MINVIVIENDA - Resolución 0922 de 2023
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0922 de 2023
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2023
- Y f onc!o i d<"IOr,a, de\, 1'. 1•:1 ,,J,¡ \ fi) FONVIVIENDA ' RESOLUCIÓN NÚMERO (0922) DE 12 SEPTIEMBRE 2023 "Por la cual se asigna un ( 1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, al hogar por selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase I en el proyecto "Terruel" en el municipio de Imues, departamento de Nariño y se modifica parcialmente la Resolución 2399 del 19 de agosto de 2016" LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1537 de 2012 y el artículo 2.1.1.2.1.4.1.del Decreto 1077 de 2015 y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto 555 de 2003, es función del director de FONVIVIENDA "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones." Que se expidió la Ley 1537 de 2012, "Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda", cuyo objeto es "señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como
nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda". Que en el artículo 12 de la referida Ley, se determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno Nacional se podrán asignar a título de subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno Nacional. Que el artículo 2.1.1.2.1.4.1. del Decreto 1077 de 2015, establece que FONVIVIENDA expedirá acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda en especie, a los beneficiarios señalados en la resolución emitida por Prosperidad Social. Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley 1537 de 2012 FONVIVIENDA celebró con Fiduciaria Bogotá el contrato de fiducia mercantil Nro. 302 de 2012, con el objeto de constituir el patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO - PROGRAMA DE VIVIENDA GRATUITA, por medio del cual se realizará la administración de los recursos y otros bienes, para la ejecución de actividades en materia de vivienda de interés prioritario destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y la Sección 2.1.1.2.1. del decreto Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (+57) 332 34 34
hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y la Sección 2.1.1.2.1. del decreto Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (+57) 332 34 34 www.minvivienda.qov.co Página 1 de 5 fi
Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GOC-PL-11
COLOMBIA
POTENCIA DE LA VIDA1 fi COLOMBIA fifi
º ViDA Resolución No. 0922 del 12 SEPTIEMBRE 2023 1 ;i _ ,) fi,,nrJo Nac,onal ck VI', 11-no;i \ FONVIVIENDA ' Hoja No. 2 "Por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, al hogar por selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase J en el proyecto "Terruel" en el municipio de lmues, departamento de Nariño y se modifica parcialmente la Resolución 2399 del 19 de agosto de 2016" 1077 de 2015 y las normas que modifiquen, sustituyan, adicionen o reglamenten, y que para todos los efectos legales se tendrá como un Patrimonio Autónomo Matriz (PAM). Que FONVIVIENDA expidió la Resolución 2399 del 19 de agosto de 2016 "Por la cual se asignan siete (7) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares por selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el proyecto "Terrue/" en el municipio de !mues, departamento de Nariño" dentro de la cual se
selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el proyecto "Terrue/" en el municipio de !mues, departamento de Nariño" dentro de la cual se incluyó el hogar de FERNANDO CHANTRE identificado con la cédula No. 94420408, quien fue beneficiario en el proyecto "Terrue/" en el municipio de Imues, departamento de Nariño. Que con posterioridad a dicha asignación el hogar de FERNANDO CHANTRE identificado con la cédula No. 94420408 presentó renuncia a la asignación y se le aceptó mediante Resolución 0951 del 12 de julio de 2017. Que la vivienda disponible y objeto de asignación en el presente acto administrativo corresponde al cupo liberado por el hogar que se le aceptó la renuncia a la 1signación del subsidio familiar de vivienda en especie como se indicó en el párrafo anterior. Que teniendo en cuenta que aún quedan viviendas disponibles en el proyecto 1 "Terruel" en el municipio de Imues del departamento de Nariño, FONVIVIENDA en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 2.1.1.2.1.4.8. del Decreto 1077 de 2015 recurrirá a los hogares que, habiendo cumplido requisitos, no fueron seleccionados porque no había viviendas disponibles, para lo cual se solicitó el teproceso de cincuenta y seis (56) hogares que se encuentran en la situación antes mencionada, con el fin de hacer la verificación de requisitos a la fecha. Que el contratista del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargado de fijecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el tesultado de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, mediante correo
