🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINVIVIENDA - Resolución 0668 de 2020

Ministerio de Vivienda

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0668 de 2020
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2020

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO (0668) 03 ABRIL 2020 “Por la cual se ordena el gasto de los recursos de inversión del SGR destinados al proyecto “Elaboración de los estudios técnicos para el proyecto de mejoramiento de vivienda urbana, en el marco del programa “Casa Digna, Vida Digna” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en los artículos 8 y 9 del Decreto Ley 555 de 2003, CONSIDERANDO Que el Decreto Ley 555 de 2003, creo el Fondo Nacional de Vivienda “Fonvivienda” como un fondo con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía presupuestal y financiera, sin estructura administrativa ni planta de personal propia; sometido a las normas presupuestales y fiscales del orden nacional y estará adscrito al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Mediante el Decreto 867 de 2019 se adiciono el Decreto 1077 de 2015 en cuanto al desarrollo del programa de mejoramiento denominado Casa Digna, Vida Digna. De igual manera y conforme con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.2. del Decreto 867 de 2019 que adiciona el capítulo 7, al título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio definió mediante acto administrativo los Departamentos, Municipios y/o Regiones en los cuales se

de 2015, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio definió mediante acto administrativo los Departamentos, Municipios y/o Regiones en los cuales se desarrollarán las intervenciones en el marco del programa “Casa Digna, Vida Digna". Asimismo, el artículo 2.1.1.7.3. del Decreto 867 del 2019 que adiciona el capítulo 7, al título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, establece que las condiciones de postulación de beneficiarios, asignación del subsidio, participación de entidades territoriales y operación del programa, serán definidas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio mediante acto administrativo El 13 de noviembre de 2018 mediante Circular 2018EE0091028 publicada en la página del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se llevó a cabo una invitación para la cofinanciación territorial del programa “Casa Digna, Vida Digna" y el 10 de diciembre de 2018 mediante Circular No 2018EE0098156 se publicó el listado de municipios que manifestaron interés en participar y cofinanciar el programa “Casa Digna, Vida Digna”, con la obligación de presentar a más tardar el 11 de febrero de 2019 los certificados de disponibilidad presupuestal ante el Ministerio para la financiación del programa de conformidad a la Circular No 2019EE0003049 de fecha 24 de enero de 2019 publicada en la página del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, por lo anterior FONVIVIENDAResolución No. 0668 Del 03 ABRIL 2020 Hoja No. 2 “Por la cual se ordena el gasto de los recursos de inversión del SGR destinados al

en la página del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, por lo anterior FONVIVIENDAResolución No. 0668 Del 03 ABRIL 2020 Hoja No. 2 “Por la cual se ordena el gasto de los recursos de inversión del SGR destinados al proyecto “Elaboración de los estudios técnicos para el proyecto de mejoramiento de vivienda urbana, en el marco del programa “Casa Digna, Vida Digna” suscribió convenios administrativos de cooperación con dichos entes territoriales que cumplieron con los documentos en julio de 2019. Que el Decreto Ley 555 de 2003 en su artículo 12 autoriza al Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA a contratar el manejo de los recursos y de los bienes del Fondo a través de contratos de fiducia, encargo fiduciario, fondos fiduciarios, de mandato; convenios de administración y los demás negocios jurídicos que sean necesarios. Que las funciones atribuidas al Fondo Nacional de Vivienda en el artículo 22 de la Ley 1469 de 2011 deberán ejecutarse a partir de la celebración de contratos de fiducia mercantil con sujeción a las reglas generales y del derecho comercial sin las restricciones previstas en el numeral 5 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, de la Ley 1150 de 2007 conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 1469 de 2011. El Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA, conforme al artículo 6 de la Ley 1537 de 2012 suscribió el contrato fiduciario No 01 de 2019 que dio origen al Patrimonio Autónomo Fideicomiso Programa “Casa Digna, Vida Digna” con la Fiduciaria Bogotá S.A.

2012 suscribió el contrato fiduciario No 01 de 2019 que dio origen al Patrimonio Autónomo Fideicomiso Programa “Casa Digna, Vida Digna” con la Fiduciaria Bogotá S.A. Que el 26 de junio de 2019 se suscribió el convenio de asociación No. 011 entre Fonvivienda, Findeter y la Gobernación de Arauca con el objeto de “Aunar esfuerzos administrativos, técnicos y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento vivienda urbana, tendientes a superar las condiciones sanitarias satisfactorias de espacio y servicio públicos de los hogares en el marco del programa de mejoramiento de vivienda Casa Digna Vida Digna regulado en el Decreto 867 de 2019 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.” En virtud del Acuerdo No 003 de fecha 04 de octubre de 2019 del OCAD Departamental de Arauca, se aprobó el proyecto denominado “Elaboración de los estudios técnicos para el proyecto de mejoramiento de vivienda urbana, en el marco del programa “Casa Digna, Vida Digna” en el municipio de Arauca, Departamento de Arauca, con código BPIN 2019005810049, designando al Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA como ejecutor del mismo, con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías -SGR. Que el artículo 2.2.4.1.2.2.13 del Decreto 1082 de 2015 establece que el proceso de afectación de las apropiaciones incorporadas en los presupuestos de las entidades será el que corresponda al régimen presupuestal de la respectiva entidad, es decir al Fondo

