MINVIVIENDA - Resolución 0927 de 2023
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0927 de 2023
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2023
fi COLOMBIA
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RESOLUCIÓN NÚMERO
fi Fondo Nacional de Vivienda ,\.,¡rl FONVIVIENDA (0927) DEL 13 SEPTIEMBRE DE 2023 "Por la cual se asignan diecisiete (17) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de Medio Atrato en el departamento de Chocó en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Programa "Mi Casa en el Campo" LA DIRECTORA DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8° del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones." Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 FONVIVIENDA administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los· términos del
de 2019 estableció que a partir del año 2020 FONVIVIENDA administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los· términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012. Que el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 de 2015 establece que FONVIVIENDA es la entidad encargada del otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural. Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 FONVIVIENDA celebró con la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. - FIDUAGRARÍA S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que, en general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda rural, destinada a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo. Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( +57) 332 34 34 www.minvivienda.gov .co Página 1 de 8
Autónomo. Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( +57) 332 34 34 www.minvivienda.gov .co Página 1 de 8
Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-11 ,.fi COLOMBIA fifi•ViDA Resolución No. 0927 Del 13 SEPTIEMBRE 2023 fi Fondo Nacional de Vivienda fil1 FONVIVIENDA ,¡;
Hoja No. 2 "Por la cual se asignan diecisiete (17) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de Medio Atrato en el departamento de Chocó en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Programa "Mi Casa en el Campo" Que en atención a lo dispuesto en el artículo 2.1.10.1.1.1.1 del Decreto 1077 de 2015 el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Resolución No. 0624 del 24 de noviembre de 2020, modificada por la Resolución 0012 de 2021, "Por la cual se adoptan reglas para la identificación y priorización de los municipios y distritos del país en los cuales se asignará el subsidio familiar de vivienda rural, bajo la modalidad de vivienda nueva en especie para la vigencia 2021 ", programa que se denominó "Mi Casa en el Campo". Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Circular No. 2020EE0099772 del 24 de noviembre de 2020, cuyo asunto estableció "CONVOCATORIA PARA IDENTIFICAR Y PRIORIZAR LOS MUNICIPIOS Y DISTRITOS DEL PAÍS EN DONDE SE ASIGNARÁ EL SUBSIDIO FAMILIAR DE
2020EE0099772 del 24 de noviembre de 2020, cuyo asunto estableció "CONVOCATORIA PARA IDENTIFICAR Y PRIORIZAR LOS MUNICIPIOS Y DISTRITOS DEL PAÍS EN DONDE SE ASIGNARÁ EL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA RURAL, BAJO LA MODALIDAD DE VIVIENDA NUEVA EN ESPECIE PARA LA VIGENCIA 2021 ': fijándose el plazo para recibir propuestas del 24 de noviembre al 30 de noviembre de 2020 y previo el cumplimiento de requisitos. Que en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución 0624 de 2020 modificada por la Resolución 0012 de 2021 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y considerando las propuestas recibidas y el cupo de recursos del presupuesto con el que cuenta FONVIVIENDA, se distribuyen los cupos de recursos en atención a la calificación definidas en estas Resoluciones, en mandato de ello, se expidieron las Resoluciones 1301 del 28 de mayo del 2021 y 1365 del 27 de julio del 2022 de FONVIVIENDA, mediante las cuales se efectuó la distribución de recursos antes señalada. Que los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación del mismo. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, expidió la Resolución 0536 del 19 de octubre de 2020, por la cual se reglamentan los artículos 2.1.10.1.1.1.1;
mismo. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, expidió la Resolución 0536 del 19 de octubre de 2020, por la cual se reglamentan los artículos 2.1.10.1.1.1.1; 2.1.10.1.1.4.3; 2.1.10.1.1.4.6 y 2.1.10.1.1.5.1 del Título 10 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015. Que de conformidad con las etapas señaladas en la Resolución 0536 del 19 de octubre de 2020, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio priorizó los posibles hogares beneficiarios y las autoridades locales validaron la información. De acuerdo con lo anterior, la Dirección de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, mediante correos electrónicos de fechas 16 de noviembre de 2021 y 10 de diciembre de 2021, remitió listado definitivo de hogares potenciales beneficiarios del municipio de Medio Atrato en el departamento del Chocó. Que mediante Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 071 de 2021, suscrito entre FONVIVIENDA y el Municipio de Medio Atrato, se adelantó el proceso de recolección y verificación de la Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (+57) 332 34 34 www.rninvivienda.qov.co Página 2 de 8
Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-11fi COLOMBIA
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Conmutador (+57) 332 34 34 www.rninvivienda.qov.co Página 2 de 8
Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-11fi COLOMBIA Lfi• ViDA Resolución No. 0927 Del 13 SEPTIEMBRE 2023 fifi fi "fi·fi-,· Fondo Nacional de Vivienda -fiO) FONVIVIENDA '- -..a;./
Hoja No. 3 UPor la cual se asignan diecisiete (17) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de Medio Atrato en el departamento de Chocó en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Programa uMi Casa en el Campo" información de los hogares focalizados como potencialmente beneficiarios, de acuerdo con los listados emitidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, con el fin de registrar la información requerida por FONVIVIENDA para iniciar el proceso de postulación al subsidio familiar de vivienda rural en la modalidad de vivienda nueva en especie. Que en virtud de lo establecido en dichos convenios existen obligaciones reciprocas entre FONVIVIENDA y el municipio para postular y habilitar hogares en el marco del programa de "Mi Casa en el Campo". Que mediante la Resolución No. 3536 del 24 de noviembre del 2021 FONVIVIENDA, realizó la apertura de la convocatoria de postulación en el aludido ente territorial. Que FIDUAGRARIA S.A., actuando como vocera y administradora del patrimonio autónomo - Fideicomiso Programa de Promoción de Vivienda Rural, y en cumplimiento del objeto contractual del Contrato de Fiducia Mercantil No. 027Que FIDUAGRARIA S.A., actuando como vocera y administradora del patrimonio autónomo - Fideicomiso Programa de Promoción de Vivienda Rural, y en cumplimiento del objeto contractual del Contrato de Fiducia Mercantil No. 0272020, adelantó el proceso de selección, de acuerdo con el Manual Operativo, aprobado por el Comité Fiduciario, con el fin de contratar la "Interventoría técnica, administrativa, financiera, contable, económica, jurídica, de riesgos y seguros para el diagnóstico, estudios y diseños y construcción necesaria para la ejecución de los subsidios familiar de vivienda rural de conformidad con las especificaciones establecidas en el presente documento, para la ejecución del PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA RURAL': en atención a lo establecido en los numerales 10 y 11 del punto 8.3.1. de dicho manual. Que en virtud de lo anteriormente expuesto se suscribió el contrato de prestación de servicios de interventoría no. 004F-2021 suscrito entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y administradora del patrimonio autónomo fideicomiso - programa de promoción de vivienda rural y la empresa nacional promotora de desarrollo territorial, Enterritorio (221014). Que de acuerdo al artículo 30 de la Resolución 536 de 2020, FONVIVIENDA verificó la información del cumplimiento de requisitos de los hogares postulantes. Que el contratista y/o funcionario del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargado de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, mediante correos electrónicos del 24 y 28 de abril del
encargado de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, mediante correos electrónicos del 24 y 28 de abril del 2022, para los respectivos procesos de verificación de información. Que los hogares que cumplieron requisitos respecto del cupo de asignación de FONVIVIENDA fueron enviados al comité de supervisión del contrato con Enterritorio mediante correos electrónicos del 24 de mayo del 2022 y 28 de octubre de 2022. Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( +57) 332 34 34 www.minvivienda.gov .co Página 3 de 8
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Hoja No. 4 "Por la cual se asignan diecisiete (17) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de Medio Atrato en el departamento de Chocó en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Programa "Mi Casa en el Campo" Que mediante el contrato de obra 021F-2022 FIDUAGRARÍA S.A., como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural y COMFACHOCO, suscribieron contrato de obra para la ejecución de las unidades habitacionales contratadas.
y administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural y COMFACHOCO, suscribieron contrato de obra para la ejecución de las unidades habitacionales contratadas. Que mediante acta de inicio suscrita entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural el Ejecutor y la interventoría se consignó como fecha de inicio 26 de julio de 2022 y se fijó un plazo de 12 meses de ejecución. Actualmente cuenta con Otrosí No. 1 de fecha 5 de junio de 2023, donde se prorroga el plazo de ejecución del contrato hasta el 28 de marzo del 2024. Que en consideración al artículo 33 de la Resolución 536 de 2020, se realizó la etapa de pre-construcción de los hogares habilitados y previo al proceso de asignación del subsidio familiar de vivienda rural, bajo la modalidad de vivienda nueva por parte de FONVIVIENDA, en donde el ejecutor verificó el informe técnico que contiene: i) Verificación y diagnóstico en sitio de las condiciones del predio presentado por el hogar habilitado para la construcción de vivienda nueva. ii) Estudios, diseños y presupuesto de la solución de vivienda planteada. Que las actividades de pre-construcción se ejecutaron mediante los mecanismos establecidos en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, adicionado por el artículo 1 del Decreto 1341 de 2020, el interventor mediante correo electrónico de fecha 25 de agosto de 2023, informó el resultado de las actividades desarrolladas, detallando el valor del diagnóstico, objeto de la asignación.
