MINVIVIENDA - Resolución 0646 de 2020
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0646 de 2020
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2020
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Republica de Colombia RESOLUCION NUMERO ( 0646 ) 02 DIC 2020 “Por la cual se designa el representante de los trabajadores para integrar el Consejo Superior de Vivienda” EL MINISTRO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el artículo 6 de la Ley 546 de 1999 y el numeral 7 del artículo 2.1.7.2 del Decreto 1077 de 2015, y CONSIDERANDO Que la Ley 546 de 1999 creó el Consejo Superior de Vivienda como un organismo asesor del Gobierno en materia de vivienda y, entre sus integrantes, de acuerdo con lo establecido en el numeral 12 del artículo 6% de la mencionada Ley, se encuentra un representante de los trabajadores. Que el numeral 11 del artículo 2.1.7.2 del Decreto 1077 de 2015 “Por medio del cual se expide el decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”, dispone que el representante de los trabajadores para integrar el Consejo Superior de Vivienda será escogido por el Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, de terna enviada por las organizaciones sindicales de tercer grado a la Secretaría Técnica del mencionado Consejo. Que la Dirección del Sistema Habitacional como Secretaría Técnica del Consejo Superior de Vivienda, el pasado 5 de noviembre de 2020, solicitó a las organizaciones sindicales de tercer grado que se encontraban inscritas ante el Grupo de Archivo Sindical del Ministerio del Trabajo, “adelantar los trámites permitentes, junto con las demás organizaciones sindicales de tercer grado, para
organizaciones sindicales de tercer grado que se encontraban inscritas ante el Grupo de Archivo Sindical del Ministerio del Trabajo, “adelantar los trámites permitentes, junto con las demás organizaciones sindicales de tercer grado, para enviar la terna hasta el 25 de noviembre de 2020 al correo electrónico SecretariaTecnicaCSV@minvivienda.gov.co. Adicionalmente, se deberá remitir hoja de vida de las personas postuladas.” Que como respuesta a lo solicitado, se recibieron las siguientes postulaciones: Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Versión: 5.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 2082 Fecha:10/06/2020 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-10 Nu Página 1 de 4Resolución No. O 646 Del 02 DIC de 2020 Hoja No. 2 7 “Por la cual se designa el representante de los trabajadores para integrar el Consejo Superior de Vivienda” Postulaciones Convocatoria Designación Representante de los Trabajadores ante el CSV 2020 Organización Sindical de Tercer Grado Postulante Postulado Fecha 06/11/2020 | Confederación de Servidores Públicos y de | Ana Delcira Bran los Servicios Públicos de Colombia - CSPC | Carmen Fawsed Jimenez Alvaro Jaramillo Escalante 10/11/2020 Central Unitaria de Trabajadores de José Diógenes Orjuela García Colombia - CUT 11/11/2020 | Unión de Trabajadores de Colombia - UTC | Wilson Josué Hoyos Cataño Linda Brillit Monroy Cedel Jhon Alexander Rivera Gomez 18/11/2020 | Confederación Nacional de Trabajadores - | Edgar Aldana Sanchez C.N.T.
11/11/2020 | Unión de Trabajadores de Colombia - UTC | Wilson Josué Hoyos Cataño Linda Brillit Monroy Cedel Jhon Alexander Rivera Gomez 18/11/2020 | Confederación Nacional de Trabajadores - | Edgar Aldana Sanchez C.N.T. 23/11/2020 | Confederación General del Trabajo - CGT | Ricardo Antonio Venegas Suarez Que a efectos de brindar aclaración sobre la conformación de la terna que deben presentar las organizaciones sindicales de tercer grado para integrar el Consejo Superior de Vivienda se les indicó lo siguiente a través de correos electrónicos de fecha 9 (CSPC), 12 (CUT y UTC), 19 (CNT) y 24 (CGT) de noviembre de 2020, a saber: “ En ese orden de ideas, agradecemos que concertadamente entre las organizaciones de tercer grado nos alleguen la terna para que el señor Ministro pueda designar al representante de los trabajadores, tal y como se les solicitó en la invitación de postulación de dicho representante. Para el efecto, adjuntamos el listado de las organizaciones sindicales de tercer grado que nos fue suministrado por el Grupo de archivo Sindical del Ministerio del Trabajo, así como, las invitaciones que fueron enviadas a las demás organizaciones sindicales de tercer grado. Además, copiamos el presente correo a todos los representantes legales de dichas organizaciones. Por último, queremos manifestarle que la postulación remitida no cumple con los criterios normativos anteriormente descritos. En virtud de lo cual, quedamos a la espera de la remisión de la terna conformada por la totalidad de las organizaciones sindicales, así como las respectivas hojas de vida de los ternados. Es de señalar que para el efecto desde la CTU-USCTRAB se coordinó una reunión el pasado