afectación de las apropiaciones incorporadas en los presupuestos de las entidades será el que corresponda al régimen presupuestal de la respectiva entidad, es decir al Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA. Que mediante oficio No 2019EE0095915 de fecha 28 de octubre de 2019 el Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA, acepto la designación como ejecutor de los recursos del SGR, para el proyecto denominado “Elaboración de los estudios técnicos para el proyecto de mejoramiento de vivienda urbana, en el marco del programa “Casa Digna, Vida Digna” en el municipio de Arauca, Departamento de Arauca aprobado por el OCAD Departamental de Arauca. En virtud del artículo 4.1.2.3.2 “Requisitos Generales Previos a la Ejecución del Proyecto” de los que trata el Acuerdo 052 de 2018, se llevó a cabo la expedición del acto administrativo de incorporación de los recursos, una vez fue aceptada la designación como ejecutor de conformidad con el artículo 2.2.4.1.2.2.13 del Decreto 1082 de 2015, por lo que se expidió la Resolución No 1913 de fecha 30 de diciembre de 2019 Por lo anterior, se incorporaron los recursos por la suma de CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS ($189.431.535) MONEDA LEGAL al presupuesto de inversión del SGR -Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA, unidad ejecutora SPGR 01-400200, recursos que serán NuResolución No. 0668 Del 03 ABRIL 2020 Hoja No. 3

de Vivienda - FONVIVIENDA, unidad ejecutora SPGR 01-400200, recursos que serán NuResolución No. 0668 Del 03 ABRIL 2020 Hoja No. 3 “Por la cual se ordena el gasto de los recursos de inversión del SGR destinados al proyecto “Elaboración de los estudios técnicos para el proyecto de mejoramiento de vivienda urbana, en el marco del programa “Casa Digna, Vida Digna” ejecutados a través del mecanismo seleccionado para el efecto que es el Patrimonio Autónomo Programa “Casa Digna, Vida Digna”, mediante el cual se llevará a cabo él proceso de contratación de los estudios técnicos y la interventoría para el proyecto de mejoramiento de vivienda urbana, en el marco del programa “Casa Digna, Vida Digna” en el municipio de Arauca. De esta manera, y conforme a la resolución que incorporó los recursos aprobados por el OCAD Departamental de Arauca para llevar a cabo los mejoramientos de vivienda en el marco del programa Casa Digna, Vida Digna, los recursos del SGR serán destinados para amparar la contratación de los estudios técnicos y la interventoría para el proyecto de mejoramiento de vivienda urbana. Así las cosas y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.2.3.1 correspondiente a los "requisitos de ejecución” del que trata el Acuerdo 052 de 2018, y el artículo 2.2.4.1.2.2.14 del Decreto 1082 de 2015, se hace necesaria la expedición del acto administrativo unilateral que ordena el gasto con cargo a los recursos del proyecto por parte del ejecutor es decir FONVIVIENDA, la Subdirección de Finanzas y Presupuesto del

administrativo unilateral que ordena el gasto con cargo a los recursos del proyecto por parte del ejecutor es decir FONVIVIENDA, la Subdirección de Finanzas y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió el CDP No 120 de fecha 03 de abril de 2020 por la suma de CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS ($189.431.535) MONEDA LEGAL. En razón a lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Ordenar el gasto de los recursos de acuerdo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 120 de fecha 03 de abril de 2020, por la suma de CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS ($189.431.535) MONEDA LEGAL con cargo al presupuesto de inversión del SGR -Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA, unidad ejecutora SPGR 01-400200, para que a través del Patrimonio Autónomo Programa “Casa Digna, Vida Digna” se lleve a cabo la contratación de los estudios técnicos y la interventoría para el proyecto de mejoramiento de vivienda urbana, en el marco del programa “Casa Digna, Vida Digna” en el municipio de Arauca. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 03 ABRIL 2020 ERLES E. ESPINOSA Director Ejecutivo (del do Nacional de Vivienda Proyecto: Gustavo Álvarez - Valentina Henzo - Daniel Morales Aprobó: Alexander Vargas

Consultar sobre este documento ...