MINVIVIENDA - Resolución 0571 de 2023
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0571 de 2023
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2023
Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador 601 562 9300 - 601 382 2800 Fecha:17/03/2021
Línea Gratuita: (+57) 01 8000 913666 Código: GDC-PL-10
www.minvivienda.gov.co Página 1 de 5 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio República de Colombia
RESOLUCIÓN NÚMERO
(0571) 29 JUNIO 2023
“Por la cual se asignan treinta y uno (31) subsidios familiares de vivienda con requisito de ahorro a hogares beneficiarios del Programa Semillero de Propietarios – Ahorradores para la adquisición de vivienda de interés social nueva”
LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el capítulo 9, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda “(…) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acue rdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional. (…)”.
Fonvivienda “(…) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acue rdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional. (…)”.
Que en el capítulo 9, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No. 1 077 de 2015 se incorporó el Programa de Vivienda Semillero de Propietarios - Ahorradores, destinado a promover la adquisición de vivienda a través del ahorro y el acceso al crédito hipotecario y el leasing habitacional como mecanismos de financiación, entre la población con ingresos de hasta dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes para que sea complementario al otorgado en el marco del Programa de Adquisición de Vivienda "Mi Casa Ya"
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1.1.9.2 del Decreto No. 1077 de 2015, el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda, suscribió con la Sociedad Fiduciaria BBVA ASSET Management Sociedad Fiduciaria S.A. el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No. 006 del 16 de Julio de 2020 en la radicación interna de Fonvivienda, por medio del cual se realizará la administración de los recursos para la ejecución de las actividades en materiaResolución No. 0571 Del 29 JUNIO 2023 Hoja No. 2
“Por la cual se asignan treinta y uno (31) subsidios familiares de vivienda con requisito de ahorro a hogares beneficiarios del Programa Semillero de Propietarios –
“Por la cual se asignan treinta y uno (31) subsidios familiares de vivienda con requisito de ahorro a hogares beneficiarios del Programa Semillero de Propietarios – Ahorradores para la adquisición de vivienda de interés social nueva”
Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador 601 562 9300 - 601 382 2800 Fecha:17/03/2021
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www.minvivienda.gov.co Página 2 de 5 de vivienda de interés social prioritaria urbana, de stinadas a la atención de hogares en el marco del Programa Semillero de Propietarios - Ahorradores
Que el artículo 2.1.1.9.4. del Decreto 1077 de 2015 establece que “el valor del subsidio familiar de vivienda de que trata el presente capítulo, será de hasta seis (6) salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la expedición del acto administrativo de cumplimiento de las condiciones para la aplicación efectiva del mismo.”
Que el artículo 2.1.1.9.5 y siguientes del Decreto 1077 de 2015 determina los requisitos y condiciones que deben cumplir los hogares para ser beneficiarios del Programa Semillero de Propietarios – Ahorradores, entre las cuales se encuentra el de completar un monto mínimo de 4.5 salarios mínimos legales mensuales vigentes en un producto financiero de ahorro y contar con carta de aprobación de crédito hipotecario o una operación de leasing habitacional.
Que los establecimientos de crédito, en cumplimiento de lo estipulado en el
mensuales vigentes en un producto financiero de ahorro y contar con carta de aprobación de crédito hipotecario o una operación de leasing habitacional.
Que los establecimientos de crédito, en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 2.1.1.9.9. del Decreto 1077 de 2015, pr evia verificación del cumplimiento de los requisitos descritos en el artículo 2.1.1.9.8 y las condiciones establecidas en el artículo 2.1.1.9.5 ibídem, solicitó la expedición del acto administrativo de asignación de los subsidios familiares de vivienda, en el marco del Programa de Vivienda Semillero de Propietarios – Ahorradores.
Que mediante correo electrónico de fecha 29 de junio del 2023, el Ingeniero de sistemas de la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda, informó sobre los hogares que se encuentran en estado “Habilitado con requisito Ahorro”, los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del Programa de Vivienda Semillero de Propietarios – Ahorradores y “Mi Casa Ya”.
Que el valor total de los recursos asignados como subsidio familiar de vivienda en dinero, destinados a la solución de vivienda de los hogares que cumplieron los requisitos establecidos en los artículos 2.1.1.9.5. y 2.1.1.9.8 del Decreto 1077 del 2015 asciende a la suma de doscientos quince millones setecientos sesenta mil pesos M/Cte. ($215.760.000).
Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal y las imputaciones presupuestales se harán de acuerdo con las reglas establecidas
sesenta mil pesos M/Cte. ($215.760.000).
Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal y las imputaciones presupuestales se harán de acuerdo con las reglas establecidas en la sección 2.1.1.9.1 del Decreto 1077 de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia y su manual operativo afectándose los recursos depositados en el Fideicomiso “Programa Semillero de Propietarios – Ahorradores” para la adquisición de vivienda de interés social nueva.Resolución No. 0571 Del 29 JUNIO 2023 Hoja No. 3
“Por la cual se asignan treinta y uno (31) subsidios familiares de vivienda con requisito de ahorro a hogares beneficiarios del Programa Semillero de Propietarios – Ahorradores para la adquisición de vivienda de interés social nueva”
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www.minvivienda.gov.co Página 3 de 5 Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.4.1.5.3 del Decreto 1077 de 2015, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Asignar treinta y uno (31) Subsidios Familiares de Vivienda en el
beneficiarios. Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Asignar treinta y uno (31) Subsidios Familiares de Vivienda en el marco de Programa de Vivienda “Semillero de Propietarios – Ahorradores” para la adquisición de vivienda de interés social nueva, por un valor total de DOSCIENTOS QUINCE MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL PESOS M/CTE. ($215.760.000), a los hogares que se relacionan a continuación:
No ID Hogar Documento Nombres Apellidos Valor Sfv Entidad Financiera 1 29083 1017235355 SEBASTIAN VASQUEZ GOMEZ $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA
FINANCIERA
43738249 CLAUDIA MARIA GOMEZ PEREZ 2 51141 46365437 MARIBEL DIAZ ARGUELLO $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA
FINANCIERA
3 54576 1002365714 LUIS RICARDO LOPEZ BOYACA $6.960.000 BANCO DAVIVIENDA 4 54700 37945529 ORFILIA TAPIAS LOPEZ $6.960.000 BANCO CAJA SOCIAL 5 59344 1100957216 JENNY
ALEJANDRA SOLANO DIAZ $6.960.000 BANCO CAJA SOCIAL
6 62530 71617774 JOHN JAIRO SILVA ZEA $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA
FINANCIERA
43042093 MARIA ELENA MARIN MACIAS
7 62618 1052312480 FLOR ANGELA PINILLA BELLO $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA 8 62647 43509257 ALBA MERY CARDENAS
43042093 MARIA ELENA MARIN MACIAS
7 62618 1052312480 FLOR ANGELA PINILLA BELLO $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA 8 62647 43509257 ALBA MERY CARDENAS
FLORES $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA 9 62680 1090499483 YAZMIN ADRIANA LAGUADO HIDALGO $6.960.000 BANCO CAJA SOCIAL 10 63904 71351089 IGNACIO VILLORINA MUÑOZ $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA 11 63941 39420700 YODIER POSADA JIMENEZ $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA 12 64236 8323026 JOSE
LEDINSON
ASPRILLA
RODRIGUEZ $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA 13 64264 32802327 YIMELY MATEUS
SALAMANCA $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA
FINANCIERA
4265737 EDILBER GARCIA FUQUENResolución No. 0571 Del 29 JUNIO 2023 Hoja No. 4
“Por la cual se asignan treinta y uno (31) subsidios familiares de vivienda con requisito de ahorro a hogares beneficiarios del Programa Semillero de Propietarios – Ahorradores para la adquisición de vivienda de interés social nueva”
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Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador 601 562 9300 - 601 382 2800 Fecha:17/03/2021
Línea Gratuita: (+57) 01 8000 913666 Código: GDC-PL-10
www.minvivienda.gov.co Página 4 de 5 No ID Hogar Documento Nombres Apellidos Valor Sfv Entidad Financiera 14 65313 1087049250 ANYELA
TATIANA SOLARTE BRAVO $6.960.000 FONDO NACIONAL DEL AHORRO 15 65353 1028015235 CINDY
VIVIANA
GENEZ
TORDECILLA $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA
FINANCIERA
16 65434 1095925087 JEISSON FLOREZ CRUZ $6.960.000 CREDIFAMILIA COMPAÑIA DE FINANCIAMIENTO S.A. 17 65436 37891335 ILVA MARIA GARNICA VILLALBA $6.960.000 BANCO CAJA SOCIAL 18 65699 1010086945 YULI
