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MINVIVIENDA - Resolución 0739 de 2020

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0739 de 2020
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2020

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia

RESOLUCIÓN NÚMERO (0739) 06 MAYO 2020

Por medio de la cual se corrigen las Resoluciones 2747 de 2017; 114, 1290, 1666 de 2019, por las cuales se asignaron subsidios familiares de vivienda. EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En uso de sus facultades legales y reglamentarias y de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 8% del Decreto Ley 555 de 2003, el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y CONSIDERANDO: Que el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda “Asignar Subsidios de Vivienda de Interés Social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional (...)" Que en cumplimiento de sus funciones el Fondo Nacional de ViviendaFONVIVIENDA, expidió las Resoluciones número 2747 de 2017; 114, 1290, 1666 de 2019, mediante las cuales se asignaron subsidios familiares de vivienda. Que la expedición de los mencionados actos, tuvo como fundamento la información digitada por las Cajas de Compensación Familiar con base en los formularios de postulación entregados por los hogares, en cumplimiento del contrato de encargo de gestión suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar — CAVIS UT.

postulación entregados por los hogares, en cumplimiento del contrato de encargo de gestión suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar — CAVIS UT. Que mediante comunicaciones electrónicas enviados por la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar — CAVIS - UT, se solicitó al Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA, la corrección de las resoluciones de asignación correspondientes a los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda, debido a que las mismas presentan errores de digitación en nombres y documento. Que la captura de información de dicha corrección fue enviada por la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar — CAVIS UT al Fondo Nacional de Vivienda — FONVIVIENDA para validación y aplicación en el Sistema de Información de Subsidios, mediante los envíos Web 35084, 35085. Que en las Resoluciones 2747 de 2017; 114, 1290, 1666 de 2019 figuran seis beneficiarios que se relacionan en la parte resolutiva del presente acto administrativo, los cuales mediante petición escrita presentada ante la Caja de Compensación Familiar solicitaron la corrección de la respectiva Resolución deResolucién No. 0739 del 06 MAYO 2020 Hoja No. 2 va “Por medio de la cual se corrigen las Resoluciones 2747 de 2017; 114, 1290, 1666 de 2019, por las cuales se asignaron subsidios familiares de vivienda” asignación, en el sentido de dejar establecido correctamente sus nombres y/o apellidos, conforme se plasmó en el formulario de postulación y en consecuencia se enmiende la carta de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda:

asignaron subsidios familiares de vivienda” asignación, en el sentido de dejar establecido correctamente sus nombres y/o apellidos, conforme se plasmó en el formulario de postulación y en consecuencia se enmiende la carta de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda: Que una vez verificada la información de los peticionarios que reposa en la base de datos del Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda y los datos de captura de información que suministran las Cajas de Compensación Familiar a FONVIVIENDA, se observa que se incurrió en un error involuntario en la digitación y captura de los datos de los beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda que se citan en la parte resolutiva de la presente resolución. Que el Artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en su parte pertinente dispone: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”. Que dado que las inconsistencias relacionadas en el considerando anterior corresponde a errores de hecho que no inciden en el sentido de la decisión, resulta procedente corregir las Resoluciones número 2747 de 2017; 114, 1290, 1666 de 2019 del Fondo Nacional de Vivienda, por las cuales se asignaron unos subsidios familiares de vivienda. Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

2019 del Fondo Nacional de Vivienda, por las cuales se asignaron unos subsidios familiares de vivienda. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Corregir las Resoluciones número 2747 de 2017; 114, 1290, 1666 de 2019 del Fondo Nacional de Vivienda, en el sentido de establecer correctamente el nombre de los beneficiarios que se indican a continuación: No o Fecha Cédula Nombres y apellidos Resolución Nombres y apellidos corregidos 1 [2747 | 19/12/2017 | 37507307 | — MARI BELI TARAZONA MARI BELLA TARAZONA 2 |2747| 19/12/2017 | 60379842 | — ANA MARIA CAC LALOS | ANAMARITZA | CASTELLANOS 3 |1144| 28/08/2019 | 1049795076 | “LUCY EVELIA | PRETO PERILLA | LUCYEVELIA | PRIETO PERILLA 4 |1290| 18/09/2019 | 40782276 | BERTHA MONICA | — Ospina” | BERTHA MONICA | COTASIO OSPINA 5 | 1666 | 22/11/2019 | 71988772 | HENRY ALVERTO | PEÑATES PEREZ | HENRY ALBERTO | PEÑATES PEREZ 6 | 1666 | 22/11/2019 | 1045487539 | — JOHN JAIRO | QUINTERO GACIA | JOHN JAIRO E ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenar dar alcance a las cartas de asignación de los hogares relacionados en el artículo primero de la presente Resolución, respecto de la aclaración realizada en el presente acto para continuar con el proceso de legalización del subsidio familiar de vivienda.

ARTÍCULO TERCERO: En todo lo demás, las Resoluciones citadas en el artículo

hogares relacionados en el artículo primero de la presente Resolución, respecto de la aclaración realizada en el presente acto para continuar con el proceso de legalización del subsidio familiar de vivienda.

ARTÍCULO TERCERO: En todo lo demás, las Resoluciones citadas en el artículo primero del presente acto administrativo continúan vigentes y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado, excepto para aquellas resoluciones cuyo témino se

encuentra vencido, caso en el cual la corrección se realiza únicamente para efectosResolucién No. 0739 del 06 MAYO 2020 Hoja No. 3 va “Por medio de la cual se corrigen las Resoluciones 2747 de 2017; 114, 1290, 1666 de 2019, por las cuales se asignaron subsidios familiares de vivienda” de aclarar la información capturada en el sistema de información del Subsidio Familiar de Vivienda.

ARTÍCULO CUARTO: Notifíquese personalmente el contenido del presente acto administrativo a los hogares citados en el artículo primero y segundo de la presente resolución en la forma prevista en el artículo 67 Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, a través de las Cajas de Compensación Familiar en la que se postularon de conformidad con lo dispuesto en el contrato suscrito con la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar, haciéndoles saber que contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno.

ARTÍCULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de su expedición.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 06 MAYO 2020 , Erles E. Espinosa Director Ejeputivo.de Fonvivienda

Proyectó: Ivan Giovani Garcia

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 06 MAYO 2020 , Erles E. Espinosa Director Ejeputivo.de Fonvivienda

Proyectó: Ivan Giovani Garcia

Revisó: Viviana Rozo / Daniel Contreras Castro

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