MINVIVIENDA - Resolución 1172 de 2021
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 1172 de 2021
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2021
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda Republica de Colombia
RESOLUCION NUMERO (1172) 21 MAYO 2021
“Por medio de la cual se corrigen parcialmente las Resoluciones No. 5, 78, 104, 623 de 2021 de hogares beneficiarios del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa Ya” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En uso de sus facultades legales y reglamentarias y de conformidad con lo establecido en el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003, sección 1, capítulo 4, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 y el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y CONSIDERANDO: Que el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda “(...) Asignar Subsidios de Vivienda de Interés Social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional ()" Que en el capitulo 4, titulo 1, parte 1 del libro 2 del Decreto Unico Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No. 1077 de 2015 se incorporó el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, destinado a la solución de vivienda de interés social — VIS, de hogares con ingresos entre 2 y 4 SMMLV, con la concurrencia de un subsidio familiar de vivienda en dinero y la cobertura de tasa de interés para la población antes descrita.
solución de vivienda de interés social — VIS, de hogares con ingresos entre 2 y 4 SMMLV, con la concurrencia de un subsidio familiar de vivienda en dinero y la cobertura de tasa de interés para la población antes descrita. Que en cumplimiento de sus funciones el Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA, expidió las Resoluciones No. 5, 78, 104, 623 de 2021, mediante las cuales se asignaron subsidios familiares de vivienda del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa Ya. Que mediante petición realizada por el Banco Davivienda al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio — Fonvivienda mediante comunicación electrónica, donde informan que: “LINA YICELA FERNANDEZ GUETIO C.C. 1067465487, cuyo código de familia es 679063, Por error involuntario se registró el municipio CANDELARIA proyecto MANZANARES DE CIUDAD DEL SEC 7, 8, 9 y 10 de la constructora BOLIVAR, cuando Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 1 de 4 D,Resolución No. 1172 Del 21 MAYO 2021 Hoja No. 2 “Por medio de la cual se modifica parcialmente las Resoluciones No. 5, 78, 104, 623 de 2021, respecto al valor de (7) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - Mi Casa Ya”
(7) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - Mi Casa Ya” debió ser municipio JAMUNDI, proyecto PAISAJE DE LAS FLORES y constructora
BOLIVAR”.
Que la novedad reportada por el Banco Davivienda al Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioFONVIVIENDA, fue dirigida a TransUnión mediante Solicitud de Corrección de Información de Hogares Mi Casa Ya. Que mediante petición realizada por Confiar Cooperativa Financiera al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio — Fonvivienda mediante comunicación electrónica, donde informan que: “El señor Luis Fernando Sanchez Alvarez con CC 8436737, cuyo código de familia es 695393, solicitamos el ajuste del nombre del proyecto ya que se marcó Carepa — Antioquia siendo el correcto Chigorodó - Antioquia”. Que la novedad reportada por Confiar Cooperativa Financiera al Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioFONVIVIENDA, fue dirigida a TransUnión mediante Solicitud de Corrección de Información de Hogares Mi Casa Ya. Que mediante peticiones realizadas por Banco de Colombia al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio — Fonvivienda mediante comunicaciones electrónicas, donde informan que: “Al señor Jeison Alexander Ahumada Sabogal con CC 1090411814, cuyo código de familia es 702098, Se debe cambiar el dato incorrecto: Nombre de Constructora: 8924PROINCO PROYECTOS INDUSTRIALIZADOS Y CONSTRUCCIONES SAS Nombre de proyecto: 11900-URBANIZACION VILLAS DE LA PRADERA del Departamento de NORTE SANTANDER municipio de CUCUTA por el dato correcto: Nombre de la
PROINCO PROYECTOS INDUSTRIALIZADOS Y CONSTRUCCIONES SAS Nombre de proyecto: 11900-URBANIZACION VILLAS DE LA PRADERA del Departamento de NORTE SANTANDER municipio de CUCUTA por el dato correcto: Nombre de la
Constructora: 8924-PROINCO PROYECTOS INDUSTRIALIZADOS Y
CONSTRUCCIONES SAS Nombre de proyecto: 11560-URBANIZACION VILLAS DE LA
PRADERA del Departamento de NORTE SANTANDER municipio de VILLA DEL ROSARIO”. “A la señora Leydi Vanessa Arciniegas Castañeda con CC 1098779597, cuyo código de familia es 738705, Se debe cambiar el dato incorrecto: Ciudad BUCARAMANGA y Nombre de proyecto MALAK por el dato correcto: Ciudad GIRON y nombre de proyecto
MALAK 109.”.
