MINVIVIENDA - Resolución 0854 de 2023
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0854 de 2023
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2023
fi COLOMBIA
LfiViDA RESOLUCIÓN NÚMERO fi Fondo Nacional de Vivienda fi' FONVIVIENDA (0854) DEL 24 DE AGOSTO DE 2023 "Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0153 del 24 de marzo de 2023 "Por la cual se asignan Cincuenta (50) Subsidios Familiares de Vivienda Rurales en los municipios de San José del Guaviare y Calamar en el departamento del Guaviare en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Programa de Mi Casa en el Campo". LA DIRECTORA DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones." Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 FONVIVIENDA administrará y
del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 FONVIVIENDA administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012. Que en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 de 2015 establece que FONVIVIENDA es la entidad encargada del otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural. Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 FONVIVIENDA celebró con la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. - FIDUAGRARÍA S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que, en general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda rural, destinada a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo. Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia
con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo. Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (+57) 332 34 34 www.minvivienda.gov .co Página 1 de 8
Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-11fi COLOMBIA
Lfi•ViDA Resolución No. 0854 Del 24 AGOSTO 2023 fifi Fondo Nacional de Vivienda fil FONVIVIENDA Hoja No. 2 "Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0153 del 24 de marzo de 2023 "Por la cual se asignan Cincuenta (50) Subsidios Familiares de Vivienda Rurales en los municipios de San José del Guaviare y Calamar en el departamento del Guaviare en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Programa de Mi Casa en el Campo" Que en atención a lo dispuesto en el artículo 2.1.10.1.1.1.1 del Decreto 1077 de 2015 el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Resolución No. 0624 del 24 de noviembre de 2020 "Por la cual se adoptan reglas para la identificación y priorización de los municipios y distritos del país en los cuales se asignará el subsidio familiar de vivienda rural, bajo la modalidad de vivienda nueva en especie para la vigencia 2021 ", programa que se denominó "Mi Casa en el Campo". Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Circular No. 2020EE0099772 del 24 de noviembre de 2020, cuyo asunto estableció
especie para la vigencia 2021 ", programa que se denominó "Mi Casa en el Campo". Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Circular No. 2020EE0099772 del 24 de noviembre de 2020, cuyo asunto estableció "CONVOCATORIA PARA IDENTIFICAR Y PRIORIZAR LOS MUNICIPIOS Y DISTRITOS DEL PAÍS EN DONDE SE ASIGNARÁ EL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA RURAL, BAJO LA MODALIDAD DE VIVIENDA NUEVA EN ESPECIE PARA LA VIGENCIA 2021 ", fijándose el plazo para recibir propuestas del 24 de noviembre al 30 de noviembre de 2020 y previo el cumplimiento de requisitos. Que en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución 0624 de 2020 modificada por la Resolución 0012 de 2021 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y considerando las propuestas recibidas y el cupo de recursos del presupuesto con el que cuenta FONVIVIENDA, se distribuyen los cupos de recursos en atención a la calificación definidas en estas Resoluciones, en mandato de ello, se expidieron las resoluciones 1301 y 1365 de 2022 de FONVIVIENDA mediante las cuales se efectuó la distribución de recursos antes señalada. Que los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación del subsidio familiar de vivienda rural. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Resolución 0536 del
Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación del subsidio familiar de vivienda rural. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Resolución 0536 del 19 de octubre de 2020, por la cual se reglamentan los artículos 2.1.10.1.1.1.1; 2.1.10.1.1.4.3; 2.1.10.1.1.4.6 y 2.1.10.1.1.5.1 del Tí tulo 10 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015. Que de conformidad con las etapas señaladas en la Resolución 0536 del 19 de octubre de 2020, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio priorizó los posibles hogares beneficiarios y las autoridades locales validaron la información. De acuerdo con lo anterior, la Dirección de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio mediante correos electrónicos de fechas 10 de octubre y 16 de noviembre de 2021, remitió listado definitivo de hogares potenciales beneficiarios de los Subsidios Familiares de Vivienda Rural de los municipios de Calamar y San José del Guaviare. Que el Fondo Nacional de Vivienda suscribió Convenio No. 075 de 2021, con el municipio de Calamar (Guaviare). Que el Fondo Nacional de Vivienda suscribió Convenio No. 076 de 2021, con el municipio de San José de Guaviare (Guaviare). Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( +57) 332 34 34
municipio de San José de Guaviare (Guaviare). Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( +57) 332 34 34 www.minvivienda.gov.co Página 2 de 8
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Hoja No. 3 "Por medio de la cual se co"ige y modifica parcialmente la Resolución No. 0153 del 24 de marzo de 2023 "Por la cual se asignan Cincuenta (50) Subsidios Familiares de Vivienda Rurales en los municipios de San José del Guaviare y Calamar en el departamento del Guaviare en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Programa de Mi Casa en el Campo" Que en virtud de lo establecido en dichos convenios existen obligaciones reciprocas entre FONVIVIENDA y los municipios para postular y habilitar hogares en el marco del programa de "Mi Casa en el Campo". Que mediante Resolución No. 4273 del 30 de diciembre de 2021 de FONVIVIENDA, se realizó apertura de la convocatoria de postulación en los aludidos entes territoriales. Que FIDUAGRARIA S.A., actuando como vocera y administradora del patrimonio autónomoFideicomiso Programa de Promoción de Vivienda Rural, y en cumplimiento del objeto contractual del Contrato de Fiducia Mercantil No. 0272020, adelantó el proceso de selección, de acuerdo con el Manual Operativo,
autónomoFideicomiso Programa de Promoción de Vivienda Rural, y en cumplimiento del objeto contractual del Contrato de Fiducia Mercantil No. 0272020, adelantó el proceso de selección, de acuerdo con el Manual Operativo, aprobado por el Comité Fiduciario, con el fin de contratar la "Interventoría técnica, administrativa, financiera, contable, económica, jurídica, de riesgos y seguros para el diagnóstico, estudios y diseños y construcción necesaria para la ejecución de los subsidios familiar de vivienda rural de conformidad con las especificaciones establecidas en el presente documento, para la ejecución del PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA RURAL'fi en atención a lo establecido en los numerales 10 y 11 del punto 8.3.1., de dicho manual Que en virtud de lo anteriormente expuesto se suscribió el CONTRATO DE
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE INTERVENTORÍA No. 004F-2021 SUSCRITO
