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MINVIVIENDA - Resolución 0863 de 2022

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0863 de 2022
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2022

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia

RESOLUCIÓN NÚMERO (0863) 19 MAYO 2022

Por la cual se corrige la resolución 0792 del 09 de mayo de 2022 “Por la cual se corrige la resolución 0241 del 24 de febrero de 2022 “Por medio de la cual se acepta una renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de compra “Semillero de Propietarios” y se modifica parcialmente la Resolución 3071 del 03 noviembre de 2020 modificada por las resoluciones 0049 del 26 de febrero de 2021 y 109 del 11 de febrero de 2021” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1537 de 2012 y el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8% del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda — FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que se expidió la Ley 1537 de 2012, “Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda”, cuyo objeto es “señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del

Que se expidió la Ley 1537 de 2012, “Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda”, cuyo objeto es “señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda”. Que en el capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No. 1077 de 2015 se incorporó el Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de compra “Semillero de Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 1 de 4Resolución No. 0863 del 19 MAYO 2022 Hoja No. 2 Nu Por la cual se corrige la resolución 0792 del 09 de mayo de 2022 “Por la cual se corrige la resolución 0241 del 24 de febrero de 2022 “Por medio de la cual se acepta una renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de compra “Semillero de Propietarios” y se modifica parcialmente la Resolución 3071 del 03 noviembre de 2020 modificada por las resoluciones 0049 del 26 de febrero de 2021 y 109 del 11 de febrero de 2021”

parcialmente la Resolución 3071 del 03 noviembre de 2020 modificada por las resoluciones 0049 del 26 de febrero de 2021 y 109 del 11 de febrero de 2021” Propietarios”, destinado facilitar el acceso a una solución de vivienda digna para la población cuyos ingresos son iguales o inferiores a 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), por medio de una política de arrendamiento social con opción de compra. Que la sección 2, capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios para los hogares objeto del Programa Semillero de Propietarios y en la sección 3, capítulo 4, título 1, parte 1 del libro 2 del citado Decreto y determina las condiciones y requisitos de los hogares, para ser beneficiarios del Programa Semillero de Propietarios. Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1.1.6.4.1 del Decreto No. 1077 de 2015, el Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda, suscribió con la Fiduciaria Bogotá S.A. — Fidubogotá el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No. 006 del 26 de diciembre de 2018 en la radicación interna de Fonvivienda, radicado ante la Superintendencia Financiera de Colombia con el número 3182165, por medio del cual se realizará la administración de los recursos para la ejecución de las actividades en materia de vivienda de interés social prioritaria urbana, destinadas a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con Opción de Compra “Semillero de Propietarios”

de las actividades en materia de vivienda de interés social prioritaria urbana, destinadas a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con Opción de Compra “Semillero de Propietarios” Que a través de la Resolución 3071 del 03 de noviembre de 2020 modificada por las resoluciones 0049 del 26 de febrero de 2021 y 109 del 11 de febrero de 2021, el Fondo Nacional de Vivienda asignó un Subsidio Familiar a la señora LESBIA AZUCENA ARCHILA BARRERA identificada con CC 1093754240, beneficiaria del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de compra — Semillero de Propietarios, siendo el Gestor Inmobiliario Laura Rivera S.A.S. Que mediante correo electrónico de fecha 12 de febrero de 2022, el Gestor Inmobiliario Laura Rivera S.A.S. puso en conocimiento la intención de renuncia de la señora LESBIA AZUCENA ARCHILA BARRERA, aportando para el efecto solicitud de renuncia. Que, con base en lo anterior, a través de la resolución 0241 del 24 de febrero de 2022 se aceptó la renuncia del beneficio otorgado a la señora LESBIA AZUCENA ARCHILA BARRERA Que en la parte considerativa y el artículo segundo de la resolución 0241 del 24 de febrero de 2022 ordenó “Modificar parcialmente la Resolución de asignación 3071 del 03 noviembre de 2020 modificada por la resolución 109 del 11 de febrero de 2021 en el sentido de dejar sin efecto la asignación del hogar relacionado en el artículo primero del presente Acto Administrativo...” Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0