2015, adicionado por el artículo 1 del Decreto 1341 de 2020, el interventor mediante correo electrónico de fecha 25 de agosto de 2023, informó el resultado de las actividades desarrolladas, detallando el valor del diagnóstico, objeto de la asignación. Que el artículo 18 de la Resolución 0536 de 2020, establece las etapas del programa de Subsidio Familiar De Vivienda Rural para la asignación del subsidio, entre los cuales se encuentran los hogares habilitados con diagnóstico efectivo, resultado de la verificación de cumplimiento de requisitos. Que la interventoría informó que los diagnósticos cumplieron con los lineamientos establecidos en el contrato de obra antes reseñado, de acuerdo con los hogares que se indican a continuación: Nº CONTMTO NOM•RI CONRCUTJVO DOCUMIN10 DI NCIMUH APIUIDOS DIPARTANINTO MUNICIPIO PROYICTO IOINTIDAD ·.
021F·2022 VSC·CHOCO· 187898 1004009506 HENRY BECERRA CHOCÓ MEDIO ATRATO 021F·2022 DOMINGO PALOMEQUE
021F·2022 VSC·CHOCO· 187938 11809165 UBIS ANDRES PANESSO CHALA CHOCÓ MEDIO ATRATO 021F·2022
021F·2022 VSC·CHOCO· 188002 11811996 ALBEIRO CORDOBA ROMAflA CHOCÓ MEDIO ATRATO 021F·2022
021F·2022 VSC·CHOCO· 187914 11802182 ERNESTO MENA HINESTROZA CHOCÓ MEDIO ATRATO 021F·2022
021F•2022 VSC·CHOCO· 187949 1003930699 YASLEY MURIUO RIVAS CHOCÓ MEDIO ATRATO 021F·2022
Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( + 57) 332 34 34 www.minvivienda.gov.co Página 4 de 8
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,16 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 fi COLOMBIA fifi•ViDA Resolución No. 0927 Del 13 SEPTIEMBRE 2023 fi Fondo Nacional de Vivienda itl FONVIVIENDA Hoja No. 5 "Por la cual se asignan diecisiete (17) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de Medio Atrato en el departamento de Chocó en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Programa "Mi Casa en el Campo" 02lf·2022 VSC·CHOCO· 187954 1010046100 02lf·2022 CARLOS MARIO MENA MANYOMA CHOCÓ MEDIO ATRATO 02lf·2022 VSC·CHOCO· 187902 1041532271 EMILJANO QUEJADA DIAZ CHOCÓ MEDIO ATRATO 021F·2022
021F·2022 VSC·CHOCO· 198543 1193506073 02lf·2022
EDWARD SANTONS BLANDON EMILSON CHOCÓ MEDIO ATRATO
021F·2022 VSC·CHOCO· 198543 1193506073 02lf·2022
EDWARD SANTONS BLANDON EMILSON CHOCÓ MEDIO ATRATO
021F·2022 VSC·CHOCO· 198542 1077431068 DARWIN BLANDON SAUCEDO CHOCÓ MEDIO ATRATO 02lf·2022 02lf·2022 VSC·CHOCO· 188029 35545577 021F·2022 ALICIA CORDOBA CORDOBA CHOCÓ MEDIO ATRATO 02lf·2022 VSC·CHOCO· 187920 1077441477 HARUNTON QUEJADA CHOCÓ MEDIO ATRATO 021F·2022 MOSQUERA
021F·2022 VSC·CHOCO· 187921 1077444594 DILSON QUEJADA CHOCÓ MEDIO ATRATO 021F·2022 ENRIQUE MOSQUERA
021F·2022 VSC·CHOCO· 187941 1077483324 021f·2022 JHON ELVER CORDOBA SAUCEDO CHOCÓ MEDIO ATRATO 02lf·2022 VSC·CHOCO· 187910 1077998876 021F·2022 HEILER QUEJAOA CHAVERRA CHOCÓ ME OJO ATRATO
021F·2022 VSC·CHOCO· 188034 1004011703 021F·2022 YUSSY PALACIOS QUEJADA CHOCÓ MEDIO ATRATO
021F·2022 VSC·CHOCO· 187940 1077442780 021F·2022 FERNANDO MENA QUEJADA CHOCÓ MEDIO ATRATO
021F·2022 VSC·CHOCO· 198544 1584311 IVAN ANTONIO GARCIA PALMA CHOCÓ MEDIO ATRATO 021f·2022
Que el valor total de los recursos asignados como subsidios familiares de
021F·2022 VSC·CHOCO· 198544 1584311 IVAN ANTONIO GARCIA PALMA CHOCÓ MEDIO ATRATO 021f·2022
