHARIK Reuma 190526 RC 122120559 ANGEL DAVID Monsaive reuma 197772 ce 1124995432 FRANK ARNOLDO VARGAS ROJAS 197772 TI 1123441720 KAROL JULIANA VARGAS GONZALE5 2 197772 TI 1125001598 MARLON DAVID VARGAS GONZALE5 VICHADA CUMARIBO 74.541.600 197772 RC 1124831414 CARLOS ANDRES VARGAS GONZALES 197772 TI 1123452667 ERIK SANTIAGO VARGAS GDNZALES 190536 ce 1121825484 CINDY SORAYA RUIZ GARCIA 3 190536 TI 112510280 CAMILA ALEJANDRA MOYA RUIZ VICHADA CUMARIBO 74.541.600 190536 TI 1122516335 CRISTIAN ANDRES MOYA RUIZ 4 190505 ce 18250213 VICTOR MANUEL PINTO COLINA VICHADA CUMARIBO 74.541.600
WILLIAM 190527 ce 86052972 FERNANDO BELTRAN GUTIERREZ
WILLIAM 190527 TI 1120562539 FERNANDO BELTRAN ORTlZ 5 190527 TI 1123436064 FRANK STRALIN BELTRAN ORTIZ VICHADA CUMARIBO 74.541.600
190527 TI 1123437752 SHARIK FERNANDA BELTRAN ORTIZ
5 190527 TI 1123436064 FRANK STRALIN BELTRAN ORTIZ VICHADA CUMARIBO 74.541.600
190527 TI 1123437752 SHARIK FERNANDA BELTRAN ORTIZ 190527 TI 1119889572 BRANDON ALEXIS BELTRAN ORTIZ 190527 ce 36291154 LUZ EDITH ORTIZ CLAROS 6 197767 ce 8191423 TARSICIO ESTRADA ESTRADA VICHADA CUMARIBO 74.541.600 7 201282 ce 30218844 LUZ DARY LOZANO ARREPICHE VICHADA CUMARIBO 74.541.600 8 190484 ce 6479422 JOSE WILSON VALENCIA RAMIREZ VICHADA CUMARIBO 74.541.600 9 197761 ce 4284193 PEDRO GOMEZ GARAVITO VICHADA CUMARIBO 74.541.600
TOTAL 670.874.400
Artículo 2. La vigencia de los subsidios famil iares de vivienda rural asignados a los hogar es relacionados en el artículo 1 ° de la presente resolución, es de doce (12) meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de publicación de la resolución de asignación en el Diario Oficial. Artículo 3. FONVIVIENDA podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1 0.1. 1.5.3 "perdida y restitución del subsidio familiar de vivienda" del Decreto 1077 de 2015, ante las causales de pérdida y restitución del subsidio, por lo que para ello podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información sumi nistrada por los hogar es beneficiarios. Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 2142
para ello podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información sumi nistrada por los hogar es beneficiarios. Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 2142 www.minvivienda.gov.co
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Página 6 de 7 1Resolución No. 0458 Del OS JUNIO 2023 fi COLOMBIA Hoja No. 7 LfiViDA fifi v· . d sfiti 1v1en a "Por la cual se asignan Nueve (9) Subsidios Familiares de Vivienda Rurales en el municipio de Cumaribo en el departamento de Vichada en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Proqrama de Mi Casa en el Campo." Artículo 4. Los hogares beneficiarios del subsidio familiar de vivienda rural, relacionados en el artículo 1 ° de la presente Resolución, que incumplan con las condiciones y requisitos indicados en los artículos 2.1.10.1.1. 4.3 y 2.1.10.1.1. 4.4. del Decreto 1077 de 2015, se les aplicará la pérdida de ejecutoriedad del acto admini strativo, respecto de su asignación, según lo establecido en el numeral 4 del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimie nto Admini strativo y de lo Contencioso Administrativo), sin perjuicio de lo anterior, la asignación del beneficio estatal estará supeditada al cur:nplim iento técnico del predio sobre el cual se apl icará el SFVR, y en caso de que este no cumpla se resolverá el presente acto
Contencioso Administrativo), sin perjuicio de lo anterior, la asignación del beneficio estatal estará supeditada al cur:nplim iento técnico del predio sobre el cual se apl icará el SFVR, y en caso de que este no cumpla se resolverá el presente acto adm inistrativo. Artículo S. La presente resolución será publicada en la página web del Minis terio de Vivienda, Ciudad y Territorio y en el Diario Oficial, comunicada al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercantil de admin istración y pagos No 027 de 2020 suscrito con Fiduagraria S.A y comunicada al muni cipio de la referencia. Artículo 6. El presente acto admi nistrativo no genera ejecución y las imputaciones presupu estales se harán de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 2.1.1 0. 1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 de conformidad con lo dispue sto en el contrato de fiducia y su manual operativo con cargo a los recursos disponibles en el Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural. Artículo 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los CINCO (OS) días del mes de JUNIO de 2023.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚM PLASE
CÁCERES
Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda
Proyectó: Raúl Gaitán García - Contratista e_ Y
Revisó: Fernando Barrera• Contratistaf6
Proyectó: Andrel Suarez /;' /
.(},¡ Aprobó: David Ricardo Oclloa Yepes
Proyectó: Raúl Gaitán García - Contratista e_ Y
Revisó: Fernando Barrera• Contratistaf6
Proyectó: Andrel Suarez /;' /
.(},¡ Aprobó: David Ricardo Oclloa Yepes Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 2142 www.minvivienda.gov.co
Versión: 6.0fi
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