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MINVIVIENDA - Resolución 0523 de 2023

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0523 de 2023
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2023

fi COLOMBIA

IL.fi VloA 'Y•· c-;-J Vivienda . Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO (0523) 23 JUNIO 2023 "Por la cual se asignan cuarer;ita y ocho (48) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del Programa Casa Digna Vida Digna" LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7, título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el numeral 9º del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de ViviendaFonvivienda "(. .. ) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional. ( ... )". Que en el Capítulo 7, Título 1 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No. 1077 de 2015 se incorporó el Programa "Casa Digna Vida Digna", destinado al mejoramiento de Vivienda de Interés Social - VIS, de hogares con ingresos totales mensuales de hasta cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes, conforme a lo

incorporó el Programa "Casa Digna Vida Digna", destinado al mejoramiento de Vivienda de Interés Social - VIS, de hogares con ingresos totales mensuales de hasta cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.1.1.1.1.1.4 del Decreto 1077 de 2015. Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1.1.7.3 del Decreto No. 1077 de 2015, el Fondo Nacional de Vivienda . - Fonvivienda, suscribió el contrato fiduciario No 01 del catorce (14) de marzo de 2019 en la radicación interna de Fonvivienda, radicado ante la Superintendencia Financiera de Colombia con el número 3-1-83679, por medio del cual se constituyó un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso - Programa "Casa Digna, Vida Digna" destinado para "la ejecución de actividades de obra tendientes a mejorar las condiciones sanitarias satisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de estructura de los hogares más vulnerables y de menores ingresos del país, a través de reparaciones estructurales o mejoras locativas que requieren o no la obtención de permisos o 1/cencias por parte de las autoridades competentes", en el marco del Programa de mejoramiento "Casa Digna Vida Digna". Que el artículo 2.1.1.7.1 y siguientes del Capítulo 7, Titulo 1 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015 y el manual operativo del programa, determinan las condiciones y requisitos de los hogares para ser beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en la modalidad de mejoramiento en el marco del

Libro 2 del Decreto 1077 de 2015 y el manual operativo del programa, determinan las condiciones y requisitos de los hogares para ser beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en la modalidad de mejoramiento en el marco del Programa "Casa Digna, Vida Digna". Callo 17 No. 9 - 36 Bogo!!, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 2142 www.minvivienda.qov.co Versíón: 6.0 tfi

Fecha: 17103/2021

Código: GDC·PL-11

Página 1 do 5 ..Resolu ción No. 0523 Del 23 JUNIO 2023 fi COLOMBIA 11...fi•víóA oja No. 2 cfJ' Vivienda "Por la cual se asignan cuarenta y ocho (48) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del Programa Casa Digna Vida Digna" Que el articulo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015 establece que "El valor del subsidio familiar de vivienda de interés social para áreas urbanas que otorgue FONVIVIENDA, con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación en la modalidad de mejoramiento en el marco del Programa "Casa Digna, Vida Digna': será otorgado por un valor equivalente hasta dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes", el cual según el numeral 4.1 del manual operativo del programa deberá cubrir el 100% de los costos de ejecución, los cuales están conformados por costos de diagnóstico y de obra. Que los hogares accedieron al programa "Casa Digna Vida Digna" en

operativo del programa deberá cubrir el 100% de los costos de ejecución, los cuales están conformados por costos de diagnóstico y de obra. Que los hogares accedieron al programa "Casa Digna Vida Digna" en cumplimiento del artículo 2.1.1.7.5 "Beneficiarios del subsidio", no encontrándose inmersos en las imposibilidades para postular al subsidio dispuesto en el articulo 2.1.1.7.7 del Decreto 1077 de 2015. Que el numeral 6.3.6 del manual operativo del Programa "Casa Digna Vida Digna" establece los requisitos para la asignación del subsidio, entre los cuales se encuentra que los hogares habilitados con diagnóstico efectivo deberán ser cruzados por segunda vez con las bases de datos, con el fin de verificar que las condiciones habilítantes del hogar no hubieren cambiado. Que mediante correo electrónico de fecha 23 de junio del 2023, el Ingeniero de Sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, informó sobre los hogares que se encuentran en estado habilitado con diagnóstico efectivo, a los que se les realizó el segundo cruce, los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento "Casa Digna Vida Digna". Que el valor total de los recursos asignados como subsidio familiar de vivienda en dinero, destinados a la solución de vivienda de los hogares que cumplieron los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1. 7 .1 y siguientes del Capítulo 7, título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 asciende a la suma de quinientos sesenta y ocho millones quinientos siete mil setecientos sesenta y