Que el valor total de los recursos asignados como subsidios familiares de vivienda rural, destinados a la solución de vivienda de cada hogar que cumplió los requisitos establecidos en el artículo 65 del Resolución 0536 de 2020, está dentro de los rangos de asignación del Decreto 1077 de 2015 y la reseñada Resolución. Que los subsidios familiares de vivienda rural asignados a los hogares relacionados en el artículo 1 ° de la presente Resolución se entenderá legalizado para FONVIVIENDA según lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.5.1. del Decreto 1077 de 2015 y el artículo 76 de la Resolución 0536 de 2021, con el documento que acredita la asignación del subsidio familiar de vivienda y el certificado de existencia de la obra, suscrito por el interventor y ejecutor. Que FONVIVIENDA podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.10.1.1.5.3 "perdida y restitución del subsidio familiar de vivienda" del Decreto 1077 de 2015, ante las causales de pérdida y restitución del subsidio, por lo que para ello podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Que teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda. Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia
cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda. Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( +57) 332 34 34 www.minvivienda.qov.co Página 5 de 8
Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-11
1 1 ' ' 1 ' ' , 1 1 1, .. 1 2 3 4 5 7 8 9 10 11 12 13 14 r;:,_ COLOMBIA fifi•ViDA Resolución No. 0927 Del 13 SEPTIEMBRE 2023 fifi Fondo Nacional de Vivienda
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Hoja No. 6 "Por la cual se asignan diecisiete (17) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de Medio Atrato en el departamento de Chocó en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Programa "Mi Casa en el Campo" Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Asignar diecisiete (17) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de Medio Atrato en el departamento de Chocó, en la modalidad de vivienda nueva en especie rural, por un valor por unidad de vivienda de: OCHENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($81.2 00.000,00), para un total de MIL TRESCIENTOS OCHENTA
vivienda nueva en especie rural, por un valor por unidad de vivienda de: OCHENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($81.2 00.000,00), para un total de MIL TRESCIENTOS OCHENTA MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($ 1.380. 400.000,00), acorde con la siguiente información por hogar: fi:--fi·=fifi;"-:} .... fi::fifi_::. - -- • ... p. .. ,... ..... -. - , . . . . fi .. : fi; 187898 ce 1004009506 HENRY DOMINGO 187938 ce 11809165 LIBIS ANDRES 188002 ce 11811996 ALBEIRO 187914 ce 11802182 ERNESTO 187949 ce 1003930699 YASLEY ce 1010046100 CARLOS MARIO 187954 TI 1025325133 MARIELY SUARNIR 187902 ce 1041532271 EMIUANO 198543 ce 1193506073 EDWARD EMILSON 198542 ce 1077431068 DARWIN 188029 ce 35545577 ALICIA ce 1077441477 HARLINTON 187920
RC 1078100374 HARLIN CHARITH ce 1077444594 DISON
ENRIQUE 187921 RC 1078469515 DIARNYS MICHELL ce 1077454719 DIANA MARCELA 187941 ce 107748332'1 JHON ELVER ce 1077998876 HEILER 187910 RC 10781023'16 HEINY ISABELA ce 1077426778 MARIA
ISABELA
-• .
BECERRA
PALOMEQUE
PANESSO
CHALA
CORDOBA
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MENA
187910 RC 10781023'16 HEINY ISABELA ce 1077426778 MARIA
ISABELA
-• .
BECERRA
PALOMEQUE
PANESSO
CHALA
CORDOBA
ROMAÑA
MENA
HINESTROZA
MURILLO
RIVAS MENA
MANYOMA
MENA
BLANDON
QUEJADA
DIAZ
SANTONS
BLANDON
BLANDON
SAUCEDO
CORDOBA
CORDOBA
QUEJADA
MOSQUERA
QUEJADA
RAMIREZ
QUEJADA
MOSQUERA
QUEJADA
PALACIOS
PALACIOS
PALACIOS
CORDOBA
SAUCEDO
QUEJADA
CHAVERRA
QUEJADA
BEJARANO
BEJARANO MOSQUERA -. - ..
