MINVIVIENDA - Resolución 0914 de 2023
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0914 de 2023
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2023
fi COLOMBIA fiViDA j J..}· í ondo 1JJc1:,n,1I d,- \ ,v1;_ nd,· .\, FONVIVIENDA ' l RESOLUCIÓN NÚMERO (0914) DE 07 SEPTIEMBRE 2023 "Por la cual se asigna un ( 1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie al hogar seleccionado por sorteo, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización El Hatillo del municipio Salazar en el Departamento de Norte de Santander y modifica parcialmente la Resolución 2713 del 18 de diciembre del 2017" LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1537 de 2012 y el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8° del Decreto 555 de 2003, es función del director de FONVIVIENDA "J. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones." Que se expidió la Ley 1537 de 2012, "Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda", cuyo objeto es "señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario
es "señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda". Que en el artículo 12 de la referida Ley, se determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno Nacional, se podrán asignar a título de subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno Nacional. Que en el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 de 2015 establece que FONVIVIENDA expedirá acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda en especie, a los beneficiarios señalados en la resolución emitida por Prosperidad Social. Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley 1537 de 2012 FONVIVIENDA celebró con Consorcio Alianza - Colpatria el contrato de fiducia mercantil No. 325 de 2015, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado FideicomisoPrograma De Vivienda Gratuita II, por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda de interés social prioritaria urbana, destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y las normas que la
que se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda de interés social prioritaria urbana, destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y las normas que la modifiquen, adicionen, subroguen o reglamenten, conforme a las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, a través de los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo Matriz (PAM). Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( +57) 332 34 34 www.rninvivienda.qov.co Página 1 de 5 "(}
Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-11 fiResolución No. 0914 del 07 SEPTIEMBRE 2023 Hoja No. 2 "Por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie al hogar seleccionado por sorteo, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase JI en el proyecto Urbanización El Hatillo del municipio Solazar en el Departamento de Norte de Santander y modifica parcialmente la Resolución 2713 del 18 de diciembre del 2017." Que mediante Resolución 2713 del 18 de diciembre del 2017 "Por la cual se asignan treinta (30) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares con selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase JI en el proyecto Urbanización El Hatillo del municipio de Salazar en el departamento de Norte de Santander': dentro de la cual se asignó al hogar de LUIS ADONIAS FLOREZ FLOREZ identificado con cédula de ciudadanía Nro. 88170774.
proyecto Urbanización El Hatillo del municipio de Salazar en el departamento de Norte de Santander': dentro de la cual se asignó al hogar de LUIS ADONIAS FLOREZ FLOREZ identificado con cédula de ciudadanía Nro. 88170774. Que con posterioridad a dicha asignación, el hogar de LUIS ADONIAS FLOREZ FLOREZ identificado con cédula de ciudadanía Nro. 88170774 fue objeto de revocatoria de la asignación del subsidio familiar de vivienda en especie mediante Resolución 2292 de agosto de 2021. Que consultado el número de cédula de ciudadanía 88170774 en la Ventanilla Única de Registro Inmobiliario -VUR, se logró establecer que a la fecha no se encuentra registrada a su favor la vivienda que le correspondió en el sorteo de nomenclatura del proyecto "Urbanización El Hatillo" del municipio de Salazar del departamento de Norte de Santander. Que la vivienda disponible y objeto de asignación en el presente acto administrativo, corresponde al cupo liberado por el hogar que se le revocó el Subsidio Familiar de Vivienda en Especie antes descrito Que teniendo en cuenta que aún queda una vivienda disponible en el proyecto "Urbanización El Hatillo" del municipio de Salazar en el departamento de Norte de Santander, FONVIVIENDA en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 2.1.1.2.1.4.8. del Decreto 1077 de 2015 recurrirá a los hogares que, habiendo cumplido requisitos, participaron en el sorteo realizado por Prosperidad Social pero no fueron beneficiarios, para lo cual se solicitó el re proceso de cuatro ( 4) hogares que se encuentran en la situación antes mencionada, con el fin de hacer la verificación de requisitos a la fecha.