título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 asciende a la suma de quinientos sesenta y ocho millones quinientos siete mil setecientos sesenta y nueve pesos M/Cte. ($568.507.769). Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1 ° de la presente resolución se entenderán legalizados para FONVIVIENDA según lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015, y el numeral 6.51 del manual operativo del programa, con el documento que acredita la asignación del subsidio familiar de vivienda y el certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el interventor, ejecutor y el prestador de asistencia técnica. Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuesta! y las imputaciones presupuestales se harán de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 2.1.1.7.1 y siguientes del Capítulo 7, Titulo 1 de la Parte 1 del Libro del Decreto 1077 de 2015 de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia y su manual operativo con cargo a los recursos disponibles en el Fideicomiso "Casa Digna Vida Digna" para el mejoramiento de vivienda. Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2. l. l. 7 .13 "perdida y restitución del subsidio familiar de vivienda" del Decreto Callo 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 2142 WWW m1nV1'1!_fif!Q.iL!I0V C0

Versión: 6.0

Fecha: 17/0312021

Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 2142 WWW m1nV1'1!_fif!Q.iL!I0V C0

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Fecha: 17/0312021

Código: GOC-PL-11

Página 2 de 5Resolución No. 0523 fi COLOMBIA

IL.fi· VIDA

Del 23 JUNIO 2023 oja No. 3 t!J Vivienda 1 "Por la cual se asignan cuarenta y ocho (48) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del Programa Casa Digna Vida Dignaw 1077 de 2015, ante las causales de pérdida y restitución del subsidio, por lo que para ello podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Que teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Asignar cuarenta y ocho ( 48) Subsidios Familiares de Vivienda en el marco de Programa de "Casa Digna Vida Digna" para el mejoramiento de vivienda de interés social, por un valor total de QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS M/CTE. ($568.507.769), a los hogares que se relacionan a continuación:

N. IDlfoger O.fiento 1 21049621 CUNDINAMARCA 2 21717566 CUNDINAMARCA

NUEVE PESOS M/CTE. ($568.507.769), a los hogares que se relacionan a continuación:

N. IDlfoger O.fiento 1 21049621 CUNDINAMARCA 2 21717566 CUNDINAMARCA 3 22755979 CUNDINAMARCA 4 22952805 CUNDINAMARCA 5 24923880 CUNDINAMARCA 6 25185060 CUNDINAMARCA 7 21688128 CUNDINAMARCA 8 21686474 CUNDINAMARCA 9 21000718 CUNDINAMARCA 10 21012577 CUNDINAMARCA 11 21093821 CUNDINAMARCA 12 21588546 CUNDINAMARCA 13 21714459 CUNDINAMARCA 14 21932864 CUNDINAMARCA 15 18172988 CUNDINAMARCA 16 20001428 CUNDINAMARCA 17 21643650 CUNDINAMARCA 18 21662930 CUNDINAMARCA

Callo 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext 2142 www,minvwicnda.gov.co Munldplo Cldula