CHOCÓ CHOCÓ CHOCÓ CHOCÓ CHOCÓ CHOCÓ CHOCÓ CHOCÓ CHOCÓ CHOCÓ CHOCÓ CHOCÓ CHOCÓ CHOCÓ MEDIO
ATRATO
MEDIO
ATRATO
MEDIO
ATRATO
MEDIO
ATRATO
MEDIO
ATRATO
MEDIO
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MEDIO
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MEDIO
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$81.200.000 $81.200.000 $81.200.000 $81.200.000 $81.200.000
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MEDIO
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$81.200.000 $81.200.000 $81.200.000 $81.200.000 $81.200.000 $81.200.000 $81.200.000 $81.200.000 $81.200.000 $81.200.000 $81.200.000 $81.200.000 $81.200.000 $81.200.000 Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador { + 57) 332 34 34 www.minvivienda.gov.co Página 6 de 8
Versión: 7 .0, Fecha: 28/06/2 023, Código: GDC-PL-11
615 16 17 fi COLOMBIA fifi•ViDA Resolución No. 0927 Del 13 SEPTIEMBRE 2023 {fi Fondo Nacional de Vivienda
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Hoja No. 7 "Por la cual se asignan diecisiete (17) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de Medio Atrato en el departamento de Chocó en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Programa "Mi Casa en el Campo" ce 1004011703 YUSSY PALACIOS QUEJADA 188034 RC 1077483781 LOREN QUEJADA CHOCÓ MEDIO $81.200.000 THAELL PALACIOS ATRATO ce 1077473688 JUAN QUEJADA PABLO ROMERO ce 1077442780 FERNANDO MENA 187940 QUEJADA CHOCÓ MEDIO $81.200.000 LEINYS MENA ATRATO RC 1078102523 ADARA BLANDON
ce 1077473688 JUAN QUEJADA PABLO ROMERO ce 1077442780 FERNANDO MENA 187940 QUEJADA CHOCÓ MEDIO $81.200.000 LEINYS MENA ATRATO RC 1078102523 ADARA BLANDON 198544 ce 1584311 IVAN GARCIA CHOCÓ MEDIO $81.200.000 ANTONIO PALMA ATRATO
TOTAL $1.380.400.000
Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda rural asignados a los hogares relacionados en el artículo 1 ° de la presente resolución, es de doce (12) meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de publicación de la resolución de asignación en el Diario Oficial. Artículo 3. FONVIVIENDA podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.10.1.1.5.3 "perdida y restitución del subsidio familiar de vivienda" del Decreto 1077 de 2015, ante las causales de pérdida y restitución del subsidio, por lo que para ello podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Artículo 4. Los hogares beneficiarios del subsidio familiar de vivienda rural, relacionados en el artículo 1 ° de la presente Resolución, que incumplan con las condiciones y requisitos indicados en los artículos 2.1.10.1. 1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, se les aplicará la pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo, respecto de su asignación, según lo establecido en el numeral 4 del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), sin perjuicio
ejecutoriedad del acto administrativo, respecto de su asignación, según lo establecido en el numeral 4 del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), sin perjuicio de lo anterior, la asignación del beneficio estatal estará supeditada al cumplimiento técnico del predio sobre el cual se aplicará el Subsidio Familiar de Vivienda Rural, y en caso de que este no cumpla se resolverá el presente acto administrativo. Artículo S. La presente resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y en el Diario Oficial, comunicada al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No. 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A. y comunicada al municipio de la referencia. Artículo 6. El presente acto administrativo no genera ejecución y las imputaciones presupuestales se harán de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia y su manual operativo con cargo a los recursos disponibles en el Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural. Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador ( + 57) 332 34 34 www.minvivienda.gov.co Págína 7 de 8
Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-11fi COLOMBIA Lfi•ViDA $fi 7';}.1· Fondo Nacional de Vivienda
Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-11fi COLOMBIA Lfi•ViDA $fi 7';}.1· Fondo Nacional de Vivienda fi/,, FONVIVIENDA
Resolución No. 0927 Del 13 SEPTIEMBRE 2023 Hoja No. 8 UPor la cual se asignan diecisiete (17) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de Medio Atrato en el departamento de Chocó en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Programa "Mi Casa en el Campo" Artículo 7. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en Bogotá, D.C., a los trece (13) días del mes de septiembre de 2023. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE LUZ MA INfi .:RDILLO RINCÓN Directora Ejecutiva del onda Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA fi fi Anderson Diaz Álvarez Contratista SSEVR Paola Fl6rez Galean..._,. Contratista -fi SSEVR Calle 17 No. 9 - 36 Bogotá, Colombia Conmutador (+57) 332 34 34 www.minvivienda.gov.co Andrea Carolina Torres Le6íW Subdirectora SSEVR -fi, SSFV //t/1/fi Andrei Suárez Contratista SSEVR Página 8 de 8
Versión: 7.0, Fecha: 28/06/2023, Código: GDC-PL-11