ENTRE FIDUAGRARIA S.A., COMO VOCERA Y ADMINISTRADORA DEL
PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO - PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE
VIVIENDA RURAL Y LA EMPRESA NACIONAL PROMOTORA DE DESARROLLO
TERRITORIAL, ENTERRITORIO (221014).
Que de acuerdo al artículo 30 de la Resolución 536 de 2020 FONVIVIENDA verificó la información del cumplimiento de requisitos de los hogares postulantes. Que el contratista y/o funcionario del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargado de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, mediante correos electrónicos del 10 de febrero de
encargado de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, mediante correos electrónicos del 10 de febrero de 2022, 28 de febrero de 2022, 22 de julio de 2022 y 29 de julio de 2022, para los respectivos procesos de verificación de información. Que el citado proceso contó con el respectivo control de calidad realizado para los procesos sistematizados de creación de ambiente, validaciones y cruces, según correos electrónicos del 10 de febrero de 2022, 28 de febrero de 2022, 22 de julio de 2022 y 29 de julio de 2022, emitidos por el ingeniero de sistemas del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para los respectivos procesos de verificación de información. Que los hogares que cumplieron requisitos respecto del cupo de asignación de SFV del Fondo Nacional de Vivienda fueron enviados al comité de supervisión del contrato con Enterritorio mediante correos electrónicos de fecha 29 de septiembre de 2022 y 9 de noviembre de 2022. Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (+57) 332 34 34 www .minvivienda.gov .co Página 3 de 8
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Resolución No. 0854 Del 24 AGOSTO 2023 Hoja No. 4 "Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0153 del 24 de marzo de
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Resolución No. 0854 Del 24 AGOSTO 2023 Hoja No. 4 "Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0153 del 24 de marzo de 2023 "Por la cual se asignan Cincuenta (50) Subsidios Familiares de Vivienda Rurales en los municipios de San José del Guaviare y Calamar en el departamento del Guaviare en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Programa de Mi Casa en el Campo" Que mediante contrato de Obra 028F-2022 suscrito entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso -Programa de Promoción de Vivienda Rural y CONSORCIO ONMI suscribió contrato de obra para la ejecución de las unidades habitacionales contratadas. Que mediante Acta de inicio suscrita entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso -Programa de Promoción de Vivienda Rural el Ejecutor y la Interventoría se consignó como fecha de inicio 29 de agosto de 2022 y se fijó un plazo de 12 meses de ejecución. Que en consideración al artículo 33 de la Resolución 536 de 2020, se realizó la etapa de pre-construcción de los hogares habilitados y previo al proceso de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural bajo la modalidad de vivienda nueva por parte de FONVIVIENDA, el Ejecutor verificó el informe técnico que contiene: i) Verificación y diagnóstico en sitio de las condiciones del predio presentado por el hogar habilitado para la construcción de vivienda nueva. ii) Estudios, diseños y presupuesto de la solución de vivienda planteada.