Que el contratista del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargado de fijecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el tesultado de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, mediante correo electrónico del 22 de marzo del 2023. bue el citado proceso contó con el respectivo control de calidad realizado para los procesos sistematizados de creación de ambiente, validaciones y cruces, según correo electrónico del 22 de marzo del 2023, emitido por el ingeniero de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, que lo realizó. Que en cumplimiento del artículo 2.1.1.2.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, FONVIVIENDA hizo entrega a Prosperidad Social del listado de hogares postulantes que cumplen y no cumplen requisitos para ser beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, según comunicación del 24 de abril de 2023, radicada con el No. 2023EE0030573. Que Prosperidad Social en cumplimiento de lo establecido en los artículos 2.1.1.2.1.3.1. y 2.1.1.2.1.3.2 del Decreto 1077 de 2015, expidió la Resolución No. I , 1 b. Calle 17 No. 9 - 36 Bogota, Co om ,a 1 Conmutado1 ( +57) 332 34 34 www.minviv1enda.gov.co Página 2 de Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-1 l LL1 --------fi o11·Resolución No. 0922 del 12 SEPTIEMBRE 2023 Hoja No. 3
Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-1 l
LL1 --------fi o11·Resolución No. 0922 del 12 SEPTIEMBRE 2023 Hoja No. 3 "Por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, al hogar por selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase 1 en el proyecto "Terruel" en el municipio de !mues, departamento de Nariño y se modifica parcialmente la Resolución 2399 del 19 de agosto de 2016" 01133 del 05 de junio de 2023, mediante la cual fija el listado definitivo de hogares beneficiarios por selección directa del componente Desplazados - Estrategia Unidos para el proyecto "Terrue/" en el municipio de Imues, departamento de Nariño. Que el contratista del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargado de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó nuevamente el resultado de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, mediante correo electrónico del 21 de junio del 2023. Que de acuerdo con el contrato de diseño y construcción entre el consorcio Fiduciaria Bogotá y el Constructor, el valor individual de las viviendas en el proyecto "Terruel" en el municipio de Imues, departamento de Nariño, es de 63,98 SMLMV, de la vigencia 2015. Que el valor total de recursos asignados como Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, destinados a la solución de vivienda de hogares que cumplieron los requisitos establecidos en la sección 2.1.1.2.1., del Decreto 1077 de 2015, asciende
Especie, destinados a la solución de vivienda de hogares que cumplieron los requisitos establecidos en la sección 2.1.1.2.1., del Decreto 1077 de 2015, asciende a la suma de CUARENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL
QUINIENTOS TRECE PESOS M/CTE. ($41.225.513,00).
Que cumpliendo lo estipulado en los artículos 6° , 7° y 8° de la Ley 1537 de 2012, el presente acto administrativo no genera ejecución presupuesta! y no afectará los recursos depositados en el FideicomisoPrograma de Vivienda Gratuita de Fiduciaria Bogotá. Que para efectos de la culminación del presente proceso de asignación de subsidio familiar de vivienda en especie, es beneficiario el hogar que se encuentra incluido en la Resolución No. 01133 del 05 de junio del 2023, expedida por Prosperidad Social que fueron selección directa, y cumplió con los requisitos establecidos en la sección 2.1.1.2.1 del Decreto 1077 de 2015. Que FONVIVIENDA podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.2.6.2.2 del decreto 1077 de 2015, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por el hogar postulante y beneficiario. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Asignar un (1) subsidio familiar de vivienda en especie - SFVE al hogar seleccionado de forma directa, que cumplió requisitos y se encuentran en la Resolución No. 01133 del 05 de junio del 2023, expedida por Prosperidad Social,
