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MINVIVIENDA - Resolución 0708 de 2023

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0708 de 2023
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2023

¾ COLOMBIA

'fi º ViDA

RESOLUCIÓN NÚMERO (0708) 13 DE JULIO DE 2023

• . ;): ) ·, Fondo N;:icional ele Viv1cn<i" _\"l. FONVIVIENDA l "Por medio de la cual se corrigen parcialmente las Resoluciones No. 0212, 2147 de 2022 de hogares beneficiarios del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - Mi Casa Ya" LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En uso de sus facultades legales y reglamentarias y de conformidad con lo establecido en el numeral 9 del artículo 3º del Decreto Ley 555 de 2003, sección 1, capitulo 4, titulo 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 y el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y CONSIDERANDO: Que el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda "Asignar Subsidios de Vivienda de Interés Social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional ( ... )" Que en el Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No. 1077 de 2015 se incorporó el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social "Mi Casa Ya", modificado por el Decreto 490 de 2023, con el objetivo de facilitar

incorporó el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social "Mi Casa Ya", modificado por el Decreto 490 de 2023, con el objetivo de facilitar la adquisición de una solución de vivienda de interés social ubicada en suelo rural o urbano para aquellas familias que cuenten con una clasificación de Sisbén IV entre Al y D20 y cumplan con los demás requisitos del programa, a través de un subsidio familiar de vivienda y una cobertura a la tasa de interés del crédito hipotecario o leasing habitacional. Que en cumplimiento de sus funciones el Fondo Nacional de ViviendaFONVIVIENDA, expidió las Resoluciones No. 0212, 2147 de 2022, mediante las cuales se asignaron subsidios familiares de vivienda del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - Mi Casa Ya. Que mediante petición realizada por Cooperativa Financiera COTRAFA al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio - Fonvivienda mediante comunicación electrónicas, donde informa que: "Al señor ALIRIO RUEDA JARAMILLO con CC. 70412525 y la señora FANY DE JESUS DUQUE DE RUEDA con ce. 21576616 y con código de familia No. 1065224, Se debe cambiar datos incorrectos: Municipio: SAN PEDRO Departamento: ANTIOQUIA, Por los datos correctos: Municipio ENTRERRIOS y proyecto EDIFICIO EL SILENCIO, del Departamento de ANTIOQUIA, cuyo vendedor es RAUL FERNANDO MAZO LOPEZ." Que la novedad reportada por Cooperativa Financiera COTRAFA al Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioFONVIVIENDA, fue dirigida a TransUnión mediante L.

vendedor es RAUL FERNANDO MAZO LOPEZ." Que la novedad reportada por Cooperativa Financiera COTRAFA al Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioFONVIVIENDA, fue dirigida a TransUnión mediante L. solicitud de Corrección de Información de Hogares Mi Casa Ya. ------------------1 Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (+57) 332 34 34 www.minv1vienda.gov.co Página 1 de 3)6Y

Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-11Resolución No. 0708 del 13 JULIO 2023 Hoja No. 2

Que mediante petición realizada por Scotiabank Colpatria S.A al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio - Fonvivienda mediante comunicación electrónicas, donde informa que: "Al señor EDUARDO ANDRES VASQUEZ VASQUEZ con CC. 1144033521 y con código de familia No 1178130, Se debe cambiar datos incorrectos: Municipio: JAMUNDI. Departamento: VALLE DEL CAUCA, Por los datos correctos: Ciudad: CAL! y proyecto GIRONA, del Departamento de VALLE DEL CAUCA, cuyo vendedor es CONSTRUCTORA BOLIVAR CAL!". Que la novedad reportada por Scotiabank Colpatria S.A al Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioFONVIVIENDA, fue dirigida a TransUnión mediante solicitud de Corrección de Información de Hogares Mi Casa Ya. Que una vez verificada la información de los hogares que reposa en la base de datos del Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda, se observa que se incurrió en un error por parte de Cooperativa Financiera COTRAFA y

Que una vez verificada la información de los hogares que reposa en la base de datos del Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda, se observa que se incurrió en un error por parte de Cooperativa Financiera COTRAFA y Scotiabank Colpatria S.A quienes son las entidades financieras que capturaron la información en el aplicativo TransUnión - Mi Casa Ya. Que una vez TransUnión (antes CIFIN), entidad administradora del aplicativo dispuesto para las entidades financieras, realizó las correcciones solicitadas y se reflejó en el sistema el cambio de municipio para el hogar, se hace necesario realizar la corrección en los actos administrativos. Que el Artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en su parte pertinente dispone: "En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda". Que dado que las inconsistencias relacionadas en el considerando anterior corresponden a errores de hecho que no inciden en el sentido de la decisión, resulta procedente corregir el municipio de los hogares asignados en las resoluciones No. 0212, 2147 de 2022, a las cuales se le relacionó el municipio diferente al del lugar del proyecto para el cual se postuló. Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

resoluciones No. 0212, 2147 de 2022, a las cuales se le relacionó el municipio diferente al del lugar del proyecto para el cual se postuló. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Corregir parcialmente las Resoluciones No 0212, 2147 de 2022 del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - Mi Casa ya, en el sentido de dejar correctamente el dato del Municipio como se indica a continuación: Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( +57) 332 34 34 www.minvivienda.gov .co Página 2 de 3J '-' Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-11 ·¡ ·t;• rondo N;,c1 01,-il de Vn,, \ 1'

FONVIVIEIWAfi COLOMBIA fi

º ViDA fi,1•): Fondo Nacional de Viv:enda \,fi FONVIVIENDA fi Resolución No. 0708 del 13 JULIO 2023 Hoja No. 3 Id Hogar Res. Fecha Resol Cédula Nombre Depto Error Mcipio Depto Nuevo Mcipio Nuevo Error

70412525 ALIRIO RUEDA JARAMILLO 1065224 212 23/02/2022 ANTIOQUIA SAN ANTIOQUIA ENTRERRIOS FANY DE JESUS PEDRO

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21576616 DUQUE DE

RUEDA EDUARDO 1178130 2147 4/1112022 1144033521 ANDRES VALLE DEL JAMUNDI VALLE DEL CALI VASQUEZ CAUCA CAUCA VASQUEZ Artículo 2. Los demás acápites y apartes de las Resoluciones No. 0212, 2147 de 2022 continúan vigentes y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. Artículo 3. Notifíquese mediante correo electrónico el contenido del presente acto administrativo a los hogares citados en el artículo primero de la presente resolución en la forma prevista en el numeral 1 ° del artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, haciéndoles saber que contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno. Artículo 4. Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Matriz, Fideicomiso - Programa de Acceso a la Vivienda de Interés Social Mi Casa Ya, de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia mercantil No. 421 de 2015 suscrito con Fiduciaria de Occidente. Artículo S. La presente resolución rige a partir de su expedición. Dada en Bogotá, o.e., a los trece (13) días del mes de julio de 2023.

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

NORMA JANETH GÓMEZ CÁCERES

Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda Julissa López C. A>-r Contratista \ v SSFV Marcela Rey Hernández Subdirectora SSFV P\ SSFV Mllagrfifi,mas Contratisfi' SSFV , Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia

Contratista \ v SSFV Marcela Rey Hernández Subdirectora SSFV P\ SSFV Mllagrfifi,mas Contratisfi' SSFV , Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia ; Conmutador (+57) 332 34 34 www minvivienda.gov.co / ÍI'\. Página 3 de 3'J,:,

Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-11

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