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MINVIVIENDA - Resolución 0614 de 2023

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0614 de 2023
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2023

fi COLOMBIA fifi ViDA \f/' Vivienda Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO (0614} 06 JULIO 2023 "Por la cual se asignan tres (3) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares con selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización Villa Karol del municipio de Pailitas en el departamento de Cesar" LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1537 de 2012 y el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones." Que se expidió la Ley 1537 de 2012, "Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda", cuyo objeto es "señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo

orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda". Que en el artículo 12 de la referida Ley, determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno Nacional, se podrán asignar a título de subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno Nacional. Que en el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 de 2015 establece que el Fondo Nacional de Vivienda expedirá acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda en especie, a los beneficiarios señalados en la resolución emitida por Prosperidad Social. Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley 1537 de 2012 el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda celebró con Consorcio Alianza - Colpatria el contrato de fiducia mercantil No. 325 de 2015, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso - Programa De Vivienda Gratuita Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 2142 WW\V minvívienda.gov.co

Versión: 6.0

Fecha: 17 /0312021

Código: GDC·PL-11 fi Página 1 de 4Resolución No. 0614 fi COLOMBIA fifi•ViDA

WW\V minvívienda.gov.co

Versión: 6.0

Fecha: 17 /0312021

Código: GDC·PL-11 fi Página 1 de 4Resolución No. 0614 fi COLOMBIA fifi•ViDA

Del 06 JULIO 2023 Hoja No. 2 r_)' Vivienda 1 "Por la cual se asignan tres (3) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares con selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización Villa Karo! del municipio de Pailitas en el departamento de Cesar" II, por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda de interés social prioritaria urbana, destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y las normas que la modifiquen, adicionen, subroguen o reglamenten, conforme a las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, a través de los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo Matriz (PAM). Que mediante Resolución No. 2225 del 30 de noviembre de 2022, el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda fijó como fecha de apertura el 05 de diciembre de 2022, para la convocatoria de postulación de hogares al subsidio familiar de vivienda en especie, para dos proyectos, entre los cuales se encuentra el proyecto denominado Urbanización Villa Karol del municipio de Pailitas en el departamento de Cesar. Que mediante Resoluciones No. 2291 del 07 de diciembre de 2022, Fonvivienda

encuentra el proyecto denominado Urbanización Villa Karol del municipio de Pailitas en el departamento de Cesar. Que mediante Resoluciones No. 2291 del 07 de diciembre de 2022, Fonvivienda fijó como fecha de cierre el 14 de diciembre de 2022 de la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda en Especie para cuatro proyectos, entre los cuales se encuentra el proyecto denominado Urbanización Villa Karol del municipio de Pailitas en el departamento de Cesar. Que en cumplimiento de contrato de Encargo de Gestión suscrito entre Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar - Cavis UT, se realizó la entrega de las postulaciones para el proyecto Urbanización Villa Karol del municipio de Pailitas en el departamento de Cesar, según Acta Cavis UT2205 del 27 de diciembre de 2022 cuya captura la realizó la Caja de Compensación Comfacesar, en el software en línea dispuesto por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio - Fonvivienda, para tal fin. Que el contratista del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargado de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, mediante correo electrónico del 13 de abril de 2023. Que el citado proceso contó con el respectivo control de calidad realizado para los procesos sistematizados de creación de ambiente, validaciones y cruces, según correo electrónico del 13 de abril de 2023, emitido por el ingeniero de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, que lo realizó.

los procesos sistematizados de creación de ambiente, validaciones y cruces, según correo electrónico del 13 de abril de 2023, emitido por el ingeniero de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, que lo realizó. Que en cumplimiento del artículo 2.1.1.2.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda hizo entrega a Prosperidad Social del listado de hogares postulantes que cumplen y no cumplen requisitos para ser beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, según comunicación radicada con No. 2023EE0045875 del 26 de mayo de 2023. Que Prosperidad Social en cumplimiento de lo establecido en los artículos 2.1.1.2.1.3.1 y 2.1.1.2.1.3.2 del Decreto 1077 de 2015, expidió la Resolución No. 01192 del 15 de junio de 2023, mediante la cual se fija el listado definitivo de hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en EspecieSFVE a hogares con selección directa en el componente DesplazadosEstrategia Unidos para el proyecto Urbanización Villa Karol del municipio de Pailitas en el departamento de Cesar. Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 2142 www.minvivienda.qov.co Versión:j o--..

Fecha: 17/03/2021

Código: GDC-PL-11

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COLOMBIA

Del 06 JULIO 2023 Hoja No. 3 :.y, 1 <ft ViDA t':J Vivienda ' i

Código: GDC-PL-11

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COLOMBIA

Del 06 JULIO 2023 Hoja No. 3 :.y, 1 <ft ViDA t':J Vivienda ' i "Por la cual se asignan tres (3) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares con selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización Villa Karol del municipio de Pailitas en el departamento de Cesar" 1 1 1 1 1 Que de acuerdo con contrato de diseño y construcción suscrito entre el Constructor y el Consorcio Alianza Colpatria, el valor individual de las viviendas en el proyecto Urbanización Villa Karol del municipio de Pailitas en el departamento de Cesar, corresponde a 67 SMLMV del año 2020. Que el valor total de recursos asignados como Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, destinados a la solución de viviendas de los hogares que cumplieron los requisitos establecidos en la sección 2.1.1.2.1 del Decreto 1077 de 2015, asciende a la suma de ciento setenta y seis millones cuatrocientos treinta y ocho mil cuatrocientos tres pesos m/cte. ($176.438.403,00). Que cumpliendo lo estipulado en los artículos 6°, 7 ° y 8 ° de la Ley 1537 de 2012, el presente acto administrativo no genera ejecución presupuesta( y las imputaciones se harán de acuerdo con las reglas establecidas en esa normativa, afectándose los recursos depositados en el FideicomisoPrograma de Vivienda Gratuita Fase II del Consorcio Alianza - Colpatria.