seleccionado de forma directa, que cumplió requisitos y se encuentran en la Resolución No. 01133 del 05 de junio del 2023, expedida por Prosperidad Social, para el proyecto "Terrue/" en el municipio de Imues, departamento de Nariño, encabezado por la persona que se relaciona a continuación: QR Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( +57) 332 34 34 www.minvivienda.gov.co Página 3 de Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-1 .. 1 COLOMBIA fi<º ViDA 1 ?_._ }. f-c11 ido i·! Jélonal de\/•:,, ,r·,,1.:-,
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1Resolución No. 0922 del 12 SEPTIEMBRE 2023 Hoja No. 4 "Por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, al hogar por selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase I en el proyecto "Terruel" en el municipio de !mues, departamento de Nariño y se modifica parcialmente la Resolución 2399 del 19 de agosto de 2016"
1DEPARTAMENTO:NARINO 1
MUNICIPIO: IMUES
PROYECTO:TERRUEL
No. IDENTIFICACIÓN N'OMBRES 1 71279300 JUAN PABLO
APELLIDOS
ZAPATA CHAVARRIIA
TOTAL SFVE ASIGNADOSVALOR SFVE
$41.225.513,00 $41.225.513,00 Artículo 2. Los demás acápites y apartes de la Resolución 2399 del 19 de agosto
ZAPATA CHAVARRIIA
TOTAL SFVE ASIGNADOSVALOR SFVE
$41.225.513,00 $41.225.513,00 Artículo 2. Los demás acápites y apartes de la Resolución 2399 del 19 de agosto de 2016, expedida por FONVIVIENDA, no sufre modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. 1 Artículo 3. La asignación de la vivienda al hogar beneficiario en el citado proyecto, corresponderá a la liberada por el hogar que se le aceptó la renuncia al subsidio familiar de vivienda en especie en el proyecto "Terruel" en el municipio de Imues, departamento de Nariño. FONVIVIENDA podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.2.6.2.2 del decreto 1077 de 2015, de revisar en cualquier 1-nomento la consistencia y veracidad de la información suministrada por el hogar postulante y beneficiario. Artículo 4. La transferencia del derecho de dominio de la vivienda se realizará de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 119 del 25 de febrero del 2015 expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. frtículo S. El hogar beneficiario del SFVE relacionado en el artículo primero de la presente resolución, deberá otorgar poder, debidamente autenticado, a la Fiduciaria Bogotá para que ésta como vocera del Patrimonio AutónomoFideicomiso1rograma de Vivienda Gratuita, firme a su favor la escritura pública de compraventa y constituya patrimonio de familia inembargable a favor del grupo familiar beneficiario, de acuerdo con lo prescrito en el numeral l. l. del artículo
1rograma de Vivienda Gratuita, firme a su favor la escritura pública de compraventa y constituya patrimonio de familia inembargable a favor del grupo familiar beneficiario, de acuerdo con lo prescrito en el numeral l. l. del artículo 2.1.1.2.6.2.3. del Decreto 1077 de 2015. Artículo 6. El hogar relacionado en el artículo 1 ° de esta resolución podrá interponer en los términos y condiciones establecidos por la ley, los recursos a los que haya lugar contra el presente acto administrativo. Artículo 7. Comunicar la presente asignación a los hogares beneficiarios, a Prosperidad Social y publicar en el Diario Oficial, conforme lo dispuesto en el Artículo 1 2.1.1.2.1.4.1 del decreto 1077 de 2015. hrtículo 8. Comunicar la presente Resolución al Patrimonio Autónomo Matriz, Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita, de conformidad con lo dispuesto en b1 contrato de fiducia mercantil No.302 de 2012 suscrito con Fiduciaria Bogotá. 1<· Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( +57) 332 34 34 www.minvivienda.qov.co Página 4 de
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Resolución No. 0922 del 12 SEPTIEMBRE 2023 Hoja No. 5 "Por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, al hogar por selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase I en el proyecto
"Por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, al hogar por selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase I en el proyecto "Terruel" en el municipio de !mues, departamento de Nariño y se modifica parcialmente la Resolución 2399 del 19 de agosto de 2016" Artículo 9. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los doce ( 12) días del mes de septiembre de 2023. Julio Camargo fi . Profesional Especializado SSFV Rocío peña. ·-f]) Contratista í :-' SSFV • l RDILLO RINCÓN fi Directora ejecutiva FONVIVIENDA Marcela Rey Hernández Subdirectora SSFV (E) l',,l_ SSFV QN· Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( + 57) 332 34 34 w1Nw.minvivienda.gov.co Página 5 de
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