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MINVIVIENDA - Resolución 0706 de 2023

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0706 de 2023
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2023

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1 RESOLUCIÓN NÚMERO (0706) 12 DE JULIO DE 2023 "Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente las Resoluciones No. 1978, 2090 de 2022 del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - Mi Casa Ya" LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en el numeral 9º del artículo 3º y el numeral 3° del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003, sección 1, capítulo 4, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 y el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de ViviendaFONVIVIENDA, identificado con el NIT 830121208-5 "Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones." Que el numeral 9 del artículo 3º del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda "(. . .) Asignar Subsidios de Vivienda de Interés Social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional( .. .)" Que en el Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto Único

normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional( .. .)" Que en el Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No. 1077 de 2015 se incorporó el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social "Mi Casa Ya", modificado por el Decreto 490 de 2023, con el objetivo de facilitar la adquisición de una solución de vivienda de interés social ubicada en suelo rural o urbano para aquellas familias que cuenten con una clasificación de Sisbén IV entre Al y D20 y cumplan con los demás requisitos del programa, a través de un subsidio familiar de vivienda y una cobertura a la tasa de interés del crédito hipotecario o leasing habitacional. Que en cumplimiento de sus funciones el Fondo Nacional de ViviendaFONVIVIENDA, expidió las Resoluciones No. 1978, 2090 de 2022 mediante las cuales se asignaron subsidios familiares de vivienda. Que, mediante petición electrónica, realizada por la señora VALERY CRUZ GOMEZ, identificada con cédula de ciudadanía Nº 1118565454, dirigida al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio - Fonvivienda, donde solicita la corrección de la resolución de asignación correspondiente al hogar beneficiario del Subsidio Familiar de Vivienda con ID 1056371 debido a que se llevo a cabo cambio de nombre mediante Escritura Pública del beneficiario del subsidio. Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (+57) 332 34 34 , www.minv1vienda.gov.co

cambio de nombre mediante Escritura Pública del beneficiario del subsidio. Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (+57) 332 34 34 , www.minv1vienda.gov.co .. >.fi"­Página 1 de 3.;1>' Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-11 fi COLOMBIA fi ViDAResolución No. 0706 del 12 JULIO 2023 rondo Nac .. ,r i.,t dL V,

FONVIVIENDA. -

Hoja No. 2 Que, mediante petición electrónica, realizada por la señora VIANNY NATHALY ARCOS CARDONA, identificado con cédula de ciudadanía Nº 1144184957, dirigida al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio - Fonvivienda, donde solicita la corrección de la resolución de asignación correspondiente al hogar beneficiario del Subsidio Familiar de Vivienda con ID 1105826 debido a que la misma presenta error en el nombre del beneficiario del subsidio. Que el Artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en su parte pertinente dispone: "En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda". Que teniendo en cuenta que la situación presentada se enmarca en el artículo

revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda". Que teniendo en cuenta que la situación presentada se enmarca en el artículo de la norma antes transcrita, se hace necesario corregir las Resoluciones No. 1978, 2090 de 2022. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Corregir el nombre y/o apellido de los beneficiarios asignados mediante las Resoluciones No 1978, 2090 de 2022, en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - Mi Casa Ya, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, a los siguientes beneficiarios: Id Hogar Res. Fecha Resol Cédula Nombre Error Apellido Error Nombre Apellido Correcto Correcto 1056371 1978 7/10/2022 1118565454 CRISTIAN CRUZ GOMEZ VALERY CRUZGOMEZ RICARDO 1105826 2090 21/10/2022 1144184957 VIANNY ARCOS VIANNY ARCOS CARDONA NATAHALY CARDONA NATHALY Artículo 2. Los demás acápites y apartes de las Resoluciones No. 1978, 2090 de 2022, continúan vigentes y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado, la corrección se realiza únicamente para efectos de aclarar la información digitada en el aplicativo de TransUnion y cargada en el Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda. Artículo 3. Notifíquese mediante correo electrónico el contenido del presente acto administrativo a los hogares citados en el artículo primero de la presente

información digitada en el aplicativo de TransUnion y cargada en el Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda. Artículo 3. Notifíquese mediante correo electrónico el contenido del presente acto administrativo a los hogares citados en el artículo primero de la presente resolución en la forma prevista en el numeral 1 ° del artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, haciéndoles saber que contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno.

Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( +57) 332 34 34 www.minvivienda.gov.co fi Página 2 de 3 f Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-11 fi COLOMBIA fi· ViDA--- fif!fiJ''' Fondo Nacional ele Viviend;:i

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Resolución No. 0706 del 12 JULIO 2023 Hoja No. 3 Artículo 4. Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Matriz, Fideicomiso - Programa de Acceso a la Vivienda de Interés Social Mi Casa Ya, de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia mercantil No. 421 de 2015 suscrito con Fiduciaria de Occidente S.A. Artículo S. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los doce (12) días del mes de julio de 2023.

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

NORMA JANETH GÓMEZ CÁCERES

Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda Julissa López \1,\.ld' Contratista Ó

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

NORMA JANETH GÓMEZ CÁCERES

Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda Julissa López \1,\.ld' Contratista Ó ..,,. SSFV Marcela Rey Hernández Subdirectora SSFV ¡I\ SSFV Milagro fi as Contratista fi \. SSFV 1 Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (+57) 332 34 34 . 1\ ; www minvivienda.gov .co ' Pagina 3 de 3fi Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-11 jA.

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