Que las novedades reportadas por Banco de Colombia al Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioFONVIVIENDA, fueron dirigidas a TransUnión mediante Solicitud de Corrección de Información de Hogares Mi Casa Ya. Que una vez verificada la información de los hogares que reposan en la base de datos del Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda, se observa que se incurrió en un error por parte del Banco Davivienda, Confiar Cooperativa Financiera y Banco de Colombia, quienes son las entidades financieras que capturaron la información en el aplicativo TransUnión — Mi Casa Ya. Que una vez TransUnión (antes CIFIN), entidad administradora del aplicativo dispuesto para las entidades financieras, realizó las correcciones solicitadas y se reflejaron en el Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 Fecha:17/03/2021
para las entidades financieras, realizó las correcciones solicitadas y se reflejaron en el Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 2 de 4Resolución No. 1172 Del 21 MAYO 2021 Hoja No. 3 A “Por medio de la cual se modifica parcialmente las Resoluciones No. 5, 78, 104, 623 de 2021, respecto al valor de (7) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - Mi Casa Ya” sistema el cambio de municipio para los hogares, se hace necesario realizar las correcciones en los actos administrativos. Que el Artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en su parte pertinente dispone: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”. Que dado que las inconsistencias relacionadas en el considerando anterior corresponden a errores de hecho que no inciden en el sentido de la decisión, resulta procedente corregir el municipio de los hogares asignados en las Resoluciones No. 5, 78, 104, 623 de 2021, a los cuales se le relacionó el municipio diferente al del lugar del
procedente corregir el municipio de los hogares asignados en las Resoluciones No. 5, 78, 104, 623 de 2021, a los cuales se le relacionó el municipio diferente al del lugar del proyecto para el cual se postularon. Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Corregir parcialmente las Resoluciones No. 5, 78, 104, 623 de 2021 del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa ya, en el sentido de dejar correctamente el dato del Departamento y Municipio como se indica a continuación: ld [Res | Fecha Hogar | . Resol Cédula Nombre Depto Error | Mcipio Error | Depto | Mcipio Nuevo | Nuevo JEISON ALEXANDER Norte de Cúcuta | Norte de | vila del AHUMADA Santander Santander | - rosario SABOGAL LUIS FERNANDO 695393 | 78 | 01/02/2021 8436737 | — SANCHEZ Antioquía Carepa | Antioquia | Chigorodó ALVAREZ LINA YICELA 679063 | 104 | 10/02/2021 | 1067465487 | — FERNANDEZ Valle Candelaria | Valle | Jamundí GUETIO LEYDI VANESSA 738705 | 623 | 31/03/2021 | 1098779597 | ARCINIEGAS | Santander | Bucaramanga | Santander | - Girón CASTAÑEDA
ARTÍCULO SEGUNDO: Los demás acápites y apartes de las Resoluciones No. 5, 78, 104, 623 de 2021 continúan vigentes y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado.
ARTÍCULO TERCERO: Notifíquese mediante correo electrónico el contenido del presente acto administrativo al hogar citado en el artículo primero de la presente
104, 623 de 2021 continúan vigentes y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado.
ARTÍCULO TERCERO: Notifíquese mediante correo electrónico el contenido del presente acto administrativo al hogar citado en el artículo primero de la presente resolución en la forma prevista en el numeral 1° del artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, haciéndoles saber que contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno. 702098 | 5 | 08/01/2021 1090411814
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Matriz, Fideicomiso — Programa de Acceso a la Vivienda de Interés Social Mi Casa Ya,
Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Nu Página 3 de 4Resolución No. 1172 Del 21 MAYO 2021 Hoja No. 4 A “Por medio de la cual se modifica parcialmente las Resoluciones No. 5, 78, 104, 623 de 2021, respecto al valor de (7) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - Mi Casa Ya” de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia mercantil No. 421 de 2015 suscrito con Fiduciaria de Occidente.
ARTÍCULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de su expedición.
NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 21 MAYO 2021
¡A ERLES E, ESPINOSA
ARTÍCULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de su expedición.
NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 21 MAYO 2021
¡A ERLES E, ESPINOSA
Director Ejecutivode Fonvivienda
Proyectó: Iván García
Revisó: Milagros Comas / Jackelinne Diaz
Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Nu Página 4 de 4 »,