contiene: i) Verificación y diagnóstico en sitio de las condiciones del predio presentado por el hogar habilitado para la construcción de vivienda nueva. ii) Estudios, diseños y presupuesto de la solución de vivienda planteada. Que las actividades de pre-construcción se ejecutaron mediante los mecanismos establecidos en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, adicionado por el artículo 1 del Decreto 1341 de 2020, el interventor mediante correo electrónico de fecha 28 de julio de 2023, informó el resultado de las actividades desarrolladas, detallando el valor del diagnóstico, objeto de la asignación. Que el artículo 18 de la Resolución 0536 de 2020 establece las etapas del programa de subsidio familiar de vivienda rural para la asignación del subsidio, entre los cuales se encuentra los hogares habilitados con diagnóstico efectivo, resultado de la verificación de cumplimiento de requisitos. Que la Interventoría informó que los diagnósticos cumplieron con los lineamientos establecidos en el contrato de obra antes reseñado. Que derivado de lo anterior se profirió la Resolución No. 0153 del 24 de marzo de 2023 mediante la cual se asignaron cincuenta (50) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en los municipios de San José del Guaviare y Calamar en el departamento del Guaviare. Que se evidenció que el artículo primero de la Resolución No. 0153 del 24 de marzo de 2023 presentó yerro frente al nombre de los beneficiarios del subsidio familiar de vivienda. Que el Artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en su parte pertinente dispone: "En cualquier
marzo de 2023 presentó yerro frente al nombre de los beneficiarios del subsidio familiar de vivienda. Que el Artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en su parte pertinente dispone: "En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda" Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (+57) 332 34 34 www.minvivienda.gov.co Página 4 de 8
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Lfi•ViDA Resolución No. 0854 Del 24 AGOSTO 2023 fi Fondo Nacional de Vivienda
·fil FONVIVIENDA
Hoja No. 5 "Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0153 del 24 de marzo de 2023 "Por la cual se asignan Cincuenta (50) Subsidios Familiares de Vivienda Rurales en los municipios de San José del Guaviare y Calamar en el departamento del Guaviare en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Programa de Mi Casa en el Campo" Que teniendo en cuenta que la situación presentada se enmarca en el artículo de la norma antes transcrita, y el error involuntario relacionado en los
nueva en especie rural en el marco del Programa de Mi Casa en el Campo" Que teniendo en cuenta que la situación presentada se enmarca en el artículo de la norma antes transcrita, y el error involuntario relacionado en los considerandos anteriores corresponde a errores de hecho que no inciden en el sentido de la decisión administrativa adoptada, resulta procedente corregir la Resolución No. 0153 del 24 de marzo de 2023. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Corregir y modificar el Artículo Primero de la Resolución No. 0153 del 24 de marzo de 2023, el cual quedará así: Artículo l. Asignar cincuenta (50) Subsidios Familiares de Vivienda Rurales en los municipios de San José del Guaviare y Calamar en el departamento del Guaviare en la modalidad de vivienda nueva en especie rural, por un valor por unidad de vivienda de: OCHENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS ($81.200.000.00) para un total de CUATRO MIL SESENTA MILLONES DE PESOS ($4.060.000.000.00) valor que no excede de los setenta (70) SMLMV por unidad habitacional, a los hogares que se relacionan a continuación:
10 DOCUMENTO
No. HOGAR DE NOMBRES
IDENTIDAD 96601611 CARLOS ANORES 1 131339 1006702370 SILDANA
1120562633 OSCAR DAVID 1120573396 LINA ISA BELLA 2 1313S2 41211203 ROSA ISABEL 3 131402 30972129 SIRLEY
1122509526 DANIELA 30972053 ROSALBA 4 131406 1120955S77 YEINER YESIO s 131450 40050924 MARIA MERCEDES
3 131402 30972129 SIRLEY
1122509526 DANIELA 30972053 ROSALBA 4 131406 1120955S77 YEINER YESIO s 131450 40050924 MARIA MERCEDES 6 131667 6883906 VICTOR RAFAEL
