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MINVIVIENDA - Resolución 0808 del 5 de septiembre de 2023

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0808 del 5 de septiembre de 2023
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2023

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RESOLUCIÓN NÚMERO

( 0808 > DE O S SEP 2023 "Por la cual se crea el Equipo de Propuestas del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio" LA MINISTRA DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 208 de la Constitución Política, el artículo 61 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO Que el artículo 53 de la Constitución Política de Colombia establece que dentro de los principios mínimos fundamentales se encuentran "Los convenios internacionales del trabajo debidamente ratificados" y expresa que "La ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo, no pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores". Que el artículo 55 de la Constitución Política de Colombia, por su parte, garantiza el derecho de negociación colectiva para regular las relaciones laborales y los Convenios 151 y 154 suscritos con la OIT sobre la protección del derecho de sindicalización y los procedimientos para determinar las condiciones de empleo en la administración pública y la negociación colectiva. Que el 08 de mayo de 2023 se suscribió el Acuerdo Colectivo en el que se consolidan los acuerdos a los que llegaron SINTRAVIVIENDA y el MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO, el cual fue adoptado mediante la Resolución No. 0363 del 11 de mayo de 2023. Que el artículo 1 del Acuerdo Colectivo 2023 - 2025 propuso acciones complementarias referentes al cumplimiento de los acuerdos anteriores, dentro de los cuales se encuentra el artículo 17 del Acuerdo Colectivo 2019, que establece:

Que el artículo 1 del Acuerdo Colectivo 2023 - 2025 propuso acciones complementarias referentes al cumplimiento de los acuerdos anteriores, dentro de los cuales se encuentra el artículo 17 del Acuerdo Colectivo 2019, que establece: "ARTÍCULO 17: Se creará un espacio para presentar propuestas por parte de los funcionarios del MVCT, que propendan por el mejoramiento de las funciones misionales, operativas y planes de bienestar de la entidad. Este espacio estará liderado por el Coordinador del Grupo de Talento Humano, y además de éste, dos funcionarios de la Entidad; uno designado por SINTRAVIVIENDA y otro elegido por votación entre los funcionarios de la entidad. Esta mesa se reunirá cada cuatro ( 4) meses. Las propuestas deberán incluir un análisis técnico, jurídico y financiero." Que se hace necesario crear en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio un equipo de propuestas para dar cumplimiento al artículo 1 del Acuerdo Colectivo 2023 - 2025 firmado con la organización sindical SINTRAVIVIENDA. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( +57) 332 34 34 Línea Gratuita (+57) 018000127401 Página 1 de 3

Versión: 8.0, Fecha: 01/06/2023, Código: GDC-PL-10

COLOMBIA

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Resolución No. O 8 O 8 Que, en mérito de lo expuesto, del ,fi J Vivienda 1 Q 5 SEP 2023 Hoja No. 2

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RESUELVE: Artículo 1. Creación. Créase el Equipo de Propuestas, en cumplimiento de los Acuerdos Colectivos 2019 y 2023, suscritos por SINT RAVIVIENDA y el

MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO.

Artículo 2. Objeto. El Equipo de Propuestas tiene como objetivo recibir propuestas por parte de los servidores del MVCT, que propendan por el mejoramiento de las funciones misionales, operativas y planes de bienestar de la entidad, con el fin de ser analizadas por la Administración. Parágrafo. Las propuestas presentadas ante el Equipo no tienen carácter vinculante ni son de obligatorio cumplimiento. Artículo 3. Integración. El Equipo de Propuestas estará integrado por el Coordinador del Grupo de Talento Humano y además de este, dos (2) servidores de la entidad; uno designado por SINT RAVIVIENDA y otro elegido por votación entre todos los funcionarios. Parágrafo 1. La organización SINTRAVIVIENDA informará al Grupo de Talento Humano, el nombre del servidor público designado para el efecto. Parágrafo 2. El Coordinador del Grupo de Talento Humano podrá asistir a las reuniones en compañía de dos (2) colaboradores de su equipo de trabajo. Parágrafo 3. Podrán asistir en calidad de invitados otros servidores públicos y/o colaboradores del Ministerio, cuya participación se considere de interés para el desarrollo del objeto del Equipo de Propuestas.

