🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINVIVIENDA - Resolución 0730 de 2020

Ministerio de Vivienda

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0730 de 2020
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2020

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO (0730) 30 ABRIL 2020 “Por medio de la cual se corrigen y modifican parcialmente las Resoluciones No. 1723 de 2019; 43, 52, 245, 684 de 2020 del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa Ya” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En uso de sus facultades legales y reglamentarias y de conformidad con lo establecido en el numeral 9 del artículo 3? del Decreto Ley 555 de 2003, sección 1, capitulo 4, titulo 1,parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 y el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y CONSIDERANDO: Que el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda “Asignar Subsidios de Vivienda de Interés Social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional () Que en el capitulo 4, titulo 1, parte 1 del libro 2 del Decreto Unico Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No. 1077 de 2015 se incorporó el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, destinado a la solución de vivienda de interés social — VIS, de hogares con ingresos entre 2 y 4 SMMLV, con la concurrencia de un subsidio familiar de vivienda en dinero y la

a la solución de vivienda de interés social — VIS, de hogares con ingresos entre 2 y 4 SMMLV, con la concurrencia de un subsidio familiar de vivienda en dinero y la cobertura de tasa de interés para la población antes descrita. Que en cumplimiento de sus funciones el Fondo Nacional de ViviendaFONVIVIENDA, expidió las Resoluciones No. 1723 de 2019; 43, 52, 245, 684 de 2020, mediante las cuales se asignaron subsidios familiares de vivienda. Que mediante peticiones realizadas por el Banco de Bogotá al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio — Fonvivienda mediante comunicaciones electrónicas, informan que: “A la señora Yulieth del Caribe Cisneros Barrios con CC 1047427680 código de familia 250111, toda vez que de manera involuntaria marcamos como rango de ingresos de 2 SMMLV y Hasta 4 SMMLV siendo realmente el rango comprendido de ingresos hasta 2 SMMLV.”.Resolución No. 0730 Del 30 ABRIL 2020 Hoja No. 2 "A “Por medio de la cual se corrigen y modifican parcialmente las Resoluciones No. 1723 de 2019; 43, 52, 245, 684 de 2020 del NN Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa Ya” “A la señora Lisbeth Suarez Florez con CC 1047407762 código de familia 256550, toda vez que de manera involuntaria marcamos como rango de ingresos de 2 SMMLV y Hasta 4 SMMLV siendo realmente el rango comprendido de ingresos hasta 2 SMMLV.”. “A la señora Jessica Johanna Florez Hernandez con CC 1090436344 código de familia 265386, toda vez que de manera involuntaria marcamos como rango de ingresos de

y Hasta 4 SMMLV siendo realmente el rango comprendido de ingresos hasta 2 SMMLV.”. “A la señora Jessica Johanna Florez Hernandez con CC 1090436344 código de familia 265386, toda vez que de manera involuntaria marcamos como rango de ingresos de hasta 2 SMMLV siendo realmente el rango comprendido de ingresos 2 SMMLV y Hasta 4 SMMLV.”. “Al señor Camilo Andres Buelvas Rico con CC 1143354940 código de familia 369494, toda vez que de manera involuntaria marcamos como rango de ingresos de hasta 2 SMMLV siendo realmente el rango comprendido de ingresos 2 SMMLV y Hasta 4 SMMLV.”. “AI señor Yonny Andres Morelo Cuello con CC 8850393 código de familia 376519, toda vez que de manera involuntaria marcamos como rango de ingresos de hasta 2 SMMLV siendo realmente el rango comprendido de ingresos 2 SMMLV y Hasta 4 SMMLV.”. “Al señor Luis Eduardo Moreno Santander con CC 1044927650 código de familia 442630, toda vez que de manera involuntaria marcamos como rango de ingresos de hasta 2 SMMLV siendo realmente el rango comprendido de ingresos 2 SMMLV y Hasta 4 SMMLV.”. “A la señora Tatiana Rosa Galvis con CC 1067862719 código de familia 445127, toda vez que de manera involuntaria marcamos como rango de ingresos de hasta 2 SMMLV siendo realmente el rango comprendido de ingresos 2 SMMLV y Hasta 4

SMMLV.”.

Que las novedades reportadas por el Banco de Bogotá al Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioFONVIVIENDA fueron dirigidas a TransUnión (antes CIFIN)

SMMLV.”.