7 131742 17154773 RUBEN DARIO 41210898 NOHEMI 8 131837 4077791 LUIS ANTONIO 9 131838 97612650 WILMAN ERNESTO 79001586 GENARO 10 131B73 1120955934 LISETH YURANI 1120576843 SAIDI DANIELA 7792553 OIONISIO 11 185515 41240056 LUZ MILA 1122679547 HAMITON 1120562255 JORGE BAYARDO 12 185516 1004681020 CLAUDIA YANETH Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (+57) 332 34 34 www .minvivienda.gov .co
APELLIDOS DEPTO MUNICIPI O VALOR SFVR
ALVARADO FRANCO
VERA CINFUENTES GUAVIARE SAN JOSE DEL s 81.200.000,00 GUAVIARE
ALVARADO VEGA
ALVARADO VEGA
NOVOA DE ALFONSO GUAVIARE SAN JOSE DEL s 81.200.000,00 GUAVIARE
ALVAREZ VANEGAS SAN JOSE DEL s 81.200.000,00 GUAVIARE GUAVIARE
RAMOS ALVAREZ
VEGA SAN JOSE DEL
s 81.200.000,00 GUAVIARE GUAVI ARE LOZANO VEGA
SAN JOSE DEL
s 81.200.000,00 GAMBOA TORRES GUAVIARE GUAVIARE
SANCHEZ GUAVIARE SAN JOSE DEL
s 81.200.000,00 GUAVIARE GUAVI ARE LOZANO VEGA
SAN JOSE DEL
s 81.200.000,00 GAMBOA TORRES GUAVIARE GUAVIARE
SANCHEZ GUAVIARE SAN JOSE DEL s 81.200.000,00 GUAVIARE
RODRIGUEZ SAN JOSE DEL GUATAVITA GUAVIARE GUAVIARE s 81.200.000,00
SANCHEZ LI NARES
DIAZ GUAVIARE SAN JOSE DEL s 81.200.000,00 GUAVIARE
ALFONSO NOVOA GUAVIARE SAN JOSE DEL $ 81.200.000,00 GUAVI ARE
SABOGAL REYES
SABOGAL GUARIN GUAVIARE SAN JOSE DEL s 81.200.000,00 GUAVI ARE
SABOGAL GUARIN CASTILLO GUTIERREZ GUAVIARE CALAMAR s 81.200. 000,00
ROJAS CASTILLO
FULA ARICAPA GUAVIARE ACEVEDO MARIN CALAMAR s 81.200.000,00
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COLOMBIA
POTENCIA DE LA
VIDA Resolución No. 0854 Del 24 AGOSTO 2023 ' ,·tJ; on , na e 1V1en a FONVIVIENDA f' F do Nac·o ld V. d Hoja No. 6 "Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0153 del 24 de marzo de
FONVIVIENDA f' F do Nac·o ld V. d Hoja No. 6 "Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0153 del 24 de marzo de 2023 "Por la cual se asignan Cincuenta (50) Subsidios Familiares de Vivienda Rurales en los municipios de San José del Guaviare y Calamar en el departamento del Guaviare en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Programa de Mi Casa en el Campo"
1058080224 HENRY ALEJANDRO
1122680134 ANYELI MARIANA
1122677040 RAMON ANTONIO
30042817 ELSA
1120954827 ANDRES CAMILO
13 185517
1122677445 ERIK YAMIT
1122678373 EDWIN SANTIAGO 7062018 BENEDICTO 14 185518 42123516 DORAYANED
1120568869 JUAN SEBASTIAN 1122144548 ARLEY RAMIREZ 15 185525 30350122 MARIA IGNACIA 16 185529 4148350 GUSTAVO 1006782824 DINA LUZ 17 185536 1124218607 YONIER STI VEN 1122678834 ANGEUCA 18 185538 41240258 SANDRA LIUANA 97610059 OTONIEL 19 185539 3281301 HUGO
5904106 ELIAS 41214391 ELSA MARIA 20 185542 1006783073 ADRIAN DAVID
1006702330 NAIDELIN YULI ENTH 1122677707 YURI EDITH 21 185543 17413284 FILADELFO 86008332 HERNEY 22 185544 40391616 ORLAOIS 23 185545 17351116 LUl50CTAVIO
1122677707 YURI EDITH 21 185543 17413284 FILADELFO 86008332 HERNEY 22 185544 40391616 ORLAOIS 23 185545 17351116 LUl50CTAVIO 24 185546 7309134 CARMELO 25 185547 3283774 JOSE ALGEMIRO
4198063 PABLO EMILIO
26 185556
23875163 GLORIA ROSA DEL
ESPIRUTU SANTO
4150213 JOSE MATEO
1056412031 ANGELA MARCELA
27 185558
1120955440 FREIMAN ALEXIS
1056411668 AZUCENA
ALEJANDRA
1052420 JOSE DEJE5US
28 185560 97610319 GUILLERMO 53124455 SANDRA 29 185561 79221363 OMAR 1120573125 5HARI T SOFIA 3276801 GABRIEL 30 185564 41240264 ANYELA MARITZA 1122678692 MARIAJOSE 31 185S67 4147992 PEDRO ANTONIO 32 185568 3271636 ROBERTO
1122676988 JHOFRE 1122677680 MARTHA LI UANA 33 185571 1122678236 YAIRETH DAYANNA
1122678978 YENLI DANIELA
1122679378 YULITZA FERNANDA
Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( +57) 332 34 34 www.minvivienda.gov.co
SALAZAR ACEVEDO
FULA ACEVEDO
CANO SUAREZ
VALENZUELA
PIMENTEL
VALENZUELA
GUAVIARE HERMEY CALAMAR s 81.200.000,00
VALENZUELA
HERMEY