espera de la remisión de la terna conformada por la totalidad de las organizaciones sindicales, así como las respectivas hojas de vida de los ternados. Es de señalar que para el efecto desde la CTU-USCTRAB se coordinó una reunión el pasado 17/11/2020 para llevar a cabo la designación de la terna, como consta en correo adjunto, en la cual se contó con la participación de un funcionario del Ministerio de Vivienda que explicó cómo debería surtirse el procedimiento de designación del representante de los trabajadores.” Que, con posterioridad al correo referido, las organizaciones sindicales de tercer grado que se relacionan a continuación enviaron dos ternas y no una, contrario a lo que establece el reglamento y la convocatoria: Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Versión: 5.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 2082 Fecha:10/06/2020 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-10 Página 2 de4 NResolución No. O 646 Del 02 DIC de 2020 Hoja No. 3 7 “Por la cual se designa el representante de los trabajadores para integrar el Consejo Superior de Vivienda” Postulaciones Convocatoria Designación Representante de los Trabajadores ante el CSV 2020 Fecha Organización Sindical de Tercer Grado Postulado Postulante 24/11/2020 Confederación de Trabajadores de Diana Cecilia Gómez Cely Colombia - CTC José Diógenes Orjuela García Central Unitaria de Trabajadores de Ricardo Antonio Venegas Colombia - CUT Suarez Confederación General del Trabajo - CGT 25/11/2020 Confederación de la unión Sindical Jorge Eliécer Acero Arias Colombiana del Trabajo Central CTU Wilson Josué Hoyos Cataño
Colombia - CUT Suarez Confederación General del Trabajo - CGT 25/11/2020 Confederación de la unión Sindical Jorge Eliécer Acero Arias Colombiana del Trabajo Central CTU Wilson Josué Hoyos Cataño USCTRAB Edgar Aldana Sanchez Confederación Nacional de TrabajadoresCNT Unión de Trabajadores de Colombia - UTC Que una vez revisadas las ternas remitidas por las distintas organizaciones sindicales de tercer grado, se evidencia que las mismas no cumplen íntegramente con los requisitos de ley, reglamentarios y de la convocatoria, ya que no se trata de una terna allegada por la totalidad de las organizaciones sindicales de tercer grado que se encuentran inscritas en el Grupo de Archivo Sindical del Ministerio del trabajo, tal como lo exige el artículo 2.1.7.2 del Decreto 1077 de 2015. Que el parágrafo 3 del artículo 2.1.7.2 del Decreto 1077 de 2015 “Por medio del cual se expide el decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”, dispone que “En el evento que no se inscriban o no sean enviadas las ternas de que trata el presente artículo, el Ministro de Hacienda y Crédito Público designará a los Representantes de los Establecimientos de Crédito y de los Usuarios de Crédito Individual, y el Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio designará a los Representantes de las Organizaciones Populares de Vivienda, de los Constructores, de los Trabajadores y del Sector Inmobiliario Nacional.” Que teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 2.1.7.2 del Decreto 1077 de 2015 y en atención a que las postulaciones y/o ternas remitidas por las distintas
los Constructores, de los Trabajadores y del Sector Inmobiliario Nacional.” Que teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 2.1.7.2 del Decreto 1077 de 2015 y en atención a que las postulaciones y/o ternas remitidas por las distintas organizaciones sindicales de tercer grado no cumplen íntegramente con los requisitos de ley, reglamentarios y de la convocatoria, se designará a RICARDO ANTONIO VENEGAS SUÁREZ como representante de los trabajadores ante el mencionado Consejo, teniendo en cuenta que desde su trayectoria laboral tiene amplia experiencia y conocimiento en el sector público, específicamente en el sector agropecuario en ámbitos como vivienda en el campo, entre otros, y además ha sido miembro de la junta directiva del Fondo Nacional del Ahorro en el último cuatrienio, experiencia que se considera relevante en la designación del representante de los trabajadores en razón a que a partir del año 2020 el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio asumió la formulación y ejecución de la política pública de vivienda rural, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019. Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Versión: 5.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 2082 Fecha:10/06/2020 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-10 Página 3 de 4 NResolución No. O 646 Del 02 DIC de 2020 Hoja No. 4 7 “Por la cual se designa el representante de los trabajadores para integrar el Consejo Superior de Vivienda” Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
NResolución No. O 646 Del 02 DIC de 2020 Hoja No. 4 7 “Por la cual se designa el representante de los trabajadores para integrar el Consejo Superior de Vivienda” Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1%. Designase al señor RICARDO ANTONIO VENEGAS SUÁREZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.400.851 de Bogotá, como representante de los trabajadores ante el Consejo Superior de Vivienda. Parágrafo 1. De acuerdo con lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 2.1.7.2 del Decreto 1077 de 2015, el periodo de designación será de dos (2) años contados a partir de la fecha de expedición de la presente resolución. Parágrafo 2. La presente designación es ad honorem, por lo cual las gestiones realizadas en razón de ésta no serán remuneradas de manera alguna. ARTÍCULO 2”. Comuníquese el presente acto administrativo al señor RICARDO
ANTONIO VENEGAS SUÁREZ.
ARTÍCULO 3”. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C.,a los 02 DIC 2020 A H N D ( — L7 4 low] B \ ¢ 7
JONATHAN TYBALT MALAGÓN GONZÁLEZ
Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio
Dada en Bogotá, D.C.,a los 02 DIC 2020 A H N D ( — L7 4 low] B \ ¢ 7 JONATHAN TYBALT MALAGÓN GONZÁLEZ Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio Proyectó: — Hector Alexander Torres Morales — DSH Revisó: Juan Carlos Covilla Martínez — Jefe Cricina Asesora Jurídica Felipe Walter Correa — Director DSH Aprobó: Leonidas Lara Anaya — Secretario General Carlos Alberto Ruíz Martinez — Viceministro de Vivienda Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Versión: 5.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 2082 Fecha:10/06/2020 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-10 Página 4 de 4 N