2021 en el sentido de dejar sin efecto la asignación del hogar relacionado en el artículo primero del presente Acto Administrativo...” Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 2 de 4Resolución No. 0863 del 19 MAYO 2022 Hoja No. 3 Nu Por la cual se corrige la resolución 0792 del 09 de mayo de 2022 “Por la cual se corrige la resolución 0241 del 24 de febrero de 2022 “Por medio de la cual se acepta una renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de compra “Semillero de Propietarios” y se modifica parcialmente la Resolución 3071 del 03 noviembre de 2020 modificada por las resoluciones 0049 del 26 de febrero de 2021 y 109 del 11 de febrero de 2021” No. Resolución Fecha de Vr. Del SFV que se que asigna Asignación revoca 03 noviembre de 3071 2020 $4.740.129,00 109 11 febrero de 2021 $76.311,00 Que a través de correo electrónico de fecha 7 de mayo de los corrientes, el Grupo de pagos del Programa Semillero de Propietarios de la Fiduciaria Bogotá, informó que los desembolsos realizados al gestor inmobiliario fue de 16 meses y no de 15, valor que no se tuvo en cuenta en el cálculo de valor que se revoca, por lo que el valor correcto objeto de renuncia en el acto administrativo 0241 de 2022 es de

valor que no se tuvo en cuenta en el cálculo de valor que se revoca, por lo que el valor correcto objeto de renuncia en el acto administrativo 0241 de 2022 es de $4.213.448 por concepto de subsidio familiar de vivienda y $67.832 por concepto de ajuste por IPC. Que con base en lo anterior se expidió la resolución 0792 de 2022, la cual buscaba subsanar dicho yerro de transcripción lo cual no se concretó quedando con la misma información original. Que el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establece: “Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”. Que con base en lo anterior se hace necesario corregir parcialmente la resolución 0792 del 09 de mayo de 2022 aclarando que se procederá a modificar parcialmente la Resolución de asignación 3071 del 03 de noviembre de 2020 modificada por las resoluciones 0049 del 26 de febrero de 2021 y 109 del 11 de febrero de 2021, en el sentido de establecer el valor del Subsidio Familiar de Vivienda objeto de revocatoria a causa de la renuncia adelantada por el hogar beneficiario, para que sea descontado del acto administrativo de asignación que resulta afectado, de la siguiente manera:

sentido de establecer el valor del Subsidio Familiar de Vivienda objeto de revocatoria a causa de la renuncia adelantada por el hogar beneficiario, para que sea descontado del acto administrativo de asignación que resulta afectado, de la siguiente manera: No. Resolución Fecha de Vr. Del SFV que se que asigna Asignación revoca 03 noviembre de 3071 2020 $4.213.448,00 109 11 febrero de 2021 $67.832,00 Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 3 de 4Resolución No. 0863 del 19 MAYO 2022 Hoja No. 4 Por la cual se corrige la resolución 0792 del 09 de mayo de 2022 “Por la cual se corrige la resolución 0241 del 24 de febrero de 2022 “Por medio de la cual se acepta una renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de compra “Semillero de Propietarios” y se modifica parcialmente la Resolución 3071 del 03 noviembre de 2020 modificada por las resoluciones 0049 del 26 de febrero de 2021 y 109 del 11 de febrero de 2021” Artículo 1. Corregir parcialmente la parte considerativa y el artículo primero de la Resolución No. 0792 del 09 de mayo de 2022, por los motivos expuestos en las consideraciones del presente acto administrativo, el cual quedara así: “Artículo 2. modificar parcialmente la Resolución de asignación 3071 del 03 de noviembre

Resolución No. 0792 del 09 de mayo de 2022, por los motivos expuestos en las consideraciones del presente acto administrativo, el cual quedara así: “Artículo 2. modificar parcialmente la Resolución de asignación 3071 del 03 de noviembre de 2022 modificada por las resoluciones 0049 del 26 de febrero de 2021 y 109 del 11 de febrero de 2021 en el sentido de dejar sin efecto la asignación del hogar relacionado en el artículo primero del presente Acto Administrativo.: No. Resolución Fecha de Vr. Del SFV que se que asigna Asignación revoca 03 noviembre de 3071 2020 $4.213.448,00 109 11 febrero de 2021 $67.832,00 « Artículo 2. Los demás acápites y apartes de la Resolución No. 0792 del 09 de mayo de 2022 expedida por Fonvivienda, no sufre modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. Artículo 3. La presente resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y comunicada a los hogares beneficiarios y al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra “Semillero de Propietarios” constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos Nos. 006 de 2018 suscrito con la Fiduciaria de Bogotá S.A. Artículo 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los 19 MAYO 2022 , Enles E, Espinosa Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los 19 MAYO 2022 , Enles E, Espinosa Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda

Proyectó: Jhon Meyer Revisó: Carolina Femandez Aprobó: Marcela Rey

Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Nu Página 4 de 4

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