VALENZUELA
FULA ACEVEDO
CANO SUAREZ
VALENZUELA
PIMENTEL
VALENZUELA
GUAVIARE HERMEY CALAMAR s 81.200.000,00
VALENZUELA
HERMEY
VALENZUELA
VEGA VARGAS
GARCIA SEPULVEDA GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
VEGA GARCIA
VARGAS RAMIREZ
RUEDA GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
MUfiOZ CUBIDES GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
VALDERRAMA
PUERTA
BERRIO
GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00 VALDERRAMA
BERRIO
VALDERRAMA
MONTAfiEZ
GORDILLO GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
URRIAGO CRUZ
RUIZM ARCELO GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
MENDEZ VASQUEZ
DIAZ FULA
MENDEZ DIAZ GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
MENDEZ OIAZ
PEfiA MENDEZ
LINARES GAITAN GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
CHAPARRO LEIVA
GUAVIARE AGUIRRE GODOY CALAMAR s 81.200.000,00
AGUIRRE PEREZ GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
VELASQUEZ SANCHEZ GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
ARANDA BERMUDEZ GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
GONZALEZ
MONRROY
VELASQUEZ SANCHEZ GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
ARANDA BERMUDEZ GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
GONZALEZ
MONRROY GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
SANCHEZ MONROY
CASTILLO
GONZALEZ 5ANCH EZ
CASTILLO CRUZ GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
VIVAS GONZALEZ
GONZALEZ CARREfiO GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
GONZALEZ ALDANA
ARANDARAMOS
SORA BERNAL GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
SORAARANDA
CASTILLO FIGUEROA
AREVALO GUTI ERREZ GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
AREVALO GUTIERREZ
MARTINEZ AVILA GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
FRAGUA GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
ARANDA RAMOS
MELO FANDl fiO
ARANDA MELO GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
ARANDA MELO ARANDAMELO Página 6 de 8
Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-11
-1 1 1 1 1fi COLOMBIA fifi•ViDA Resolución No. 0854 Del 24 AGOSTO 2023 fifi Fondo Nacional de Vivienda
-"$/,; FONVIVIENDA
Hoja No. 7
-1 1 1 1 1fi COLOMBIA fifi•ViDA Resolución No. 0854 Del 24 AGOSTO 2023 fifi Fondo Nacional de Vivienda
-"$/,; FONVIVIENDA
Hoja No. 7 "Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. O 153 del 24 de marzo de 2023 "Por la cual se asignan Cincuenta (50) Subsidios Familiares de Vivienda Rurales en los municipios de San José del Guaviare y Calamar en el departamento del Guaviare en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Programa de Mi Casa en el Campo" 34 185572 97610092 DANIEL GAMBA GUAVIARE CALAMAR $ 81 .200.000,00 35 185573 3209757 JOSE AQUILINO VELASQUEZ PEREZ GUAVIARE CALAMAR $ 81.200.000,00 40450494 SANDY LIUANA COCA LEYVA 36 185576 1122237583 HIDIER 5TIVEN CORDERO COCA
1120571157 GREISY MICHELL CORDERO COCA GUAVIARE CALAMAR 81.200.000,00
1122239125 SHAIRA YINET CORDERO COCA 74325335 DANIEL ANTONIO CARRANZA CASTILLO 23424448 MARIA NEUDA LOPEZ TORRES 37 185578 GUAVI ARE CALAMAR $ 81.200.000,00 1057918904 BRAYAN CAMILO CARRANZA LOPEZ
105791B640 DUBIETH DAYANA CARRANZA LOPEZ
1192758028 LIZETH OANIELA CARRANZA LOPEZ
1119183134 YILMER AUNER ORTIZ PEREZ
185580 1012382963 LADY SHIRLEY CACE RES SANTOS
1192758028 LIZETH OANIELA CARRANZA LOPEZ
1119183134 YILMER AUNER ORTIZ PEREZ
185580 1012382963 LADY SHIRLEY CACE RES SANTOS
$ 38 GUAVIARE CALAMAR 81.200.000,00 1119184517 LAUDY YIRLEI ORTIZ CACERES
1122680033 YILMER RENE ORTIZ CACERES