imputaciones se harán de acuerdo con las reglas establecidas en esa normativa, afectándose los recursos depositados en el FideicomisoPrograma de Vivienda Gratuita Fase II del Consorcio Alianza - Colpatria. Que, para efectos de la culminación del presente proceso de asignac,on de subsidios familiares de vivienda en especie, son beneficiarios los hogares que se encuentran incluidos en la Resolución No. 01192 del 15 de junio de 2023, expedida por Prosperidad Social que fueron seleccionados de forma directa y cumplieron con los requisitos establecidos en la sección 2.1.1.2.1 del Decreto 1077 de 2015. Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.2.6.2.2., del Decreto 1077 de 2015, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares postulantes y beneficiarios. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Asignar tres (3) subsidios familiares de vivienda en especie - SFVE a hogares con selección directa que cumplieron requisitos y se encuentran en la Resolución No 01192 del 15 de junio de 2023, expedida por Prosperidad Social, para el proyecto Urbanización Villa Karol del municipio de Pailitas en el departamento de Cesar, encabezados por las personas que se relacionan a continuación:

DEPARTAMENTO:CESAR

MUNICIPIO: PAILITAS

PROYECTO: URBANIZACIÓN VILLA KAROL

No. CEDULA NOMBRES APEl:.tlDOS

1 36495892 LAUDITH ARENGAS NAVARRO

2 1066092580 VICTOR ANTONIO VARGAS LOPEZ

PROYECTO: URBANIZACIÓN VILLA KAROL

No. CEDULA NOMBRES APEl:.tlDOS

1 36495892 LAUDITH ARENGAS NAVARRO

2 1066092580 VICTOR ANTONIO VARGAS LOPEZ 3 36496394 CLAUDIA PATRICIA DURAN CARDENAS fi VALOR SFVE $ 58.812.801 00

$ 58.812.801,00 $ 58.812.801,00

VALOR TOTAL DE LOS SFVE ASIGNADOS $176.438.403,00

Calle 17 No. 9-36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 2142 ".!llfY! rn111v1vienda.gov.co fi Versión: 6.0

Fe cha: 17/03/2021

Código: GDC-PL-11

Página 3 de 4Resolución No. 0614 fi COLOMBIA fifi-ViDA Del 06 JULIO 2023 Hoja No. 4 t-. v· . d \fi) 1v1en a 1 "Por la cual se asignan tres (3) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares con selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización Villa Karol del municipio de Pailitas en el departamento de Cesar" Artículo 2. La asignación de las viviendas a los hogares beneficiarios en el citado proyecto, será definida mediante sorteo que realice Fonvivienda, según lo establecido en el artículo 2.1.1.2.1.4.2 del Decreto 1077 de 2015. Sin embargo, Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.2.6.2.2

establecido en el artículo 2.1.1.2.1.4.2 del Decreto 1077 de 2015. Sin embargo, Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.2.6.2.2 del Decreto 1077 de 2015, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares postulantes y beneficiarios. Artículo 3. La transferencia del derecho de dominio de las viviendas del proyecto Urbanización Villa Karol del municipio de Pailitas en el departamento de Cesar, a los hogares beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en especie relacionados en el artículo primero de la presente resolución, se realizará mediante acto administrativo expedido por la autoridad debidamente facultada para hacerlo de conformidad con lo establecido en el Artículo 43 de la Ley 1537 de 2012. Artículo 4. Los hogares relacionados en el artículo 1 ° de esta resolución, así como aquellos postulados en la convocatoria mencionada en la parte considerativa para el proyecto Urbanización Villa Karol del municipio de Pailitas en el departamento de Cesar, no señalados en el mismo, podrán interponer en los términos y condiciones establecidos por la ley, los recursos a los que haya lugar contra el presente acto administrativo. Artículo s. La presente asignación será comunicada a los hogares beneficiarios, a Prosperidad Social y publicada en el Diario Oficial, conforme lo dispuesto en el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 de 2015. Artículo 6. Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Matriz, Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita Fase II, de conformidad con lo

Artículo 6. Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Matriz, Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita Fase II, de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia mercantil No. 325 de 2015 suscrito con el Consorcio Alianza - Colpatria. Artículo 7. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 06 JULIO 2023

NORMA JANETH GÓMEZ CÁCERES

Directora Ejecutiva de Fonvivienda

Proyectó: Jhon Meyer - Contratista SSFV--;J¿­

Revisó: Rocío Peña - Contratista SSFV ff

Aprobó: Marcela Rey Hernández - Subdirectora SSFV ,1\ fi

Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 2142 www.minvivienda.gov.co

Versión: 6.0

Fecha: 17/03/2021

Código: GDC-PL-11

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