Que las novedades reportadas por el Banco de Bogotá al Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioFONVIVIENDA fueron dirigidas a TransUnión (antes CIFIN) mediante formato de Solicitud de Corrección de Información de Hogares Mi Casa Ya. Que mediante petición realizada por el Banco de Colombia al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio — Fonvivienda mediante comunicación electrónica, informan que: “A la señora Fabiola Gonzalez Gonzalez con CC 1113779076 código de familia 474255, toda vez que se marcó con rango de ingresos Superiores a 2 SMMLV y Hasta 4 SMMLV siendo el correcto hasta 2 SMMLV.”. Que la novedad reportada por el Banco de Colombia al Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioFONVIVIENDA fue dirigida a TransUnión (antes CIFIN) mediante formato de Solicitud de Corrección de Información de Hogares Mi Casa Ya. Que mediante petición realizada por el Fondo Nacional del Ahororo al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio — Fonvivienda mediante comunicación electrónica, informan que: “AI señor Luvian Andres Plaza Muñoz con CC 1118295036 código de familia 448744, toda vez que se marcó con rango de ingresos Superiores a 2 SMMLV y Hasta 4 SMMLYV siendo el correcto hasta 2 SMMLV.”.Resolución No. 0730 Del 30 ABRIL 2020 Hoja No. 3 YA “Por medio de la cual se corrigen y modifican parcialmente las Resoluciones No. 1723 de 2019; 43, 52, 245, 684 de 2020 del NN Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa Ya” Que la novedad reportada por el Fondo Nacional del Ahorro al Ministerio de Vivienda,

Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa Ya” Que la novedad reportada por el Fondo Nacional del Ahorro al Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioFONVIVIENDA fue dirigida a Trans Unión (antes CIFIN) mediante formato de Solicitud de Corrección de Información de Hogares Mi Casa Ya. Que una vez TransUnión (antes CIFIN), entidad administradora del aplicativo dispuesto para las entidades financieras, realizó las correcciones solicitadas y se reflejaron en el sistema el cambio del valor de asignación del subsidio de los hogares, como se detalla en la parte resolutiva de la presente resolución. Que el Artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en su parte pertinente dispone: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”. Que teniendo en cuenta que la situación presentada se enmarca en el artículo de la norma antes transcrita, se hace necesario corregir el valor del Subsidio Familiar de Vivienda asignado en las Resoluciones No. 1723 de 2019; 43, 52, 245, 684 de 2020. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Corregir el valor del subsidio familiar de vivienda, asignado

Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Corregir el valor del subsidio familiar de vivienda, asignado mediante las Resoluciones No. 1723 de 2019; 43, 52, 245, 684 de 2020 en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa Ya por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, a los siguientes hogares: 1d Res Fecha Hogar N Resol Cédula Nombres Apellidos Valor Anterior Valor Actual 172 111829503 LUVIAN a 448744 3 10/12/2019 6 ANDRES PLAZA MUÑOZ $ 16.562.320 $ 24.843.480 250111 | 43 | 5/02/2020 104702768 VOICE CISNEROS BARRIOS $ 17.556.060 $ 26.334.090 256550 | 43 | 5/02/2020 104790776 LISBETH SUAREZ FLOREZ $ 17.556.060 $ 26.334.090 109043634 JESSICA FLOREZ HERNANDE 265386 | 43 | 5/02/2020 4 JOHANNA z $ 26.334.090 $ 17.556.060 376519 | 52 | 7/02/2020 8850393 NU MORELO CUELLO $ 26.334.090 $ 17.556.060 445127 | 52 | 7/02/2020 106706271 TALE GALVIS RIVAS $ 26.334.090 $ 17.556.060

474255 | 245 | 26/02/2020 " 1377007 FABIOLA CoNZMEZ GONZAL $ 17.556.060 $ 26.334.090 104492765 LUIS MORENO SANTAND 442630 | 245 | 26/02/2020 0 EDUARDO ER $ 26.334.090 $ 17.556.060 369494 | 684 | 8/04/2020 114395194 AMOLES BUELVAS RICO $ 26.334.090 $ 17.556.060

ARTÍCULO SEGUNDO: Los demás acápites y apartes de las Resoluciones No. 1723 de 2019; 43, 52, 245, 684 de 2020 continúan vigentes y deben darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado.

NuResolución No. 0730 Del 30 ABRIL 2020 Hoja No. 4 “Por medio de la cual se corrigen y modifican parcialmente las Resoluciones No. 1723 de 2019; 43, 52, 245, 684 de 2020 del NN Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa Ya” ARTÍCULO TERCERO: Notifíquese mediante correo electrónico el contenido del presente acto administrativo a los hogares citados en el artículo primero de la presente resolución en la forma prevista en el numeral 1 del artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, haciéndoles saber que contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno.

ARTÍCULO CUARTO: Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Matriz, Fideicomiso — Programa de Acceso a la Vivienda de Interés Social Mi Casa Ya, de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia mercantil No. 421 de

Matriz, Fideicomiso — Programa de Acceso a la Vivienda de Interés Social Mi Casa Ya, de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia mercantil No. 421 de 2015 suscrito con Fiduciaria de Occidente.

ARTÍCULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de su expedición.

NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 30 ABRIL 2020 ,

ERLES E. ESPINOSA|

Director Ejecutyo de Fonvivienda

Proyectó: Ivan Garcia Revisó: Milagro Comas

Consultar sobre este documento ...