CAJICA 2920784

CAJICA 11202442

CAJICA 38218536

CAJICA 11336199

CAJICA 20423011

CAJICA 210760

FUSAGASUGA 39553670

FUSAGASUGA 11386395

FUSAGASUGA 80500005

FUSAGASUGA 41659610

FUSAGASUGA 20563112

FUSAGASUGA 45584308

FUSAGASUGA 5935505

FUSAGASUGA 39629278

FUSAGASUGA 39621340

FUSAGASUGA 41659610

FUSAGASUGA 20563112

FUSAGASUGA 45584308

FUSAGASUGA 5935505

FUSAGASUGA 39629278

FUSAGASUGA 39621340

FUSAGASUGA 20566400

FUSAGASUGA 3961m1

FUSAGASUGA 39653188

Nombres

ROBERTO

LUIS FELIPE

ANA

MYRIAM

PABLO

ENRIQUE

ESPERANZA

HECTOR

MARIA

EFIGENIA

LEONEL

JOSE DAVID

ROSALBA

ANA ROSA

DELISDEL

SOCORRO

JORGE

HAIMER

YAOUELIN

HILDA MARIA

ISABEL

MARIELA

MARLENY

Apellkl09

SALAMANCA

ZAMBRANO

CAJilON

MEN.JURA

RJNCON

REYES

VILLARRAGA

MOYANO

FORERO

OLAYA

SOSAARANGO

MARTINEZ

SANCHEZ

DIAZ

CHAPARRO

SILVA MURCIA

TORRESOE

VARELA

REYDUARTE

ROMERODIAZ

GAITAN

MEN.JURA

VALBUENA

PRAOA

BLANCO

ESPITIA

GAVIRIA

VASQUEZ

CARDONA

CLAVIJO

Vr.SFV

$1162 0.184 $11.462.451 $11.948.067 $ 12.000.000 $11.608.565 $11.802.326 $12 000.000 $12.000.000 $11 815.559 $11,301 622

$11.462.451 $11.948.067 $ 12.000.000 $11.608.565 $11.802.326 $12 000.000 $12.000.000 $11 815.559 $11,301 622 $12.000,000 $12,000.000 $12.000,000 $12,000.000 $12,000.000 $120 00.000 $11.999.999 S 12.000.000

Versión: 6.0i

Íó\.

Fecha: 17/03/2021

Código: GDC-PL-11

Página 3 de 5 " - -- .1. 7 1 1 1 1 1 1 1 1 1Resolución No. 0523 Del 23 JUNIO 2023 oja No. 4 -Vivienda "Por la cual se asignan cuarenta y ocho (48) subsidios famíliares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del Programa Casa Digna Vida Digna"

H. IDHogar Defi Municipio c-tula 19 21647290 CUNDINAMARCA FUSAGASUGA 11372533 70 21937TT8 CUNDINAMARCA FUSAGASUGA 11379692 21 21752053 CUNDINAMARCA FUSAGASUGA 39612338 22 21932892 CUNDINAMARCA FUSAGASUGA 55174176 23 22767449 CUNDINAMARCA FUSAGASUGA 20563089 24 21830968 CUNDINAMARCA FUSAGASUGA 1070609973

2S 21937092 CUNDINAMARCA FUSAGASUGA 17300565

23 22767449 CUNDINAMARCA FUSAGASUGA 20563089 24 21830968 CUNDINAMARCA FUSAGASUGA 1070609973

2S 21937092 CUNDINAMARCA FUSAGASUGA 17300565 76 21000710 CUNDINAMARCA FUSAGASUGA 39624665 27 21947957 CUNOINAMARCA FUSAGASUGA 39616317 28 21944451 CUNDINAMARCA FUSAGASUGA 11382376 79 21947993 CUNDINAMARCA FUSAGASUGA 39682681 30 21601943 CUNDINAMARCA FUSAGASUGA 41475085 31 21932886 CUNOINAMARCA FUSAGASUGA 82393343 32 22855208 CUNOINAMARCA CAJIGA 20421442 33 21099555 CUNDINAMARCA FUSAGASUGA 39610949 34 21583933 CUNOINAMARCA FUSAGASUGA 11385192 3S 21100306 CUNDINAMARCA FUSAGASUGA 11373250 36 21826722 CUNOINAMARCA FUSAGASUGA 39610474 37 21781158 CUNOINAMARCA FUSAGASUGA 41676568 38 24910235 CUNOINAMARCA CAJIGA 197261 39 24884818 CUNDINAMARCA CAJIGA 52030023 40 25178715 CUNOINAMARCA CAJIGA 1070009204 41 20015698 CUNDINAMARCA CAJICA 197041 42 21718870 CUNDINAMARCA CAJIGA 20421321 43 22591564 CUNDINAMARCA CAJIGA 52666185 44 25070179 OUINDIO ARMENIA 24675746

42 21718870 CUNDINAMARCA CAJIGA 20421321 43 22591564 CUNDINAMARCA CAJIGA 52666185 44 25070179 OUINDIO ARMENIA 24675746 45 25135460 OUINDIO ARMENIA 29331812 46 25127158 OUINDIO ARMENIA 41936170 47 24961913 OUINDIO ARMENIA 24989693 48 25146924 OUINOIO ARMENIA 24574224

VAl.011 TOTAL DE l.055'V AS1GNADOS --

Calle 17 No. 9 - 36 B0901.6. Colombla Conmutador (571) 332 34 34 • Ext 2142 wwv, mir]Vovienda._gfi NombrN