Parágrafo 3. Podrán asistir en calidad de invitados otros servidores públicos y/o colaboradores del Ministerio, cuya participación se considere de interés para el desarrollo del objeto del Equipo de Propuestas. Artículo 4. Reuniones. El Equipo de Propuestas se reunirá cada cuatro ( 4) meses, sin perjuicio de poder realizar reuniones extraordinarias cuando así se requiera. Artículo S. Secretaría Técnica. A fin de dar un correcto y oportuno seguimiento a cada una de las reuniones del Equipo de Propuestas, se deben tener en cuenta las siguientes premisas: a. El Secretario Técnico del Equipo de Propuestas será escogido de manera conjunta por las partes que lo integran. b. El Secretario Técnico será el encargado de moderar las reuniones, hacer labor de relatoría, levantar las actas, enviar citaciones y demás actividades operativas necesarias para el normal funcionamiento del Equipo de Propuestas. c. El Secretario Técnico, cuando aplique, citará a las reuniones extraordinarias, en las cuales sólo se tratarán los temas objeto de su convocatoria. d. El Equipo de Propuestas sesionará válidamente cuando exista quorum, el cual se conformará con al menos dos (2) de sus miembros. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( +57) 332 34 34 Línea Gratuita (+57) 018000127401 Página 2 de 3

Versión: 8.0, Fecha: 01/06/2023, Código: GDC-PL-10fi COLOMBIA fifi•ViDA .

Resolución No. (1 O O 8 del O S SEP 2023 \ ) Vivicn

Versión: 8.0, Fecha: 01/06/2023, Código: GDC-PL-10fi COLOMBIA fifi•ViDA .

Resolución No. (1 O O 8 del O S SEP 2023 \ ) Vivicn Hoja No. 3 Artículo 6. Deberes del Equipo de Propuestas. Los integrantes del Equipo de Propuestas tienen como principales deberes, los siguientes: a. Asistir oportunamente a las reuniones citadas. b. Revisar la información necesaria con antelación a la realización de cada reunión, a fin de conocer los temas a tratar y de ser necesario presentar posibles soluciones, mejoras o cualquier aporte que permita avanzar con el propósito del Equipo. c. Participar activamente de los temas tratados en cada reunión del Equipo. d. Invitar a las reuniones del Equipo de Propuestas a los responsables de procesos y/o actividades, o cualquier persona que sea necesaria para llevar a buen término cada propuesta presentada. e. Suscribir actas en cada una de las reuniones del Equipo. f. Comunicar al Despacho del Ministro y a la Secretaría General, las propuestas presentadas por los servidores. Artículo 7. Comunicación. La presente resolución se comunicará a través del Grupo de Talento Humano. Artículo 8. Vigencia. La presente resolución tendrá vigencia de dos (2) años y rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los O 5 SEP 2023

cWV DfiCATALINA VELASCO CAMPUZANO

Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio

Elaboró: $-­

Cristian Martínez Tor'tes Contratista Grupo de Talento Humano

Revisó:

cWV DfiCATALINA VELASCO CAMPUZANO

Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio

Elaboró: $-­

Cristian Martínez Tor'tes Contratista Grupo de Talento Humano

Revisó: María Victoria García Range¡._fi •

Asesora .¿it:. Secretaria General Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( +57) 332 34 34 Línea Gratuita (+57) 018000 127401

Revisó: .

Rodolfo Enrique Martínez Quintero i Coordinador Grupo de Talento Humano

Aprobó: Alan Guillermo Asprilla Reyes _,,/í\._...--­Secretario General fi Página 3 de 3

Versión: 8.0, Fecha: 01/06/2023, Código: GDC-PL-10 e· ----.

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