MARCELA
ECHEVERRI
ZAPATA $6.960.000 CREDIFAMILIA COMPAÑIA DE FINANCIAMIENTO S.A. 19 65711 42146511 DIANA
JULIETH BOLIVAR TABORDA $6.960.000 CREDIFAMILIA COMPAÑIA DE FINANCIAMIENTO S.A. 20 65896 1116548639 CAROL
NATALIA MEDINA SANDOVAL $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA 21 65928 1041890044 GIAN DAVID RUIZ RINCON $6.960.000 BANCO CAJA SOCIAL
20 65896 1116548639 CAROL
NATALIA MEDINA SANDOVAL $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA 21 65928 1041890044 GIAN DAVID RUIZ RINCON $6.960.000 BANCO CAJA SOCIAL 22 67084 31435294 MARICELA ZULUAGA
RODRIGUEZ $6.960.000 CREDIFAMILIA COMPAÑIA DE FINANCIAMIENTO S.A. 23 67303 52929772 ANGIE
DIMELSA RAMIREZ RUBIANO $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA 24 67305 53052179 DIANA
MARCELA
CALDERON
CORTES $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA
FINANCIERA
25 67397 1053512163 ROSA HELENA PEREZ OJEDA $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA 26 67482 23495509 AUDELINA GONZALEZ CAÑON $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA 27 67540 1038387205 EDWIN
SANTIAGO CALLE POSADA $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA
FINANCIERA
1001011221 YULIANA ANDREA GIL RESTREPO 28 68821 79248717 JOSE
ROBERTO
VELANDIA
RODRIGUEZ $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA
FINANCIERA
42204184 NAYIBE DEL
ROSARIO
CONTRERAS
MORENO 29 69903 1040033506 JOHN FREDI OTALVARO $6.960.000 COTRAFA COOPERATIVA FINANCIERA 30 69988 1028041074 LINEY
ROSARIO
CONTRERAS
MORENO 29 69903 1040033506 JOHN FREDI OTALVARO $6.960.000 COTRAFA COOPERATIVA FINANCIERA 30 69988 1028041074 LINEY
ANDREA MOSQUERA RIVAS $6.960.000 COOFINEP COOPERATIVA FINANCIERA 31 71073 52390842 PASTORA JIMENEZ MORENO $6.960.000 CONFIAR COOPERATIVA
FINANCIERA
VALOR TOTAL DE LOS SFV ASIGNADOS $ 215.760.000
Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución, es de seis (6) meses contados a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de esta asignación.Resolución No. 0571 Del 29 JUNIO 2023 Hoja No. 5
“Por la cual se asignan treinta y uno (31) subsidios familiares de vivienda con requisito de ahorro a hogares beneficiarios del Programa Semillero de Propietarios – Ahorradores para la adquisición de vivienda de interés social nueva”
Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador 601 562 9300 - 601 382 2800 Fecha:17/03/2021
Línea Gratuita: (+57) 01 8000 913666 Código: GDC-PL-10
www.minvivienda.gov.co Página 5 de 5 Artículo 3. Fonvivienda podrá en cualquier momento, verificar la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios,
www.minvivienda.gov.co Página 5 de 5 Artículo 3. Fonvivienda podrá en cualquier momento, verificar la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios, haciendo uso de la facultad establecida en el artículo 2.1.1.4.1.5.3 del Decreto 1077 de 2015.
Artículo 4. La ejecutoriedad del presente acto administrativo para cada uno de los hogares relacionados en el artículo 1 º del mismo, queda sometido al cumplimiento de la obligación descrita en el literal a) del artículo 2.1.1.9.5. del Decreto 1077 de 2015 la cual se deberá mantener tanto en el proceso de asignación como de desembolso del Subsidio Familiar de Vivienda complementario asignado en el marco del Programa de Adquisición de Vivienda "Mi Casa Ya" y a que la entidad otorgante del crédito realice el desembolso del mismo o a que dé inicio al contrato de leasing habitacional, en los términos indicados en el artículo 2.1.1.4.1.5.2 ibídem.
Artículo 5. La presente resolución será p ublicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y comunicada al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Semillero de Propietarios – Ahorradores, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos Nos. 006 de 2020 suscrito con la BBVA ASSET Management Sociedad Fiduciaria S.A.
Artículo 6. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
S.A.
Artículo 6. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 29 JUNIO 2023
NORMA JANETH GÓMEZ CÁCERES
Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda
Aprobó: Marcela Rey Hernández - Subdirectora SFV
Proyectó: Karina Jaimes Ch - Contratista