FERNANDO

JUSTO ELIAS MARIA

ESPERANZA

JUDITH

MARIA

AURORA

ESTEFANIA

JOSE

CRISTOBAL

LUISA ADELA LIBIA

HECTOR

MANUEL

MARIA NELLY

BLANCA

MARIA

ALEXANDER

ANA

GRACIELA

LUZ

ESTELLA

NELSON

JACOBO

JOSE

NESTOR

GLORIA

ESTELLA

OJELMIRA

CARLOS

JULIO OLGA

CECILIA

FABIO

LEONARDO

ALFONSO

ALCIRO

BLANCA

ELISA MARIA

ADELITA

LUZ ANORA

MARIA DEICY

CLAUDIA

MILENA

LUZ MERY

MARIA DEL

CARMEN

EMILIA

Apellldoa

GODOYLO PEZ

BUITRAGO

BERNAL

RODRIGUEZ

ROJAS

MOLINA

CLAUDIA

MILENA

LUZ MERY

MARIA DEL

CARMEN

EMILIA

Apellldoa

GODOYLO PEZ

BUITRAGO

BERNAL

RODRIGUEZ

ROJAS

MOLINA

MUlilOZDE

PINZON

ÑUSTES

VARGAS

CUYORTIZ

ROMERO

GAONA ROCHA

FARFAN

LOPEZ

HUERTAS

RIARO

MARTINEZ

BUSTOS

GARZON

REYES

CASTRO

CONTRERAS

MORA

RAMIREZ

MORALES

JIMENEZ

MORENO

REINA

MOLINA

ROMERO

PEÑALOZA

LOZANO

TOOUICA

MEDINA

PIRABAN

GARZON

PACHON

SANCHEZ

SANTOS

PELAYO

LOPEZ

GRAJALES

MARTINEZ

PIEDRAHITA

ESPINOSA

GRISALES

CORTES AVILA

MARTINEZVr.SFV

$11.997.200 $12.000.000 $12.000.000 $12.000.000 $12.000.000 $12.000.000 $12.000.000 $12.000.000 $12.000.000 $10.387.296 $12.000.000 $11.337 .041 $12 .. 000.000 $12.000.000 $12.000.000 $11.999.999 $12.000.000 $10.336.797 $12.000.000 $12.000.000 $11.730.433 $12.000.000 $11.614.396

$12.000.000 $11.999.999 $12.000.000 $10.336.797 $12.000.000 $12.000.000 $11.730.433 $12.000.000 $11.614.396 $11.714.270 $11.831.564 $12.000.000 $12.000.000 $12.000.000 $12.000.000 $12.000.000 S5M.507.7.

Versión: 6.fifi

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  • - -Resolución No. 0523 Del 23 JUNIO 2023 oja No. 5 -V ivienda "Por la cual se asignan cuarenta y ocho (48) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del Programa Casa Digna Vida Dignan Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1 °d el a presente resolución, es de doce (12) meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de su asignación y hasta la legalización del mismo.

Artículo 3. Pérdida de ejecutoriedad. Conforme a lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 se aplicará por parte de FON VIVIENDA esta acción cuando se compruebe que el beneficiario del subsidio familiar de vivienda se niegue a la intervención del mejoramiento del inmueble postulado.

de la Ley 1437 de 2011 se aplicará por parte de FON VIVIENDA esta acción cuando se compruebe que el beneficiario del subsidio familiar de vivienda se niegue a la intervención del mejoramiento del inmueble postulado. Artículo 4. FONVIVIENDA podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 "perdida y restitución del subsidio familiar de vivienda" del Decreto 1077 de 2015, ante las causales de pérdida y restitución del subsidio, por lo que para ello podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Artículo 5. La presente resolución será publicada en la página Web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y comunicada al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa Casa Digna Vida Digna, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No 01 de 2019 suscrito con la Fiduciaria Bogotá. Artículo 6. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los (23) días del mes de JUNIO de 2023.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda

Aprobó: Marccla Roy Homándoz - Subdirectora SFV fi1

Proyectó: Karina Jaimes Ch -Contratist -11,l,,_ Fecha: 02/06/2023 ·¡

Callo 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 2142 www.rninvivienda.gov.co

Versión: 6.0t

Fecha: 17/03/2021

Callo 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 2142 www.rninvivienda.gov.co

Versión: 6.0t

Fecha: 17/03/2021

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