1122676905 JOSE EDWIN MERCHAN PAYANENE 39 1105058544 ANDREA OMAIRA VARA TORRES 185584 1122679214 EDWIN DAVID MERCHAN VARA GUAVIARE CALAMAR 81.200.000,00 1122680022 JOSE LUIS MERCHAN VARA 1105058596 ICAREN DAYANA YARAYARA 40 185587 21235718 LAURA ROSA NIETO NAVARRO GUAVIARE CALAMAR $ 81.200.000,00 52818895 YNAIRA CASTRO PEfiARANDA 41 185588 1122676289 EDINSON REYES BERNAL GUAVIARE $ CALAMAR 81.200.000,00
1016835487 GINNETTE SOPHIA REYES CASTRO
1034665137 EMELJOSUE REYES CASTRO
41214508 LUZ MIRIAN MARTIN ARENAS
74363037 LEANDRO ANTONIO MORENO
42 189844 1120561603 MONICA ALEXANDRA MORENO MARTIN GUAVIARE CALAMAR $ 81.200,000,00 1120571271 ICAREN CATHERINE MORENO MARTI N 43 189893 1165399 SAUL ROMERO PlfiEROS GUAVIARE CALAMAR $ 81.200.000,00 44 189894 17350770 JAIME HERNANDEZ GUAVIARE CALAMAR $ 81.200.000,00
43 189893 1165399 SAUL ROMERO PlfiEROS GUAVIARE CALAMAR $ 81.200.000,00 44 189894 17350770 JAIME HERNANDEZ GUAVIARE CALAMAR $ 81.200.000,00 45 199736 41240083 LUZ MARINA MORENO GOMEZ GUAVIARE CALAMAR $ 81.200.000,00
17333509 DANIEL CAMELO CESPEDES
46 199741 41210991 LUZ CARMENZA BERNAL LO PEZ GUAVIARE CALAMAR $ 81.200.000,00 1120956805 WILMER DANIEL CLAVIJO CAMELO 47 199749 21178018 MARIA INES FANDlfiO MARTINEZ GUAVI ARE CALAMAR $ 81.200.000,00 48 199750 51593842 MARIAN OEMA MUfiOZ MATEUS GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00 199751 40450321 LUZMYRIAM GONZALEZ 49 MENDOZA GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00 17291502 JOSE JESUS REYES RAM I REZ so 185513 51579391 LI DIA PAYANENE ROMERO GUAVIARE CALAMAR s 81.200.000,00
1122677478 RAMIRO JESUS REYES PAYANENE TOTAL s 4.060,000,000,00
Artículo 2. Los demás acápites y apartes de la Resolución No. 0153 del 24 de marzo de 2023 continúan vigentes y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado, la corrección se realiza únicamente para efectos de aclarar el nombre de los beneficiarios e identificación de la totalidad de cada uno de los integrantes del núcleo familiar dentro de los hogares beneficiarios del subsidio familiar de vivienda.
ordenado, la corrección se realiza únicamente para efectos de aclarar el nombre de los beneficiarios e identificación de la totalidad de cada uno de los integrantes del núcleo familiar dentro de los hogares beneficiarios del subsidio familiar de vivienda. Artículo 3. La presente Resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y en el Diario Oficial, comunicada al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (+57) 332 34 34 www.minvivienda.gov .co Página 7 de 8
Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-111 1 s
1 1 lfi COLOMBIA
Lfi• ViDA Resolución No. 0854 Del 24 AGOSTO 2023 ffi _ • · Fondo Nacional de Vivienda
,fi}, FONVIVIENDA
Hoja No. 8 "Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0153 del 24 de marzo de 2023 "Por la cual se asignan Cincuenta (50) Subsidios Familiares de Vivienda Rurales en los municipios de San José del Guaviare y Calamar en el departamento del Guaviare en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Programa de Mi Casa en el Campo" 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S. A y comunicada al municipio de la referencia. Artículo 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S. A y comunicada al municipio de la referencia. Artículo 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en Bogotá, o.e., a los veinticua tro (24) días del mes de agosto de 2023.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE ::: fi-1,.
Raúl Gaitán García Contratista SSEVR f5 Fernando Barrera Contratista SSEVR Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (+57) 332 34 34 www.minvivienda.gov.co
G RDILLO RINCÓN AnN' cutiva FONVIVIENDA 1'\\'
Andrea Carolina Torres León Subdirectora SSEVR SSFV //f/t/fi Andrei Suárez Contratista SSEVR Página 8 de 8
Versión: 7 .O, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-11
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LUZ MARIN, ::
Directora Eje