pero no fueron beneficiarios, para lo cual se solicitó el re proceso de cuatro ( 4) hogares que se encuentran en la situación antes mencionada, con el fin de hacer la verificación de requisitos a la fecha. Que el contratista del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargado de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, mediante correo electrónico del día 26 de mayo de 2023. Que el citado proceso contó con el respectivo control de calidad realizado para los procesos sistematizados de creación de ambiente, validaciones y cruces, según correo electrónico del 25 de mayo de 2023, emitido por el ingeniero de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, que lo realizó. Que el contratista del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargado de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada informó nuevamente el cumplimiento de requisitos del hogar, mediante correo electrónico del 23 de agosto de 2023. Que en cumplimiento del artículo 2.1.1.2.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, FONVIVIENDA hizo entrega a Prosperidad Social del listado de hogares Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmufidor(+57)3323434 . 1 .. d www.1ninv1v1en a. ov.co Página 2 d'!,·
Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-1
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POTENCIA DE LA VIDA aResolución No. 0914 del 07 SEPTIEMBRE 2023
Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-1
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FONYIVIENDA
Hoja No. 3 "Por la cual se asigno un {1) Subsidio Familiar de Viviendo en Especie al hogar seleccionado por sorteo, en el marco del Programo de Vivienda Gratuito Fose II en el proyecto Urbanización El Hatillo del municipio Salozar en el Departamento de Norte de Santander y modifica parcialmente la Resolución 2713 del 18 de diciembre del 2017." postulantes que cumplen y no cumplen requisitos para ser beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, según comunicación del 26 de junio de 2023, radicada con el No. 2023EE0058598. Que Prosperidad Social en cumplimiento de lo establecido en los artículos 2.1.1.2.1.3.1. y 2.1.1.2.1.3.2. del Decreto 1077 de 2015, expidió la Resolución No. 01735 del 15 de agosto de 2023 mediante la cual fija el hogar beneficiario, seleccionado mediante sorteo en el componente Unidos, para el proyecto "Urbanización El Hatillo" del municipio de Salazar en el Departamento de Norte de Santander. Que de acuerdo con el contrato de diseño y construcción entre el consorcio Alianza - Colpatria y el Constructor, el valor de las viviendas en el proyecto "Urbanización El Hatillo" del municipio de Salazar en el Departamento de Norte de Santander es de 70 SMLMV vigencia 2018.
- Colpatria y el Constructor, el valor de las viviendas en el proyecto "Urbanización El Hatillo" del municipio de Salazar en el Departamento de Norte de Santander es de 70 SMLMV vigencia 2018.
Que el valor total de recursos asignados como Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, destinados a las soluciones de vivienda de los hogares que cumplieron requisitos establecidos en la sección 2.1.1.2.1 del Decreto 1077 de 2015, asciende a la suma de CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA
Y SEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA PESOS M/CTE. ($54.686.940,00).
Que cumpliendo lo estipulado en los artículos 6°, 7 ° y 8° de la Ley 1537 de 2012, el presente acto administrativo no genera ejecución presupuesta! y no se afectará los recursos depositados en el Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita Fase II del Consorcio Alianza - Colpatria. Que para efectos de la culminación del presente proceso de asignac1on de subsidios familiares de vivienda en especie, es beneficiario, aquel hogar que se encuentra incluido en la Resolución No. 01735 del 15 de agosto de 2023, expedida por Prosperidad Social con selección por sorteo y cumplieron con los requisitos establecidos en la sección 2.1.1.2.1 del Decreto 1077 de 2015. Que FONVIVIENDA podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.2.6.2.2 del Decreto 1077 de 2015, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suminis_trada por los hogares postulantes y beneficiarios.
2.1.1.2.6.2.2 del Decreto 1077 de 2015, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suminis_trada por los hogares postulantes y beneficiarios. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. - Asignar un (1) subsidio familiar de vivienda en especie - SFVE al hogar seleccionado por sorteo, que cumplió los requisitos y se encuentra en la Resolución No. 01735 del 15 de agosto de 2023 expedida por Prosperidad Social, para el proyecto "Urbanización El Hatillo" en el municipio de Salazar en el Departamento de Norte de Santander, encabezado por la persona que se relaciona a continuación: Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( +57) 332 34 34 www.minvivienda.qov.co Página 3 /Jfl
Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-1
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\ FONVIVIENDA
del 07 SEPTIEMBRE 2023 Hoja No. 4 "Por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie al hogar seleccionado por sorteo, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización El Hatillo del municipio Solazar en el Departamento de Norte de Santander y modifica parcialmente la Resolución 2713 del 18 de diciembre del 2017."
DEPARTAMENTO: NORTE DE SANTANDER
MUNICIPIO: SALAZAR
PROYECTO: URBANIZACIÓN EL HATILLO
2713 del 18 de diciembre del 2017."
DEPARTAMENTO: NORTE DE SANTANDER
MUNICIPIO: SALAZAR
PROYECTO: URBANIZACIÓN EL HATILLO
NO. IDENTIFICACIÓN NOMBRES APELUDOS
1 88178643 CARLOS HUMBERTO MONCADA OMAÑA
TOTAL SFV ASIGNADOS
VALOR SFVE
$ 54.686.940,00 $54.686.940,00 Artículo 2.- Los demás acápites y apartes de la Resolución de asignación No. 2713 del 18 de diciembre del 2017 expedida el FONVIVIENDA, no sufre modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. Artículo 3.- La asignación de la vivienda al hogar beneficiario en el proyecto "Urbanización El Hatillo" en el municipio de Salazar en el departamento de Norte de Santander, será la disponible. Sin embargo, FONVIVIENDA podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.2.6.2.2 del Decreto 1077 de 2015, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por el hogar postulante y beneficiario. Artículo 4. La transferencia del derecho de dominio de la vivienda se realizará de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 0119 del 25 de febrero de 2015 expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 5. El hogar beneficiario del SFVE relacionado en el artículo primero de la presente resolución, deberá otorgar poder, debidamente autenticado, al Consorcio Alianza - Colpatria para que ésta como vocera del Patrimonio Autónomo
Artículo 5. El hogar beneficiario del SFVE relacionado en el artículo primero de la presente resolución, deberá otorgar poder, debidamente autenticado, al Consorcio Alianza - Colpatria para que ésta como vocera del Patrimonio Autónomo - Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita Fase II, firme a su favor la escritura pública de compraventa y constituya patrimonio de familia inembargable a favor del grupo familiar beneficiario, de acuerdo con lo prescrito en el numeral 1.1. del artículo 2.1.1.2.6.2.3. del Decreto 1077 de 2015. Artículo 6.- El hogar relacionado en el artículo 1 ° de esta resolución podrá interponer en los términos y condiciones establecidos por la ley, los recursos a los que haya lugar contra el presente acto administrativo. Artículo 7. Comunicar la presente asignación al hogar beneficiario, a Prosperidad Social, y publicar en el Diario Oficial, conforme lo dispuesto en el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 de 2015. Artículo 8. Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Matriz, Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita Fase II, de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia mercantil No. 325 de 2015 suscrito con el Consorcio Alianza - Colpatria. Calle 17¡ No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( + 57) 332 34 34 wwv,.minvivienda. ov.co , . dfi Pagina 4 e
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Resolución No. 0914 del 07 SEPTIEMBRE 2023 Hoja No. 5 "Por la cual se asigna un {1} Subsidio Familiar de Vivienda en Especie al hogar seleccionado por sorteo, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto Urbanización El Hatillo del municipio Solazar en el Departamento de Norte de Santander y modifica parcialmente la Resolución 2713 del 18 de diciembre del 2017." Artículo 9. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los siete (07) días del mes de septiembre de 2023. Julio Camargo {>:" . Profesional Especializado SSFV R . - .-.,, OCIO pena. tf Contratista ¡ ¡' SSFV (jfi LUZ MA NA GORDILLO RINCÓN <::J9 Directo_ a Ejecutiva de Fonvivienda Marcela Rey Hernández Subdirectora SSFV (E) h\ SSFV ' Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( + 57) 332 34 34 www.minv1vienda.gov.co Página 5 de
Marcela Rey Hernández Subdirectora SSFV (E) h\ SSFV ' Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( + 57) 332 34 34 www.minv1vienda.gov.co Página 5 de Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-1 fi 1 1